<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?><rss version="2.0" xmlns:content="http://purl.org/rss/1.0/modules/content/" xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/" xmlns:atom="http://www.w3.org/2005/Atom" xmlns:sy="http://purl.org/rss/1.0/modules/syndication/" > <channel><title>Comentarios en: Repecos 2009 ( 1 de 3)</title> <atom:link href="http://www.robnovelo.com/repecos-2009-1-de-3/feed/" rel="self" type="application/rss+xml" /><link>http://www.robnovelo.com/repecos-2009-1-de-3/?utm_source=rss&#038;utm_medium=rss&#038;utm_campaign=repecos-2009-1-de-3</link> <description>Actualizacion fiscal,Impuestos y Finanzas</description> <lastBuildDate>Mon, 06 Feb 2012 20:38:50 +0000</lastBuildDate> <sy:updatePeriod>hourly</sy:updatePeriod> <sy:updateFrequency>1</sy:updateFrequency> <generator>http://wordpress.org/?v=3.3.1</generator> <xhtml:meta xmlns:xhtml="http://www.w3.org/1999/xhtml" name="robots" content="noindex" /> <item><title>Por: Robert Novelo</title><link>http://www.robnovelo.com/repecos-2009-1-de-3/comment-page-1/#comment-2870</link> <dc:creator>Robert Novelo</dc:creator> <pubDate>Fri, 02 Jul 2010 13:04:26 +0000</pubDate> <guid isPermaLink="false">http://www.robnovelo.com/?p=370#comment-2870</guid> <description>Mari Rosa,Con la reforma en amteria de pequeños contribuyentes, en la que los estaos fiscalizan a dichos contribuyentes, ya cada quien lo maneja a su antojo, y depende de cada estado la aplicacion. Lo unico que te podria aconsejar, es que vaya el contribuyente a su recaudadora y con evidencia de notas de venta y registros diarios este en la cuota fija que le corresponde.</description> <content:encoded><![CDATA[<p>Mari Rosa,</p><p>Con la reforma en amteria de pequeños contribuyentes, en la que los estaos fiscalizan a dichos contribuyentes, ya cada quien lo maneja a su antojo, y depende de cada estado la aplicacion.<br /> Lo unico que te podria aconsejar, es que vaya el contribuyente a su recaudadora y con evidencia de notas de venta y registros diarios este en la cuota fija que le corresponde.</p> ]]></content:encoded> </item> <item><title>Por: MARI ROSA</title><link>http://www.robnovelo.com/repecos-2009-1-de-3/comment-page-1/#comment-2856</link> <dc:creator>MARI ROSA</dc:creator> <pubDate>Thu, 01 Jul 2010 05:10:42 +0000</pubDate> <guid isPermaLink="false">http://www.robnovelo.com/?p=370#comment-2856</guid> <description>ME PODRIAS ENVIAR UN MACHOTE DE ESCRITO PARA ESTE REPECO POR FA</description> <content:encoded><![CDATA[<p>ME PODRIAS ENVIAR UN MACHOTE DE ESCRITO PARA ESTE REPECO POR FA</p> ]]></content:encoded> </item> <item><title>Por: MARI ROSA</title><link>http://www.robnovelo.com/repecos-2009-1-de-3/comment-page-1/#comment-2855</link> <dc:creator>MARI ROSA</dc:creator> <pubDate>Thu, 01 Jul 2010 05:09:35 +0000</pubDate> <guid isPermaLink="false">http://www.robnovelo.com/?p=370#comment-2855</guid> <description>HOLA BUENOS DATOS,COMO AMPARO A UN REPECO QUE EN FINANZAS LE DIERON SU CUOTA FIJA Y LE LLEGO REQ.POR CUBRIR UN FALTANTE DE PAGOSEGUN ELLOS BASANDOSE AL SENSO DEDICIEMBRE DEL 2009, SIENDO QUE ELLOS LE ESTABLECIERON LA CUOTA Y LA CHICA QUE LE REALIZO LA VISITA EL LE COMENTO QUE ANTES SE VENDIA UNA CANTIDA PERO  A PARTIR DE LA APERTURA DE LAS SUPER TIENDAS AURERA, SORIANA COMERCIAL Y EN DIC PROX CHEDRAUILAS VENTAS BAJARON Y ESTA CHICA LE PUSO UNA CANTIDA QUE EL NO LE DIJO PERO NO SE FIJO Y FIRMO</description> <content:encoded><![CDATA[<p>HOLA BUENOS DATOS,COMO AMPARO A UN REPECO QUE EN FINANZAS LE DIERON SU CUOTA FIJA Y LE LLEGO REQ.POR CUBRIR UN FALTANTE DE PAGOSEGUN ELLOS BASANDOSE AL SENSO DEDICIEMBRE DEL 2009, SIENDO QUE ELLOS LE ESTABLECIERON LA CUOTA Y LA CHICA QUE