dic 21 2009

Tablas ISR 2010

Publicado por Robert Novelo a las 12:07 AM en Impuestos

Tablas ISR 2010
5.    Tarifa aplicable durante 2010, para el cálculo de los pagos provisionales mensuales.
Límite inferior
Límite superior
Cuota fija
Por ciento para aplicarse sobre
el excedente del límite inferior
$
$
$
%
0.01
496.07
0.00
1.92
496.08
4,210.41
9.52
6.40
4,210.42
7,399.42
247.23
10.88
7,399.43
8,601.50
594.24
16.00
8,601.51
10,298.35
786.55
17.92
10,298.36
20,770.29
1,090.62
21.36
20,770.30
32,736.83
3,327.42
23.52
32,736.84
En adelante
6,141.95
30.00
Tabla del subsidio para el empleo aplicable a la tarifa del numeral 5 del rubro B.
Monto de ingresos que sirven de base para calcular el impuesto
Para
Hasta
Cantidad de subsidio para el empleo
ingresos de
ingresos de
mensual
$
$
$
0.01
1,768.96
407.02
1,768.97
2,653.38
406.83
2,653.39
3,472.84
406.62
3,472.85
3,537.87
392.77
3,537.88
4,446.15
382.46
4,446.16
4,717.18
354.23
4,717.19
5,335.42
324.87
5,335.43
6,224.67
294.63
6,224.68
7,113.90
253.54
7,113.91
7,382.33
217.61
7,382.34
En adelante
0.00

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585 comentarios

585 comentarios en “Tablas ISR 2010”

  1. Ubaldoel 21 dic 2009 a las 5:41 PM

    Gracias por la aportacion de las tablas de impuestos para el 201o. tengo las sigfuiente dudas.

    1-. ¿Esta tabla se aplicara tambien para sueldos y salario personas fisicas?

    2-. ¿La tabla para el subsidio para el empleo sera la misma que la del año 2009 para el 2010 o se publicara otra?

    Gracias.

    Atte.
    Ubaldo

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Que tal Ubaldo!

    Respecto de tu primera duda, si, la tabla es aplicable tambien para Sueldos y salarios de personas fisicas y en lo que se refiere a lo del subsidio, por el momento no se ha publicado nada, sin embargo, el SAT durante años ha mantenido la misma tabla , a pesar de haber actualizado las del ISR, asi que considero que no la van a cambiar.

    Saludos!

    Reply

  2. Rigoberto Guerreroel 22 dic 2009 a las 11:26 AM

    Buen Dia, Lic. Roberto,

    Donde podria encontrar la publicacion de las tablas, en alguna pagina del SAT o en el diario oficial?

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Buen dia Rigoberto!

    Las tablas de 2010 las puedes encontrar en el siguiente link ftp://ftp2.sat.gob.mx/asistencia_servicio_ftp/publicaciones/legislacion09/dcto071209.doc

    Saludos!

    Reply

  3. Alfredoel 23 dic 2009 a las 8:52 PM

    Los dos ultimos renglones de la tarifa son incorrectos… ver dof. del dia 07 de diciembre de 2009

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Hola Alfredo !

    Seguro te refieres a lo que dice el articulo 113, sin embargo , en articulos transitorios señala la tabla que se aplicara para 2010,2011 y 2012 la cual coincide perfectamente con la que tenemos publicada, la cual puedes encontrar en el DOF del 7 de diciembre en el articulo segundo fraccion I inciso e).

    Saludos!

    Reply

  4. Ericel 26 dic 2009 a las 10:47 AM

    buen día Lic. Robert

    Una consulta, me podría decir si habrá algún incremento en los porcentajes para determinar las cuotas obrero patronales, para este ejercicio 2010.

    Atte.
    Eric

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Hola Eric!

    Pues no, no hay ningun incremento en los porcentajes.

    Checalos en este link Porcentajes del imss para 2010

    Saludos!

    Reply

  5. Salvador Ruiz Fierroel 26 dic 2009 a las 2:51 PM

    Disculpe que lo moleste con esta pregunta.
    Fui al sitio del SAR que usted nos comparte y me sale un mensaje que dice
    “El servidor FTP 215 xxx…) no está soportdo actualmente.
    ¿Quisier ayudarme?
    Gracias

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Hola Salvador!

    Ese mensaje aparece por que usas mozilla, y el servidor del sat, no acepta las descargas desde mozilla, yo uso generalmente mozilla pero para descargar de la pagina del sat utilizo el explorer, copia el link que doy en el post y ponlo en la barra de direcciones del internet explorer y ya podras ver la informacion.

    Saludos!

    Reply

  6. Salvador Ruiz Fierroel 26 dic 2009 a las 4:45 PM

    Gracias, Contador.
    En este momento ya estoy viendo en mi
    pantalla el documento del SAT. Muchísimas gracias.

    Reply

  7. Roberto García Riverael 28 dic 2009 a las 4:34 AM

    Buenas noches, yo utilizo Firefox y puedo trabajar normalmente, envió de todas las declaraciones, entrar a Mi Portal, etc. Lo único que no puedo es cuando la información está en ftp2.sat.gob.mx, me envía el mismo mensaje que arriba anotaron ftp 215 no está disponible. Mi explorer no funciona por eso utilizo Firefox. Gracias

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Hola Roberto!

    Efectivamente, puedes hacer todas las operaciones a excepcion descargar archivos en loque tengas que usar el FTP, por lo que tendrias que usar otro navegador, con el google Chrome( verificado) funcionan las descargas y tambien con el safari( segun un amigo).

    Saludos!

    Reply

  8. victor manuelel 28 dic 2009 a las 12:50 PM

    Licenciado buenos dias perdone la pregunta.
    Si no se publico la tabla del subsidio al empleo cual se ocupara para los calculos de 2010? o esto quiere decir que al no ser publicada dicha tabla esta desaparece?
    De antemano muchas gracias por su respuesta.

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Hola Victor!
    El que no se haya publicado no significa que desaparece,lo unico que pasa es que se sigue aplicando la tabla que ya existe, ya que el articulo que establece su aplicacion est vigente y no fue derogado, y que por lo que hemos visto años anteriores, seguira sin actualizarse.

    Saludos!

    Reply

  9. Susanael 28 dic 2009 a las 1:03 PM

    Entonces estas tarifas, aplican a partir del viernes 1º de enero 2010??

    Gracias

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Hola Susana!

    Asi es, a partir del 1 de enero de 2010

    Saludos!

    Reply

  10. DANTEel 30 dic 2009 a las 2:20 AM

    HOLA LIC… FELICIDADES POR COMPARTIR SU CONOCIMIENTO E INFORMACION,, UNA PREGUNTA AUN NO TIENE LA NUEVA TABLA DE SUBSIDIO AL EMPLEO PARA EL 2010? YA NO SE PUBLICARA UNA? GRACIAS DE NUEVO

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Hola dante!

    De hecho ya se publico en dias pasados las tablas para 2010, mes a mes, sin embargo la tabla de subsidio al empleo no sufre modificaciones respecto a la del año pasado y esta en este post debajo de la tabla del isr.

    Saludos!

    Reply

  11. Susy Castañedael 02 ene 2010 a las 1:04 PM

    Hola buen dia… Lic. no he podido ingresar a la pagina del Sat (link que nos proporciona), para revisar las tablas mensuales del ISR, podria ayudarme por favor.

    Saludos…

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Hola Susy!

    Si te refieres al link en los comentarios, recien lo he verificado, ahora bien si el navegador con el que nos visitas es firefox, la pagina del sat no la acepta, te sale el mensaje de “servidor no soportado” prueba con el internet explorer, google chrome o safari

    Saludos!

    Reply

  12. Blancael 04 ene 2010 a las 12:19 PM

    Lic. Feliz Año 2010, mi pregunta es sobre que hay de cierto sobre que el sueldo hasta 10 mil y feria estará exento en 2010?

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Hola Blanca!

    Nada mas falso, hasta por 6,000.00 mensuales se paga impuesto.

    Saludos!

    Reply

  13. Jaimeel 04 ene 2010 a las 12:41 PM

    Gracias por la info., tengo una pregunta algo fuera de, en cuestion del seguro de daños de vivienda del infonavit seguira siendo de 13 pesos ‘?

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Hola Jaime!

    Pues hasta el momento el infonavit , no publicado nada al respecto, recordaras que apenas el año pasado modifico dicha cuota, y no lo habi hecho antes, y eso implicaria un nuevo complemento del sua, pero por el momento no .

    Saludos!

    Reply

  14. sandra luz vazquezel 04 ene 2010 a las 4:17 PM

    hola las tablas quincenales y semanales, donde las puedo encontrar?

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Hola Sandra!

    Las tablas de 2010 las puedes encontrar en el siguiente link Tablas 2010

    Saludos!

    Reply

  15. jesus gomezel 05 ene 2010 a las 12:08 PM

    hola buenos dias, yo no soy contador pero me puede ayudar a decir cuanto me van ha descontar si gano 7,364.40 mensual
    atte jesus

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Hola Jesus !

    Si esa cantidad es tu ingreso mensual sin deducciones, y si estas bajo el regimen de salarios el impuesto que te retendrian seria de 372.77 al mes.

    Saludos!

    Reply

  16. Mercuriosel 08 ene 2010 a las 7:22 PM

    Hola, acabo de descargar la Tarifa aplicable durante 2010, para el cálculo de los pagos provisionales mensuales, soy Ingeniero Industrial pero me toca calcular los finiquitos y tengo que hacer uso de las tarifas, pero veo que hay una Tarifa que incluye el subsidio para el empleo con dos Límites Inferiores, ¿cómo se come eso? Me podrían dar un ejemplo de cómo se usan ahora en conjunto las:

    -Tarifa aplicable durante 2010, para el cálculo de los pagos provisionales mensuales.

    -Tabla del subsidio para el empleo aplicable a la tarifa del numeral 5 del rubro B.

    -Tarifa que incluye el subsidio para el empleo, aplicable a la tarifa del numeral 5 del rubro B.

    Gracias anticipadas por su ayuda, es que necesito calcular el impuesto de un finiquito y no sé qué hacer con esos Límite inferior 1 y Límite inferior 2.

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Hola

    Recien publique un post de ejemplo de calculo del impuesto sobre la renta para salarios , este es el link http://www.robnovelo.com/calculo-del-impuesto-sobre-la-renta-2010/

    Saludos!

    Reply

  17. AMADORel 09 ene 2010 a las 2:33 PM

    DISCULPA A MI EMPRESA LE LLEGO UNA INVITACION DE DE AUDITORIA FISCAL, SOBRE EL EJERCICIO 2008, DONDE ME SOLICITAN TODOS MIS PAPALES DE TRABAJO TANTO DE LOS PAGOS PROVISIONALES COMO LA ANUAL DEL 2008, PERO HAY UN PUNTO DONDE ME SOLICITAN EL CALCULO Y DETERMINACION DELA PROPORCION DEL SUBSIDIO ACREDITABLE Y NO ACREDITABLE, QUE HAYA APLICADO PARA EL CALCULO DE LAS RETENCIONES DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA.
    SU SERVIDOR TIENE ENTENDIDO QUE ESA PROPORCION FUE APLICADA NADA MAS HASTA EL EJERCICIO 2007, YA QUE APARTIR DEL 01 ENERO SE COMENZO A UTILIZAR EL SUBSIDIO AL EMPLEO Y SE MODIFICO EL CALCULO PARA ISR DE SUELDOS Y SALARIOS. ESA ES MI DUDA SI LA AUTORIDAD SE EQUIVOCO EN SOLICITARMELA O ESTA CORRECTA, SE LO VOY A GRADECER MUCHO. LIC. GRACIAS. ADIOS

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Hola Amador!

    Totalmente de Acuerdo contigo, el calculo del subsidio acreditable y no acreditable desaparecio en el 2008 al eliminar la secretaria de hacienda el articulo 114,en definitiva la autoridad se equivoco.

    Saludos!

    Reply

  18. Mercuriosel 11 ene 2010 a las 10:39 AM

    Gracias por su ayuda contador, me sacó de mis dudas.

    Reply

  19. Albertel 11 ene 2010 a las 2:48 PM

    Hola Contador:

    si en mi recibo de honorarios cobro 1000.00 cuanto debo calcular de retencion de IVA e ISR estoy en tijuana es decir ahora el iva es del 11%

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Hola Albert!

    Si el importe de tu recibo de honorarios es 1,000.00 quedaria asi:

    Importe 1,000.00
    Iva 110.00
    subtotal 1,110.00
    ret isr 100.00
    ret iva 73.33
    Total 936.67

    Saludos!

    Reply

  20. Julioel 11 ene 2010 a las 3:35 PM

    Buenos dias, si mi salario mensual es de $13,750 pesos y mi pago es quincenal, cual seria mi pago de impuestos? Gracias.

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Hola Julio!

    Tu ISR mensual seria de 1,778.88, estoy por publicar un post que calcule automaticamente el impuesto , por si deseas suscribirte y enterarte cunado sea publicado.

    Saludos!

    Reply

  21. OSCAR LIMONel 12 ene 2010 a las 2:00 AM

    lic. vi esta pag. y las dudas acerca de los impuestos,gracias me quito de algunas dudas.. empezare a laborar con un sueldo de 7000 mensuales pero no se cuales y de cuanto me vendran mis deducciones podria quitarme esa duda??? saludos

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Hola Oscar!

    Tomando en consideracion los $ 7,000.00 bajo el supuesto que todo es gravado y sobre eso te haran las deducciones, las deducciones que seguro te haran son las del Isr $ 297.20, retencion de imss 173.76

    Saludos!

    Reply

  22. FERNANDOel 12 ene 2010 a las 10:16 PM

    hola !! pues principalmente gracias por las tablas quiciera preguntarte si esto del descuento de los impuestos son mensualmente o semanalmente esq mi salario es alrededor de 7000 pesos mensuales y mi jefe me acaba de informar que me descontara 280 pesos pero semanales me parece que es demaciado quiciera saber si esta bien o me esta robando?? espero tu respuesta y gracias.

    Reply

  23. FERNANDOel 12 ene 2010 a las 10:29 PM

    me interesa saber principalmente si la cantidad que te menciono que me descontaran es la correcta y que deducciones son las que me haran??
    gracias

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Hola Fernando !

    De acuerdo al monto aproximado, el descuento semanal seria aproximadamente de 108.44, esto estaria conformado por retencion de isr por 68.43 y 40.01 de retencion de imss.
    Estos montos y deducciones de tu salario los hago considerando una base mensual y que solo esas dos deducciones te harian, las cuales son las de ley.

    Saludos!

    Reply

  24. SILVIAel 14 ene 2010 a las 2:40 PM

    QUISIERA SABER EL IMPUESTO QUE DEBE APLICARSE A LOS JUBILADOS DE LA C.F.E

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Que tal silvia,

    Pues depende del monto de la percepcion diaria por jubilacion ya que tienen un monto exento y sobre el excedente es por el que se paga el impuesto, el monto exento son 9 veces el salario minimo del area geografica del contribuyente.
    Art. 109 fraccion III LISR.

    Saludos!

    Reply

  25. Sebastiànel 15 ene 2010 a las 2:42 PM

    BUEN DIA:
    SI UN TRABAJADOR GANA $240 diarios cuanto de i.s.r. le van a descontar, espero me ayuden, no soy contador y tengo esta inquietud.
    gracias.

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Hola sebastian!

    Le descontarian $ 12.02 diarios.

    Saludos!

    Reply

  26. luis robertoel 16 ene 2010 a las 1:14 AM

    si rento un local de 1900.00 ya con el 16% de iva cuanto pagaré de isr.

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Hola Luis!

    De isr pagarias 45.91, con la opcion de deduccion ciega.

    Saludos!

    Reply

  27. Zaida Lajasel 18 ene 2010 a las 10:57 AM

    Contador muchas gracias por el apoyo que brinda a través de este medio, mi duda es si me descontaron correctamente el isr en la presente quincena: tengo un sueldo base quincenal de 6,887.68 un ingreso extra por prestaciones de logros sindicales como bonos y apoyos. (que también tengo la duda si a este ingreso se le aplica el descuento de isr, nos habían dico que este monto no se contemplaba) por 4,482; y me descontaron de ISR 1,312.95. Hasta diciembre me quitaban $921.88. estos montos son por quincena. Le agradezco muchísimo si pudiera orientarme.

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Hola Zaida!

    Realmente tu calculo no debio variar ya que el rango en que estan tus ingresos no se modifico, y el calculo que realice con la base gravable que proporcionas es similar a los 921.88 para 2009 que te retuvieron y debio mantenerse en el 2010, lo mas seguro es que parte de lo que comentas que esta como prestaciones, ya lo esten gravando.

    Saludos!

    Reply

  28. ilse ramirezel 18 ene 2010 a las 12:28 PM

    hola una pregunta cual es el impúesto que se aplica a un pago mensual de 8,800

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Hola Ilse !

    El impuesto seria de 822.12

    Reply

  29. NAOMIel 18 ene 2010 a las 12:30 PM

    Hola buen dia.
    una pregunta para declaracion de sueldos y salarios 2009 cual es la tabla que se debe aplicar o mejor dicho considerar.
    agradezco me ayude no soy contadora pero su presento mi declaracion.
    gracias

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Hola Naomi!

    La tabla la encuentras en este link en el anexo 8

    Saludos!

    Reply

  30. williamel 18 ene 2010 a las 3:06 PM

    Perodn una pregunta cuanto se me detendria de ISPT si gano 5156 sueldo bruto.
    ya que anteriormente
    me retenian 13 de ispt y 65 de imss
    y ahora me aumento demasiado la retencion.
    muchas gracias de antemano

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Hola !

    Supongo que el importe es mensual bajo el regimen de salarios, pero tu rango de ingresos no cambio, asi que el importe se deberia mantener igual solo que al menos a mi la retencion me da $ 25.24

    Saludos!

    Reply

  31. Zaida Lajasel 19 ene 2010 a las 3:08 PM

    Gracias contador. Por su atención, otra duda: cheque las tarifas para el pago provisional de los meses de enero a diciebre de 2010, aplicable a los ingresos que perciban los contribuyentes a que se refiere el Capítulo II, Secciones I y II, del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta., de la página del SAT, y mi pregunta es si va bajando el porcentaje mes por mes o mas bien los montos limites de cada nivel de tabulador se van aumentando? Quiere decir se nos descontara menos conforme pasea los meses o estoy interpretando mal las tablas?

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Que tal Zaida!

    Las tablas que viste son para personas con actividad empresarial y regimen intermedio, estas tablas se van incrementado mes a mes , ya que sus ingresos se van acumulando de igual manera mes a mes, en el caso de los salarios se aplica una tarifa mensual y esa es la misma que se va a aplicar el siguiente mes, por lo que de tener el mismo ingreso el mes siguiente tu retencion seria igual, la unica variacion que podria haber es por los dias que trae cada mes.

    Que estes bien!

    Reply

  32. Ericel 19 ene 2010 a las 5:00 PM

    Buenas tardes Lic. por el momento mi sueldo es de $7500 al mes, podría decirme cuál es el monto del ISR para este 2010???
    muchas gracias

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Que tal eric!

    El isr seria de 610.33 mensual

    Saludos!

    Reply

  33. Ericel 19 ene 2010 a las 5:13 PM

    también podría decirme cuanto y de que concept sería las deducciones, me hacen pago quincenal.

    muchas gracias y perdone la molestia

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Erick

    Las deducciones basicas son las del Isr y la del imss, pero pues dependiendo de la empresa y las prestaciones que proporcione, a grosso modo el descuento del isr seria 305.17 y la retencion del imss seria aproximadamente de 93.00 quincenal.

    Saludos!

    Reply

  34. jorgeel 21 ene 2010 a las 11:09 PM

    buen día
    me podria ayudar a calcular el impuesto ya que soy comisionista los dias 30 de cada mes nos dan un anticipo de $2000 y los dias 15 las comosiones si este mes tuve de comisiones de $19954 ya descontando lo del anticipo quisiera saber si me estan descontando lo justo

    Reply

  35. gabrielael 24 ene 2010 a las 11:50 AM

    Hola!!! =) Disculpen quisiera saber de donde descargo la Ley de ISR del 2010 completa, por que estube buscando y no encuentro de donde bajarla.

    Espero me puedan ayudar.
    Gracias.

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Que tal Gabriela!

    Aca puedes descargar La Ley del ISR 2010

    Reply

  36. argelia valenzuela garciael 25 ene 2010 a las 6:55 PM

    buenas tardes contador, mi duda es la siguiente: en la 1er. qna. de enero mis percepciones fueron:

    sueldo 3040
    bono semestral 18031.61
    bono decembrino
    1400

    dando un total de percepciones por 22,471.61 en la empresa me descontaron 4,9263.17 por concepto de isr pero uun contador me hizo el calculo y dice que solo me debieron descontar 3727.35 hay una diferencia de 1100 a mi favor cual calculo es el correcto??? me podria ayudar diciendome para 22471.61 quincenales cuanto es el isr a retener de la 1ra. qna. de enero 2010??? gracias

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Hola Argelia!

    El calculo de los impuestos se hace sobre una tabla mensual que es la publicada en este post, ahora bien para aplicar la tabla se tien que elevar los ingresos al mes o en su defecto aplicar una tabla quincenal, el contador que te hizo el calculo cometio el error de aplicar la tabla mensual a ingresos de quince dias, por eso le dio el resultado de 3727.35, despues de realizar dichos calculos me da la cantidad de 4,926.14 casi igual a la cantidad que te retuvieron, por lo que la retencion fue correcta.

    Saludos!

    Reply

  37. Ernestoel 27 ene 2010 a las 7:48 PM

    Buenas noches contador, tengo una duda en cuanto a las retenciones que me deben cobrar.

    Mi sueldo mensual bruto es de 20,000, con iva serían 23200.
    Y estoy por honorarios.

    Sin embargo la empresa que me está pagando me está entregando solamente 13920, me parece que el cálculo es excesivo.

    Muchas gracias

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Que tal Ernesto!

    Pues si , la retencion es excesiva tu calculo debiera quedar asi
    Importe 20,000.00
    Iva 3,200.00
    subtotal 23,200.00
    ret isr 2,000.00
    ret iva 2,133.33
    Total 19,066.67

    Los 19,066.67 serian lo que se te tendria que entregar, y te quedaria enterar de impuestos a hacienda 2,567.00 entre isr,iva y ietu.

    Saludos!

    Reply

  38. Marianela S.C.el 28 ene 2010 a las 9:36 AM

    Hola buen dia

    Quisiera me hiciera el favor de decirme donde puedo encontrar la tabla para calculo sobre nomina pero quincenal porque la que esta aqui es mensual.

    por su apoyo mil gracias

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Que tal Marianela!

    Lo puedes localizar en la tercera modificacion de la resolucion miscelanea fiscal, en este link:

    Tercera modificacion

    Saludos!

    Reply

  39. Leonel Martinez Dominguezel 29 ene 2010 a las 7:09 AM

    Muy Buenos dias, estoy dado de alta en el regimen
    asimilado a salarios, gano 7000 al mes, me pagan mi suldo por semana, quisiera saber cuanto es lo que se me debe descontar con el aumento al ISR. o de cuanto tendria que salir mi quinsena.

    de antemano nuchas gracias por su atencion

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Hola Leonel!

    Por los 7,000, mensuales tienes una retencion de 550.74, quincenal tendrias una retencion de 275.37

    Saludos!

