Archivo de la categoria 'Declaracion anual'

abr 07 2010

Deducciones en la declaracion anual. Donativos

De igual manera se pueden deducir en la declaracion anual los donativos, siempre y cuando no sean onerosos ni remunerativos  y que cumplan las reglas generales que establezca el SAT y se den en los siguientes casos

  • A la federacion
  • A los estados
  • A los municipios
  • A organismos descentralizados
  • A organismos internacionales
  • A fundaciones, patronatos y demás entidades cuyo propósito sea apoyar económicamente las actividades de personas morales autorizadas para recibir donativos deducibles en los términos de la LISR
  • Las sociedades o asociaciones civiles, organizadas sin fines de lucro que se constituyan y funcionen en forma exclusiva para la realización de actividades de investigación o preservación de la flora o fauna silvestre, terrestre o acuática
  • Instituciones de asistencia o de beneficencia, autorizadas por las leyes de la materia, así como las sociedades o asociaciones civiles, organizadas sin fines de lucro y autorizadas para recibir donativos en los términos de esta Ley, que tengan como beneficiarios a personas, sectores, y regiones de escasos recursos; que realicen actividades para lograr mejores condiciones de subsistencia y desarrollo a las comunidades indígenas y a los grupos vulnerables por edad, sexo o problemas de discapacidad
  • Sociedades o asociaciones de carácter civil que se dediquen a la enseñanza, con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios en los términos de la Ley General de Educación, así como las instituciones creadas por decreto presidencial o por ley, cuyo objeto sea la enseñanza.
  • Sociedades o asociaciones de carácter civil dedicadas a la investigación científica o tecnológica que se encuentren inscritas en el Registro Nacional de Instituciones Científicas y Tecnológicas.
  • Las asociaciones y sociedades civiles, sin fines de lucro, que comprueben que se dedican exclusivamente a la reproducción de especies en protección y peligro de extinción y a la conservación de su hábitat, siempre que además de cumplir con las reglas de carácter general que emita el Servicio de Administración Tributaria, se obtenga opinión previa de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
  • Los programas de escuela empresa
  • A las asociaciones y sociedades civiles que otorguen becas y cumplan con los requisitos del artículo 98 de esta Ley.
  • Asociaciones o sociedades civiles, organizadas sin fines de lucro y autorizadas para recibir donativos, dedicadas a las siguientes actividades:

a) La promoción y difusión de música, artes plásticas, artes dramáticas, danza, literatura, arquitectura y cinematografía, conforme a la Ley que crea al Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, así como a la Ley Federal de Cinematografía.

b) El apoyo a las actividades de educación e investigación artísticas de conformidad con lo señalado en el inciso anterior.

c) La protección, conservación, restauración y recuperación del patrimonio cultural de la nación, en los términos de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos y la Ley General de Bienes Nacionales; así como el arte de las comunidades indígenas en todas las manifestaciones primigenias de sus propias lenguas, los usos y costumbres, artesanías y tradiciones de la composición pluricultural que conforman el país.

d) La instauración y establecimiento de bibliotecas que formen parte de la Red Nacional de Bibliotecas Públicas de conformidad con la Ley General de Bibliotecas.

e) El apoyo a las actividades y objetivos de los museos dependientes del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes.

El Servicio de Administración Tributaria publicará en el Diario Oficial de la Federación y dará a conocer en su página electrónica de Internet los datos de las instituciones a que se refieren los incisos b), c), d) y e) de esta fracción que reúnan los requisitos antes señalados.

Tratándose de donativos otorgados a instituciones de enseñanza serán deducibles siempre que sean establecimientos públicos o de propiedad de particulares que tengan autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios en los términos de la Ley General de Educación

El monto total de los donativos a que se refiere esta fracción será deducible hasta por una cantidad que no exceda del 7% de los ingresos acumulables que sirvan de base para calcular el impuesto sobre la renta a cargo del contribuyente en el ejercicio inmediato anterior a aquél en el que se efectúe la deducción, antes de aplicar las deducciones a que se refiere el presente artículo.

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abr 06 2010

Gastos personales en la declaracion anual. Gastos de Funerales

Gastos personales en la declaracion anual.

Gastos de Funerales

Una de las deducciones personales que tambien podemos hacer es la de gastos de funerales siempre y cuando no excedan de un salario minimo general elevado al año, siempre y cuando sean de:

  • conyugue o concubina(o)
  • Ascendientes en linea recta
  • Descendientes en linea recta

En el caso de las erogaciones para cubrir funerales en el futuro, se consideraran gastos funerales deducibles hasta el año de calendario en que se utilicen los servicios funerarios.

