Ley de ayuda alimentaria a trabajadores, un año de beneficios

ley de ayuda alimentariaEl pasado 19 de enero se cumplió un año de que entrara en vigor la en México, la cual garantiza incentivos fiscales a los empresarios que proporcionen este beneficio a sus empleados, con el objetivo de que tanto los trabajadores como sus familias, puedan acceder a mejores condiciones alimenticias sin impacto para su economía.

Recientemente, la Organización de las Naciones Unidas hizo una recomendación para que en México, el salario mínimo garantice la alimentación de los trabajadores.

Al respecto, es importante señalar que la Ley de Ayuda Alimentaria toma en cuenta entre otros factores, la importancia de mejorar la economía familiar de los trabajadores, toda vez que más del 30 por ciento del ingreso familiar suele destinarse precisamente al gasto en alimentación.
Por otra parte, los incentivos fiscales para la parte patronal consisten en que los gastos en que incurran las empresas para otorgar este beneficio, sean deducibles tanto del impuesto sobre la renta (ISR) como del Impuesto Empresarial a Tasa Única (), pues las Leyes que rigen dichas cargas impositivas consideran no gravable ese tipo de ayuda.

El incentivo fiscal se aplica tanto a los alimentos que se proporcionen a través de comedores empresariales o industriales, como a aquellos que se entreguen a través de terceros, ya sean restaurantes o vales de comida.

Dicho criterio también alcanza a la ayuda alimentaria que se otorgue a través de canastillas o vales de despensa, sin que ello represente algún tipo de gravamen para la parte patronal o para los propios empleados beneficiados con la prestación.

Al ser la Ley de Ayuda Alimentaria de aplicación voluntaria, no genera obligatoriedad para la parte patronal, no obstante, su principal objetivo es mejorar la calidad de vida de los trabajadores en beneficio del país, mediante una alimentación sana, balanceada y nutritiva, que reduzca las enfermedades relacionadas con la obesidad y el sobrepeso.

María del Pilar Martínez / El Economista

Nuevo criterio normativo-Deducción de gastos de ayuda alimentaria para los trabajadores

ayuda alimentariaDeducción de gastos de ayuda alimentaria para los trabajadores.

El artículo 5 de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única dispone que los contribuyentes sólo podrán efectuar las deducciones autorizadas en dicha Ley y que éstas deberán reunir los requisitos señalados en ella.
Por su parte, el artículo 13 de la para los Trabajadores, señala que los gastos en los que incurran los patrones para proporcionar servicios de comedor a sus trabajadores, así como para la entrega de despensas o de vales para despensa o para consumo de alimentos en establecimientos, serán deducibles en los términos y condiciones que se
establecen en la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única.

En consecuencia, en el cálculo del impuesto empresarial a tasa única solo podrá efectuarse la deducción de aquéllos conceptos que se encuentren expresamente autorizados en el artículo 5 de la Ley en cita

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