    Reply

  40. Leonel Martinez Dominguezel 29 ene 2010 a las 7:19 AM

    Olvidaba decirle que no cuento con IMSS

    Denuevo Gracias Licenciado

    Reply

  41. Edgar Lagunael 29 ene 2010 a las 7:24 AM

    Saludos cordiales licenciado, mi jefa acaba de avisarnos que por lo que aumentaron los nuevos impuestos nos quitara mas del sueldo mi pregunta es cuanto me deben de descontar si mi regimen es como asimilado al salario (honorarios) de 6500 mensuales sin prestaciones (IMSS) ya que actualemente estoy recibiendo alrededor de 3050 pesos quincinales.

    Muchas Gracias

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Que tal edgar!

    Pues si bien es cierto que los impuestos aumentaron, el rango en el qu caen tus ingresos no vario, en mi calculo me da que debes recibir $ 3,001.83, y eso debio ser desde el año pasado y lo mismo para este año.

    Saludos!

    Reply

  42. Karina Ortegael 29 ene 2010 a las 10:53 AM

    Contador

    De donde saca tiempo para atender a tanto estudiante de contador? porque por supuesto que son estudiantes, un contador no haria esta clase de preguntas de principiantes…

    Saludos!

    Reply

  43. Ma. Dolores Figueroael 29 ene 2010 a las 12:53 PM

    Buen día contador,

    Agradeceria mucho la ayuda que me preste a la siguiente duda:

    Gano 10,100.00 pesos mensuales mas comisiones.
    La primera quincena gane 5050.00 de sueldo mas 9,935.39 de comision (me quitaron 2,755.88 de ISR)
    Esta quincena gane 5050.00 de sueldo mas 6,444.66 de comisiones (me quitaron 1,934.86 de impuestos)

    La cantidad de retención de ISR, es correcta?

    MIL GRACIAS DE ANTEMANO.

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Que tal !

    Ma. dolores las cantidades que te retuvieron sin lugar a dudas, son correctas.

    Saludos!

    Reply

  44. ALBERTOel 29 ene 2010 a las 9:13 PM

    MUY BUENAS NOCHES .

    ESTAS TABLAS LAS PUEDO UTILIZAR PARA CALCULO DE NOMINA SEMANAL?

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Hola Alberto!

    Si podrias utilizarlas , pero seria un poco mas complicado, por lo que mejor utiliza las tablas semanales que aparecen el anexo 8 de la tercera modificacion a la resolucion miscelanea, este link te redirige al post de dicha resolucion y ahi le das click al link de descarga y buscas el anexo 8.

    Saludos !

    Reply

  45. esmeralda orantesel 30 ene 2010 a las 12:07 AM

    hola lic. roberto me podria explicar que es el isr porque no entiendo muy bien en las definiciones que he leido porfavor.

    gracias

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Hola esmeralda!

    El isr es el impuesto sobre la renta, es decir el impuesto sobre las utilidades de una empresa, para su calculo se le restan a los ingresos de la empresa los gastos y el resutlaod es la base para el calculo.

    Saludos!

    Reply

  46. Raulel 01 feb 2010 a las 1:48 PM

    Buenas tardes Licenciado tengo una duda, si mi salario aproximado mensual es de 6720 pesos segun registrado en el imms cuanto seria el monto del ISR ????

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Que tal Raul!

    La retencion aproximada seria de 266.73

    Saludos!

    Reply

  47. jesusel 02 feb 2010 a las 10:00 AM

    Buen día tenga usted Robert
    mi duda es la siguiente yo soy pensionado y como tal se supone que no me deberían quitar nada ya que los pensionados no pagamos impuestos.
    Ya que considero es mucho lo que me quitan, este mes me empezaron a cobrar este impuesto isr y pues asta pensé que me habían robado entonces voy al banco a reclamar y me indican que esto no es de ellos sino de el seguro ok voy a la subdelegacion y me indican que es culpa de hacienda, hay alguna forma de ampararme o presentar una queja y no pagar este impuesto? y otra duda este impuesto me lo descontaran cada mes?
    Tercera y no por tal menos importante:
    El dinero que me subian cada año que son mas o menos 1000 pesos por un concepto que en este momento no recuerdo me lo seguiran dando ( me lo dan por marzo)?

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Hola Jesus!

    Pues te dire que no hay ningun renglon en la ley que exente el total de ingresos por pensiones, hay una exencion pero esta limitada a nueve veces el salario minimo del area geografica donde resides, por el excedente , te cobran impuesto.
    te transcribo el fundamento legal en la ley del ISR.

    “Las jubilaciones, pensiones, haberes de retiro, así como las pensiones vitalicias u otras formas de retiro, provenientes de la subcuenta del seguro de retiro o de la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, previstas en la Ley del Seguro Social y las provenientes de la cuenta individual del sistema de ahorro para el retiro prevista en la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en los casos de invalidez, incapacidad, cesantía, vejez, retiro y muerte, cuyo monto diario no exceda de nueve veces el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente. Por el excedente se pagará el impuesto en los términos de este Título.”

    En relacion a la segunda duda si,el descuento seria mensual, y en cuanto al dinero que te subian, pues ahi si no sabria, porque no se bajo que concepto y condiciones esta tu pension.

    Saludos!

    Reply

  48. jesusel 02 feb 2010 a las 10:05 AM

    Perdone los comentarios no se pueden editar y se me olvido agregar una duda que no es mia si no de un amigo de la familia el percibia por concepto de pension antes del isr 26 000
    y aora solo 24 000 la pregunta es como el puede saber cuanto es lo que le estan descontando el tanto %? o cuanto deberian descontarle

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Que tal jesus!

    Para poder hacerle un calculo necesitaria saber en que area geografica esta ubicado, y si el importe es solo por concepto de pension o existen algun otro concepto en el pago de los 24,000.00

    Saludos!

    Reply

  49. Manuelel 02 feb 2010 a las 11:35 AM

    Hola contador, mi duda es, yo soy persona fisica con actividad empresarial regimen intermedio.

    Tengo entendido que para el calculo de ISR se toman en cuenta todo lo facturado aun y no me las hayan pagado, osea que no se maneja con flujo de efectivo, a diferencia del IETU e IVA que si se calcula en base a lo cobrado o flujo de efectivo. Es esto correcto? y tambien es igual no importando si una factura de ingresos es de diciembre 2009 y se cobra en enero 2010?

    Gracias de antemano por el tiempo y la respuesta

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Hola manuel!

    Tanto el isr como el Iva y tambien el ietu, se manejan bajo el esquema de flujo de efectivo para las personas fisicas, y no importa cuando lo factures , sino cunado te lo paguen.

    Saludos!

    Reply

  50. cristianel 02 feb 2010 a las 4:51 PM

    hola !!
    una pregunta, si gano 10 mil al mes, cuanto me tienen que quitar de isr e imss ???

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Que tal cristian!

    De isr 1,037.16 y de imss un poco mas de 248.24

    Saludos!

    Reply

  51. Eligioel 02 feb 2010 a las 6:18 PM

    Hola buenas tardes necesito que me ayuden que me den una pequeña asesoria,
    me pueden explicar como determinar en mi calculo anual de sueldos y salarios si me falta por pagar isr o retuve de mas a los trabajadores?? cual es la formula??

    ayudaa por favor saludoos.

    si gustan me pueden agregar para estar en contacto en el msn
    cp_eli21arrobalivepuntocompuntomx

    gracias.

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Eligio, estoy trabajando en un post al respecto y espero este listo a la brevedad posible.

    Saludos!

    Reply

  52. Tomas Tena Bravoel 02 feb 2010 a las 6:23 PM

    Distinguido Robert :

    Soy Jubilado por el IMSS recibiendo una pension vitalicia por cesantia en edad avanzada.

    Recibi por mas de 26 meses, pagos regulares asi como los ajustes minimos por ley, pero resulta que en el mes de Febrero, me hacen un descuento del 13% indicandome que la ley asi lo dice, (referencian al art 90 y 113) hable aL SAR area consultas y me dijeron que eso asi es de siempre de acuerdo al X cosa que antes nuca fue

    Pregunta es esto algo nuevo? o procede?

    Mil gracias por su respuesta

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Que tal Tomas!

    Pues es que las pensiones gravan para el impuesto sobre la renta, si bien no todo el ingreso, pero si una parte.
    La exencion consiste en 9 salarios minimos del area geografica en que estes elevado al mes, ese monto esta exento, el excedente es a lo que se le aplica el impuesto, realmente no es nuevo, sin embargo aparentemente habia un criterio en el imss mal aplicado, por el que no les retenian nada a los pensionados que sobrepasaban el monto de exencion.

    Saludos!

    Reply

  53. LUISel 02 feb 2010 a las 8:10 PM

    ESTIMADO ROBERT ESTOY EN EL CASO DE LOS SORPRENDIDOS JUBILADOS QUE HOY COBRAMOS CON DESCUENTO DE ISR SIENDO QUE NUNCA ME HABIAN QUITADO NADA ESTOY DE ACUERDO CON QUE LA LEY LO ESTIPULA EN EL ART 109, LA CANTIDAD SE ME HIZO EXAGERADA PERO APARENTEMENTE SEGUN MIS CALCULOS CORRESPONDE A ENERO Y FEBRERO HABRA FORMA DE INVESTIGAR ESTO PORQUE EN EL IMSS NADA MAS DICEN QUE ES CULPA DE HACIENDA PERO NO DICEN COMO LO CALCULARON
    LAS RETENCIONES LAS CALCULA EL PATRON EN ESTE CASO EL IMSS Y NO HACIENDA QUE ME RECOMIENDAS PARA CORROBORAR SI EL IMPUESTO ES DE DOS MESES
    GRACIAS

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Hola Luis !

    Para saber si es correcto habria que saber cuanto son los montos de la pension de enero y febrero, el estado de residencia, y con eso s epuede hacer el calculo.

    Si no deseas poner tus datos a la vista, puedes dirigirte al correo robertnoveloarrobarobnovelopuntocom

    Saludos!

    Reply

  54. LUISel 02 feb 2010 a las 8:43 PM

    gracias robert

    Reply

  55. LUISel 02 feb 2010 a las 8:49 PM

    Gracias Robert
    Yo hice el calculo considerando lo realmente cobrado en Enero y en Febrero estoy calculando un aumento de 4,85% a la pension por el aumento de Salario minimo, aplicando la tarifa de la Ley de ISR y la suma del Impuesto determinado de los dos meses es casi igual a la descontada ahora en Febrero (Dif 30,00)
    ¿No sabes en que Oficina del IMSS calculan estas reternciones? para que me informen si efectivamente son los dos meses

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    De nada Luis, la verdad ahi si no, no se en que oficina hacen los calculos, pero pues diferencia de 30 pesos, no es mucho respecto del que te dio.

    Saludos!

    Reply

  56. Lilianael 02 feb 2010 a las 11:08 PM

    solo felicitarlo ya que he visto sus respuestas y las considero muy claras sobre todo para aquellas personas que no son tan expertas en éstos temas.

    Agradeceré pueda enviarme su dirección electrónica ya que frecuentemente requiero de asesoría de éste tipo.

    Saludos.

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Gracias Liliana!

    El correo de contacto es robertnovelo arroba robnovelo punto com

    Saludos!

    Reply

  57. Hugoel 03 feb 2010 a las 10:07 AM

    Buenos dias tal vez mi pregunta suene un poco fuera de contexto, pero la verdad es que desconosco y por eso quisiera informarme,

    trabajo en gobierno federal en el programa oportunidades, soy trabajador adicional, pero aun asi me gustaria saber si es correcto que apesar de no tener ninguna prestacion es normal que me descuenten el ISR.

    Me gustaria saber si esta bien o no y en caso de no que va hacer

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Hugo, lo mas seguro es que estes bajo el esquema de Asimilables a salarios, por lo que es correcto que te descuenten un porcentaje de ISR en funcion a lo que ganas.

    Saludos!

    Reply

  58. Hugoel 03 feb 2010 a las 11:25 AM

    Muchas gracias Robert, me has aclarado una duda que tenia desde hace 6 meses…

    saludos

    Reply

  59. Luisael 03 feb 2010 a las 1:39 PM

    Hola tengo una consulta si uno de los clientes recibe cada mes el deposito correspondiente a su pensión, sin embargo en el mes de febrero de este año notaron una diferencia en el importe del mismo, se les retuvo una parte adicional de ISR, según la operadora del chat del SAT en JUNIO 2009 entro en vigor un decreto que nos dice que también por concepto de pensión te deben retener y se hará efectivo a partir del mes de enero, pero esta retención no es sobre Sueldos Devengados es sobre pensión y no hemos podido localizar tal decreto usted sabe algo de ello??

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Luisa, dicho decreto, pues tampoco lo localice el unico que hay este decreto pero no hay nada referente a las pensiones, sin embargo la retencion del isr a las pensiones este comprendida en la ley del isr y lo unico que se puede hacer es aplicar la exencion contenida en el articulo 109 fraccion III.

    Saludos!

    Reply

  60. RODOLFOel 03 feb 2010 a las 5:18 PM

    buen dia lic. no e tenido la oportunidad de preguntarle alguna de mis dudas (que si tengo y muchas jeje) PERO DE VERDAD FELICIDADES Y GRACIAS POR COMPARTIR SUS CONOCIMIENTOS

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Gracias Rodolfo!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!

    Reply

  61. Carlosel 03 feb 2010 a las 7:02 PM

    Robert, buenas tardes
    Me podría asesorar estoy muy confundido, le agradezco de antemano.
    Soy pensionado (Cesantia) mi pensión me la deposita el IMSS desde octubre del 2006 hasta antes del mes de febrero 2010 no me habían descontado ISR
    El 1° de febrero fui a cobrar mi pensión con la ilusión de recibir el incremento anual que suponía debía ser similar a lo que aumento el mínimo mi pensión del año anterior fue de $19,633.10 y me encuentro con la decepción de solo recibir $82 de incremento que ppara nada compensa los incrementos de precios que hemos tenido, por lo que fui a la oficina correspondiente de mi clínica para que me fuera aclarado que había pasado.
    Quien me atendió me informo que solo podía darme los estados de depósitos de los últimos tres meses y que debería presentarme a las oficinas que el IMSS tiene atrás de Bellas artes .
    Con el papel que ella me dio y en el cual solo resalto con marcador las 3 ultimas cantidades recibidas netas mensuales al revisarlo veo que ahí viene también las percepciones y las deducciones que me viene haciendo cada mes por un préstamo otorgado y me doy cuenta que en el ultimo mes me están descontando ISR
    Mis dudas son las siguientes:
    1.- ¿Cada mes me serán descontada una cantidad de ISR similar o igual o solo fue un ajuste y será menor las subsecuentes?, o en el mejor de los casos esta cantidad que por primera ves se me hace ¿Sera cada año?
    2.- El incremento ya considerando el descuento que recibí fue de un 3.45% que no corresponde a lo que subió el mínimo, la cifra la desconozco con precisión pero se que fue mayor al 4%, ¿Sera correcto lo que recibí en porcentaje o falto?.
    Gracias por asesórame estoy anexando el papel que me dieron por si se requiere para que por favor me sea calculado la pregunta que indico como numero 1
    Con esto podre ir mas preparado a lo que me puedan decir ahora que vaya a las oficinas del IMSS aquí en el centro anexo archivo con datos a su correo.
    Atte.
    Carlos Q.O.

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Carlos , tu comentario ha sido respondido a tu mail.

    Saludos

    Reply

  62. Eliseo Ruizel 03 feb 2010 a las 9:22 PM

    Hola que tal, tengo algunas dudas y espero que pueda resolverlas.

    yo gano cerca de los $2100 quincenales de los cuales mi salario base es de $941.00 mas prima dominical de $64.58 y el resto de mi salario lo gano por comision que es cerca de $900 (hasta 1000)

    y de ISPT me rebajan $113

    en primera quiero preguntar:

    Que no se supone que el ISR solo se cobraria a los que ganaran mas de $8000 pesos al mes????? o estoy mal??

    porque e escuchado en las noticias que se hizo una modificacion a ese impuesto del ISR (que al final es el mismo ISPT) donde solo se cobraria ese impuesto a esas personas.

    ya que si estoy en lo correcto yo que gano menos de $5000
    al mes deberia estar exento de ese impuesto….y no lo estoy…acaso mi empresa me esta robando bajo pretexto de pagar el ISR????

    o la modificacion al ISR la entendi mal y tambien DEBO PAGAR por trabajar???

    espero me pueda resolver esta duda ya que estoy muy confundido con esto

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Eliseo,
    Es erroneo lo de los 8,000.00 pesos al mes , a partir de 4,925.00 pesos se empieza a generar retencion, y si el impuesto subio , pero a partir del rango de ingresos de 20,770.00 en adelante-

    En base a los datos salariales que me proporcionas, a grosso modo, por 4,200.00 mensuales, no hay retencion de isr,al contrario se te deberia de entregar credito al salario, de aproxiamdamente 135.00 pesos al mes.

    Saludos!

    Reply

  63. monica bel 03 feb 2010 a las 11:12 PM

    Hola Lic. estaba buscando las nuevas tablas, muchas gracias por compartirlas, pero tengo una pregunta sobre algo un diferente. si yo soy regimen intermedio y tengo a alguien q trabaja para mi, pero no quiere darse de alta y eso me esta causando muchos impuestos ya que no puedo deducir ese gasto. puedo ponerlo como honorarios asimilables??? y en ese caso es deducible para mi???? donde puedo consultar para saber como se calcula la retención.
    mil gracias de antemano!!

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    monica,
    no quiere darse de alta en el imss?
    podrias, pero seria algo indebido, ya que no aplica la figura de asimilables para subordinados, en caso de que aun asi lo quieras realizar en este link , puedes verificar la forma del calculo , obviamente sin incluir lo del subsidio para el empleo

    saludos!

    Reply

  64. sra susanael 04 feb 2010 a las 1:18 AM

    hola estimado rober soy unas de las afectadas por los descuentos de los pensionados te agradeceria si me ayudaras
    a calcular mi descuento que me van a descontar ya que este mes
    me descontaron mucho y siento de que es el mes de enero y febrero te escribo los datos siguientes
    mi sueldo mensual de seguro es un total de 33 172 en el mes
    de enero y 34356 en el mes de febrero y mi zona donde vivo ees la A pues vivo en veracruz te agradeceria en el alma que me pudieras ayudar ya que estoy intranquila por la falta de
    dicha cantidad que fue de 5755 pesos y me representa una gran perdida para mi familia siento que es injusto ya que me pase 40 años pagando demasiados impuestos y ahora me exigen pagar mas este gobierno si nos paso afectar espero tu respuesta y de anticipado te doy las grasias por tus respuestas son ,muy utiles ya que en el seguro te pelotean y te atiende grasias muchas grasias

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Que tal señora ,

    pues si el monto incluye los dos meses, ya que para el proximo mes sera aproximadamente 2,800.00 el descuento por el isr

    Saludos.

    Reply

  65. Carlosel 04 feb 2010 a las 3:24 PM

    Muchisimas gracias Robert
    Ya sali de mis dudas respecto a este aumento que a los pensionados afectados nos agarro de serpresa.
    Gracias Lic. nuevamente.

    Reply

  66. sra susanael 04 feb 2010 a las 4:04 PM

    muchas por gracias por
    tu respuesta deberas fue muy util saludos dios te bendiga

    Reply

  67. marthael 04 feb 2010 a las 9:37 PM

    tengo una pregunta
    trabaje dos meses para una empresa y expedi recibos para mi pago por dos meses en julio , o sea me di de alta por honorarios
    pero el pago nos llego en enero 2010 y todos esos meses no hemos declarado..
    supongo que debo hacer la declaracion por esos dos meses pero que pasa por todo el tiempo que estuvimos dados de alta

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Martha,

    En el regimen que te diste de alta, se declara cuando se percibe el ingreso, sin embargo, debes presentar declaraciones en ceros desde el mes que te diste de alta, y durante todos los demas meses que no tuvistes ingresos, y debes presentar tu pago de impuestos por el mes de enero que es cuando percibes el ingreso.

    Saludos!

    Reply

  68. Robertoel 05 feb 2010 a las 8:56 AM

    Apreciable Robert Novelo,

    Cual es la tasa de impuesto gravable a las pensiones del IMSS, despues de deducir los nueve salarios mínimos.

    Gracias por su ayuda.

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Roberto,

    La tasa aplicable varia en funcion del monto de la base gravable que tengas, es decir despues de restar a tus ingresos la exencion, se ubica el excedente en la tabla mensual, para determinar el impuesto.

    Saludos!

    Reply

  69. LOVELYel 05 feb 2010 a las 12:02 PM

    Buen dia quisiera saber cuanto me descontarian de isr mensual el problema es que para la empresa en la que actualmente laboro pagan semanalmente.

    Mi salario es de $5000 mensual

    Gracias

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Lovely?,

    Tu descuento aproximado seria de $ 8.27 al mes.

    Saludos!

    Reply

  70. Brendael 05 feb 2010 a las 1:26 PM

    Hola

    quisiera saber cual es neto que debo de recibir gano $9000.00 brutos al mes y quisiera saber cuanto debo de recibir quitando todos los impuestos?

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Brenda,

    El Isr seria 857.96,

    Saludos!

    Reply

  71. Robertoel 05 feb 2010 a las 7:18 PM

    Sr. Robert Novelo

    Muchas gracias por su ayuda. Ahora bien la pensión del IMSS es
    30,288.79 a cuanto ascendería el impuesto gravable aproximadamente?

    Hoy pregunté en las oficinas del IMSS cual había sido el porcentaje de aumento a las pensiones para 2010 y me informaron que fue del 3.57% Espero que esta información sea de utilidad para todos los que leemos su página.

    Atentos saludos.

    Reply

  72. Pabloel 08 feb 2010 a las 11:18 AM

    Contador buenos dias:

    Me pudiera informar donde puedo consultar la tarifa anual para sueldos y salarios correspondientes a 2009? Le agradezco mucho su atencion.

    Reply

  73. coriel 08 feb 2010 a las 12:55 PM

    Hola….

    una molestia me gustaria saber si el impuesto sobre nomina sufrio algun incremento en su tasa en el ejercicio 2009 venia pagando el 2% soy de morelia,mich.

    disculpa quiero saber si en este concepto se reformo o seguimos aplicando la misma tarifa del 2% ISN

    Bueno de no ser asi espero su pronta respuesta de antemano le mando un cordial saludo…
    gracias….

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Cori,

    Radico en el estado de quintana roo, por lo que no te podria ayudar en ese sentido, ya que los impuestos estatales varian de un estado a otro.

    Saludos

    Reply

  74. monica bel 08 feb 2010 a las 6:23 PM

    Lic.

    El me ayuda a realizar paginas Web, y yo le he pedido que se de alta por honorarios para poder deducir ese gasto por eso era la pregunta de los asimilables, porque realmente no esta conmigo todo el día solo cuando necesito que haga una pagina…

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Monica,

    Entonces podrias hacer uso de esa opcion, es deducible para ti, y puedes hallar la informacion en el articulo 110 de la LISR.

    Saludos!

    Reply

  75. salomeel 08 feb 2010 a las 10:07 PM

    Que tal Lic. Novelo, Tengo una duda; lo que pasa es que en el 2009 el % (porcentaje) Fijo para el Calculo del ISR para la Federación fué del 5 % ; ahora para el 2010 supe de “oidos” que subió este porcentaje pero no encuentro ningún dato que me ayude a conocerlo. ¿Usted me podría ayudar?. GRACIAS !!!

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Salome,

    El 5% es para el estado, no para la federacion, sin embargo el porcentaje se mantiene.

    Saludos!

    Reply

  76. salomeel 09 feb 2010 a las 9:38 AM

    ¡Buenos días Lic.! Gracias por el dato, y sí es para Entidades Federativas; yo me equivoqué al hacer la pregunta. ¡Hasta luego!