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abr 05 2010

Gastos personales en la declaracion anual. Gastos Medicos

Publicado por Robert Novelo en Declaracion anual

Anteriormente habiamos visto los gastos personales que se puede hacer en la declaracion anual, el primero de ellos los:

Gastos Medicos

Este rubro comprende

  • Honorarios Medicos
  • Honorarios Dentales
  • Gastos Hospitalarios
  • Compra de Aparatos para el restablecimiento o rehabilitacion del paciente
  • Renta de aparatos para la rehabilitacion o restablecimiento del paciente
  • Medicamentos que se incluyan en la hospitalizacion
  • Honorarios a enfermeras
  • Honorarios por Analisis
  • Estudios clinicos
  • Protesis
  • Lentes opticos graduados  para corregir defectos visuales

Consideraciones adicionales para deducir este rubro:

Los gastos pueden ser para el conyuge o concubino(a) asi como para ascendientes o descendientes en linea recta, siempre que no perciban mas de un salario minimo general elevado al año del area a la que correspondan :

Zona A—————-20,002.00

Zona B—————-19,439.90

Zona C—————-18,961.75

En relacion a los gastos por lentes  opticos graduados el monto maximo a deducir es de 2,500.00 por cada una de las personas señaladas anteriormente, siempre y cuando se describan las caracteristicas del lente en el comprobante, o en su defecto se cuente con el diagnosticon del oftalmologou optometrista.

En cuanto a los honorarios Medicos y dentales solo seran deducibles si en el comprobante:

  • se hace constar que quien presta el servicio cuenta con titulo profesional de medico o cirujano dentista
  • en su caso en el comprobante se manifiesta que se trata de una consulta medica, dental o cualquier otro termino similar
  • O quien expida el comprobante se ostente como profesional medico o ciruajno dentista

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mar 31 2010

Declaracion anual 2009, Deducciones

Continuando con la declaracion anual de asalariados, al go muy importante es las deduciones que se pueden realizar en este regimen, ya que dichas deducciones nos pueden disminuir el impuesto a pagar o incluso reflejar un saldo a favor.

Que puedo deducir

En la declaracion anual se pueden deducir

  • Los gastos medicos
  • Los gastos de funerales
  • Los donativos
  • Los intereses
  • Las aportaciones Complementarias de retiro
  • Las primas por seguros de gastos medicos
  • Los gastos destinados a la transportacion escolar
  • Los pagos efectuados por concepto de impuesto local

Continauremos con los requisitos especificos de cada concepto, en el siguiente post

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mar 30 2010

Declaracion anual 2009 Asalariados

Una de las situaciones por las que atraviesan los asalariados, es la posibilidad de tener que hacer la declaracion anual, esta semana trataremos todo acerca de la declaracion anual de asalariados, y el primer punto es saber:

Quienes estan obligados

  • Los Que ademas de los ingresos por salarios, obtengan otro tipo de ingresos ( arrendamiento, honorarios, reg. intermedio,etc)
  • Cuando se Comunique al patron que presentara por cuenta propia la declaracion anual. ( esto puede ser una buena opcion posteriormente lo veremos)
  • Cuando se deje de prestar servicios antes del 31 de diciembre ( en este caso de 2009)
  • Cuando se hubiesen prestado servicios a dos mas patrones en forma simultanea.
  • cuando se hubiesen obtenido ingresos por salarios de fuente de riqueza ubicada en el extranjero
  • Cuando se hubiesen obtenido ingresos por salarios de personas no obligadas a efectuar las retenciones del isr
  • cuando se obtengan ingresos por salarios superiores a 400,000.00 anuales

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mar 16 2010

Declarasat 2010

El 8 de marzo el SAT publica en su pagina el software DECLARASAT 2010, para presentar la declaracion anual 2009, asi que ya la pueden descargar y presentar.

DECLARASAT 2010

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mar 04 2010

Declaracion prellenada version 2010

El sat ha publicado el dia de hoy en su portal, que ya esta disponible la version 2010 de la declaracion prellenada para 2009, si te es factible puedes entrar al link de la declaracion prellenada 2010 y comenzar a llenar el formato en linea.

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may 09 2009

Otra nueva version del Declarasat 2009!!!!!

Pues con la novedad de que ya hay una nueva versión del declarasat en este caso la tercera versión de este programa, que este año nos lo han cambiado frecuentemente, la versión se subió al portal el 4 de mayo , sin embargo en asesoría señalan que fue el 1 de mayo, con el fin de queden en el plazo legal de la prorroga que vence el 1 de junio, ya en un post anterior comente acerca del requisito que tiene que cumplir hacienda de al menos un mes en la publicacion de formas autorizadas para la presentación de declaraciones, pero pues creo que es tiempo suficiente para cumplir.

