Declaracion anual 2009 Asalariados

Una de las situaciones por las que atraviesan los asalariados, es la posibilidad de tener que hacer la , esta semana trataremos todo acerca de la de asalariados, y el primer punto es saber:

Quienes estan obligados

  • Los Que ademas de los ingresos por salarios, obtengan otro tipo de ingresos ( arrendamiento, honorarios, reg. intermedio,etc)
  • Cuando se Comunique al patron que presentara por cuenta propia la declaracion anual. ( esto puede ser una buena opcion posteriormente lo veremos)
  • Cuando se deje de prestar servicios antes del 31 de diciembre ( en este caso de 2009)
  • Cuando se hubiesen prestado servicios a dos mas patrones en forma simultanea.
  • cuando se hubiesen obtenido ingresos por salarios de fuente de riqueza ubicada en el extranjero
  • Cuando se hubiesen obtenido ingresos por salarios de personas no obligadas a efectuar las retenciones del isr
  • cuando se obtengan ingresos por salarios superiores a 400,000.00 anuales

Declarasat 2010

El 8 de marzo el SAT publica en su pagina el software 2010, para presentar la 2009, asi que ya la pueden descargar y presentar.

DECLARASAT 2010

Declaracion prellenada version 2010

El sat ha publicado el dia de hoy en su portal, que ya esta disponible la version 2010 de la declaracion prellenada para 2009, si te es factible puedes entrar al link de la declaracion prellenada 2010 y comenzar a llenar el formato en linea.

Otra nueva version del Declarasat 2009!!!!!

Pues con la novedad de que ya hay una nueva versión del en este caso la tercera versión de este programa, que este año nos lo han cambiado frecuentemente, la versión se subió al portal el 4 de mayo , sin embargo en asesoría señalan que fue el 1 de mayo, con el fin de queden en el plazo legal de la prorroga que vence el 1 de junio, ya en un post anterior comente acerca del requisito que tiene que cumplir hacienda de al menos un mes en la publicacion de formas autorizadas para la presentación de declaraciones, pero pues creo que es tiempo suficiente para cumplir.

Mientras aca esta el link directo del sat para que lo descarguen

LINK deshabilitado , por existir ya , el

Declarasat 2009 nueva version

Como muchos se habran dado cuenta, el vino con sus errores en especial en el calculo del IETU, pues la secretaria de hacienda publico el 21 de abril a las 12:15 una nueva version del , pero no avisaron ni hubo ningun comunicado de que ya habia una nueva version, pero lo que si publicaron es que se extendia el plazo para presentar la de personas fisicas por el virus de la influenza, hagame usted el favor, este es el comunicado oficial:

Comunicado de prensa núm. 33/2009

México D. F., 24 de abril de 2009

SE AMPLÍA AL 1 DE JUNIO EL PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN

DE LA DECLARACIÓN ANUAL

El Servicio de Administración Tributaria informa que las personas físicas tienen hasta el 1 de junio para presentar la declaración anual del ejercicio 2008.

A los contribuyentes que aún no la hayan presentado, se les invita a cumplir esta obligación através de Internet, utilizando la declaración pre llenada disponible en el Portal del SAT.

Si requieren asesoría para elaborar su declaración, en el Portal de Internet del SAT (www.sat.gob.mx) los contribuyentes pueden consultar toda la información necesaria, ingresar al servicio de chat o al servicio de orientación. También pueden llamar INFOSAT (01 800 46 36728) gratuito desde todo el país o ver los tutoriales en www.youtube.com/satmx.

Lo anterior como una medida preventiva, en concordancia con las acciones que está adoptando el Gobierno Federal en materia de salud, y a fin de evitar altas concentraciones de contribuyentes en los Módulos de Servicios Tributarios durante los últimos días de abril.”

Esta es la regla de la resolucion miscelanea que le da validez a la modificacion del plazo:

Sexta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2008.

“Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Sexta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2008 Con fundamento en los artículos 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 33, fracción I, inciso g) del Código Fiscal de la Federación, 14, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria y 3, fracción XX del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, se resuelve:

Unico. Respecto del Libro Primero, se adiciona la regla I.3.11.11. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2008, para quedar de la siguiente manera:

Ampliación de plazo para la presentación de declaración del ISR y IETU de personas físicas

I.3.11.11. Para efectos de los artículos 175, primer párrafo de la Ley del ISR y 7, primer párrafo de la Ley del IETU, se amplía el plazo hasta el 1 de junio de 2009, para que las personas físicas presenten su declaración del ejercicio fiscal de 2008.

LISR 175, LIETU 7

Transitorios

Unico. La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Atentamente

México, D.F., a 24 de abril de 2009.- El Jefe del Servicio de Administración Tributaria, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena.- Rúbrica.

Y si, todo parece indicar que los buena gentes del SAT nos dan mas plazo para las declaraciones por la contingencia de la influenza, pero que creen? no es asi , porque? se preguntaran la respuesta esta en el articulo 31 sexto parrafo del CFF que textualmente señala:

“Artículo 31. Quinto párrafo (Se deroga)

En los casos en que las formas para la presentación de las declaraciones y expedición de constancias, que prevengan las disposiciones fiscales, no hubieran sido aprobadas y publicadas en el Diario Oficial de la Federación por las autoridades fiscales a más tardar un mes antes de la fecha en que el contribuyente esté obligado a utilizarlas, los obligados a presentarlas deberán utilizar las últimas formas publicadas por la citada dependencia y, si no existiera forma publicada, las formularán en escrito que contenga su nombre, denominación o razón social, domicilio y clave del Registro Federal de Contribuyentes, así como el ejercicio y los datos relativos a la obligación que pretendan cumplir; en el caso de que se trate de la obligación de pago, se deberá señalar además el monto del mismo.”

Como ven no es que el SAT sea muy comprensivo, sino que unicamente cometieron un error lo modificaron y ampliaron el plazo para cumplir de acuerdo a la ley, y no olviden descargar la nueva version del Declarasat.

Hasta la proxima

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