    Reply

  77. Julianel 09 feb 2010 a las 12:46 PM

    Lic. Robert Novelo,

    Felicidades por su tiempo y su experiencia, me gustaria saber si me estan aplicando bien el ISR de la pension ya que con el aumento mi pension ascendio a 28,135 y me estan aplicando un impuesto de 3,482.94, el minimo en esta region es de 54.47.

    Saludos.

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Julian,

    Aproximadamente me da eso, solo que te estan descontando los 2 meses de impuesto enero y febrero, por lo que el siguiente mes, el impuesto debe ser mas o menos la mitad.
    Saludos!

    Reply

  78. Araceliel 09 feb 2010 a las 4:27 PM

    tarifas para pagos provisionales quincenales para el año 2010

    Reply

  79. Tomàsel 10 feb 2010 a las 10:18 AM

    El subsidio al empleo pagado en 2009, lo puedo acreditar contra el ISR propio anual? gracias

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Tomas,

    Claro que si, si no lo has aplicado antes, si puedes.

    Saludos!

    Reply

  80. YAZMINel 10 feb 2010 a las 10:34 AM

    Buenos días

    Tengo una duda voy a expedir recibos de honorarios y no se como llenarlos, sería tan amable de ayudarme por favor

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Yazmin,

    Auqine se los vas a expedir, a persona fisica, moral o a gobierno y en que estado de la republica estas.

    Saludos!

    Reply

  81. Pedroel 10 feb 2010 a las 11:00 AM

    Hola buenos dias Lic. Novelo
    quisiera me proporcionara los % para la retencion de honorarios
    y en que pagina puedo descargar la ley del ISR y su reglamento
    gracias.

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Pedro,

    El porcentaje de retencion de isr es el 10% y el de Iva son las dos terceras partes del iva trasladado, la informacion la puedes encontrar en la pagina del sat en informacion fiscal.

    Saludos!

    Reply

  82. Pedroel 10 feb 2010 a las 2:35 PM

    Buenas tardes Lic. Novelo

    Existe una persona en la empresa que trabajo que tiene 20 años laborando y esta por presentar su renuncia tiene un sueldo semanal de 1,552.00 a que es lo que tiene derecho
    gracias por su asesoria.

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Pedro,

    Tiene derecho a la prima de antiguedad, de 12 dias por año trabajado( como maximo 2 salarios minimos del area geografica), parte proporcional de vacaciones, de prima vacacional y de aguinaldo.

    Saludos!

    Reply

  83. Julianel 10 feb 2010 a las 3:09 PM

    Lic. Novelo

    Muchas gracias por su respuesta del cobro de ISR a la pension si me permite otra pregunta de donde provienen las pensiones del IMSS por invalidez con la ley del 73.

    Saludos.

    Reply

  84. Pablo Gonzálezel 10 feb 2010 a las 6:53 PM

    Buen Día Contador, mi duda es la siguiente:

    Actualmente se tienen registrado sueldos de $5000.00 pesos mensuales para algunos trabajadores y no se está pagando ningún concepto por bonos de puntualidad y asistencia, ni vales de despensa, lo cual se piensa hacer a la brevedad posible:

    Lo que traigo en mente hacer es lo siguiente:

    * Bonos de Puntualidad y asistencia por el 10% del S.D.I

    ($179.81)x 30.4 días= $ 546.59 Asistencia + $ 546.59 Puntualidad
    = $1,093.18

    * Vales de despensa equivalentes al 40% del SMDF.
    = $ 700.00

    El resultado según lo que he leído sería mas o menos el siguiente:

    Sueldo Actual = $ 5,000.00
    + Bonos P&A = $ 1,093.18
    + Despensa = $ 700.00

    Total de Ingresos = $6,793.18

    LA PREGUNTA ES: ¿PARA FINES DE ISR RETENCIÓN POR SALARIOS, SE CONSIDERARÍAN LOS $6,793.18 O SÓLO LOS $5,000.00 ?

    MUCHÍSIMAS GRACIAS POR TU TIEMPO Y POR LA INFORMACIÓN QUE EN LA PÁGINA PROPORCIONAS !!!

    QUE TENGAS EXCELENTE TARDE.

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Pablo,

    Si bien para el imss, ese monto adicional, no grava , para el isr , si grava, en virtud de que ninguna fraccion del ISR los exenta.

    Saludos!

    Reply

  85. gerardo silvael 10 feb 2010 a las 7:52 PM

    cuando saques tu tabla para el cálculo automático de isr por salarios mándame un correo para saber y el costo

    Reply

  86. Pablo Gonzálezel 11 feb 2010 a las 9:27 AM

    Muchísimas Gracias por tu tiempo Roberto, está muy buena tu página.
    Que tengas excelente día !!!

    Reply

  87. Pedroel 11 feb 2010 a las 10:30 AM

    Buenos días Lic. Novelo
    mi pregunta es la siguiente.
    me adeudan vacaciones del 2008 me las piensan pagar a hora en el 2010 mi pregunta es si mi salario ya se modifico con que salario se metiene que hacer el pago y en que articulo de que ley esta contemplado lo que usted me explique de antemano muchas gracias y que tenga un buen día.

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Pedro,

    Con el salario actual se te tiene que hacer el pago.

    Saludos!

    Reply

  88. frediel 11 feb 2010 a las 12:33 PM

    contador tengo una duda en la tarifa del art. 113 en penultimo renglon en la cuota fija 3,327.42 y tengo otra tarifa para 2010 que tiene en c.f. 3,408.88 cual sera la correcta

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Fredi,

    la correcta es la que esta publicada en esta pagina.

    Saludos!

    Reply

  89. YAZMINel 11 feb 2010 a las 12:37 PM

    soy persona fisica y estoy en df y le voy a expedir un comprobante a una persona moral por servicios profesionales,

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Yazmin,

    El comprobante seria asi,
    Importe
    Iva al 16%———————————-( 16% del importe)
    Subtotal————————————-( suma de importe e iva)
    Rete isr ————————————-( 10% del importa)
    rete iva————————————–( 2 terceras partes del iva al 16%)
    Total—————————————–( subtotal – ret de isr – rete de iva)

    Saludos!

    Reply

  90. YAZMINel 11 feb 2010 a las 12:46 PM

    Muchas Gracias con los comentarios que le hizo a Pedro con anterioridad ya no es necesario que me proporcioner la respuesta. Que tenga un excelente día

    Reply

  91. Mariael 11 feb 2010 a las 1:04 PM

    Buenas tades Lic, tengo muchas dudas del el ISR sobre el pago de las pensiones, fui a recoger mi pensión este pasado 1 de febrero y cual fue mi sorpresa que, en lugar de recibir el aumento anual, tenía un depósito menor al mensual, a continuación paso las cantidades:

    Antes recibía:
    $31,093.40

    Y en Febrero recibí:
    $27,167.10

    lo que arroja una diferencia:
    $3,926.30 que es un 13% de la cantidad original.

    Mi dudas son: ¿es esta cantidad por los dos meses de enero y febrero?, ¿cuál va a ser la cantidad que me van a estar descontando por mes?, ¿qué porcentaje sería?, si me lo pudiera poner a detalle se lo agradecería enormemente.

    Gracias de antemano, esperando su pronta respuesta.

    Reply

  92. YAZMINel 11 feb 2010 a las 2:13 PM

    Muchas gracias Lic. y lo felicito por la claridez y facilidad que tiene para ayudarnos a resolver nuestras dudas

    Reply

  93. ESTELAel 11 feb 2010 a las 2:43 PM

    Buenas tarde Lic. Novelo

    a Pedro y a Yazmin les contesta que la retencion de i.v.a son las 2 terceras partes que % del 16% es o como obtengo el importe de retencion de una cantidad. GRACIAS.

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Estela.

    Importe 1,000.00
    Iva 160.00
    total 1,160.00

    Para determinar la retencion de iva se haria lo siguiente, 160/3*2=106.66

    entonces la retencion seria 106.66

    Saludos!

    Reply

  94. Laurael 11 feb 2010 a las 3:04 PM

    Buenas tardes , gracias por compartir este espacio.

    Reply

  95. jaudielel 11 feb 2010 a las 4:48 PM

    buenas trdes

    Reply

  96. Estelael 11 feb 2010 a las 5:11 PM

    Lic. Novelo.
    Gracias por sus respuestas.
    tengo otra pregunta mi mama recibe una pencion del imss y quisieramos que le fuera depositada en el banco para que ya no haga tantas filas que tramites tendriamos que realizar.

    Reply

  97. marthael 11 feb 2010 a las 8:23 PM

    Lic. Novelo:
    El ISR para jubilaciones por régimen privado es del 30%?
    Gracias anticipadas

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    MArtha,

    Maximo seria el 30%, todo depende del monto de jubilacion que tengas.

    Saludos!

    Reply

  98. Elitaniael 11 feb 2010 a las 11:22 PM

    Hola. mi duda es que trabajo para la unam por honorarios, pero no entiendo como es que me descuentan o que tabla siguen para hacerme los descuentos. En mi nomina anterior que es cada 3 meses saque $4,800.00 y no tuve descuento, pero me dicen que arriba de los $5,000.00 ya me empiezan a hacer descuento, esta nomina va a ser por $10,500.00, y al parecer me van a descontar como mil pesos, pero no entiendo por que y en que se basan para hacer el descuento, tambien escuche que arriba de $15,000.00 se estabiliza el descuento, pero no sé. me gustaria saber si hay alguna tabla que pueda consultar para saber hasta donde me conviene meter mi nomina. en verdad me seria de mucha utilidad que me ayudara.
    y de antemano muchas gracias

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Eltania,

    LA tabla que te aplican es la de este post, y te la estan aplicando por tus ingresos mensuales que te paguen y ya sobre eso te retienen el impuesto que te dio, y si realmente por 5,000.00 te retienen como 9 pesos, y se va incrementando mientras mas percibas al mes.

    SaLudos!

    Reply

  99. PEDROel 12 feb 2010 a las 11:27 AM

    Lic Novelo Buenos Días

    mi pregunta es la siguinte en la empresa en que laboro
    me pidieron que le realizara un incremto calculando en base a inpc yo calcule mi factor de actualizacion pero la otra persona lo refleja en % lo que nos aroja una diferencia.
    como puedo explicar que es lo mismo pero que la difrencia es por que a mi me pidieron que aplicara 7 digitos despues del punto.

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Pedro,

    Demuestraselos, con ejemplo donde compares los 2 factores utilizados, no hay anda mas claro que eso.

    Saludos!

    Reply

  100. PEDROel 12 feb 2010 a las 11:30 AM

    como puedo esplicar en mi empresa que el factor de actualizacion calculado por medio de indices siempre tendra diferencias contra un importe calculado en %

    Reply

  101. KARLAel 13 feb 2010 a las 4:10 PM

    Hola Lic. Robert, muchas gracias por este espacio, que es de mucha utilidad para la gente que tenemos inquietudes al respecto, donde puedo encontrar el post de cálculo para los impuestos?

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Karla,

    En este link Calculo de impuestos

    Reply

  102. KARLAel 13 feb 2010 a las 5:04 PM

    Hola Lic. Roberto tengo una duda en base al cálculo de impuesto respecto de un pensionado y un mal manejo del IMSS

    La pensión mensual es de $36, 348.37 y hubo un pago pendiente del mes de diciembre 2009 por $43,997.00,
    Eso dió un total de $80,345.35 y las deducciones que me realizaron fueron de $18,818.70,
    Para empezar no debieron retener lo del ejercicio 2009, y según la tabla de cálculo para impuestos me debieron retener únicamente por el mes de febrero la cantidad de $7,225.39, ES CORRECTO? quisiera que me ayudara a despejar mis dudas y cuanto me deben retener por una pensión mensual de $36,348.31. Gracias, me sería de mucha ayuda su respuesta.

    Reply

  103. solel 14 feb 2010 a las 4:14 PM

    Hola Robert, buena tarde, podrías por favor decirme si cambiaton las tablas de isr para sueldos y salarios en este mes? muchas gracias de antemano.

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Sol

    Las tablas no han cambiado.

    Saludos!

    Reply

  104. Pedroel 15 feb 2010 a las 12:21 PM

    Buenas tardes Lic. Novelo.

    Mi pregunta es la siguiente cual seria el importe que metendrian que pagar de vacaciones y cuanto me tendrian que retener de impuesto sitengo derecho a 14.38 días y misueldo mensual es de 10,400.00

    De antemano gracias por su respuesta
    Saludos

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Pedro,
    necesitaria saber tu salario diario.

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Pedro,

    El importe de vacaciones seria 4,916.66 , tu prima vacional 1,229.17 y la retencion no deberia varia sustancialmente ya que , al me solo estaria aumentando, tu base gravable por aproximadamente 404.00 y tu retencion debe estar en aproximadamente 1,191.00 mensualmente.

    Reply

  105. juan carlosel 16 feb 2010 a las 8:15 AM

    buen dia lic.

    soy docente de preparatoria y tengo una persepcion mensual de 26000 y me descuentan el isr 4400 pesos mensuales mi pregunta es me estan aplicando bien este impuesto.

    muchas gracias

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Juan carlos,

    Considero que si te lo estna aplicando bien ya que en el calculo a mi me dio 4,557.45, lo que indica que debes tener algunas percepciones exentas en los 26,000.

    Reply

  106. Pedroel 16 feb 2010 a las 10:34 AM

    lic. Novelo

    misalario diario para la pregunta del calculo de vacaciones es de 341.91

    Reply

  107. Pedroel 16 feb 2010 a las 11:26 AM

    Lic. novelo mi salario diario para el calculo de vaciones es de
    341.91 diarios.
    gracias por sus aportaciones .

    Reply

  108. Elizabethel 16 feb 2010 a las 12:28 PM

    Buen dia,

    Me podría indicar en qué parte de la ley puedo localizar la tasa del isr a pensiones? ya que a algunos le cobran el 30%, a otros el 20% etc etc

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Elizabeth,

    Varia dependiendo del monto de su pension, y es la tabla del isr del art 113,la que se aplica, pero para 2010, se aplica la que esta en transitorios.

    Reply

  109. Elizabethel 16 feb 2010 a las 12:42 PM

    Alguien tiene el texto completo del artículo del Convenio 102 de la OIT donde señala que las pensiones no serán gravadas?

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Elizabeth,

    Lo encuentras facilmente en google, poniendolo como convenio 102 OIT

    Reply

  110. Hilda Montanteel 16 feb 2010 a las 12:50 PM

    Hola, quisiera saber si ya estan publicadas las tablas de ISR DE REGIMEN INTERMEDIO Y HONORARIOS DEL 2010?

    GRACIAS

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    hilda,
    Si ya estan publicadas desde fines de diciembre de 2009

    Reply

  111. Nahomíel 16 feb 2010 a las 1:22 PM

    Muy buenas tardes quisiera saber porque ha variado tanto mis impuestos y si es correcto lo que me descuenta.
    en la primera quincena del mes de agosto 2009 recibo de sueldo 900 y de clases 4820 me descuentan de imss 24.64 y de isr 638.14
    en la segunda quincena del mes de agosto 2009 recibo de sueldo 900 y de clases 5040 me descuentan de imss 23.10 y de isr 703.00
    en la primera quincena del mes de octubre 2009 recibo de sueldo 900 y de clases 5040 me descuentan de imss 24.64 y de isr 703.00
    en la segunda quincena del mes de octubre 2009 recibo de sueldo 900 y de clases 4820 me descuentan de imss 150.20 y de isr 659.13 (cabe mencionar que los ingresos son =es ala primera quincena de agosto pero los impuestos son mayores)????
    en la primera quincena del mes de enero 2010 recibo de sueldo 900 y de clases 4160 me descuentan de imss246.24 y de isr 526.26
    en la segunda quincena del mes de enero 2010 recibo de sueldo 900 y de clases 4820 me descuentan de imss 230.84 y de isr 667.24
    Porque aunque tenga percepciones =es mis descuentos son diferentes? y es correcto lo que me estan descontando, dando menos clases puedo ganar lo mismo al tener menos descuentos $220 x clase

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Nahomi,
    habria que revisar diferentes situaciones, pero lo que si es seguro, que una retencion de 24.64 por el monto de ingresos, no es correcta, ya que unciamente te estan descontando la cuota del imss de 900, lo que no es correcto, pero, posiblemente se a tu primer mes y por eso sucedio asi, y ya en el siguiente bimestre te promediaron tus percepciones variables, y ajustaron el descuento.

    Reply

  112. roberto sotoel 16 feb 2010 a las 1:26 PM

    deseo saber que porcentaje del isr van a descontar en las pensiones ya que yo gano 10 salarios y si soy pensionado por el issste tambien se aplica ,gracias por su atencion
    atte. roberto soto

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Roberto.

    Aplica para todos, y el porcentaje depende de tu zona( por el monto de la exencion) y de la parte gravable de la pension.

    Reply

  113. KARLAel 16 feb 2010 a las 2:40 PM

    Hola Lic. Roberto disculpe la molestía por contactarlo con el mismo asunto nuevamente, ya encontré la tabla de cálculo sin embargo me sigue saliendo la retención excesiva, estoy por promover mis medios de defensa pero necesito precisión en base a las cifras que voy a manejar, he leído inquietudes de otras personas en esta página y me he encontrado con otros ejemplos igual de retenciones del IMSS de pensionados, pero no logro conciliar las cifras (las mias), me podría ayudar y decirme cuanto debe ser la retención mensual de $36,348.37???

    Mi pregunta también es cuanto es la retención de $80,345.35 ya que el IMSS la realizó por $18,818.70,

    Le agradezco de antemano su apoyo y atención.
    Gracias y bonito día

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Karla ,

    de que zona geografica, son las pensiones?

    Reply

  114. KARLAel 17 feb 2010 a las 10:50 AM

    GRACIAS LIC. ROBERTO: Estoy en Puebla, área geográfica “C”.
    Le agradezco inifinitamente su apoyo.

    Reply

  115. PEDROel 17 feb 2010 a las 11:57 AM

    Lic. Novelo

    Disculpe tanta moles tia pero en mi periodo vacacional unicamente me quieren pagar 5,056.00
    que eso es el calulo que les da por los 14.38 dias ya con la retencion de impusto usted me podria mandar el calculo que realiso y como calculo el impuesto
    le agradesco de antemano su atencion.

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Pedro ,

    Me señalaste que tu salario diario es de 341.91 y que tus dias de vacaciones son 14.38
    Vacaciones (341.91×14.38)= 4916.67
    Prima vacacional ( 25%) = 1229.17

    Reply

  116. Hilda Montanteel 17 feb 2010 a las 12:12 PM

    hola de nuevo, mil gracias por tmarte el tiempo de atender nuestras dudas, me gustaria saber en que link las puedo localizar o si las puedes publicar aqui, Gracias

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Hilda,

    Las puedes encontrar en la pagina del sat, y pronto en esta pagina

    Reply

  117. Erickel 17 feb 2010 a las 6:57 PM

    Antes que nada agradezco que exista gente como usted con tanto animo para ayudar y lo felicito por eso…

    Recien comienzo mi vida empresarial como persona fisica con actividad empresarial mi pregunta va en funcion de sueldos y salarios, me gustaria saber si compongo el sueldo con elementos como bonos de puntualidad, asistencia, etc. estos conceptos gravan para isr e imss ?

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Erick,

    Para isr , gravan los bonos de puntualidad y asistencia, y para imss no siempre y cuando no excedan el 10% del salario .

    Reply

  118. KARLAel 18 feb 2010 a las 9:37 AM

    GRACIAS LIC. ROBERTO: No encontré su respuesta, le comento que estoy en Puebla, área geográfica “C”.
    Le agradezco inifinitamente su apoyo.

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Karla,
    La retencion aproximada mensual por la pension de 36348.57 seria de 3,417.02
    la de 80,345.35 seria de 15,865.36

    Reply

  119. Erick.el 18 feb 2010 a las 10:58 AM

    Muchas gracias Licenciado solo que me surge la duda el 10% a que se refiere en cuanto a los bonos de puntualidad y asistencia, es en manera conjunta o cada uno de los conceptos ? tienen el mismo tratamiento los bonos de despensa ?

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Erick,

    Es por cada uno de los conceptos, y la despensa es el 40% del SMDF

    Reply

  120. ESTELAel 18 feb 2010 a las 1:53 PM

    Lic. Novelo Buenas tardes

    Mi pregunta es la siguiente bi el calculo de vacaciones que le realiza a Pedro pero no vi que hiciera un calculo de impuesto las vacaciones estan exentas o como se calcularia un impuesto por vacaciones.

    Gracias y que tenga Buen día

    Reply

  121. KARLAel 19 feb 2010 a las 9:34 AM

    LIC. ROBERTO: Muchas pero, muchisimas gracias, eso me da un panorama más claro y con ello el sustento para pelear las retenciones descomunales que me están haciendo. Que Dios lo bendiga.
    GRACIAS

    Reply

  122. ISABELel 19 feb 2010 a las 11:31 AM

    HOLAA D VRD K ES MUUY UTIL ESTA PAGINA, M GUSTARIA K M INFORMARA SOBRE COMO CALCULAR EL PAGO PROVISIONAL DE MES DE ENERO, VOY SALIENDO DE MIS ESTUDIOS Y NO TENGO MUSHA PRACTICA, Y NO KISIERA PREGUNTAR A MI JEFA, KIIERO DEMOSTRARLE K PUEDO SOLA, BUENO NO TAN SOLA SI USTED M AYUDA. MUSHAS GRAXIASSS..
    ISABEL

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Isabel,

    Pues si vas a determinar isr y ya tienes determinada la base, solo le aplicas la tabla de este post, si es que es persona fisica,.

    Reply

  123. Edithel 19 feb 2010 a las 11:46 AM

    Hola licenciado no se, si aqui es el tema correcto para preguntarle sobre una duda que tengo, espero como en otras ocasiones pueda ayudarme, queria preguntarle sobre si el IDE forma parte del ISR propio pagado al que se refiere en cuanto al pago del IETU, por ejemplo: si tengo de IDE 1,000.00 y de ISR el pago ya disminuyendole el IDE es de 500.00 y eso fue lo que se pago, cual es el que tomo para disminuirselo al IETU, espero me de a entender y pueda ayudarme…lo que quiero saber especificamente si el IDE que se paga junto con lo que se paga de ISR netamente es el que se considera ISR propio a disminuirse del IETU, ojala no lo haya confundido…

    Muchas gracias licenciado y espero me pueda contestar…

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Edith,

    Asi es en tu ejemplo el ISR pagado apra ietu seria 1,500.00

    Reply

  124. Erick.el 19 feb 2010 a las 12:26 PM

    Licenciado me llamo la atencion lo que he leido de los asimilables, que requisitos debo cumplir para pagar a mis empleados un honorario asimilable a sueldos o en pocas palabras … puedo evitar el pago del IMSS mediante esta figura ??

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Erick,

    Puedes hacer el intento,pero no debes, los asimilables a salarios es una figura que en ningun caso,encuadran los trabajadores de una empresa y el hecho de poner trabajadores como asimilables es una simulacion.

    En caso de revision y que te detecte el imss, tendrias que pagar las cuotas.

    Reply

  125. Luis Cel 19 feb 2010 a las 4:03 PM

    Felicidades por su constante ayuda Robert.
    Podría decirme dónde encuentro publicada la tabla para hacer el cálculo de los impuestos a aplicar a los ingresos por pensiones/jubilaciones 2009 y 2010?
    Es verdad que un pensionado puede volver a recibir ingresos producto de un trabajo y aún así seguir recibiendo su pensión, después de seis mese de haber iniciado la jubilación?

    Gracias!!

    Reply

  126. Edithel 20 feb 2010 a las 8:37 AM

    Gracias licenciado por siempre su ayuda!!!