Mientras aca esta el link directo del sat para que lo descarguen

LINK deshabilitado , por existir ya , el declarasat 2010

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abr 29 2009

Declarasat 2009 nueva version

Como muchos se habran dado cuenta, el declarasat vino con sus errores en especial en el calculo del IETU, pues la secretaria de hacienda publico el 21 de abril a las 12:15 una nueva version del declarasat, pero no avisaron ni hubo ningun comunicado de que ya habia una nueva version, pero lo que si publicaron es que se extendia el plazo para presentar la declaracion anual de personas fisicas por el virus de la influenza, hagame usted el favor, este es el comunicado oficial:

Comunicado de prensa núm. 33/2009

México D. F., 24 de abril de 2009

SE AMPLÍA AL 1 DE JUNIO EL PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN

DE LA DECLARACIÓN ANUAL

El Servicio de Administración Tributaria informa que las personas físicas tienen hasta el 1 de junio para presentar la declaración anual del ejercicio 2008.

A los contribuyentes que aún no la hayan presentado, se les invita a cumplir esta obligación através de Internet, utilizando la declaración pre llenada disponible en el Portal del SAT.

Si requieren asesoría para elaborar su declaración, en el Portal de Internet del SAT (www.sat.gob.mx) los contribuyentes pueden consultar toda la información necesaria, ingresar al servicio de chat o al servicio de orientación. También pueden llamar INFOSAT (01 800 46 36728) gratuito desde todo el país o ver los tutoriales en www.youtube.com/satmx.

Lo anterior como una medida preventiva, en concordancia con las acciones que está adoptando el Gobierno Federal en materia de salud, y a fin de evitar altas concentraciones de contribuyentes en los Módulos de Servicios Tributarios durante los últimos días de abril.”

Esta es la regla de la resolucion miscelanea que le da validez a la modificacion del plazo:

Sexta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2008.

“Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Sexta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2008 Con fundamento en los artículos 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 33, fracción I, inciso g) del Código Fiscal de la Federación, 14, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria y 3, fracción XX del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, se resuelve:

Unico. Respecto del Libro Primero, se adiciona la regla I.3.11.11. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2008, para quedar de la siguiente manera:

Ampliación de plazo para la presentación de declaración del ISR y IETU de personas físicas

I.3.11.11. Para efectos de los artículos 175, primer párrafo de la Ley del ISR y 7, primer párrafo de la Ley del IETU, se amplía el plazo hasta el 1 de junio de 2009, para que las personas físicas presenten su declaración del ejercicio fiscal de 2008.

LISR 175, LIETU 7

Transitorios

Unico. La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Atentamente

México, D.F., a 24 de abril de 2009.- El Jefe del Servicio de Administración Tributaria, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena.- Rúbrica.

Y si, todo parece indicar que los buena gentes del SAT nos dan mas plazo para las declaraciones por la contingencia de la influenza, pero que creen? no es asi , porque? se preguntaran la respuesta esta en el articulo 31 sexto parrafo del CFF que textualmente señala:

“Artículo 31. Quinto párrafo (Se deroga)

En los casos en que las formas para la presentación de las declaraciones y expedición de constancias, que prevengan las disposiciones fiscales, no hubieran sido aprobadas y publicadas en el Diario Oficial de la Federación por las autoridades fiscales a más tardar un mes antes de la fecha en que el contribuyente esté obligado a utilizarlas, los obligados a presentarlas deberán utilizar las últimas formas publicadas por la citada dependencia y, si no existiera forma publicada, las formularán en escrito que contenga su nombre, denominación o razón social, domicilio y clave del Registro Federal de Contribuyentes, así como el ejercicio y los datos relativos a la obligación que pretendan cumplir; en el caso de que se trate de la obligación de pago, se deberá señalar además el monto del mismo.”

Como ven no es que el SAT sea muy comprensivo, sino que unicamente cometieron un error lo modificaron y ampliaron el plazo para cumplir de acuerdo a la ley, y no olviden descargar la nueva version del Declarasat.

Hasta la proxima

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abr 22 2009

Declaracion 2008 Prellenada

Pues de las cosas que hace bien el sat hay una serie de videos y este es interesante ya que como estamos en temporada de declaraciones anuales, la declaracion prellenada es una ayuda invaluable sobre todo para los Asalariados obligados a presentar declaracion anual, y este video se refiere precisamente a eso.

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