CONCEPTO |
INTEGRACION |
Aguinaldo |
Percepción que integra |
Alimentación en el comedor de la empresa |
Si paga el 20% del SMDF no integra |
Ayuda para gastos funerales |
No es remuneración, no integra |
Ayuda para gastos de guardería |
Si se hace directamente a la guardería no integra |
Ayuda para gastos de matrimonio |
No integra |
Becas educacionales al trabajador |
Si es de manera general no integra |
Becas para familiares de trabajadores |
Si es de manera general no integra |
Bono de productividad |
Si integra al ser una percepción no exenta |
Bono de actuación |
Percepción gravada,si forma parte del salario diario integrado |
Capacitación previa a la contratación en el trabajo |
El costo de la capacitación no integra |
Comisiones para trabajadores |
Al ser una percepción si integra |
Comisiones para vendedores |
Cuando es un servicio contratado a otra empresa no integra |
Compensación de trabajo en un día de descanso |
Si forma del salario diario integrado |
Compensaciones por vida cara |
Si integra |
Cuotas adicionales a la Afore |
Se consideraría previsión social y no integraría |
Cuota adicional por residencia |
Si forma del salario diario integrado |
Cuotas al imss a cargo del trabajador |
No integra |
Cuotas al infonavit |
Es prestación de ley , no integra |
Cuota para centro deportivo |
Podría considerarse como previsión social de manera general, no integraría |
Cuota patronal al fondo de de ahorro |
Cuando no se retire más de dos veces al año, no integra |
Despensas en especie, en dinero o vales |
Si no excede del 40% del SMGDF, no integra |
Destajos y pagos por números de piezas producidas |
Si forma del salario diario integrado |
Doble turno eventual |
Si forma del salario diario integrado |
Donativos a trabajadores |
Si forma del salario diario integrado |
Emolumentos al presidente del consejo de administración |
No forma parte del salario diario integrado |
Emolumentos al administrador único |
No forma parte del salario diario integrado |
Financiamiento para adquisición de vivienda |
Al ser un préstamo, no integra |
Gastos de representación |
Si no es comprobable integra, y si dichos gastos se comprueban no integrarían |
Gratificaciones por retiro |
No integra, ya que son prestaciones por retiro |
Haberes de retiro |
No integra, ya que son por retiro del trabajador |
Honorarios preponderantes |
Si no hay subordinación laboral, no integra |
Horas extras de carácter fijo |
Si forma del salario diario integrado |
Horas extras eventuales |
Integran los excedentes de los límites permitidos en la LFT |
Indemnización por despido |
No es parte del sueldo por lo que no integra |
Intereses de la caja de ahorro |
No es parte del trabajo, es por ahorro del trabajador |
Jubilación |
Se paga cuando el trabajador deja de laborar, no integra |
Otorgamiento de automóvil en propiedad a precio bajo |
Oportunidad de adquirir bien , no es remuneración no integra |
Otorgamiento de vivienda en propiedad a precio bajo |
Oportunidad de adquirir bien , no es remuneración no integra |
Pago de cuotas sindicales |
A cargo del trabajador no integra |
Pagos a accionistas empleados |
Se puede ser accionista y empleado se integraría por el importe de su salario |
Pagos a consejeros de sociedades |
No son parte de los empleados , no integra |
Pagos de eventos culturales |
Si se da de manera general y el pago es directamente al prestador seria previsión social y no integraría |
Pensiones |
No se trata de salario, no integra |
Premios quinquenios y otros pagos en especie al cumplir periodos de trabajo |
Al ser en especie, no integran ya que se trata de reconocimientos, relojes o medallas. |
Prestamos a trabajadores |
No integran, ya que el dinero es reintegrado al patrón |
Prestamos a fondos de ahorro y cajas de ahorro de trabajadores |
No integran al ser prestamos de carácter devolutivo |
Prima de antigüedad pagada periódicamente |
Si se continua laborando si integra el salario |
Prima de antigüedad al terminar la relación laboral |
No integra |
Prima dominical eventual |
Si forma del salario diario integrado |
Prima dominical permanente |
Si forma del salario diario integrado |
Premios de puntualidad |
No integra cuando no rebase el 10% del SBC |
Premios de asistencia |
No integra cuando no rebase el 10% del SBC |
Prima vacacional adicional a la mínima legal |
Es remuneración, si integra |
Prima vacacional conforme a la LFT |
Si forma del salario diario integrado |
Póliza de atención medica |
Si es de manera general no debe integrar |
Propinas |
Forman parte del salario, si integra |
Reembolso de gastos de automóvil propiedad de la empresa |
No integra |
Reembolso de gastos de automóvil propio |
Si no se comprueban los reembolsos, si integra, pero si se comprueban no integraría |
Renta de casa habitación barata |
No integra |
Reembolso de gastos médicos |
No integra |
Reembolso de gastos personales diversos |
Sin justificación es parte de la remuneración y por lo tanto integra |
Remuneración por metro cuadrado |
Es una modalidad de remuneración, por lo tanto integra |
Salarios caídos al concluir la huelga |
No es salario por trabajo desarrollado , es una indemnización , por lo que no integra |
Salarios pagados a residentes en el extranjero |
Sujetos a normas de seguridad social del extranjero |
Seguro de gastos médicos y seguros de vida a favor de los trabajadores |
Si es de manera general y pagada directamente al prestador del servicio, no integra. |
Servicio de transporte gratuito |
No es una remuneración por su trabajo, no integra |
Servicios vacacionales pagados por el patrón |
Integra al ser una prestación adicional. |
Útiles Escolares y colegiaturas para estudios del trabajador |
Prestación de previsión social , no integra |
Sustituciones temporales |
Es remuneración, Si forma del salario diario integrado |
Tareas y premios por alcance en producción |
Modalidad de remuneración, integra |
Útiles escolares y colegiaturas para los familiares dependientes del trabajador |
Prestación de previsión social, no integra. |
Uniformes y ropa de trabajo |
Obligación del patrón según la LFT, no integra |
Uso gratuito de casa habitación |
No integra el salario cuando el trabajador paga al menos el 20% del SMGDF |
Vacaciones pagadas no disfrutadas |
Prohibido por la LFT, al ser remuneración integraría |
Vales de restaurante |
No integra cuando el trabajador paga por lo menos el 20% del SMGDF |
Viáticos |
Cuando sean reembolsados y comprobados no integran |