    Reply

  127. didiel 20 feb 2010 a las 9:18 PM

    soy muy mensa en esto, ojalá me puedas ayudar…

    si actualmente pago 7100 pesos de renta por mi depa, cuanto tendré que pagar ahora que suba el impuesto del 2010??

    espero tu respuesta gracias

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Didi,

    Pues si solo te suben el IVA, seria un 1% mas del Iva

    Reply

  128. Estelael 22 feb 2010 a las 9:45 AM

    Buenos Días

    Mi pregunta es la siguiente bi el calculo de vacaciones que le realiza a Pedro pero no vi que hiciera un calculo de impuesto las vacaciones estan exentas o como se calcularia un impuesto por vacaciones.

    Gracias y que tenga Buen día

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Estela,

    Porque para el calculo de pedro necesitaria saber todo lo que le van a pagar, en el periodo que le van a pagar sus vacaiones y prima vacaional,En todo caso las vacaciones son gravadas.

    Reply

  129. PEDROel 22 feb 2010 a las 2:20 PM

    Buenas tarde Lic. Roberto

    Mi pregunta es la siguiente en una liquidacion por renuncia voluntaria que usted me indico que se calcula multiplicando el salario mimnimo x 2 el impuesto que se calcula es en base ala tabla del 113.

    gracias

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Pedro ,

    El salario minimo que te habre indicado seria para la determinacion de la prima de antiguedad, y para la determinacion hay diferentes reglas dependiendo de lo que se vaya a pagar.

    Reply

  130. Sandrael 22 feb 2010 a las 2:42 PM

    Me podrian decir cómo calculo un pago de honorarios de personas física, el importe TOTAL es de $8000.00, es decir: Honorarios $—-IVA $—- Subtotal $— ISR $— Total a pagar $8,000.00

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Sandra,

    Para hacerlo tendria que saber a quien se le factura, si es perosna fisica o moral.

    Reply

  131. rosyel 22 feb 2010 a las 4:12 PM

    hola buenas tardes,le quiero preguntar como se hace el calculo de salarios asimilados y si se hace quincenal o mensual

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Rosy,

    El calculo se hace aplicando la tabla del ISR, y depende del periodo de pago es como se hace el calcuo

    Reply

  132. NOELIAel 23 feb 2010 a las 1:33 PM

    POR FAVOR ME PODRÍAS AUXILIAR CON UN CÁLCULO PARA UNA PERSONA QUE RECIBE UN INGRESO MENSUAL DE 48,473 BAJO EL RÉGIMEN DE SALARIOS?
    MIL GRACIAS

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Noelia,

    El ISR por ese importe seria de $ 10,862.80

    Reply

  133. Victorel 23 feb 2010 a las 3:52 PM

    cual es impuesto para el 2010 para las utlidades? gracias

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    victor,

    a los ingresos gravables mensuales, se le sumaria la ptu gravable( suponiendo que te refieras a la PTU) y se le aplica la tabla mensual

    Reply

  134. Gustavo Tonatiuh Gonzalez Arellanoel 23 feb 2010 a las 10:12 PM

    Buenas Noches a todos:
    De nueva cuenta su servidor el Lic. Gustavo Tonatiuh González Arellano., informándoles que los primeros Juicios de Amparo ya se interpusieron los días 22-Veintidos y 23-Veintitres del presente mes, día en que se acabo el término si se toma en cuenta el día del depósito a sus cuentas bancarias por parte del IMSS en donde se les aplico la retención del ISR., pero en el Artículo 21 de la Ley de Amparo en su Capítulo III De los Términos., a su letra dice:

    “Artículo 21.- El término para la interposición de la demanda de amparo será de quince días. Dicho término se contará desde el día siguiente al en que haya surtido efectos, conforme a la ley del acto, la notificación al quejoso de la resolución o acuerdo que reclame; al en que haya tenido conocimiento de ellos o de su ejecución, o al en que se hubiese ostentado sabedor de los mismos.”
    Por lo que ahora voy a Interponer mas Amparos manejando la fecha en que les proporcionaron el Informe de Pago y tuvieron conocimiento de la aplicación del ISR.
    De cualquier manera les recomiendo que se pongan de inmediato en contacto con su servidor, para el efecto de no dejar pasar más tiempo y elaborar el Amparo respectivo e interponerlo a la brevedad posible.
    Atte. Lic. Gustavo Tonatiuh Gzz. Arellano.
    Tel. (0155) 5873-92-06
    E-mail. tonatiuh7542msn.com

    Reply

  135. oscarel 24 feb 2010 a las 2:12 AM

    Buenos dias, disculpe licenciado tengo una duda hay algun porcentaje para el cobro de ISR y en que rubro aplica la venta de pinturas al oleo aparte del 16 % de IVA.

    Tengo informacion vaga que de ISR es el 20 % o el 28 % y otros que el 32%.

    Le agradezco pueda ayudarme.

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Oscar,

    El impuesto sobre las utilidades de las personas fisicas se calculan en base a una tabla, y en esa tabla hay diversos renglones y el porcentaje varia, la tasa maxima seria de 30% pero podria ser dependiendo de tu utilidad.

    Reply

  136. MARIOel 24 feb 2010 a las 7:39 PM

    BUEN DIA

    LA PREGUNTA ES: PARA LOS PAGOS PORVISIONALES DE HONORARIOS Y ARRENDAMIENTO DEL MES DE FEBRERO, LOS INGRESOS Y LAS DEDUCCIONES SON ACUMULABLES, Y SI ES ASI CUANDO Y EN DONDE PUBLICAN LA TABLA DEL ISR PARA ESTAS CANTIDADES ACUMULADAS.

    SALUDOS….

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    MArio,

    Para honorarios isr y ietu, se acumula.
    para arrendamiento isr no se acumula, pero ietu si.
    las tablas ya estan publicadas, hay un link en los comentariso que te llevan a las tablas

    Reply

  137. Jaimeel 25 feb 2010 a las 9:24 AM

    Buen dia:-
    El art. 110 de la LFT. dice que los descuentos de los empleados no deben ser mayores del 30% del excedente del salario minimo.
    estoy un poco confundido con esto, como se calcula esto?? usted sabe roberto?
    gracias, de antemano.

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Jaime,

    Suponiendo que el salario minimo fuera 60.00 y ganaras 160.00 diarios, el excedente del salario minimo serian 100.00 entonces lo maximo de descuento diario que te podrian hacer es de 30.00 pesos

    Reply

  138. Rosael 25 feb 2010 a las 12:51 PM

    Hola, necesito saber si existe un procedimiento para determinar el sueldo bruto de un honorario asimilado. Necesito elaborar varios contratos de honorarios asimilados, pero mi jefe solo me proporciono el importe neto pero estoy batallando mucho porque tengo que encontrar el importe bruto para que una vez aplicada la tarifa y determine la retencion me de el importe neto que es lo que tengo, y entonces una vez que tenga el importe bruto pasarlo a nominas. Agradeceria muchisimo la ayuda, ya que son aproximadamente 80 los que tengo que calcular.
    Gracias.

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Rosa,

    Para lo que quieres necesitarias una hoja de calculo, con macros integradas, o modulos de visual basic, que al poner el importe neto , te de tu importe bruto y tu retencion , se puede, pero por el momento no tengo ninguna hoja asi

    Reply

  139. sra susanael 25 feb 2010 a las 8:28 PM

    QUERIDO REBER YO RADICO EN VERACRUZ Y MIS ZONA DE SUELDO ES A Y SOY JUBILADA SI ME CAMBIO A VIVIR A PACHUCA HIDALGO QUE ES ZONA C EL IMMS ME MODIFICACIA MI PENSION POR CAMBIO DE ESTADO

    Reply

  140. Normael 26 feb 2010 a las 12:29 PM

    Buen Día Lic.!
    Le escribo porque me surgio la siguiente duda:
    A un trabajador que gana $115.85 diario y aparte se le dan bonos por puntualidad, asistencia y despensa ¿que tomo como base para el calculo de ispt?. Le agradesco su amable atencion.

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Norma,

    Tomarias de base la suma del salario diario, los bonos de puntualidad, asistencia y de despensa en caso de que sea en efectivo.

    Reply

  141. Sebastiànel 01 mar 2010 a las 9:38 AM

    ESTA EXCELENTE ESTA PAGINA GRACIAS POR AYUDARNOS CON NUESTRAS DUDAS.
    SALUDOS.

    Reply

  142. Griseldael 01 mar 2010 a las 5:08 PM

    Hola Lic buen dia:

    En que revista puedo encontrar las nuevas tablas de imss 2010 o si estas van a ser las mismas del 2009. Espero su pronta respuesta gracias..

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Griselda,

    En cualquier revista, que tenga tablas de uso frecuente, pero en realidad son las mismas.

    Reply

  143. INGRIDel 01 mar 2010 a las 8:24 PM

    Hola buenas noches quisiera saber si debo de aplicar la misma tabla que usted nos muestra al principio de esta pág, a una persona que esta bajo asimilados a salarios y por otra parte si el impuesto me sale en 259.71 y le quito el subsidio, debo de pagar ese impuesto o eso sería como a “favor”??
    Gracias!!!

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Ingrid,

    La tabla de isr si aplica para asimilados a salarios, sin embargo la tabla de subsidio para el empleo no es aplicable a los asimilados, lo que determines con la tabla de isr esa es al retencion

    Reply

  144. ivanel 02 mar 2010 a las 9:42 AM

    buen dia lic. me gustaria que me apoyara con un requerimiento que le enviaron a una de las empresas las cuales llevo la situacion es que piden listado de obligaciones del ietu pero yo tengo entendido que ese tipo de requerimiento no procede por el art. 8vo. segun la ley de ingreso pero me gustaria que me orientara si es asi o en que art. me tengo que basar para hacer un escrito de nulidad.

    de ante mano gracias!

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Ivan,

    Pues el articulo 8 de la ley de ingresos no se refiere a nada de lo que es la ley del IETU, sin embargo la resolucion miscelanea señala,

    “se considera que los contribuyentes han cumplido con la obligación de presentar los pagos provisionales del IETU, cuando hubiesen realizado el pago del IETU a cargo y enviado la información del listado de conceptos. ”

    lo cual excede lo que señala la ley del IETU , y ya que la resolucion miscelanea es un conjunto de reglas de caracter general reguladas por el CFF en su art. 33, dicho articulo señala que las reglas de caracter general no podran imponer obligaciones ni crear cargas adicionales a las establecidas en las leyes fiscales.

    De igual manera, si bien dicha obligacion se contempla en la LIF art 22 , existe una jurisprudencia donde señala que la inclusion de preceptos ajenos a la naturaleza de la LIF es inconstitucional

    Reply

  145. JUNIORel 02 mar 2010 a las 12:45 PM

    hola buen dia una pregunta como saber cuanto pago de isr y de mas impuestos en una factura de 42000pesos y como se desglosa

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Junio,

    El isr se calcula sobre el importe de la factura, no sobre el total, y sobre ese importe se le aplica la tabla del isr.

    Reply

  146. Bereel 02 mar 2010 a las 12:48 PM

    Buenas tardes Lic.
    como se determina la base para calcular el ISPT??
    Gracias!!!!

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Bere,

    La base se determina acumulando todas las percepciones gravables del periodo

    Reply

  147. Maríael 02 mar 2010 a las 9:02 PM

    Hola

    mi pregunta es si hay alguna forma de bajar el isr de comisiones ya que es muy elevado, soy asalariada, o si tienen alguna parte exenta
    alguna estrategia para bajar el isr, sin salirse del régimen salarios

    gracias

    Reply

  148. Rayel 04 mar 2010 a las 4:36 PM

    Los premios y las compensaciones por puntualidad son deducibles del irs o no.

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Ray,

    Ambos pagos son totalmente deducible.

    Reply

  149. jorgeel 05 mar 2010 a las 1:39 AM

    buen día lic.
    soy empleado de una empresa privada no tengo salario base solo comisiones los dias 30 de cada mes me dan un anticipo de $2000 que me descuentan de las comisiones que me pagan los dias 15 de cada mes, si mis comisiones de este mes ascienden a $19,013 ya descontando lo del anticipo ,cuanto me tendrian que descontar de isr en este mes o que tabla podria usar para calcular el isr.
    espero me pueda ayudar de antemano muchas gracias.

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Jorge,

    Entonces estarias percibiendo 21,013 que esa cantidad seria tu base gravable, el isr seria 3,384.5

    Reply

  150. Franciscoel 05 mar 2010 a las 12:40 PM

    buenas tarde donde puedo encontrar la tabla quincenal 2010 ispt

    Reply

  151. LILIANel 05 mar 2010 a las 12:58 PM

    necesitome den ejemplos de como sacar el ISR y el I.V.A retenidos me pueden dar ejemplos, no soy contadora

    Reply

  152. LILIANel 05 mar 2010 a las 1:00 PM

    en todos los proveedores aplica el ISR?????

    Reply

  153. ARELIel 05 mar 2010 a las 1:18 PM

    HOLA!!
    DISCULPE: SI MI SUELDO QUINCENAL ES DE $ 2 500.00, DE CUANTO SERIA EL I.S.R.
    Y SI ADEMAS DEL SUELDO EN LA PRIMERA QUINCENA DEL MES RECIBO INCENTIVO, MI PREGUNTA ES ¿TAMBIEN SOBRE EL INCENTIVO APLICA EL I.S.R?

    GRACIAS…

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    areli

    tu isr seria de 4.13, pero si tienes incentivo el isr aumentaria

    Reply

  154. Juan Manuel Reyesel 07 mar 2010 a las 8:39 PM

    Buenas tardes licenciado Robert, yo no soy contador le quisiera hacer una pregunta si mi salario es de 16,500 mensuales, cuanto me tienen que descontar del ISR y del IMSS , espero y me pueda responder, gracias

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Juan manuel Reyes,

    el isr seria de 2415.29

    Reply

  155. Ceciel 08 mar 2010 a las 4:01 PM

    Hola, tengo una duda en mi trabajo van a incrementar las prestaciones al salario, es decir yo ganaba anteriormente $7200 y ahora me van a pagar $8,460. Pero no se cuanto me van a descontar de impuestos e imss. Me podrias ayudar con este calculo? Es legal que gane menos aunque sea por un aumento en los impuestos?

    Gracias

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Ceci,

    no veo la razon de que ganes menos ya que si ganas mas, vas a pagar una proporcion de impuestos del aumento, y tu isr seria de aproxiamdamente 763.93

    Reply

  156. Juancarel 08 mar 2010 a las 9:49 PM

    Buen día, esta página es superútil, mi pregunta es: en un recibo por honorarios (persona física), se hacen retenciones de IVA e ISR, cuál es el ingreso gravable: el importe ?, el importe más el IVA (16%)? o el total después de restar las retenciones?
    Gracias.

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Juancar,

    El ingreso gravable seria el importe.

    Reply

  157. Karen Homeroel 09 mar 2010 a las 3:58 PM

    Hola soy honorista y gano mensualmente 15300 pesos brutos de ahí me descuentan lo de mi seguro de gastos médicos mayores (metlife) y lo del isr, así que vengo recibiendo al mes 11600 lo cual se me hace poco y siento que me descuentan mucho, me descuentan 400 pesos por lo del seguro pero aun así creo que me descuentan mucho lo del isr. Me puede ayudar muchas gracias.

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Karen Romero,

    tu isr mensual seria de 2,158.97

    Reply

  158. Luis Cel 10 mar 2010 a las 10:27 AM

    Felicidades por su constante ayuda Robert.

    Hace unas semanas te pregunté si
    Podrías decirme dónde encuentro publicada la tabla para hacer el cálculo de los impuestos a aplicar a los ingresos por pensiones/jubilaciones 2009 y 2010?

    También si es verdad que un pensionado puede volver a recibir ingresos producto de un trabajo y aún así seguir recibiendo su pensión, después de seis mese de haber iniciado la jubilación?

    Gracias por tu respuesta!!

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Luis C,

    La tabla del isr para 2010 es la de este post, la de 2009 la puedes checar en el apartado de uso frecuente, y si ya empezaste a recibir tu pension del imss y vuelves a cotizar se suspende tu pago

    Reply

  159. Guadalupeel 10 mar 2010 a las 1:45 PM

    Hola Lic. Buenas Tardes disculpe la molestia pero tengo una duda para hacer el culculo de la retencion del imss en la nomina como se hace si lo tengo que sacar por quincena… bueno en si mi duda es por ejemplo enero tiene 31 dias es decir dos quincenas pero mi duda, en la segunda quincena se multiplica el sueldo diario integrado por 15 dias o 16 q son los que restarian del mes????? igual para febreo solo son 28 dias se divide en 15 y 13 dias o como se calcularia la retencion (mi nomina es quincenal). agradezco su respuesta gracias…

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Guadalupe,

    Tendrias que multiplicar el SDI por el numero de dias en enero por 16 y la segunda de febrero por 13, y a lo que te de aplicarle el factor de retencion.

    Reply

  160. Rubenel 11 mar 2010 a las 10:51 AM

    Buenos dias Robert, me uno a las felicitaciones hacia tu persona y a la vez agradecerte por tus consejos que a todos nos sirven para ser mejores en nuestras areas de trabajo o no tener falta de conocimiento ante cualquier situacion laboral o personal, yo en lo particular quiero pedirte de tu apoyo para que me indiques cuales son los conceptos que no gravan para ISR, como vales de despensa creo que son hasta 680 al mes, lo que es premios de puntualidad y asistencia creo que es hasta el 10% del sueldo semanal o quincenal, las horas extras son hasta 9 pero que no pasen de 3 por día dentro de la semana, ayuda de transporte etc…., y todas las que se puedan considerar para poder ayudar al trabajador a impactarle menos en su impuesto y como empresa poder estar dentro de lo que la ley permita
    Nuevamente gracias de antemano

    Reply

  161. lourdesel 11 mar 2010 a las 12:52 PM

    quisiera saber cual es el credito fiscal para los cuotas del ietu para pequeños contribuyentes para el bimestre ene-feb del 2010

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Lourdes,

    no existe credito fiscal para las cuotas de repecos, los impuestos de repecos se determinan mediante cuotas fijas.

    Reply

  162. MIGUELel 11 mar 2010 a las 10:09 PM

    que tal buenas noches quisiera saber como se calculan las actualizaciones si tengo una declaracion pendiente de enero y febrero del2008 por $ 480 calculando actualizacion y recargos cuanto debo pagar pero me interesa saber el mecanismo dela actualizacion soy de regimen pequeño y estoy en q.roo gracias solo le pago al estado.

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Miguel,

    En el portal de hacienda de quintana roo, en tributanet localizas la opcion de repecos, introduces el rfc y se te hacen automaticamente los calculos de actualizacion y recargos

    Reply

  163. arelyel 12 mar 2010 a las 4:19 PM

    hola podrian ayudarme. porfavor
    nunca eh hecho nominas y ahora tengo que hacerlas pero no se como se saca el ispt segun art. 113 y el subsidio al empleo
    me podrian dar un ejemplo. porfavor

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Arely,

    Checa el post Calculo del ISR, ahi hay un ejemplo

    Reply

  164. Rubenel 12 mar 2010 a las 5:25 PM

    Robert, me uno a las felicitaciones hacia tu persona y a la vez agradecerte por tus consejos que a todos nos sirven para ser mejores en nuestras areas de trabajo o no tener falta de conocimiento ante cualquier situacion laboral o personal, yo en lo particular quiero pedirte de tu apoyo para que me indiques cuales son los conceptos que no gravan para ISR, como vales de despensa creo que son hasta 680 al mes, lo que es premios de puntualidad y asistencia creo que es hasta el 10% del sueldo semanal o quincenal, las horas extras son hasta 9 pero que no pasen de 3 por día dentro de la semana, ayuda de transporte etc…., y todas las que se puedan considerar para poder ayudar al trabajador a impactarle menos en su impuesto y como empresa poder estar dentro de lo que la ley permita
    Nuevamente gracias de antemano

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Hola Ruben,

    El tema es mas bien extenso como para poder responderlo en un comentario, ya que puede haber un gran numero de prestaciones y percepciones, las cuales en su amyoria gravan para el ISR,basicamente te puedes apoyar en el art, 109 de laLISR

    Reply

  165. sarael 13 mar 2010 a las 12:14 PM

    Contador
    tengo mijefe me esta solicitando investigar beneficios y excenciones de los impuestos estatales en cada estado asi como las excencuiones que imss otorga n cada estado pero no he encontrado nada me podria ayudar

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Sara,

    Lo unico que te podrai decir es que cheques los portales de las haciendas estatales, para obtener la legislacion local, y ahi podrias obtener informacion.

    Reply

  166. Lupitael 13 mar 2010 a las 3:04 PM

    Soy profesora y me descuentan mil pesos cada quincena del ISR, existe alguna tabla para saber si es correcto el descuento que me realizan?

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Lupita,

    si, la tabla que se aplica es la de este post

    Reply

  167. karenel 15 mar 2010 a las 2:19 PM

    hola buen dia! me podria explicar como calculo el resultado final del ISR en la tabla??

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    karen,

    Base – limite inferior X porcentaje + cuota fija

    Reply

  168. Andresel 16 mar 2010 a las 9:56 AM

    BUEN DIA ROBERTO, OTRA DUDA, ESTOY POR METER MIS IMPUESTOS, HICE EL CALCULO COMO TU EJEMPLO LO INDICA EL CHISTE ES QUE DOY RECIBO DE HONORARIOS POR LO TANTO ME QUITAN EL 10% DE MI SALARIO POR RETENCIÓN DE ISR. POR TANTO MI ISR QUE ME QUITAN ES DE $1,600.00 Y EN MI CALCULO ME SALIO $436.71 DE ISR, COMO YA ME QUITARON EL 10% ESTARIA SALDO DE ISR A MI FAVOR, ESTO ES CORRECTO?.

    GRACIAS POR TU AYUDA

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Andres,

    Si te quedaria a favor por lo que unicamente presentarias una declaracion estadistica , para cumplir con el ISr

    Reply

  169. OSIRISel 16 mar 2010 a las 11:03 AM

    una duda si tengo isr a pagar y una parte del impuesto la voy a disminuir con subsidio al empleo y lo pago extemoraneo debo actualizar en su totalidad el isr a pagar? o solo la diferencia que resulte del isr a pagar menos el subsidio al empleo.
    TENGO ISR A PAGAR DE 500.00
    SUBSIDIO AL EMPLEO DE 300
    RESTAN A PAGAR 200

    QUE VOY A ACTUALIZAR LOS 500 O SOLO LOS 200??

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Osiris,

    Solo los 200

    Reply

  170. lupitael 17 mar 2010 a las 11:48 AM

    hola….. buen dia.
    una duda hace poco tiempo inicie un negocio chico de cerrajeria
    como es nuevo casi no tiene movimiento, de hecho seria el primer
    pago que presento …… pero mis ingresos y egresos fueron similares como debo de presentar mi pago mensual soy regimen
    intermedio por que expido facturas…..
    si podria orientarme por favor gracias

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Lupita,

    Tienes que tener la asesoria de un contador o ir a las oficinas del sat para que te asesoren ahi.

    Reply

  171. Estelael 17 mar 2010 a las 12:02 PM

    Lic. Novelo Buenos dias

    una pregunta en que articulo de la ley del isr dice que no se debe factura por cantidades menosres a $ 50.00

    y un favor me podria decir que impuesto me tienen que retener por estas dos cantidades

    vacaciones $ 5,293.15 $ 4,786.84
    prima vacacional $1,323.28 $ 1,196.71

    gracias Lic. Novelo

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Estela,

    En ningun articulo, las personas estan obligadas a dar factura a solicitud del cliente, si no lo solicita pueden dar un comprobante simplificado

    Reply

  172. Monicael 17 mar 2010 a las 5:51 PM

    Hola!
    en total mi percepcion 15nal será 4200
    me podrías ayudar a calcular el impuesto q me quitarán
    muchas gracias.