LE REALIZO LA VISITA EL LE COMENTO QUE ANTES SE VENDIA UNA CANTIDA PERO  A PARTIR DE LA APERTURA DE LAS SUPER TIENDAS AURERA, SORIANA COMERCIAL Y EN DIC PROX CHEDRAUILAS VENTAS BAJARON Y ESTA CHICA LE PUSO UNA CANTIDA QUE EL NO LE DIJO PERO NO SE FIJO Y FIRMO</p> ]]></content:encoded> </item> <item><title>Por: Robert Novelo</title><link>http://www.robnovelo.com/repecos-2009-1-de-3/comment-page-1/#comment-356</link> <dc:creator>Robert Novelo</dc:creator> <pubDate>Tue, 05 Jan 2010 03:11:50 +0000</pubDate> <guid isPermaLink="false">http://www.robnovelo.com/?p=370#comment-356</guid> <description>Hola Luis! Pues con la reserva de no saber a que te refieres con turismo a baja escala,  te podria decir que si, ya que los REPECOS estan regulados de acuerdo al art. 137 para tributar en dicho regimen te transcribo 2 parrafos relevantes a tu caso , obviamente sin saber a que te refieres con lo de baja escala:&lt;strong&gt;&quot;Artículo 137. Las personas físicas que realicen actividades empresariales, que únicamente enajenen bienes o presten servicios, al público en general, podrán optar por pagar el impuesto sobre la renta en los términos establecidos en esta Sección, siempre que los ingresos propios de su actividad empresarial y los intereses obtenidos en el año de calendario anterior, no hubieran excedido de la cantidad de $2’000,000.00. ...... No podrán pagar el impuesto en los términos de esta Sección quienes obtengan ingresos a que se refiere este Capítulo por concepto de comisión, mediación, agencia, representación, correduría, consignación, distribución o espectáculos públicos, ni quienes obtengan más del treinta por ciento de sus ingresos por la enajenación de mercancías de procedencia extranjera.&quot;&lt;/strong&gt;Saludos!</description> <content:encoded><![CDATA[<p>Hola Luis!<br /> Pues con la reserva de no saber a que te refieres con turismo a baja escala,  te podria decir que si, ya que los REPECOS estan regulados de acuerdo al art. 137 para tributar en dicho regimen te transcribo 2 parrafos relevantes a tu caso , obviamente sin saber a que te refieres con lo de baja escala:</p><p><strong>&#8220;Artículo 137. Las personas físicas que realicen actividades empresariales, que únicamente enajenen bienes o presten servicios, al público en general, podrán optar por pagar el impuesto sobre la renta en los términos establecidos en esta Sección, siempre que los ingresos propios de su actividad empresarial y los intereses obtenidos en el año de calendario anterior, no hubieran excedido de la cantidad de $2’000,000.00.<br /> &#8230;&#8230;<br /> No podrán pagar el impuesto en los términos de esta Sección quienes obtengan ingresos a que se refiere este Capítulo por concepto de comisión, mediación, agencia, representación, correduría, consignación, distribución o espectáculos públicos, ni quienes obtengan más del treinta por ciento de sus ingresos por la enajenación de mercancías de procedencia extranjera.&#8221;</strong></p><p>Saludos!</p> ]]></content:encoded> </item> <item><title>Por: luis mena</title><link>http://www.robnovelo.com/repecos-2009-1-de-3/comment-page-1/#comment-345</link> <dc:creator>luis mena</dc:creator> <pubDate>Fri, 01 Jan 2010 20:41:37 +0000</pubDate> <guid isPermaLink="false">http://www.robnovelo.com/?p=370#comment-345</guid> <description>Podrian informarme  si la actividad de  servicio de  turismo a  baja  escala,  aplica  como REPECOGracias</description> <content:encoded><![CDATA[<p>Podrian informarme  si la actividad de  servicio de  turismo a  baja  escala,  aplica  como REPECO</p><p>Gracias</p> ]]></content:encoded> </item> </channel> </rss>
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