Opta por Mis cuentas y no envies la contabilidad electronica


Opcion mis cuentas para Personas Fisicas

En la primera modificación a la resolución miscelánea, se publicó una opción para que las personas físicas, en lugar de realizar el envió de la contabilidad electrónica, utilicen mis cuentas.

Que no es otra cosa que el portal que usan los del Régimen de Incorporación Fiscal.

La Regla 2.8.1.19, señala que las personas que opten por utilizar Mis cuentas de acuerdo a la regla 2.8.1.5, podrán estar exceptuados de llevar y enviar la contabilidad electrónica como señalan las reglas 2.8.1.6 y 2.8.1.7.

Traduzcamos ya que de tanta referencia a reglas no se entiende 🙂 :

Las Personas que pueden optar por usar mis cuentas de acuerdo a la regla 2.8.15 son:

  • Régimen de Incorporación Fiscal (obligadas)
  • Las demás Personas Físicas.

La regla 2.8.1.6 señala como llevar la contabilidad electrónica, catálogo de cuentas, balanza y pólizas.

La regla 2.8.1.7 señala algunos contribuyentes exceptuados y plazos entre otras cosas.

Ahora bien “las demás personas físicas” no significa todas, la restricción es:

Que no estuvieran obligados a llevar la contabilidad a partir del 1 de enero de 2015 por haber obtenido ingresos superiores a 4 millones en 2013 o que en 2014 o 2015 hayan excedido de 4 millones de pesos.

Pero eso no es todo, si estas en el supuesto de que puedes optar por usar mis cuentas, para ejercer dicha opción tienes que enviar un caso de aclaración a mediante “Mi portal”

De la siguiente manera:

opcion mis cuentas

 

Puedes usar el modelo de oficio que dejo abajo, dicho oficio no tiene firma, la razón de que no tenga firma, es que de acuerdo a la regla 2.2.1. La contraseña con la que ingresas a los servicios electrónicos del sat, sustituye a la firma autógrafa copio y pego dicha regla

Valor probatorio de la Contraseña

2.2.1.                Para los efectos del artículo 17-D del CFF, la Contraseña se considera una firma electrónica que funciona como mecanismo de acceso en los servicios electrónicos que brinda el SAT a través de su Portal, conformada por la clave en el RFC del contribuyente, así como por una contraseña que él mismo elige, la cual podrá cambiarse a través de las opciones que el SAT disponga para tales efectos en el referido portal.

La Contraseña sustituye la firma autógrafa y produce los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos correspondientes, teniendo igual valor probatorio.

En caso de que la Contraseña no registre actividad en un periodo de tres años consecutivos, ésta quedará sin efectos, debiendo el contribuyente realizar nuevamente su trámite a través de su FIEL o en cualquier módulo de servicios.

Cuando el contribuyente se coloque en alguno de los supuestos previstos en las fracciones I a la IX del artículo 17-H del CFF la Contraseña quedará sin efectos, debiendo el contribuyente realizar nuevamente el trámite para obtener otra nueva, a través del Portal del SAT, mediante el uso de su FIEL o en cualquier módulo de servicios, cuando así proceda.

Para los efectos del artículo 17-H, fracciones III, IV y V del CFF, cuando de los avisos presentados ante el RFC se acredite el fallecimiento de la persona física titular del certificado, o bien, la cancelación en el RFC por liquidación, escisión o fusión de sociedades, la autoridad fiscal considerará que con dichos avisos también se presenta la solicitud para dejar sin efectos la Contraseña.
CFF 17-D, 17-H

 

Adicionalmente hay que considerar que el plazo para la presentación dicho oficio es el 30 de abril de acuerdo al decimo transitorio.

Decimo. Los contribuyentes a que se refiere la regla 2.8.1.19., podrán ejercer la opción de utilizar “Mis cuentas” a mas tardar el 30 de abril de 2016, con efectos a partir del 1 de enero de 2016. 

Aca la regla antes mencionada

Opción para utilizar “Mis Cuentas

2.8.1.19. Para efectos de los artículos 28, fracción III y IV del CFF, los contribuyentes personas físicas que opten por utilizar la herramienta “Mis Cuentas”, conforme a la regla 2.8.1.5 para estar exceptuados de llevar e ingresar de forma mensual su contabilidad electrónica a través del portal del SAT, en términos de las reglas 2.8.1.6. y 2.8.1.7., deberán ejercer dicha opción a través de la presentación de un caso de aclaración en el Portal del SAT.

Lo dispuesto en esta regla será aplicable siempre y cuando los contribuyentes mencionados en el párrafo anterior no se hubieran encontrado obligados a llevar e ingresar su contabilidad electrónica en el portal del SAT a partir del 1 de enero de 2015, por haber obtenido ingresos acumulables superiores a $ 4, 000,000.00 (Cuatro millones de pesos 00/100 M.N.), durante el ejercicio 2013,o bien, que en el 2014 o 2015 hayan excedido el citado monto.

Las Asociaciones Religiosas podrán ejercer lo dispuesto en el primer párrafo de esta regla, sin importar el monto de los ingresos que perciban.

CFF 6, RMF 2016 2.8.1.5., 2.8.1.6., 2.8.1.7.

Y aca abajito el modelo de oficio para subir a MI PORTAL, claro tiene un «costo» un me gusta, un tweet o un +1, solo compartelo!

Y aca abajo una respuesta del SAT a la aclaracion enviada para la opcion de usar MIS CUENTAS

opcion mis cuentas respuesta sat

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10 comments… add one
  • MARIO BECERRIL Abr 8, 2016 @ 12:55

    Hola intersante de su pagina, me gustaria saber su paguina, un favor si tienen un ejemplo de escrito libre para la opcion de mis cuentas para personas fisicas

    • Robert Novelo Abr 8, 2016 @ 18:03

      El link para la descarga del ejemplo de escrito esta en el articulo.

      Saludos!

      • Augusto España Abr 13, 2016 @ 13:58

        sin comentarios

  • CESAR Abr 21, 2016 @ 12:48

    Buenas tardes;

    estoy en RIF, pero por «x» causa en mayo o posterior, aumente a actividad empresarial y profesional, ¿ya no podría enviar este escrito y quedo obligado a enviar la balanza?

    • Robert Novelo Abr 21, 2016 @ 13:41

      Si puedes, siempre y cuando no rebases el limite permitido

  • Mariana Jun 5, 2016 @ 21:40

    Buenas noches, no pude presentar mi aviso de utilizar la opción de mis cuentas al 30 de abril, ¿cree que aún pueda presentarlo y tenga validez?, de ser así con que fundamento? mi idea es señalar el hecho de que en la PRIMERA Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016 no menciona fecha límite pero el anteproyecto es el que señalaba la fecha del 30 de abril, ¿cree que mi idea sea correcta?

    • Robert Novelo Jun 15, 2016 @ 0:38

      No creo que sea posible, ya que el plazo esta en los transitorios.

      Saludos!

  • CPJOSE Nov 24, 2016 @ 12:05

    si alguien desea un escrito libre este es un excelente ejemplo para no enviar la contabilidad electronica

  • Rossy Abr 25, 2017 @ 23:18

    Hola, yo opte por mis cuentas, y cada mes mi contador envia la diot, le pregunte si aparte se tenia que registrar los gastos e ingresos en mis cuentas, pero me dice que no, que solo la diot. Esto es correcto?

    • Robert Novelo Abr 25, 2017 @ 23:21

      Hola Rossy,

      si es correcto, se supone que los gastos e ingresos se registran automaticamente.

      Saludos!

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