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Monica

    el isr seria de aproxiamdamente 377.17 quincenal

    Reply

  173. matinel 18 mar 2010 a las 4:07 PM

    buena tarde contador,
    ayer me entregaron mi constancia anual de salarios, y me aparece que obtuve un salario anual de $ 405,515 pesos, (que la verdad no lo creo, por que aparecen cantidades que no sé de donde las sacaron) y me retuvieron un total de $76,272, mi pregunta es..¿tendre que pagar más a hacienda?

    esperando contar con tu respuesta, te adelanto las gracias..

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Matin,

    Suponiendo que todo el importe sea gravado no pagarias nada mas a hacienda, al contrario tendrias saldo a favor de aprox 3,000

    Reply

  174. VANESSAel 18 mar 2010 a las 5:44 PM

    Buenas tardes Sr. Novelo:

    Quisiera que me respondiera las siguientes preguntas, por favor.

    1.- En base a que se determina el credito de INFONAVIT que se le puede otorgar a un trabajador?

    2.-¿Como puedo registrar en la nomina los pagos que un trabajador debe hacer al INFONAVIT una vez que ya le otorgaron su credito a la vivienda?

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Vanessa,

    1- en base al salario que perciba el trabajador( si te refieres al monto que le toca para adquisicion de una casa)
    2- en base a su carta de descuento, para saber como le vas a descontar, aunque por lo general lso descuentos sonpor VSMDF

    Reply

  175. Israelel 18 mar 2010 a las 6:44 PM

    ¿la empresa donde laboro me redujo el salario que porque el gobierno federal bajo las cifras del subsidio para el empleo es eso cierto? la empresa se llama Intelicast Sr & Friends

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Israel,

    las tablas de subsidio al empleo, se mantuvieron igual lo que subio es el impuesto en los renglones mas altos

    Reply

  176. Miguelel 19 mar 2010 a las 10:34 AM

    Buenos dias licenciado,

    Una pregunta:

    Me estan pagando en forma quincenal . ¿Es correcto que me apliquen la tabla quincenal del 1 al 15 , y del 16 al 30 ?

    Porque anteriormente usted me comento que los primeros quince dias se tiene que calcular con la tabla quincenal, pero que la segunda se calcula con la mensual, y al resultado se le resta lo retenido en la primer quincena, y la diferencia en la segunda.

    Pero a mi me estan aplicando la quincenal en los dos periodos del mes.

    En espera de sus comentarios

    saludos

    Reply

  177. lupevazquezel 19 mar 2010 a las 10:37 AM

    hola buenos dias soy mexicano y me gustaria saber aplicar y definir el isr de acuerdo a la tabla del isr..

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    lupe vazquez,

    Checa el post , calculo del impuesto sobre la renta, ahi esta la forma de hacer el calculo

    Reply

  178. Pedroel 19 mar 2010 a las 12:30 PM

    Lic. Novelo

    Buenas Tardes

    Como realizo el calculo para realizar el descuento por cuta imss a una persona que tiene un salario diario de $ 249.20 y 7,580.00
    mesual.

    Mucho agradecere su respuesta. gracias

    Reply

  179. jorge lugoel 19 mar 2010 a las 3:59 PM

    Lic. el pasado mes de enero 2010 tube de base para el calculo del IETU 1260 y pgue. 221 de imptos.en el banco, ahora en febrero tengo mas gastos que rebasan mis ingresos por 3,095 siendo que no tengo base para pagar me rechasaron mi declaración del listado de conceptos que sirvio de base para el calculo del IETU el cual presente sin pago y me ponen la sig. leyenda “el total declarado no corresponde a la suma de los importes”

    que tengo que hacer me solicitaron que la reemviara con los cambios correctos.

    le agradeceria si me apoyara en este asunto. gracias

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Jorge lugo,

    descarga la nueva version del listado

    Reply

  180. rogelio moralesel 20 mar 2010 a las 1:28 PM

    soy pensionado recibo 37850.50 mensuales deseo saber cuanto me van a descontar mensualmente de inpuesto de i.s.r. me lo podrias calcular y enviarme la tabla de impuesto asi como la de subsidio de favor un cordial saludo gracias

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Rogelio morales

    la tabla del impuesto es la de este post, y hay que saber en que zona estas para poder hacer el calculo

    Reply

  181. rogelio moralesel 20 mar 2010 a las 1:31 PM

    te felicito por tu excelente apoyo y acesoria

    Reply

  182. Ceciliael 20 mar 2010 a las 7:28 PM

    Buenas tardes, muchismas gracias anticipadas por su tiempo y paciencia.
    Soy pensionada y vivo en Noruega, tengo planeado regresar a Mexico. El acuerdo de impuestos entre Noruega y Mexico dice que se pagara impuesto al pais de residencia. Tendre que pagar impuestos en Mexico? De ser asi, cuanto pagaria si mi pension es de aproximadamente 65000.00 al mes?

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Cecilia

    Si pagaria impuestos por la retencion que se esta haciendo a los pensionados, pero el calculo varia dependiendo de la zona en que vayas a residir en mexico.

    Reply

  183. Ceciliael 21 mar 2010 a las 2:08 PM

    Olvide decir que vivire en Mexico, D.F.

    Reply

  184. Ceciliael 22 mar 2010 a las 7:27 AM

    Gracias por su respuesta, residiria ya sea en Mexico DF o en Tepoztlan Morelos. Recibiria aprox. 65000.00 de pension.

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Cecilia,

    el impuesto seria de aproximadamente 11,102.00 mensuales, radicando en zona A

    Reply

  185. anael 22 mar 2010 a las 1:11 PM

    hola me puede dar un ejemplo de anual de sueldos y salarios 2009 para trabajadores por ke me dicen ke ya no se utiliza el subsidio entonces ahora el calculo es directo

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Ana

    Efectivamente el calculo es directo, solo e scuetion de aplicar la tabla anual.

    Reply

  186. Enriqueel 22 mar 2010 a las 5:23 PM

    Buenas tardes, trabajo por contrato de 28 dias por 14 de descanso, con un sueldo de 15400 ya con descuentos, de este salario solo he notado una deducción de 100 pesos aprox. la pregunta es: esto es por que los depositos via electrónica no aplica el impuesto del IDE?

    Y por último, nos estan haciendo un descuento en el monto total de dias extras laborados, nos comentan que es conforme a ley, es esto correcto?, ya que no se venia aplicando hasta esta fecha.

    No soy contador, espero haber hecho correctamente las preguntas.

    excelente página.

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Enrique,

    Por que es el impuesto a los depositos en efectivo y solo aplica al efectivo depositado, en lo referente al descuento debiera ser por el impuesto sobre la renta, se requeririan mas datos para poder opinar al respecto

    Reply

  187. Edyel 23 mar 2010 a las 8:13 PM

    hola que tal Licenciado.

    Me podría explicar el procedimiento para desglosar el pago al IMSS?

    Es decir, no quiero que me diga cuanto tengo que pagar, me gustaría que me dijera como realizar esa deduccion, el procedimiento vamos.

    de antemano, Gracias

    Reply

  188. shesitel 23 mar 2010 a las 9:07 PM

    Hola, estimado contador, estoy haciendo el cálculo de isr de sueldos anual y deseo saber en dónde obtengo la tabla de subsidio para el empleo (anual).

    GRACIAS.

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Shesit,

    En ningun lado, la tabla para subsidio anual no existe.

    Reply

  189. SALVADORel 24 mar 2010 a las 11:00 AM

    HOLA:

    ESTIMADO CONTADOR, EN QUE PARTE DE LA LEY O RESOLUCION PUEDO ENCONTRAR EL FUNDAMENTO QUE PERMITE LA APLICACION DE SUBSIDIO A TRABAJADORES?

    GRACIAS

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Salvador,

    Lo puedes encontrar en el ARTICULO OCTAVO transitorio de la ley del ISR

    Reply

  190. ALEJANDRAel 25 mar 2010 a las 3:11 PM

    DISCULPE QUIERO SABER CUANTO DEBEN DESCONTARME SI GANO $1070.00 MENSUALES…

    Y SABER CUANTO DEBEN DESCONTARME AHORA QUE GANO $1144.00 MENSUALES….FAVOR DARME EL DATO EN DINERO GRACIAS..

    DE AMBAS PREGUNTAS ESPERO RESPUESTA….A MI EMAIL

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Alejandra,

    nada , no te tocaria que te retengan nada en ambos casos

    Reply

  191. felipeel 26 mar 2010 a las 1:30 PM

    Donde pudo localizar las partes o porcentajes excentos de ISR de Primas, horas extras, PTU, Aguinaldos Etc.
    Gracis por su atinada y puntual ayuda

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Felipe,

    En el art 109 LISR

    Reply

  192. antonioel 26 mar 2010 a las 1:42 PM

    buena tarde mi duda es referente a un terreno q primeramente fue donado hace 31 años de ferrocarriles a mi abuelo el cual no le costo, mas se hace referencia de un monto de 45mil de aquellos años, mi abuelo le dono a mi papa hace un año, y mi duda es cuanta cantidad seria la que se pagaria de ISR si el terreno se pretende vender en 250mil pesos………de ante mano gracias por su atencion

    Reply

  193. joseel 26 mar 2010 a las 4:42 PM

    hola, como estan?
    necesito que me digan por favor donde encuentro las tablas de intereses mensuales del los años 2008, 2009 y 2010
    esto en base a la ley de ingresos del distrito Federal.
    por favor y gracias por esta pagina|

    Reply

  194. Edithel 29 mar 2010 a las 1:52 PM

    Buenas tardes licenciado, mire tengo una duda, ojala pueda ayudarme, es sobre como registro el asiento contable de la cuenta de los pagos provisionales que se hicieron en al año, osea al cerrar el año, como cancelo esa cuenta anualmente porque le intente contra la cuenta de utilidad, si pudiera ayudarme se lo agradeceria mucho, un placer saludarlo nuevamente!!!!

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Edith,

    tienes que tener las siguientes cuentas ( o su variacion de acuerdo al criterio de cada quien)
    Anticipo de ISr (activo)
    ISR Anual ( pasivo, impuestos por pagar)
    ISR anual ( GASTO)
    en diciembre debiste cancelar anticpos de isr contra isr anual ( pasivo) y isr anual ( gasto)

    asi te quedaria pendiente isr anual, impuestos por pagar( en su caso) que se cancelaria contra bancos al pagarlo en marzo 2010

    Reply

  195. PEDROel 05 abr 2010 a las 1:37 PM

    Buenas Tardes Lic. Novelo.

    Mi pregunta es la siguiente tengo dos facturas de un proveedor de noviembre y diciembre del 2009 esta facturas fueron pagadas la ultima semana de marzo del 2010 pero el proveedor me esta entregado una nueva factura donde me esta cobrando el complemento del i.v.a. lo que el proveedor argumenta es que aunque las factura pertenecen al 2009 el pago se realizo en el 2010 esto es valido.

    de antemano gracias por su respuesta.

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Pedro,

    Es valido ya que al no ser pagadas las facturas de 2009 a mas tardar el 11 de enero de 2010, por ley se debia cobrar un 1% adicional de IVa.

    Reply

  196. Cristina Sotoel 05 abr 2010 a las 1:41 PM

    PODRIAN AYUDARME CON LA FORMULA PARA CALCULAR UN SALARIO DIARIO INTEGRADO…?

    NECESITO HACER UN COTIZADOR POR HORAS DE UN EMPLEADO Y NO TENGO IDEA.

    Reply

  197. Miguelel 05 abr 2010 a las 2:32 PM

    Buenos dias licenciado,

    Una pregunta:

    Para calcular las retenciones en forma quincenal . ¿Es correcto aplicar la tabla quincenal del 1 al 15 , y del 16 al 30 ? ( segun sea el caso del mes ) o en la segunda quincena tenemos que calcular con la tarifa mensual, y descontar lo que retuvimos en la primer qna, para descontar solamente la diferencia.

    En espera de sus comentarios

    saludos

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Miguel

    Como en la ley las retenciones mensuales son provisionales a cuenta de la anual, cualquiera de las 2 formas es viable.
    En cuanto a las dos opciones que pones, yo me voy por la segunda.

    Reply

  198. Susanael 05 abr 2010 a las 9:47 PM

    Hola…yo tengo una duda respecto cuanto me van a descontar de mi salario, pues hoy fui a una entrevista de trabajo, me dijeron que mi sueldo base mensual seria de $8,500 menos ISR peor no me dijeron en cuanto quedaria, me podria aclarar para saber cuanto voy a percibir mensualmente. Gracias.

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Susana,

    Tus retenciones serian aproxiamdamente isr 770.33 y el imss de 211

    Reply

  199. Beatriz Bozadael 06 abr 2010 a las 11:30 AM

    Buenos dias quiero calcular el impuesto de un trabajador a cabo de iniciar operaciones pero se ke tengo que aplicar las tarifas del art, 113 y 114 pero no tengo idea espero su respuesta gracias de antemano los pagos son semanales

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Beatriz Bozada

    Checa el post de calculo de impuesto sobre la renta la tabla 114 ya no existe , pero se aplica la de subsidio para el empleo

    Reply

  200. Jaimeel 07 abr 2010 a las 4:28 PM

    hola tengo una duda para hacer mi declaracion lo que pasa es que estuve prestando servicios profesionales y no hacia mis pagos provisionales desde septiembre 2008 y deje de laborar en mayo 2009 y no he hecho ningun pago ahora lo que quiero hacer y a la vez quiero cancelar mi rfc porque ya no presto servicio profesionales, podre cancelar mi rfc antes de que realice mis declaraciones o hasta que haga todas mis declaraciones pendientes. les agradesco por su ayuda

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Jaime,
    Si ´puedes cancelar antes de presentar las declaraciones, lo cual no te exenta de presentarlas.

    Reply

  201. MIGUEL ANGELel 07 abr 2010 a las 4:30 PM

    hola quisiera saber si me pueden ayudar miren yo tengo ya un año laborando en una empresa pero estoy por contrato me lo renuevan cada tres meses mi pregunta es:

    el dia que me despidan para mi liquidacion tomaran el dia enque entre a trabajar que es el 1 de marzo de 2009 o tomaran el dia en el cual se renovo mi contrato que fue 01 de diciembre 2009 porfavor a mi contrato en una clausula dice reconoce cono dias de antihuedad el de el vencimiento del contrato ayudenme porfavor gracias si pueden mandenme a mi correo la respuesta

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Miguel angel,

    Si no te liquidan cada tres meses, tienen que respetar la antiguedad desde el primer dia que entraste a trabajar.
    Con la asesoria de un abogado no tendrias mayor problema

    Reply

  202. Sergio Antonioel 08 abr 2010 a las 11:17 AM

    Si yo rento un loca a 3000.00 cual es isr, iva y retención del iva
    gracias

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Sergio antonio,

    Persona fisica apersona fisica? apersona moral? cual es el importe ? cual es el IVA?

    Reply

  203. javierel 08 abr 2010 a las 2:39 PM

    buenas tardes¡
    lic.le pido me pueda ayudar necesito un recibo de nomina para sacar un credito,en mi lugar de trabajo nunca me han hecho entrega de alguno,ya lo solicite y me lo daran
    Cuando empeze a laborar el sueldo neto quedo establecido en $10,000 mensuales libre de cualquier impuesto.
    horario de lunes a viernes de 9 a 7 sabado de 9 a3
    me pagan semanal $2500 netos
    TENGO 2 AÑOS LABORANDO ME DAN I SEMANA DE VACIONES 1 MES DE AGUINALDO
    tengo imms,ho hay fondo de ahorro ,no dan vales,ni premios de puntualidad nada solo sueldo
    en efectivo
    La ayuda que necesito es saber que retenciones deben aparecer asi como cantidades (isr,imms……….)
    ya que voy a solicitar un credito y me piden un recibo de nomina reciente y quiero saber que sean correctas las retenciones que hacen de acuerdo ala ley estoy en el d,f en la delegaciona alvaro obregon.
    le comente al ejecutivo del banco que a mi pagaban sin recibo de nomina y me dijo que si tenia seguro me tenian que otorgar un recibo y que de los 2,500 semanales la empresa debe hacer ajustar los descuentos de immss isr para a mi pagarme los 2500

    lic gracias por su asesoria

    felicidades por este sitio

    EXITO¡¡¡¡EXITO¡¡¡¡¡¡¡¡¡EXITO¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡EXITO¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Javier,

    Las unicas retenciones que deben de aparecer son las de ISr e imss, y si me comentas que la empresa es la que te va a dar la constancia con las retenciones no debes tener mayor problema, si tienes duda despues de que te den la constancia, pon las cantidades y te las verifico.

    Reply

  204. Jaimeel 08 abr 2010 a las 9:39 PM

    Muchisimas gracias robert novelo por su ayuda.

    Reply

  205. javierel 09 abr 2010 a las 3:26 PM

    disculpe de nuevo lic.
    ahora resulta que el contador esta incapacitado,y me dicen que compre el formato de recibo de nomina y yo haga los calculos de retenciones y que el (el representante) firma y sella dicho recibo para lo que lo necesito,por que el contador regresa en 8 dias

    usted me podria asesorar para hacer los calculos o de lo contrario que me diga cuanto es isr y de imms para poder hacer mi recibo,ya que lo necesito entregar el martes a mas tardar,

    por su atencion,gracias

    javier gtz

    Reply

  206. CARLOSel 10 abr 2010 a las 4:24 PM

    saludos, yo quiero saber como sería el ISR a pagar si contrato personal por dia, edecanes y les pago por día?? por ejemplo si pago 125 por dia cuanto es lo que tengo que darle a Hacienda en pago de impuestos, tomando en coniseracion que solo trabjan de 2 a 4 días por semana no mas, ojala me pueda decir ya que soy ignorante en la materia. mil gracias!!!

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Carlos,

    Puedes acumular los pagos de manera semanal y por consiguientes aplicar la tabla semanal de isr

    Reply

  207. jorgeel 12 abr 2010 a las 6:21 AM

    Lic viendo sus atinados consejos tengo la duda de la declaracion anual del ejercicio 2009, si recibi una jubilacion de 300,000.00 con su deduccion de isr cuanto es la cantidad exenta para el calculo del ingreso neto en este concepto que debo incluir en el declarasat, ya que ese dato no me lo dieron, ¿y la devolcuion del afore en que concepto se maneja? es ingreso adicional o liquidacion o donde lo incluyo
    gracias de antemano

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Jorge,

    La cantidad exenta seria de 9 salarios minimos generales del area geografica, elevados al año.

    Reply

  208. laurael 12 abr 2010 a las 11:11 AM

    hola buen día, quisiera saber, yo como patron que hago con el ISR por asimilables a salario que les retengo a los empleados ademas de enterarlo al SAT.. muchas gracias

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Laura,

    Bues despues de enterarlo al sat, lo unico es informar de los pagos, en la anual informativa en febrero.

    Reply

  209. jorgeel 12 abr 2010 a las 1:49 PM

    lic. gracias por la respuesta lo que me confunde de lo que publica el sat en su ayuda para la declaracion es el art 140 de lisr que menciona 90 smg elevados al año como ingreso exento de la jubilacion en pago unico
    gracias de nuevo

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Jorge,

    el art 140 se refiere a repecos,

    Reply

  210. Rosa Morael 12 abr 2010 a las 3:20 PM

    Lic, Buenas tardes, disculpe soy contadora, Quisiera exponerle mis 2 Grandes Dudas: tengo 1 mes en una empresa dedicada a contratar gente de Limpieza, la empresa tenia del 02/enero 2010 operando, pero realmente no esta amarrado nada con nada,Mi primera Duda es que hay empleados que se le pago su nomina en el mes de enero, sin estar dados de alta en el imss, la plantilla es de 75 trabajadores y en el mes de enero unicamente tenian a 39 empleados dados de alta ante el imss, mi pregunta es si puedo manejar el otro 50% como sueldos y asimilados, aunque posterior a la fecha se dieron de de alta en el imss, ya que todos los pagos se hicieron de la cuenta fiscal, ahora tengo la tarea de cuadrar pagos con la nomina, Quisiera saber cual es la mejor forma de manejar los importes que se pagaron a la gente que no estaba en nomina? Mi segunda Duda es que Tienen un Sueldo del 50% en el miss, tengo que cuadrar con los importes con prevision social, la cual utilice el 10% en Puntualidad, 10% en Asistencia y maneje el 30% en utencilios de Trabajo, (ya que en ley no me manejaba tope), Quisiera su punto de Vista en los conceptos que utilice en Nomina, ademas de su sugerencia para que mi Patron, este tranquilo en alguna posible revision por parte del imss o hacienda. De antemano muchas Gracias.

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Rosa Mora,

    No hay forma legal de hacerlo, todo lo que se pago sin que estuviesen dados de alta, debe ser no deducible, y no los puedes poner como asimilados ya que no caen en ninguna de las causales para ser asimilados, y en lo referente al 50% cotizando puedes manejar 10% de puntualidad, 105 de asistencia y 40% del SMGDF, pero lo de utensilios de trabajo no lo puedes utilizar como prevision social.

    Reply

  211. Guadalupeel 12 abr 2010 a las 8:10 PM

    Hola me prodria orientar cuanto debo pagar al imss y al infonavit por un trabajador con salario minimo de la zona c? y que tramites debo hacer? que mas se paga o que impuestos se reflejan por tener empleados en un negocio? gracias agradezco de antemano su pronta respuesta.

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Guadalupe,

    aproximadamente 500 un mes y el otro 900 por el rcv e infonavit

    Reply

  212. ing. jesus castilloel 13 abr 2010 a las 2:57 PM

    es que necesitaba un tabulador de salarios de los diferentes oficios y no se donde encontrarlo

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Ing jesus castillo,

    en esta misma pagina en el post salarios minimos profesionales

    Reply

  213. carlosel 13 abr 2010 a las 5:47 PM

    hola contador,
    pertenezco al regimen de honorarios, casi no tengo gastos, y mi principal gasto es el mantenimiento de mi auto y el combustible, pero el auto no esta a mi nombre, esta a nombre de mi esposa, y el otro auto esta a mi nombre, pero lo compre mucho antes que laborara como honorarios, asi que la factura no tiene mis datos fiscales. Hay algun contrato o medio que pueda hacer para hacer deducible este gasto?

    gracias.

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Carlos,

    podrian hacer un contrato en el que tu esposa te entregue el carro en comodato, para que puedas hacer deducibles los pagos

    Reply

  214. leticia castañedael 13 abr 2010 a las 11:18 PM

    hola buenas tardes quisiera saber si me pueden ayudar, mi pregunta es un jubilido puede estar como asimilados en una empresa.
    gracias

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Leticia castañeda,

    por supuesto que si puede sin ningun problema

    Reply

  215. Beatrizel 13 abr 2010 a las 11:54 PM

    una duda… di un recibo de honorarios en diciembre de 2009 con el iva al 15 % pero me depositaron hasta enero del 2010.. en que mes lo declaro en diciembre o en enero… si es en enero como le hago con el cambio de iva al 16 por ciento y de las retenciones y el recibo?????

    muchas gracias

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Beatriz,

    lo declaras en enero,si te pagaron despues del 11 de enero de 2010, tienes que considerar el iva al 16%, por lo que tendrias que emitir comprobantes complementario, para mas informacio puedes checar el post de comprobantes fiscales en esta misma pagina

    Reply

  216. sergioel 14 abr 2010 a las 11:52 AM

    Que tal !!!!!

    Tengo 2 empleos y me hacen mis respectivos descuentos ,yo gano menos de 400000 al año ,es necesario que declare.

    gracias.

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Sergio,

    Si tienes que presentar declaracion anual, es una de las razones por las que una persona esta obligada a presentar declaracion anual, aunn cuando no llegue a 400,000 de ingresos

    Reply

  217. Nora Sánchez Cuevasel 14 abr 2010 a las 6:40 PM

    Hola!
    Soy totalmente ignorante a las tablas y la contabilidad, pero me urge calcular cuanto es lo q tengo q pagar de impuestos en un sueldo mensual de $30,000.
    Tambien quisiera saber como puedo calcular cuanto se pagaría de IMSS.
    Mil gracias

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Nora sanchez cuevas

    el isr aproximado seria de 5,498.25

    Reply

  218. BETYel 14 abr 2010 a las 7:40 PM

    POR FAVOR ME QUIERE ACLARAR SI ES CORRECTO APLICAR LA TARIFA ART. 113 ISR PAGO MENSUAL AL REGIMEN INTERMEDIO.
    ADEMAS SI SE DEBE RESTAR EL SUBSIDIO.
    MUCHAS GRACIAS

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Bety,

    Si, pero la tabla 113 correspondiente al mes que declaras

    Reply

  219. veroel 14 abr 2010 a las 9:00 PM

    a mi papa le estan cobrando por concepto de isr el 30% de su pension, es decir percibe $20886.84 de pension y le descuentan 6266.04 por concepto de isr, quiero saber si es correcto el descuento.
    gracias

    Reply

  220. Anael 15 abr 2010 a las 2:55 PM

    Hola!

    Quisiera saber si la tabla de subsidio aplica para una persona fisica por honorarios (medico cirujano dentista) y cual seria el fundamento?

    Muchas gracias por su ayuda.

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Ana,

    La tabla de subsidio al empleo no es aplicable a honorarios, unicamente se le aplica a salarios y a los asimilados de la fraccion I del art. 110 LISR

    Reply

  221. Joaquinel 16 abr 2010 a las 12:12 AM

    Hola Lic. Novelo,

    Veo que usted es muy amable y ayuda mucho a la gente que le hace preguntas. Espero que me pueda ayudar con mi duda.

    Recien se me hizo una oferta laboral en la que se me ofrecieron 430,000 pesos anuales, donde esta incluido y se paga al mes una cantidad pro rata de el aguinaldo, en fondo de ahorro, y la prima vacacional.

    Lo que aqui me gustaría saber es cuanto vendria ganando al mes y cuanto me baja el ISR y el IMSS. Hice unos calculos que no se si sean correctos, le pido su ayuda.

    Primero hice una division anual de los ingresos asumiendo un aguinaldo de 30 dias, y vacaciones pagadas de 6 dias, asi como lo que encontre como la cantidad máxima que le pueden quitar a alguien de fondo de ahorro siendo esto 2137.20.

    Me quedo de la siguiente forma:

    Salario base 365d 348,620.75
    Aguinaldo 30 d 28,653.76
    Prima Vac. 1.5d 1432.69 *
    Sal. Gravable 378,707.20
    F. de Ahorro 51,292.80**
    Total 430,000.00

    *esto vi el minimo para el primer año, o se calcula en base a lo que te ofrecen de vacaciones? son 3 semanas lo que me ofrecieron.
    ** esto es tomando el maximo que encontre que te pueden retener 2137.20 x 2, y me dijeron que no es gravable.

    Quedaria al mes con 31,558.93 gravable mas 4274.40 de fondo de ahorro para un total de 35,833.33.

    Use una calculadora en línea para calcular el ISR y la retencion del IMSS, no se si aqui afecte tambien que tengo como prestacion adicional seguro de gastos medicos y me dio el siguiente resultado:

    Salario Bruto: 31,558.93
    ISR Retenido: 5,864.91
    IMSS: 895.34
    Salario Neto: 24,798.68

    Le parece a usted esto correcto? Sobre todo en la parte de retencion de ISR y IMSS.

    Si hay bonos adicionales y reparto de utilidades también esto es gravable de impuestos? Que porcentaje se cobra?

    Ademas, es cierto que tengo que hacer una declaracion anual, aunque sea asalariado?

    Muchas gracias por todo!

    Saludos,

    Joaquin

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Joaquin ,

    me voy a limitar a contestar que el calculo de isr es exacto, tomando en cuenta tu determinacion de ingreso gravable,sin embargo hay muchos supuestos, no hay cantidades mensuales establecidas si te ofrecieron 3 semanas de vacaiones la prima se calcula sobre eso, y supones 30 dias de aguinaldo cunado lo minimo es 15 dias, y al cambiar los factores varia tanto el calculo del isr como la integracion de SBC para el imss

    Reply

  222. ELIZABETHel 17 abr 2010 a las 1:48 PM

    Hola disculpa la molestia como empleado tengo un sueldo fijo pero tambien percibo comisiones si en el mes de abril comisiono 15000 es normal que me quiten el 30% de impuesto sobre esta cantidad? gracias te agradecere mucho tu comentario

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Elizabeth,

    para hacer tu calculo se deben sumar a tu salario fijo el importe de tus comisiones, y aplicar la tabla del 113 , tu tasa efectiva no debe llegar al 20%

    Reply

  223. TOMASel 17 abr 2010 a las 3:00 PM

    Hola Lic. a una persona fisica donde trabaja la empresa se los asimila a sueldos, mi duda es: en el calculo del ISR se utilizan las mismas tablas que a un asalariado y por otra parte tambien se le aplica la tabla del subsidio ?

    p.d. es bueno contar con un foro como este, felizidades

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Tomas,

    Si se utiliza la misma tabla, solo que no le es aplicable la de subsidio al empleo

    Reply

  224. javier balamel 18 abr 2010 a las 11:39 AM

    la definicion de cada uno porfavor

    .quisiera saber el calculo de iSR.. suledo base
    .A las persoonas fisicas con suledo y salarios
    . IngresoS excentos (no paga impuestos)
    .ingresos de una P.f ( ingreso excentos Gravable)
    .fundamento legal de las retenciones del IRS a las persona fisicas con sueldos

    gracias :)

    Reply

  225. beatrizel 18 abr 2010 a las 2:38 PM

    gracias

    Reply

  226. jorge bodartel 18 abr 2010 a las 4:59 PM

    hola: es un placer ver esta pagina donde a muchas personas se le ofece ayuda: al hacer mi declaracion x internet hay un rengon donde dice subsidio al salario en mi constancia de salarios de mi empresa esta en ceros: pero dice al momento de hacer la declaracion que no deben de estar en ceros que pasa ?. patron IMMS o hay que calcularlo parte

    Reply

  227. elisael 18 abr 2010 a las 6:27 PM

    buenas tardes:

    por favor me pueden explicar como calcular el 2% sobre nomina ..

    y tambien como calcular el isr de una persona fisica con actividad empresarial

    gracias

    Reply

  228. Roger Beristainel 18 abr 2010 a las 7:37 PM

    Estimado Contador Roberto Novelo

    Me dió la Afore una hoja de retenciones por $ 214460 Isr=26123

    Esto es correcto? o como sería lo correcto para volverla a pedir.

    y digame cuanto debo declarar al SAT ,o sea que porcentaje.

    Cordiales Saludos

    Reply

  229. Sarael 19 abr 2010 a las 12:51 PM

    contador Novelo.
    Que documentos necesito par ami declaración de sueldos y cual es el procedimiento para hacer la declaración? me puede apoyar por favor. gracias.

    Reply

  230. bettyel 19 abr 2010 a las 1:51 PM

    si percibo un salario semanal de 1286.70 cuanto me van a retener de isr o tengo credito al salario

    Reply

  231. bettyel 19 abr 2010 a las 1:53 PM

    si gano 1286.70 se manal cuanto me van a descontar de isr o tengo derecho al credito al salario y cual seria el procedimiento para calcular ke tablas tengo ke utilizar

    Reply

  232. liliael 17 may 2010 a las 1:35 PM

    pongan las dostablas en unasolapagina y bien estructurado

    Reply

  233. PEDRO BAEZel 04 jun 2010 a las 10:15 AM

    Muy buenos días

    Les pido de favor si me pueden dar información a cerca de cuando ISR me deben de descontar si en esta quincena que acaba de pasar del 16 de mayo al 31 de mayo, en el lugar donde trabajo que es una escuela mi recibo de nomina salio por $7210.05 pesos esto fue por unos cursos que imparti en este mes, pero el pago siempre me lo hacen quincenal y lo que yo siemopre persivo de salario quincenal es $ 3430 pesos en periodo normal y de los cuales me descuentan un ISR de $343 pesos.

    pero ahora mi resibo de nominal fue de $ 7210 y me descuentan un ISR de $1112.43 pesos quiero preguntar a ustedes que conocen de esta materia, cuanto es lo que me dedieron de descontar por que a mi se me hace mucho y en el trabajo solo me dicen que esta bien el calculo, ya cheque las listas quincenales y no me queda muy claro, por tal razón les pido de favor lo anterior.

    Por favor no se si la respuesta pueda ser a mi correo para poder localizar mas rapido la información.
    Mi mail es:

    Muchas gracias y espero su valiosa respuesta, ya que muchas veces abusan las empresas de nosotros de que no sabemos como calcular nuestro ISR.

    Que pasen un excelente día.

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Pedro Baez,

    Pues tienes razon a mi el calculo de los 7210 quincenales, usando la tabla quincenal, me da 992.88, y en cuanto a tu retencion normal tambien me da un importe inferior por los 3430 me da 144.00 pesos.

    Saludos!

    Reply

  234. Jorge Ruizel 11 jun 2010 a las 3:06 PM

    Que tal Contador,
    Si trabajo por Honorarios, cual es mi ingreso acumulable, La cantindad que aparece en mi recibo de honorarios antes del IVA y de las retenciones, o la cantidad final que aparece en mi recibo, que es justo la que recibo en efectivo?

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Jorge ruiz,

    Tu ingreso acumulable, seria el que aparece en tu recibo antes del iva y las retenciones.

    Reply

  235. Jorge Ruizel 11 jun 2010 a las 3:16 PM

    Muchas Gracias Contador.

    Reply

  236. ADANel 15 jun 2010 a las 7:57 PM

    SOLO PREGUNTO DONDE CONSIGO EL FORMATO 32 PARA DEVOLUCION DE ISR RETENIDO DEL 2009. Y QUE TENGO QUE HACER PARA QUE ME DEVUELVAN EL ISR A MI FAVOR.
    Y SI ME CONVIENE PRESENTARME ANTE EL SAT POR ESA CANTIDAD, ES UN SALDO A FAVOR DE $1800.00 PESOS

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Adan

    En este link Formtato 32 puedes descargar dicho formato.
    y en este otro los requisitos, y pues no veo razon por la que no la solicites.

    Reply

  237. JOSE FABIAN HERNANDEZ DIAZel 22 jun 2010 a las 12:18 PM

    hola buenas tardes ojala me puedan apoyar, soy medico y trabajo en el seguro social por honorarios por lo que en el mes de marzo del 2010 me di de alta en hacienda para poder expedir mis comprobantes fiscales, resulta que por la activiad que desempeño estoy excento de pagar iva, y solo estoy obligado al pago del ietu y del isr el cual me es retenido por el imss, pero mi contadora me dice que por el recibo del mes de abril que fue por la cantidad de $26.500.00 debo pagar casi 3,500.00 al mes, se me hace excesivo y quisiera corroborarlo o como le puedo ahcer para sacer el pago mensual de mis impuestos, gracias

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Jose Fabian,

    Tu isr suponiendo que no tengas gastos para deducir, es por la cantidad de 4675 menos tu retencion de 2650.00 te faltaria pagar 2,025.00 y normalmente asi seria tu pago mensual, no pagarias ietu, al ser mayor el isr que el ietu.
    En cuanto al pago de abril si bien el isr es de 2,040.00 el ietu es de 4,637.00 pero como tienes retencion , te faltaria pagar 1,987.00.

    Reply

  238. Norman Navarreteel 28 jun 2010 a las 2:28 PM

    Hola, buen día, tengo una duda de sobre cuánto debo pagar mensualmente de impuestos.
    Me pagan $5000 + 800 de Iva, me retienen 500 de ISR y 533.50 de IVA, me podría decir la diferencia a pagar en la declaración mensual por favor?
    Muchas Gracias

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Norman Navarrete

    De isr no pagarias nada, de ietu 375.00 y de iva 266.00 , no olvides que se debe presenat ademas las declaraciones informativas de listado de conceptos y del diot

    Reply

  239. Jose Luisel 28 jun 2010 a las 10:55 PM

    Hola soy policia de guadalajara gano 4570 de sueldo a la quincena mas 1000 de tiempo extra y 457 de ayuda de transporte y despensa es un total de 6027 pesos y me descuentan 890 de ISR quincenales y 234 para fondo depensiones quiero saber si es correcto y si tengo derecho a solicitar reembolso del ISR de años atras y donde lo solicito GRACIAS

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Jose Luis,
    En cuanto al fondo de pensiones eso es de acuerdo a los contratos que tengan, en cuanto es lo que es isr segun los datos que proporcionaste te estarian reteniendo de mas , tu isr seria de 740.18

    Reply

  240. WILLIAMSel 29 jun 2010 a las 12:10 PM

    BUENAS TARDES

    TENGO ESTA SITUACION ESPERO ME PUEDAS AYUDAR

    SOY DE MONTERREY EL MES DE FEBRERO ME DI DE ALTA EN EL REGIMEN DE COMISIONISTA Y MANDE HACER FACTURAS CON LA RETENCION DEL 10% DE IVA PERO SOLO EXPEDI 3 FACTURAS PORQUE LA EMPRESA PARA LA CUAL TRABAJABA QUEBRO
    POSTERIORMENTE CAMBIE DE GIRO AHORA ME DEDICO A LA PUBLICIDAD PERO SIGO ENTREGANDO LAS MISMAS FACTURAS
    MI POREGUNTA ES
    DEBO CAMBIAR LAS FACTURAS?
    SI YA ENTREGUE VARIAS FACTURAS Y NO HE HECHO EL CAMBIO DE REGIMEN ?
    EN QUE ME AFECTA
    GRACIAS

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Williams,

    Tecnicamente en nada, sin embargo seria conveniente que hicieras el cambio de regimen, aunque si no cambiaste de domicilio, no habria razon para cambiar de facturas.

    Reply

  241. rosyel 29 jun 2010 a las 3:32 PM

    Hola me podrias explicar si para motivo de impuesto se toma en cuenta las prestaciones que no exeden del % que marca la ley?
    gano 90 diarios 10% de puntualidad , asistencia, 40% despensa 10 dias vacaciones y 15 de aguinaldo cual seria mi impuesto y/o mi subsidio.
    gracias de antemano

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Rosy,

    no se toman en cuenta los montos que no exceden la ley, con el monto quincenal de 2160 tendrias subsidio para el empleo de 57.78, y para la declaracion anual de sueldos, se toma la suma de subsidio para el empleo que te corresponde segun la tabla

    Reply

  242. rosyel 29 jun 2010 a las 3:34 PM

    otra duda para la declaracion de sueldos se toma el subsidio mensual en el ingreso anual?

    Reply

  243. antonio salazarel 29 jun 2010 a las 8:13 PM

    hola buenos dias, me puede ayudar a decir cuanto me van ha descontar si gano 7,350 mensual
    atte antonio

    saludos

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Antonio Salazar

    Te descontarian 371.21 de isr

    Reply

  244. jesusel 30 jun 2010 a las 12:01 PM

    Hola Robert,
    Soy totalmente analfabeto en estos asuntos, yo quisiera saber que si por ejemplo yo gano 7500 mensuales y me dieran un aumento a 8500 me podrían quitar mas impuesto y que como consecuencia mi ingreso neto sea menor… Mi duda es ¿existen casos en que mejor es seguir con el mismo salario?

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Jesus,

    En tu caso no pasaria eso , lo neto seria mayor a lo que percibias aproximadamente aumentaria 840 netos, ahora que si hay un caso, no es posible

    Reply

  245. ROXANAel 30 jun 2010 a las 2:33 PM

    hola buenas tardes,quiero saber cuanto debo de pagar de isr si gano 10000 quincenales en asimilables

    Reply

  246. JACKYE NUÑEZel 30 jun 2010 a las 5:31 PM

    HOLA MUY BUENAS TARDES!!! QUISIERA QUE ME AYUDARA YA QUE EN MI TRABAJO TENGO UN SUELDO INTEGRADO DE $153.50 DIARIOS QUE ES LO QUE SE TIENE REGISTRADO ANTE IMSS POR MI EMPRESA DESDE EL 01-01-2007 DE ESTO A MI SOLO ME ESTAN PAGANDO $2202.00 EN EL RECIBO DE NOMINA QUE ME DAN NO ESPECIFICAN CUANTO ME QUITAN DE ISR SOLO PONEN SEGUN $0.00 Y DEL SUBSIDIO PARA EL EMPLEO SOLO ME DAN $57.00 Y CUANDO LLEGO A TENER PREMIO DE PUNTUALIDAD NO ME DAN NADA DEL SUBSIDIO, ME QUITAN $56.00 DE CUOTA AL IMSS Y YO CREO QUE ESTA MAL CALCULADO TODO PERO DESAFORTUNADAMENTE YO NO SE NADA DE CONTABILIDAD Y CADA QUE UNO PREGUNTA LE DAN TERMINOS QUE UNO NO ENTIENDE EN AGOSTO CUMPLO 5 AÑOS TAMBIEN CUANTO ME CORRESPONDE DE PRIMA VACACIONAL. AYUDAAAAAAAAAAAAAAAAAA POR FAVOR !!!!!

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Jackye Nuñez,

    pon tus ingresos, con los montos en forma mensual , asi como el importe de los premios, para poder verificarlo, en cuanto a la prima vacacional , lo minimo seria el 25% de las vacaciones que en tu caso seria de 14 dias

    Reply

  247. JACKYE NUÑEZel 30 jun 2010 a las 5:33 PM

    DISCULPE ESPECIFICANDO SON $2202 EL PAGO QUINCENAL.

    Reply

  248. JACKYE NUÑEZel 02 jul 2010 a las 9:15 AM

    GRACIAS !!! LO NETO SERIAN $4404 EL PREMIO ES SOLO MUY DE VEZ EN CUANDO Y ESTO CORRESPONDE A PREMIO DE PUNTUALIDAD SEGUN NOS DAN DOS DIAS DE SUELDO QUITANDO EL RESPECTIVO IMPUESTO Y ME DAN $293. DEL 2007 ME DAN DE P.T.U. QUE GANO $4400 MENOS I.S.R. $662 Y ME DAN EN REALIDAD $3738 – EN 2008 FUERON P.T.U. $4400 Y ME QUITAN $692 ASI QUE FUERON $3708 – EN 2009 ME DAN LOS $4400 Y ESTE AÑO SOLO ME DIO $4253 SEGUN SIN QUITARME NADA – DE PRIMA VACACIONAL EN EL 2008 ME DAN $367 Y EN EL 2009 FUERON $440 EN AGUINALDO ME DAN LO QUE SEGUN EQUIVALE A UNA QUINCENA $2200 PERO EL AÑO PASADO SOLO ME DAN $2127 Y EN RECIBOS SIEMPRE EN DEDUCCIONES DE I.S.R. ME PONEN $0.00 SOLO EN ALGUNOS DE P.T.U HAN PUESTO LO QUE ANTERIORMENTE LE COMENTO. QUE MEGA RELAGO Y QUE ESTAFA POR QUE TODO LO HACEN CASI A ESCONDIDAS QUE NADIE SE ENTERE DE CUANTO GANAN LOS DEMAS Y QUE NADIE VEA EL RECIBO DE NADIE Y CLARO A NADIE LE DICEN LO QUE REALMENTE PERCIBIMOS DE SALARIO AL DIA, ASI NADIE HACE CUENTAS NADIE SE ENTERA Y NADIE RECLAMA Y TAMPOCO PONEN EN LOS RECIBOS LOS DESCUENTOS POR PRESTAMOS O FALTAS SOLO APARECE MENOS CANTIDAD ANTES PONIAN SOLO “OTRAS” AHORA ES “A/CTA.” JA JA PERO A CUENTA DE QUE? SI NO ESPECIFICA ABSOLUTAMENTE NADA.

    Reply

  249. Marytereel 02 jul 2010 a las 10:27 PM

    hola, quisiera saber a que se refiere, aqui en México el término ¨contribuciones complementarias¨ y cuales serian esas contribuciones complementarias. El término es así, pero realmente lo que estoy acostumbrada a escuchar aqui en mi pais (México) es declaracion complementaria pero … ¿Contribución Complementaria? de antemano muchas gracias y en serio, creo que lo peor que me puede pasar es quedarme con la duda… nuevamente, Gracias.

    Reply

  250. ELIZABETHel 03 jul 2010 a las 10:23 PM

    hola lic.
    Estoy bajo el regimen de pago de honorarios, me quitan el ISR sin embargo no se como declararlo, o si debo de pagar alguna diferencia por este concepto.

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    elizabeth,

    Si debes hacer declaracion mensual de isr , ietu e IVA, acude al sat ya hi te haran el calculo y te determinaran cuando to debes pagar por la diferencia

    Reply

  251. Isabelel 05 jul 2010 a las 8:02 PM

    Hola Lic, tengo varias dudas, estoy bajo el régimen de act. empresarial, persona física, es mi primer ingreso en el año, tengo que aplicar la tarifa de la tabla de arriba o la del mes de junio???
    Además, tengo que hacerlo en base a mi ingreso neto o a mi ingreso menos las deducciones????

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Isabel,

    Tienes que aplicar la tabla del mes de junio, y es en base a ingreso menos tus deducciones autorizadas.

    Reply

  252. JACKYE NUÑEZel 06 jul 2010 a las 9:29 AM

    HOLA !!! BUENOS DIAS AQUI DANDOLE LATA NUEVAMENTE YA QUE HE ESTADO CHECANDO SU PAGINA PERO AUN NO VEO ALGUNA RESPUESTA, SEGUN NOS MARCAN EL SALARIO POR ZONA GEOGRAFICA COMO ESTA ESO POR QUE LO HE BUSCADO PERO NO LO ENCUENTRO SOLO DICEN A, B, C PERO NO COMO ES QUE SEGUN LA ZONA ES LO QUE CORRESPONDA YO ESTOY AQUI EN EL D.F.
    DE ANTEMANO MUCHISIMAS GRACIAS POR SU TIEMPO Y SU AYUDA.
    SALUDOS CORDIALES!.

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Jackye nuñez,

    Por tu salario mensual de 4,404.00 , debieras recibir un subsidio para el empleo de 114.17 mensual, ahora bien tu ingreso esta en un rango cercano donde uno deja de percibir subsidio y empieza a pagar isr, por lo que al incrementar ligeramente tu ingreso dejas de percibir el subsidio y comienzas a pagar.

    al aumentar a tus 4,404 los 293 de premio, tu isr a retener seria de 53.99 mensual

    Reply

  253. Eduardo Francoel 07 jul 2010 a las 8:24 PM

    Contador Novelo:
    Deseo felicitarle y al mismo tiempo hacer un reconocmiento a la labor que realiza al aclarar las dudas que tienen todas las personas que acuden a usted.
    Asimismo, le agradecería orientarme en relación al monto de la retención que por concepto de ISR debe realizar un patrón para un sueldo mensual de $4,000.00 y que cantidad debe entregar al trabajador por concepto de subsidio para el empleo, pues no tengo muy claro si por una parte el patrón debe efectuar alguna retención por ISR y, por la otra, entregar subsidio para el empleo.
    Por su atención y respuesta, muchas gracias.

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Eduardo franco,

    Depende del manejo que le des en su recibo, asi como puedes integrar las 2 cantidades, puedes poenrlas por separado, para dicho sueldo seria de isr 233.77 y de subsidio para el empleo 382.46

    Reply

  254. helmyel 08 jul 2010 a las 12:06 PM

    hola lic. mi pregunta es soy persona fisica me llegaron unos requirimientos sobre impuestos sobre la renta de ingresos por salarios tengo que enviar mensualmente mi reporte en ceros ya que no tengo retenciones por mi ingreso mensual que es de $ 2500
    gracias.

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Helmy,

    Tienes que enviar mensualmente , la declaracion informativa de razones por las que no se hace el pago.

    Reply

  255. Yasminel 08 jul 2010 a las 4:45 PM

    Buenos dias Lic. Novelo,

    Tengo una duda, mi sueldo es de $35226 netos, estoy contratada por honorarios y se me paga cada mes, entrego recibos. Estoy dada de alta como prestadora de servicios profesionales y consultoria. ¿Por qué tengo que pagar un ISR, un IETU y un IVA, si se supone que cuando entrego recibo de honorarios ahi me descuentan el ISR e IVA o no? y por otro lado, en caso que sea correcto, ¿cuánto debo pagar por ISR, IETU e IVA al mes?

    Muchas gracias,

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Yasmin,

    Esa retencion se hace como un anticipo a tu pago de impuestos, lo cual no significa que con eso se cubra todo el impuesto que debas pagar, por eso despues de tus retenciones te queda una diferencia que debes cubrir.
    para hacer tu calculo se requiere tu importe de honoraios y de iva, asi como tus retenciones .

    Reply

  256. Luis Garciael 12 jul 2010 a las 6:59 PM

    Buen dia Lic. Robert.-
    Tengo una duda, soy quimico farmaceutico biologo, en una de las empresas que laboro no estoy en nomina solo me dan comprobantes como honorarios asimilabes, no tengo un ingreso fijo varia por quincena desde $2,000 a $10,000 segun la cantidad de trabajo que haya, en quincenas anteriores el % de ISR he visto que es diferente yo imaginaba que era el mismo porcentaje el que me descontarian cada quincena, pero no es asi, el % varia de acuerdo a lo que gano por quincena. En esta proxima quincena recibire $10,000, mi pregunta es,¿cuanto me van a descontar de ISR?

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Luis garcia,

    El isr que te debieran descontar en esta quincena seria de 1,588.81, siempre y cuando estes en el mismo rango que la quincena anterior, sino, probablemente sea mas.

    Reply

  257. LETICIA MUÑOZel 12 jul 2010 a las 8:07 PM

    HOLA BUENAS TARDES:

    UN FAVOR, TENGO UNA PREGUNTA…….EN UNA EMPRESA, LA CUAL TIENEN VARIOS TRABAJADORES EVENTUALES (CONSTRUCTORA) PARA HACER LA DECLARACION DE SUELDOS Y SALARIOS. DEBO ENLISTAR TODOS O NADA MÀS LOS QUE TRABAJARON EL AÑO COMPLETO??’

    MUCHO TE AGRADECERE TU RESPUESTA…..GRACIAS…..

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Leticia muñoz,

    la declaracion de sueldos y salarios , es por todos los trabajadores, sin embargo, el calculo , es solo por los que trabajaron todo el año completo.

    Reply

  258. Karla Estradael 13 jul 2010 a las 2:38 PM

    Hola Roberto:

    Ojala me puedas ayudar. Estoy pensando tomar la propuesta de retiro voluntario que hay en mi trabajo, nos prometen dar 10 meses de sueldo, mas lo reglamentario (parte proporcional de aguinaldo, bono del servidor y prima vacacional), cuanto seria lo que me tocaria si mi sueldo sin prestaciones es de 7,383.00 mensual, recibo 50 dias de aguinaldo, el bono del servidor publico es de una quincena, y claro quitando ya los impuestos. Te agradesco de antemano la respuesta.

    Saludos

    P.d.- Por cierto tengo 10 años 9 meses trabajando aqui, no se si este dato sea relevante. Gracias

    Reply

  259. Joaquinael 13 jul 2010 a las 4:58 PM

    Hola buena tarde tengo varias dudas tengo 2 patrones en uno gano $1,300.- quincenales y en el otro $3,000.- quincenales, no entrego facturas ni tampoco recibo de honorarios y el contador de uno de mis trabajos me dice que yo tengo que hacer mi declaraciòn anual lo cual me parese ilògico por que en mi otro empleo hacen la declaraciòn anual que es la declaraciòn de asalariados, por otro lado me dice el contador que tengo que escoger cual de mis 2 patrones me va a dar el subsidio del trabajo, estoy muy preocupada por que yo lo que menos quiero es problemas el dia de mañana con hacienda y lejos de aclararme mis dudas el contador me dejo muy confundida.

    Le pido de favor me oriente de ante mano muchas gracias!!!
    Saludos!!!

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Joaquina,

    tener 2 patrones en forma simultanea, es una de las causales por las que quedas obligada a presentar declaracion anual, y tambien es cierto que debes escoger a un patron , que sea el que te va a pagar subsdio para el empleo, de lo contrario estaria percibiendo de manera duplicada un beneficio.

    Reply

  260. OSCAR DE VICENTEel 14 jul 2010 a las 7:55 AM

    Buenoas día, alguien tendra una tabla donde se emncionen todas las prestaciones que graban y las que no graban para IMSS e ISR?,
    GRACIAS

    Reply

  261. Joaquinael 14 jul 2010 a las 10:29 AM

    Hola Roberto muchas gracias por contestar, ya me han quedado claros varios puntos lo que si me sigue quedando duda es respecto a lo de la declaración anual ya que platique con otra contadora de mi otro trabajo y me dice que ellos hacen la declaración anual por mi y me dice que de hecho hay un anexo que se llama declaración de asalariados donde ellos dan a conocer lo que gano neto, las hrs extras que labore es caso de haya habido hrs. extras, cuantas hrs. trabaje en total, etc, etc; todo respecto al trabajador asalariado….te pido de favor me orientes respectoa que declaración anual me estas hablando tu si ya mi patron la presenta por mi…Muchas gracias por tu orientación y quedo en espera de tu respuesta.

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Joaquina,

    Lo que ellos hacen es una declaracion informativa de sueldos y salarios, si te serviria siempre y cuando tuvieras un solo empleo, pero como tu tienes 2 empleos, te tienes que atener a lo señaladoen el articulo 117 fraccion III inciso c) el cual señala lo siguiente:
    “III. Presentar declaración anual en los siguientes casos:
    c) Cuando dejen de prestar servicios antes del 31 de diciembre del año de que se trate o cuando se hubiesen prestado servicios a dos o más empleadores en forma simultánea.”

    Reply

  262. Ricardoel 14 jul 2010 a las 9:09 PM

    Roberto:

    Buenas noches

    Vivo en Monterrey y me gustaria de ser posible saber lo
    siguiente:

    1.- cuanto corresponde de impuesto a 27,367 de pension del IMSS ?

    2.- Con esa pension, tengo que hacer declaracion anual ?

    3.- Si es asi que es lo que puedo deducir ?

    Muchas Gracias.

    Reply

  263. Susanel 16 jul 2010 a las 11:24 AM

    Todos mis respetos licenciado Roberto:
    Brevemente le pregunto si para el Cálculao del IETU en 2010 con ingresos en 2010, por facuras emitadas en 2009, se usa la tasa del 17% o 17.5% Muchísimas gracias por su ayuda.

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Susan

    Si seria al 17.5%, ya que se considera ingreso en el ejercicio que se cobra

    Reply

  264. Roberto Torresel 17 jul 2010 a las 10:11 AM

    Hola buenos días contador me estoy integrando a su página que me parece maravillosa. Gracias por compartir sus conocimientos.
    Tengo una duda laboro en una empresa me gustaria saber si me estan pagando bien mi sueldo. Gano 8607 pero me dicen que son 8000 de sueldo y 607 de vales, el detalle es que recibo por nómina :
    sueldo 1354.20+premio asistencia 135.42+premio puntualidad 135.42 + vales de despensa 303.50 Total de 1928.54
    la diferencia 4749.92 me lo depositan en efectivo pero a esa cantidad me retienen un impuesto por 8% que por asimilables a salarios.
    Cuánto debe ser el descuento por subsidio al empleo? y puede variar de una quincena a otra si las percepciones no varian?

    Muchas gracias!

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Roberto torres,

    Esos importes son mensuales o quincenales?

    Reply

  265. ARMANDO SILVA AVILAel 19 jul 2010 a las 11:20 AM

    para el pago del impuesto sobre la renta de salarios mensual al importe de ispt retenido le resto el subsidio y esta el ala cantidad que debo de pagar a ahcienda, gracias, saludos

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Armando Silva Avila

    El subsidio para el empleo se disminuye al isr ya sea propio, retenido de salarios o retenido a terceros.
    Declara el isr retenido y la disminucion se hace en la aplicacion del banco o en el llenado de la hoja de ayuda.

    Reply

  266. LIC. ROBERTOel 21 jul 2010 a las 12:51 PM

    LIC. ROBERTO NOVELO

    BUENOS DIAS

    QUISIERA HACERLE UNA CONSULTA MI PAPA ESTA YA PENSIONADO POR EL IMSS PERO ESTUVO ACTIVO DE NUEVA CON OTRO PATRON TRABAJANDO APAORXIMADAMENTE CASI CERCA DE 20 AÑOS, FUIMOS AL AFORE BANCOMER A RETIRAR UNA CANTIDAD QUE REBASA LOS $30,000.00 ESTA CANTIDAD ES EXENTA DE ISR Ó SE LE EJERCERÁ UN DESCUENTO POR DICHO RETIRO YA QUE EL TIENE 86 AÑOS Y ES SU UNICO FONDO DE AHORRO. AGRADECERIA SI ME PODRIAS HACER EL FAVOR DE ASESORARME SOBRE ELLO Y NO LE QUITEN LO QUE LE CORRESPONDE POR LEY

    ATTE

    LIC. EDUARDO AVILA

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Eduardo avila,

    Estarian gravados los rendimientos que se han generado de los 30,000.00

    Reply

  267. Jorge Ruizel 21 jul 2010 a las 6:47 PM

    Lic. Novelo:

    Una pregunta, estas tablas sirven para el calculo del ISR a asimilados a salarios y para el calculo del ISR retenido a cuenta de retiro de utilidades?

    Sino, me podria decir en donde las encuentro?

    Gracias!

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Jorge Ruiz,

    La tabla del art. 113 , es la que sirve para asimilados a salarios tambien , solo que los asimilados , no tienen derecho al subsidio, y es de la misma manera para el retiro de utilidades.

    Reply

  268. EMILIOel 22 jul 2010 a las 12:20 PM

    Buenos días Lic. Roberto, hasta el mes de mayo de 2010, mi sueldo (concepto 07) era de $2896.50 quincenal y recibia una compensación garantizada (CG) de $382.00 y a partir de la primera quincena de junio mi sueldo es de $3,070.00 y la compensacion es de $405.50 Mi pregunta es ¿Que conceptos toman en cuenta para obtener el Ingreso Mensual Gravable? ya que hasta el mes de mayo me daban el Subsidio al Empleo de $126.77 quincenal, y a partir de junio ya no viene en mi recibo. En la oficina me dijeron que mi ingreso mensual gravable rebasa los $7382.34 pero no se cuales conceptos de mi recibo de pago, se toman en cuenta para obtener el ingreso mensual gravable. Reciba un cordial saludo y por su ayuda le reitero mi agradecimiento. Emilio

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Emilio

    Siendo honestos tu isr estaba mal calculado , tus dos conceptos salario y compensacion son gravados, rebasando los 4,925.00 de ingresos gravados al mes empiezas a tener retencion la cual se va incrementando en la medida de el incremento en tus ingresos

    Reply

  269. JACQUELINEel 23 jul 2010 a las 3:06 PM

    MUY BUENA TARDES LIC.
    SOLO QUIERO SABER SI MI SALARIO ES DE 4400 MENSUAL, AL PAGARME LAS UTILIDADES QUE CORRESPONDEN DEL AÑO CUANTO ES LA CANTIDAD EXACTA QUE ME QUITAN POR IMPUESTOS.
    POR SU AMABLE Y FINA ATENCION MUCHAS GRACIAS!!!

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Jacqueline,

    no podria saber, ya que para hacer el calculo de la retencion hay 2 procedimientos, para ambos se requiere saber el monto de los ingresos del mes, es decir de tu sueldo normal asi como de la ptu

    Reply

  270. Albertoel 23 jul 2010 a las 5:17 PM

    Estimado Maestro

    Recientemente se publico en una revista especializada en fiscal, que se debe por parte del patron cobrar el iva en los consumos del servicio de comedor a empleados, de no hacerse asi y con el tope que marca la ley de SS ( 20 % smdvdf) integrara a salario base de cotizaciòn.

    Le agrdecere sus comentarios

    Reply

  271. Amy de Larael 23 jul 2010 a las 7:04 PM

    Buen día!

    Tengo un empleo temporal de unas cuantas horas a la semana, y mi sueldo será 780 pesos/semana. Cuánto me rebajarán de ISR???

    GRACIAS

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Amy de lara

    Nada , no alcanzas el monto minimo para ser susceptible de que te retengan

    Reply

  272. Danielael 24 jul 2010 a las 12:54 AM

    Hola buen día, les agradecería mucho que me aclaren una duda. ¿Para calcular el ISR de una persona física con actividad empresarial, aparte de aplicar las tablas mensuales del 113 se debe aplicar la tabla del subsidio que no ha sufrido cambios? Mi duda es porque en el artículo octavo del decreto “Subsidio al empleo” especifica fracc. I del art. 110 LISR.

    Gracias por su ayuda!!!

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Daniela

    Para una persona fisica con actividad empresarial , unicamente se le aplica la tabla del articulo 113, NO se aplica subsidio

    Reply

  273. martín rivera morenoel 27 jul 2010 a las 2:36 PM

    solito me indique cual es la tabla del isr, para el calculo de finiquitos de personal

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Martin rivera moreno,

    LA tabla es la de este post

    Reply

  274. BRENDAel 27 jul 2010 a las 9:46 PM

    Hola, Buen dia, tengo una duda, ojala alguien me la pueda contestar:

    ¿Cuál es la cantidad por concepto de utilidad que puede retirar cada socio de una empresa moral, sin pagar impuesto?

    ¿Cual es su fundamento?

    Gracias.

    Reply

  275. ADRIANA LCel 28 jul 2010 a las 10:32 AM

    buenos dias Lic:

    tengo una duda,

    cual sería la forma para retener el isr cuando se pagan por adelantado dias de sueldo por vacaciones?

    por ejemplo si se paga normalmente el salario de forma semanal
    y me pagan mi sueldo de la semana (7 dias) mas 14 dias de salario por vacaciones, en este caso, como aplica la retención de isr?

    la pregunta es porque en el mes voy a recibir ingresos mayores a los que normalmente se reciben mensualmente…

    pero en el siguiente mes voy a recibir ingresos menores, ya que se me pagaron en el mes anterior los dias por vacaciones.. en este caso aplica el subsidio?

    gracias por su atencion…

    Reply

  276. manuelael 28 jul 2010 a las 11:37 PM

    Buenas noches Lic.

    Tengo una duda, quiero saber si una persona que recibe mensualmente ingresos por jubilación, (IMSS) y en el ejercicio 2009 percibió arriba de los $400,000.00, tiene obligación de presentar declaración anual y si es así que porcentaje se encuentra excento de pago? por su atención gracias.

    Reply

  277. LULUel 29 jul 2010 a las 6:54 PM

    HOLA BUENAS TARDES

    ESTOR CALCULANDO EL ISR SOBRE SUELDOS, EN ESTA QUINCENA VOY A PAGAR 16 DIAS Y ESTOY APLICANCO LAS TARIFAS A PERIODO DE 15 DIAS..PARA EL SUBSIDIO LO TENGO QUE DIVIDIR ENTRE 15 Y DESPUES MULTIPLICARLO POR 16 DIAS???

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Lulu

    El mismo tratamiento que le des a la tabla del isr, le das a la del subsidio.

    Reply

  278. Victorel 30 jul 2010 a las 4:50 PM

    Buenas tardes, me podria comentar que conceptos y que limites gravan para el calculo del isr de salarios.
    Muchas gracias

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Victor,

    Basicamente todas las prestaciones son gravadas por la LISR, los conceptos que no gravan los puedes encontrar en la LISR en el art. 109

    Reply

  279. gonzaloel 31 jul 2010 a las 11:34 AM

    Buenas tarde Lic.

    Seria tan amable de contestarme esta pregunta nosotros operamos un hotel con 13 empleados algunos empleados dicen que los impuestos los tiene que cubrir el hotel y que su salarios tiennen que salir netos o elles tienen que pagar sus impuestos

    saludos y grcias

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Gonzalo,

    De ninguna manera, cada persona, esta obligada a pagar sus impuestos, y ustedes como patrones, obligados a retenerlos, unicamente, cuando son trabajadores de salario minimo, no se les retiene imss, ya que en el caso de isr, les tocaria subsidio para el empleo

    Reply

  280. EMILYel 31 jul 2010 a las 4:45 PM

    LIC. TENGO UNA DUDA CUANTOS DIAS DE VACACIONES ME CORRESPONDEN SI LLEVO YA 9 AÑOS LABORANDO, Y CUANTO ME CORRESPONDE SI ME PAGAN $5,200 MENSUALES.

    TAMBIEN LE QUIERO HACER OTRA PREGUNTA TENGO UNA AMIGA QUE LE DAN $6,000 MENSUALES Y ESTA EMBARAZADA LLEVA 6 AÑOS TRABAJANDO PERO ELLA QUIERE SABER CUANTO LE CORRESPONDE POR LEY Y COMO SE APLICA LO DE LOS 40 DIAS ANTES Y 40 DIAS DESPUES.

    GRACIAS, QUE PASE UN BUEN DIA.

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Emily,

    Te corresponderian 14 dias de vacaciones, suponiendo que tu salario sea de 173.00 de vacaciones te tocarian 2,422.00 y de prima vacacional 605.50
    E n el caso de tu amiga, el seguro social, le pagaria 42 dias de salario antes del parto y 42 dias despues del parto

    Reply

  281. Victorel 02 ago 2010 a las 11:14 AM

    gracias por la respuesta. y felicidades por esta labor

    Reply

  282. rafael perez peñalozael 03 ago 2010 a las 7:35 AM

    Felicidades por todo lo que hace para ayudar a los que menos sabemos,
    soy jubilado bancario con una pension de 14,500.00 menos mis adeudos, debo de pagar Impuestos, o como es mi situacion,
    me urge un apoyo de tu parte ya quie mañana tengo cita en el sat, por esta situacion., gracias,
    hoy es Agosto 3 del 2010, mi cita es mañana 4 de agosto a las 12.00 hrs., me gustaria mucho tu contestacion, muchas gracias.

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Rafael Perez Peñaloza

    Suponiendo que estes en zona A, no debieras pagar impuestos, ya que tu monto no excede los 9 salarios minimos elevados al mes.

    Reply

  283. Marioel 04 ago 2010 a las 11:41 AM

    buen dia tengo una duda, si el aguinaldo es deducible del impuesto sobre la renta de asalariados.

    Y si en los gastos de operaciones de una empresa tambien es deducible el gasto de aguinaldo pagado a empleados.

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Mario,

    el aguinaldo no es deducible para el isr de un asalariado , seria acumulable a sus ingresos, aunque el aguinaldo tiene una parte exenta.
    El aguinaldo pagado a los empleados, por una empresa es deducible para el impuesto sobre la renta

    Reply

  284. felix agustinel 05 ago 2010 a las 10:57 PM

    que tal , soy obrero y no entiendo mucho de los impuestos , sin embargo siento que nos des cuentan mucho impuesto , por que en algunas semanas nos descuentan mas??? no entendemos mucho la tabla que publica, me pagan a la semana sueldo base , mas destajos,mas tiempo extra.me gustaria que nos orientara sobre esto ,estara vien calculado???le agradecemos de ante mano su tiempo para orientar a todas las personas que tiene inquietudes sobre lo ganado en base a su trabajo.MUCHAS GRACIAS!!!!!!!!!!!!!!!! EJEMPLO: sueldo:990.49 destajos:1260.67 hrs.extras:549.16 descanso trabajado:669.64 de cuanto seria el impuesto??????????????????

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Felix agustin,

    por todas esas percepciones semanales, el isr seria de 485.83

    Reply

  285. jaimeel 08 ago 2010 a las 11:38 PM

    hola que tal, tengo una duda con respecto al monto que me quitan de impuestos, gano 17800 y en mi primer quincena me dieron 6800, haciendo cuentas al mes me estan quitando 4200 a que se debe o porque me quitan tanto??

    Reply

  286. Anelyel 11 ago 2010 a las 12:55 PM

    hola, buen dia, mi duda es si aún es aplicable la proporcion de subsidio acreditable, ya sabe, donde se sumaban conceptos como imss, rcv, infonavit, y se comparaba contra el sueldo del empleado. Soy nueva en esto y sí necesito ayuda. Gracias de antemano…

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Anely,

    No, ese procedimiento ya no se aplica.

    Reply

  287. ricardoel 11 ago 2010 a las 1:10 PM

    Buenas tarde.. le queria consultar una duda sobre cual es la mecanica para la retención de sueldos y salarios, asi como las tablas que se usan y los subsidios que existen de antemano gracias! y reciba un cordial saludo.

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Ricardo,

    Checa en Calculo del impuesto sobre la renta 2010 ahi se describe el calculo de los salarios.

    Reply

  288. ANELYel 12 ago 2010 a las 1:23 PM

    hola, gracias por la respuesta, pero lo molesto con otra, cuando fue el ultimo ejercicio en que se aplicó esta proporcion del subsidio, y cual es el fundamento para que ya no se aplique… gracias.

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Anely,

    No es que exista fundamento, realmente no existe fundamento, ya que se eliminaron los articulos que obligaban hacer ese calculo, era el articulo 114.

    Reply

  289. noemíel 12 ago 2010 a las 11:19 PM

    hola que tal,quisiera que me ayudara a llenar mi recibo de honorarios,di un curso y me pagarán 5000 como lleno con iva,retenciones etc gracias

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Noemi,

    si es 5,000 mas , menos retenciones, quedaria asi:
    Importe 5,000.00
    iva 800.00
    ret isr 500.00
    ret iva 533.33
    total 4,766.67

    Reply

  290. Tomas Guerreroel 12 ago 2010 a las 11:30 PM

    Buen dia,
    Acabo de recibir mi RESOLUCION de pension del IMSS.
    1.- Recibire $16496.00 pesos de cuantia mensual, Cuanto me retendran de ISR?
    2.- En donde puedo consultar como calculan esta retencion, ya que estan exentas hasta 9 SMVDF.
    3.- El calculo de la retencion se realiza con el excedente de los 9SMVDF?

    Gracias por sus atenciones.

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Tomas Guerrero,

    Puedes calcular tu isr en base al procedimiento que se describe en Calculo del impuesto sobre la renta 2010

    El calculo de la retencion se hace sobre el excedentees decir si la exencion es de 14,000.00 el isr se calcula sobre los 2496.00, no te hago el calculo ya que no se en que zona estas y el salario minimo varia por zona.

    Reply

  291. Tomas Guerreroel 13 ago 2010 a las 3:44 PM

    Robert,
    Gracias por tu pronta respuesta.
    Radico en Reynosa Tamaulipas.
    Otra molestia: Yo realize mi declaracion ante hacienda en tiempo y forma este 2010.
    Para el 2011 debo presentar declaracion ante hacienda aun que no rebase los 400k pesos, por haber recibido ingresos de mi ex empresa un mes de salario y finiquito (29 enero 2010 deje de laboral) y ahora recibir cuantia por parte del IMSS (recibi mi resolucion en 29 Julio 2010). Si asi fuera, Puedo seguir deduciendo los gastos medicos?
    Gracias por su ayuda a los no doctos en impuestos.
    Es admirable su generosidad.

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Tomas Guerrero,

    Por supuesto puedes seguir deduciendo los gastos medicos, y si estarias obligado a presentar declaracion anual , aun y cuando no rebases los 400,000.00

    Reply

  292. LIZETel 13 ago 2010 a las 3:45 PM

    hola
    si me pudieras hacerelfavor de decirme cuanto me tiene que retener mipatron yogano 1300 a la semana gracias..

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Lizet,

    tu retencion semanal de isr seria de 25.04

    Reply

  293. Juan Hdezel 14 ago 2010 a las 12:50 PM

    Hola Robert

    Recien acabo de adquirir un credito hipotecario, y hasta donde entiendo es posible el deducir los intereses, cual sería la forma de hacerlo si actualmente soy empleado y estoy en regimen de sueldos y salarios. Por cierto hay algo mas que pueda hacer deducible?

    Slds

    Juan Hdz

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Juan hdez,

    Si los puedes deducir, pero solo los reales y los demas conceptos que puedes deducir los encuentras en Declaracion anual 2009 deducciones

    Reply

  294. itzelel 14 ago 2010 a las 1:10 PM

    buenas tardes, tengo una gran duda tengo que pagar mis impuestos a mas tardar el martes y no se cuando es lo que debo de pagar de ISR, mi sueldo es de 5000 mas menos impuestos, recibo un total de $ 2,383.33 quincenal mente.. cuanto me corresponde pagar de IVa y ISR a hacienda??

    cuanto porcentaje es de ISR?

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Itzel,

    De iva 267.00
    de isr y ietu seria 875.00 aproximadamente

    Reply

  295. Lourdes C.el 16 ago 2010 a las 11:31 AM

    Hola:

    Estoy por vender un terreno en edo. de México, necesito me diga por favor cuanto es lo que tengo que pagar de I.S.R. si el terreno lo vendo en $500,000.00 y en donde hay que pagarlo.

    Por favor espero su respuesta me urge, si me la envian a mi correo es mejor. Gracias.

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Lourdes c.

    para hacer eso primero hay que determinar primero la utilidad de la enajenacion, deduciendo,el costo de adquisicion del terreno actualizado, mas gastos notariales , comisiones, etc. determinar los años desde la fecha de adquisicion, hasta la fecha de enajenacion y luego determinar los ingresos acumulables por año y por ultimo el impuesto

    Reply

  296. SUSANAel 16 ago 2010 a las 6:07 PM

    ESTIMADO ROBERTO SOY JUBILADA DEL POR CESANTIA Y MI DADA ES LA SIGUIENTE YO VIVO EN VERACRUZ Y MI ZONA DEL SALARIO ES A Y SI ME VOY A VIVIR A PACHUCA QUE ES ZONA C EL SEGURO SOCIAL ME PODRIA REBEJAR MI PENSION POR EL TIPO DE ZONA QUE ESTARIA VIVIENDO ESPERO SU RESPUESTA
    GRASIAS QUE DIOS LO BENDIGA

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Susana,

    no, la pension minima garantizada se calcula sobre el salario minimo del DF

    Reply

  297. SUSANAel 16 ago 2010 a las 7:17 PM

    HOLA ROBERTO OTRA PREGUNTA SOY JUBILADA CUANDO ME PAGEN MI AGUINALDO TAMBIEN ME VAN A DESCONTAR IMPUESTOS GRASIAS ESPERO TU RESPUESTA

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Susana,

    Depende del monto del aguinaldo , ya que una parte es exenta y el excedente es gravado

    Reply

  298. Luis Cel 17 ago 2010 a las 1:49 PM

    Hola Roberto.
    Quiero iniciar un plan de ahorro para el retiro y pienso hacerlo con un depósito en efectivo que supera los $15,000 donde no se cobra el IDE. Este IDE que me retendrán, ¿lo podré obtener de regreso en su totalidad cuando haga mi declaración anual y use el comprobante que me da el Banco con la retención? Soy trabajador asalariado únicamente.
    Gracias.

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Luis C.

    Te cobrarain el 3% por el excedente de 15,000.00, al presentar declaracion anual, señalarias en dicha declaracion que eres sujeto del ide, y lo que se te retuvo, posteriormente solicitarias la devolucion del IDE , y si requieres el comprobante del banco de los montos retenidos por concepto de IDE.

    Reply

  299. PERLAel 18 ago 2010 a las 10:18 AM

    HOLA ,,ME EXPLICAN COMO DETERMINO EL SUBSIDIO PARA EL TRABAJADOR POR SEMANA DE 600 PESOS ….

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Perla,

    puedes checar las tablas en Tablas isr semanal y quincenal 2010

    Reply

  300. PERLAel 18 ago 2010 a las 10:37 AM

    EN FINIQUITOS SE DA SUBSIDIO ????

    Reply

  301. Pedroel 19 ago 2010 a las 12:31 PM

    Buenas tardes Lic. Novelo.

    Mi pregunta es la siguiente.

    En una empresa tengo un documento por pagar a favor de una empresa que es mi unico accionista ya no tengo mas operaciones el valor del documento es igual a mis perdidas mas mi capital puedo compensar ambas cuenta para finiquitar esta empresa.

    De antemano muchas gracias por su respuesta.

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Pëdro,

    Claro puedes hacerlo, mediante un acta de asamblea en que se desligue a la empresa del accionista ya que no exhibio su aportacion

    Reply

  302. Pedroel 19 ago 2010 a las 12:37 PM

    Lic. Novelo Tengo otra duda.

    tengo la cuenta de entrega de accionistas pendientes de capitalizar pero el saldo corresponde a una empresa que ya no existe como puedo cancelar esta cuenta puesto que creo que no puedo capitalizar este importe ya que el accionista dejo de existir esta empresa se encutra domiciliada en Londres Inglaterra.

    Gracias

    Reply

  303. Dayael 22 ago 2010 a las 7:32 PM

    Hola, tengo una pregunta me acaban de contratar por honorarios y me van a pagar $12,000 al mes y me van a retener 10% del ISR y 10.66% del IVA, me gustaria saber de eso cuanto me va a quedar a mi como sueldo.

    Tambien tengo que declarar mensualmente y no se de la cantidad que me quede como sueldo que tanto tengo que declarar, si es una parte o todo.

    Gracias

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Daya,

    REcibirias 11,440.00 y te quedaria por pagar 820.00 de impuestos

    Reply

  304. pedroel 24 ago 2010 a las 9:49 AM

    Lic. Novelo

    ya no contestara usted las preguntas que se le formulen

    por su respuesta GRACIAS

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Pedro,

    si claro, todas las que pueda

    Reply

  305. jesusel 24 ago 2010 a las 3:58 PM

    Hola

    Tengo una duda yo soy almacenista estoy contratado por agencia mi sueldo es de $5000 mensuales y tengo un bono de $1000 y luego meto hasta mas de 36 horas de tiempo extra y me descuentan arriba de $500 pesos mi pregunta es las horas extras entran en el descuento del ISR

    Gracias

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Jesus,

    Si, las horas extras gravan para el isr tambien

    Reply

  306. alexel 24 ago 2010 a las 5:58 PM

    se cosidera a cancun zona fronteriza y si no cuanto es la tasa de iva en ese lugar

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Alex,

    Si cancun grava al 11% de iva

    Reply

  307. LINDAel 24 ago 2010 a las 10:20 PM

    BUEN DÍA, LOS VALES DE DESPENSA GRAVAN PARA EL CÁLCULO ANUAL DE SUELDOS Y SALARIOS. PORQUE UN CONTADOR ME DIJO QUE SEGÚN UNA JURISPRUDENCIA SI GRAVAN, PERO NO ME DICE PRECISAMENTE EL FUNDAMENTO DONDE LO PUEDO VER?

    GRACIAS.

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Linda,

    Los vales de despensa gravan solo si exceden los montos permitidos de prevision social , ojo no confundas vales de despensa , con despensa en efectivo , no es lo mismo

    Reply

  308. SUSANAel 24 ago 2010 a las 10:32 PM

    hola estimado roberto soy la sra susana y mi duda es la siguiente soy pensionada por cesantia y mi pension es de 25000 pesos al mes y mi duda es de que yo radico en veracruz y mi zona es A y si me voy a vivir a pachuca , el seguro social me podria rebajar mi pension ala zona C que es pachuca es ue me da temor de que me la rebajen por el cambio del estado .

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Susana,

    No bajaria el monto de la pension , ya que al referirnos a veces del salario minimo es a la pension minima garantizada.
    En cuanto a la otra pregunta, si solo serian los 15,500.00 exentos al mes y gracias, ahora ya me encuentro bien de salud.

    Reply

  309. SUSANAel 24 ago 2010 a las 10:40 PM

    y mi segunda pregunta ami me paga en nov 25000 de mi mensualidad y 25000 de mi aguinaldo mi pregunta es me van hacer dos partes exentas de impuestos o sea 15500 X 2 y del resto me van a cobrar el impuesto o me lo van a juntar y me van exentar nadamas 15500 y es que si es asi me van a quitar como 10000 de mi agunaldo me gustaria que me imformara por favor como ya sabe usted aqui en el imss no imforman nada y uno con la edad ya no entiende nada espero su respuesta y le agradesco su ayuda y que dios lo bendiga con sus respuestas ayuda usted a muchas personas sin mas por el mmento me despido de usted . esperan se encuentre bien de salud.

    Reply

  310. alejandroel 25 ago 2010 a las 1:35 PM

    hola bunas tarde quisiera saber el calculo de retencin de imss. de una persona que gana un salario de 2000 quincenales y mensual seria 4133.00 mensual quisiera un ejermplo que me proporciones gracias saludos

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Alejandro ,

    Por el momento no hay ningun ejemplo de calculo en el portal debido a la complejidad de la presentacion del mismo, en cuanto hallemos la forma de presentarlo lo haremos, aproximadamente la retencion mensual seria de 102.35

    Reply

  311. Michaelel 26 ago 2010 a las 2:22 PM

    Hola muy buena tarde, aprovecho este medio para solicitar apoyo y consejo, hace 12 años sali de la facultad de contaduría, sin embargo por cuestiones personales nunca pude ejercer la profesión.

    Mi pregunta sería que me recomiendan para comenzar a actualizarme, libros cursos etc.

    De antemano gracias por su tiempo

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Michael,

    Hay mucho material al respecto, y en doce años ha habido bastantes cambios, mi consejo seria que empezaras, por los regimenes mas sencillos (repecos) y fueras avanzando gradualmente (arrendamiento, honorarios, regimen intermedio)
    Los Cursos que se imparten por diferentes capacitadores , no sirven de nada sino tienes conocimientos al respecto y dichos conocimientos deben ser de buen nivel , ya que por lo escaso del tiempo, avanzan muy rapido, y en muchos casos, dejan muchisimo que desear.
    Podrias empezar por libros de la linea de tax editores

    Reply

  312. Danielel 27 ago 2010 a las 10:13 AM

    Hola buen día les agradecería mucho pudieran decirme cuanto me deben descontar de un sueldo de $16,950.00 (vivo en en Querétaro), estoy en la nómina por honorarios asimilables.
    Saludos!

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Daniel,

    Tu isr a retener seria de 2511.41

    Reply

  313. Anabel Herrerael 30 ago 2010 a las 11:35 AM

    _Buen día.. tngo una duda si el Issste otorgó una jubilación y se equivoco en la cantidad del pago diario y tiene una diferencia de 8,000 que procede? estan tratando de cobrarla, nisiquiera hacerlo por descuento sino que exigen la cantidad, se puede amparar? no fue culpa de la persona esta no sabia la cantidad que debe de ganar recibio lo que le dieron y ahora tiene que pagar por el error de alguien mas.
    Se puede hacer algo al respecto?
    Gracias

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Anabel herrera,

    Pues no hay nada que obligue a dicha persona a pagarlo ya que el error no es us culpa, y basicamente seria lo que pudiera pagar hasta cubrir dicho monto.

    Reply

  314. Haydee Lopezel 30 ago 2010 a las 12:35 PM

    buen dia!
    podria decirme en que pagina de internet puedo encontrar las tablas para el calculo de ispt de aguinaldo 2009 y las tablas de ispt para sueldos y salarios semanales y quincenales muchisimas gracias….

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Haydee Lopez,

    En la pagina del http://www.sat.gob.mx, es la pagina oficial

    Reply

  315. JORGE ISRAELel 31 ago 2010 a las 1:45 PM

    HOLA BUENOS TARDES AYUDAME POR FAVOR ME REBJAN $97 PESOS POR SEMANA SOY DE MONTERREY NUEVO LEON GANO POR SEMANA $1120
    AVECES ME REBAJAN MAS O ESTA CANTIDAD
    QUE PUEDO HACER PARA QUE VENGAN A CHECARLOS
    QUE ESTEN HACIENDO BIEN LAS COSA SY CUANTO DEBO PAGAR

    Reply

  316. MARGARITA GOMEZel 31 ago 2010 a las 3:19 PM

    en asimilables cuanto es el monto minimo que debe pagar una empresa ya que tengo una doctora que como apoyo le doy $850.00 mensuales claro trabaja de 2 a 3 horas diarias y ella cobra lo extra al paciente la puedo meter como asimilables?

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Margarita Gomez,

    Pues no hay minimo para aplicar dicha opcion , solo que encuadre en los supuestos del articulo 110.

    Reply

  317. TOMAS GUERREROel 31 ago 2010 a las 10:28 PM

    Hola Lic. Robert
    Puedo deducir la factura de la compra de mis lentes de prescripcion?
    De ser asi, Existe un monto limite?
    Muchas Gracias, por adelentado por su ayuda

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Tomas Guerrero,

    Si claro, en la declaracion anual, te recomiendo que le des una miradita a Gastos personales en la declaracaion anual gastos medicos

    Reply

  318. maricarmenel 01 sep 2010 a las 12:01 PM

    hola lic creo queusted me puede ayudar sobre esto fijese que yo trabajo en un sanatorio o sea clinica como puedo darle de alta ante la sat para poder expedir facturas de hospitalizacion o cirugias porque el permiso defuncionamiento ante salubridad ya esta usted me puede decir como me conviene darle de alta si tengo que asegurar los trabjadores ente el imss o lo tengo que formar sobre una sociedad para darle de alta nada mas con el dueño el sanatorio porque el esta regisrado como persona fisica nada mas. por favor me puede orientar en eso
    se lo agradeciaria millones de veces
    gracias

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Maricarmen,

    Si lo que quieres es darle de alta ante el sat , para asegurar a los trabajadores, no es necesario, lo puedes hacer con la persona fisica, si la persona fisica solo esta registrado como honorarios, podrias aumentarle sus actividades, para que tambien aparezcan como servicios de hospitalizacion.

    Reply

  319. marijoel 01 sep 2010 a las 12:10 PM

    chida la paxina

    Reply

  320. Marthael 01 sep 2010 a las 1:26 PM

    Contador Roberto buenas tardes, mi pregunta es la siguiente que es mas conveniente para calcular el ispt si cobro quincenalmente, aplicar la table mensual o la quincenal y si en la quinecenal tambien debo hacer algun ajuste, de antemano muchas gracias.

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Martha,

    Hay una ligera variacion , al hacer el calculo con las tablas quincenales, ejemplo
    ingresos de 40,000.00 con la tabla mensual isr de 8,320.90
    con la tabla quincenal isr 4184.68 X2= 8369.36
    mi preferencia es que independiente de cual tipo de tabla sea, el calculo mensual solo los ingresos gravables, es basico.

    Reply

  321. JORGEel 01 sep 2010 a las 6:05 PM

    HOLA BUENOS TARDES AYUDAME POR FAVOR ME REBJAN $97 PESOS POR SEMANA SOY DE MONTERREY NUEVO LEON GANO POR SEMANA $1120
    AVECES ME REBAJAN MAS O ESTA CANTIDAD
    QUE PUEDO HACER PARA QUE VENGAN A CHECARLOS
    QUE ESTEN HACIENDO BIEN LAS COSA SY CUANTO DEBO PAGAR

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Jorge,

    Contestado en tu correo

    Reply

  322. @lbertel 01 sep 2010 a las 7:54 PM

    si debo cobrar $ 1,000.00 de arrendamiento, como debo llenar el recibo mensual con sus impuestos y retenciones………… que alguin me ayude porfis

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Albert,

    Importe 1,000.00
    16% de iva 160
    ret iva 106.66
    ret isr 100.00
    total 953.34

    Reply

  323. salvadorel 02 sep 2010 a las 1:03 PM

    saludos, ¿que tarifa debo ocupar para pagos esporadicos de asimilables a salarios??

    gracias

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Salvador,

    La tabla mensual del isr, para hacer tus descuentos, suponiendo que sea un pago mensual.

    Reply

  324. Marielael 05 sep 2010 a las 6:23 PM

    Hola Contador estudio contaduría en 3er semestre y me gustaria saber qué es lo más relevante del articulo 5, 5a, 5b, 5c y 5d de la LIVA para poder comentar en clase porque lo leo y lo leo y no se me pega nada :( Agradezco su ayuda y tiempo

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Mariela,

    5- Requisitos para el acreditamiento del iva
    5a- Ajuste de acreditamiento , caso especial de 5 fraccion V inciso D
    5b- Opcion referente al articulo 5 fraccion V inciso C y D
    5C-reglas de calculo de la proporcion del art 5 fraccion V inciso C y D
    5D-periodo de calculo, fecha de pago, y determinacion de pago

    Reply

  325. Eduardoel 06 sep 2010 a las 1:32 PM

    Hola Lic.
    Acabo de cumplir 60 años y quiero pensionarme, mi salario es de $263.00 diarios integrado $276.86 diarios (según datos que me proporcionaron).
    Mi pregunta es: ¿cuánto es lo que recibiría por mi pensión mensual ya que me dicen que me tendrían que descontar impuestos vivo en el D.F.? me comentarón que si me “amparo” no me descuentan nada ¿es verdad?

    Tambien me propusierón quedarme a trabajar con la empresa atraves de honorarios ¿puedo trabajar por honorarios despues de haber tramitado mi pension?

    Por favor ayudeme contador ya que no sé si aceptar la oferta de seguir trabajando por honorarios por temor a que no me den mi pensión.

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Eduardo,

    El monto de pension depende de los acumulados que tengas en tus cuentas de afore, y dependiendo del monto que te toque se checaria si te toca pagar impuestos o no.
    Y por lo de honorarios , si puedes trabajar de esa manera.

    Reply

  326. pepe coronael 06 sep 2010 a las 4:47 PM

    si cobro 90,000.00 de comision y me los descuentan por nomina, cuanto me quiterian de impuestos.

    Agradezco su orientacion

    Atentamente: Jose Corona Escobedo

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    pepe corona

    EL isr de 90,000 seria de 23,320.90

    Reply

  327. Marielael 06 sep 2010 a las 9:27 PM

    Gracias contador por su resumen de los articulos de IVA, me sirvieron mucho!

    Reply

  328. Miguel Angelel 07 sep 2010 a las 7:07 AM

    Hola, contador, yo trabajo en la sonda de campeche en plataforma pero siempre he tenido la duda si los calculos que hacen en la empresa son los correctos en lo del isr y el imss, me pagan catorcenalmente y a continuacion le explico parte de mi nomina, mi sueldo diario es de 427 pesos.
    PERCEPCIONES IMPORTE DEDUCCIONES IMPORTE
    SUELDO ORDINARIO x14 5978,00 I.S.R 972,35
    BONO DE ASISTENCIA 597,80 I.M.S.S. 179,40
    BONO DE PUNTUALIDAD 367,65 F.AHORRO 777,14

    Total 6.943,45 Total 1.928,89
    CANTIDAD NETA A PAGAR 5.014,56

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Miguel angel

    Pues el isr es correcto mi calculo varia por 7 centavos, y el imss me da menos pero no por mucho y lo hago calculando prestaciones minimas , tomando en cuenta que es pemex, las prestaciones son superiores a los de una empresa normal, y el factor de integracion es mayor en pemex, aun asi , la variacion es de 14 pesos

    Reply

    Miguel Angel contestó:

    Muchas Gracias contador por aclarar mis dudas,

    Reply

  329. dianael 07 sep 2010 a las 10:00 AM

    nececito saber cual es la formula para el pago provisional de persona moral y saber todos los elementos q la conforman y que toda la informacion este actualizada

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    diana,

    a partir del art 10 de la ley del isr ahi estan todos los conceptos y procedimientos.

    Reply

  330. roberto venturael 07 sep 2010 a las 1:08 PM

    Contador

    Yo trabajo como servidor publico en el estado de mexico y quisiera saber si existe alguna forma de recuperar este impuesto y cuales son los pasos a seguir, porque en una ocasion se presento a nuestra institucion un supuesto licenciado diciendo que el podia recuperarte los ultimos 5 años de este impuesto y como pago de sus honorarios solicitaba el 20% del total que en ocasiones llegaban a ser de 3,500 pesos, pidiendo un anticipo de 350 pesos para acelerar los tramites y unicamente estafo a varios de mis compañeros. Pero a mi me quedo la duda de que si era posible dicho tramite.

    De antemano gracias.

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    roberto ventura,

    Si se puede recuperar el impuesto, perooooooooooo, no todas las personas tienen saldo a favor, mayormente, tienen saldo a favor , cuando la empresa retiene isr de mas a los empleados y cuando los empleados , meten deducciones personales en la declaracion anual.

    Reply

  331. DIEGO NILAel 08 sep 2010 a las 1:16 PM

    Tengo una pregunta, hace una semana en donde trabajo pues gano muy poco a la quincena, y recibo comision es la que un poco me ayuda, pero estan obligandonos a darnos de alta en hacienda pero quiero saber si es legal, porque entiendo que ellos nos lo piden para hacer deducibles sus gastos, pero pues realmente no nos conviene a simple vista, quiero saber si pueden retener mi pago sino estoy registrado en hacienda (Solo como asalariado) pero nos lo piden para emitirles factura.
    ¿Pueden no pagarme aunque no se haya firmado asi el contrato?
    y
    ¿Realmente me conviene registrarme en hacienda aunque gane menos de 1,000 quicenales + comisiones ?

    Reply

    Robert Novelo contestó:

    Diego nila,

    Tu situacion es muy complicada, lo que me dices es que la empresa los esta contratando como si fueran honorarios, y ustedes estan aceptando, ahora bien , no se bajo que terminos hayan convenido la relacion laboral o la relacion de prestacion de servicios, pero pues eso es de mutuo acuerdo, lo de si te conviene o no , pues eso solo tu lo puedes saber, valorando si vas a tener que contratar contador o tu vas a hacer tus propios calculos y pagos.

    Reply

  332. estrellael 10 sep 2010 a las 9:35 AM

    Hola licenciado me da gusto encontrar su pagina y saber que existe alguien que puede ayudar a los demas.

    Podria ayudarme con las tablas de 2009 para el calculo del ISR no las he podido conseguir y las que bajo del SAT no les puedo entender cuales debo de usar para el calculo del Regimen intermedio con actividades empresariales personas fisicas No se si cambiaron en algo con las que se publicaron de 2010 o son diferentes o puedo usar las mismas de 2010 para calcular 2009 y actualizar mis calculos. GRACIAS

    Reply

  333. Dianael 10 sep 2010 a las 2:43 PM

    buenas tardes,quisiera saber el porcentaje en el 2010 de ISR para persona fisicas y personas morales

    Reply

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