Determinacion de la prima de riesgo 2012

Calculo de la prima de riesgo 2012determinacion de la prima de riesgo 2012

Recuerda que en febrero de 2012 debes presentar la Determinación de la Prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo de tu empresa.

Si eres patrón y tuviste trabajadores a tu cargo, y no cambiaste de actividad económica del 1° de enero al 31 de diciembre de 2011, revisa tu Prima del Seguro de Riesgos de Trabajo 2012.

Si al calcularla es diferente a la del año anterior, SI estás obligado a presentarla.

Si te encuentras en la prima mínima y tus trabajadores no sufrieron accidentes o enfermedades de trabajo durante el año, NO estás obligado.

¿Cómo puedes presentar tu Determinación de prima de 2012?

  • En la ventanilla de la Oficina Administrativa del IMSS que te corresponda.Obtén la aplicación para elaborar la Determinación de la Prima del Seguro de Riesgos de Trabajo ingresando a esta página, captura los datos generales de la empresa y la siniestralidad laboral en las plantillas de la Determinación (carátula y relación de casos de riesgos de trabajo terminados),genera el archivo electrónico (NUEVO) siguiendo las instrucciones contenidas en la “• Manual de usuario del nuevo formato electrónico para la presentación  de la determinación anual de la prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo 2012. ” disponible en esta página, imprime el formato en original y copia, y presenta tanto el archivo electrónico como el formato impreso.
  • Por internet (IDSE)

    Genéralo mediante el Sistema Único de Autodeterminación (SUA versión 3.3.2) y envíalo por internet a través de IDSE (IMSS desde su empresa) utilizando tu certificado digital.

Descargar Material de Apoyo

  • Manual de usuario del nuevo formato electrónico para la presentación  de la determinación anual de la prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo 2012.» Archivo pdf
  • Archivo en Excel para la elaboración de la Determinación de la Prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo 2012 (NUEVA FUNCIONALIDAD)»  Archivo pdfConsideraciones importantes para el correcto funcionamiento de este archivo:
    • Este archivo ha sido desarrollado en Microsoft® Office Excel, por lo que se recomienda ampliamente utilizar Sistemas Operativos Microsoft® Windows (XP, Vista, 7) así como Office en sus versiones 2000, XP, 2003 y preferentemente 2007 o 2010 para garantizar su correcto funcionamiento.
    • Descargue y guarde este archivo en el disco duro de su equipo y ábralo. Después de abierto, es indispensable “Habilitar Macros”.
    • No se garantiza el correcto funcionamiento en Sistemas Operativos como MAC, Linux, Solaris, etc., así como tampoco en hojas de cálculo como Calc, Numbers, etc.

    Verifica la configuración de tu equipo de cómputo como sigue:

  • Usuarios con Sistema Operativo Microsoft® Windows:
    La configuración regional en el Sistema Operativo Microsoft® Windows, debe estar en “Español (México)”
  • Usuarios con versiones de Microsoft® Office 2000, XP, 2003:
    Si la versión del programa Microsoft® Excel con la que cuentas es inferior a 2007, el nivel de seguridad debe estar en el nivel medio. Selecciona en el menú: [Herramientas>Macro>Seguridad>Medio>Aceptar]
  • Usuarios con versiones de Microsoft® Office 2007 y 2010:
    Si la versión del programa Microsoft® Excel con la que cuentas es 2007 o posterior, realiza los siguientes pasos en Microsoft® Excel:
  • 1. Oprime el botón de “Microsoft® Office”,
  • 2. Oprime el botón “Opciones de Excel”,
  • 3. Selecciona la categoría “Centro de confianza”,
  • 4. Oprime el botón “Configuración del Centro de confianza…”,
  • 5. Selecciona la categoría “Configuración de macros”,
  • 6. Selecciona la opción “Habilitar todas las macros” y habilita la casilla “Confiar en el acceso al modelo de objetos de proyectos de VBA”,
  • 7. Oprime el botón “Aceptar” en las dos pantallas siguientes.
  • Usuarios con versiones de OpenOffice.org:
    Este archivo NO es compatible con ninguna versión de OpenOffice, por lo que no se recomienda utilizarlo en Calc, ya que los resultados de cálculo pueden ser incorrectos, por lo que no se recomienda utilizarlo en Calc, ya que los resultados de cálculo pueden ser incorrectos.

 

I. Aspectos generales a considerar para el llenado del formato “Determinación de la Prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo Derivada de la Revisión Anual de la Siniestralidad”

La Ley del Seguro Social establece a los patrones la obligación de revisar anualmente su siniestralidad, considerando para el efecto, los casos de riesgos de trabajo terminados durante el período comprendido entre el 1º de enero y el 31 de diciembre 2011, para presentar al Instituto Mexicano del Seguro Social durante el mes de febrero de 2012, los formatos que menciona el Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización.

- El formato establecido por el Instituto para el cumplimiento de esta obligación, denominado “Determinación de la Prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo Derivada de la Revisión Anual de la Siniestralidad”, consta de dos fojas útiles CLEM- 22 y CLEM- 22A, Carátula y Relación de casos de riesgos de trabajo terminados, respectivamente.

-      Para el llenado de los datos en que haya casillas, ocupe una para cada letra o número.

- Numere las hojas de que conste la determinación, es decir, la carátula del formato siempre será “1” y por cada una de las que se utilicen para la Relación de Casos de Riesgos de Trabajo Terminados, se asignará número consecutivo.

Ejemplo:

HOJA 1 DE 3

- Verifique que los datos proporcionados sean correctos, teniendo especial cuidado con los relativos a la identificación de la empresa, como son: registro patronal y nombre, denominación o razón social.

- La determinación que se presente impresa en las Oficinas Administrativas del IMSS, deberá contener nombre y firma del patrón o sujeto obligado o de su representante legal, así como el sello de la empresa, en caso de contar con él. Sin la firma, el documento carece de validez.

 

Aspectos específicos a considerar para determinar la prima en el seguro de riesgos de trabajo 2012

 

La información a declarar será aquélla que corresponda a los casos de riesgos de trabajo terminados durante el período de revisión y sus consecuencias, como son:

  • número de seguridad social,
  • clave única de registro de población,
  • nombre del asegurado,
  • indicador de recaída o revaluación,
  • fecha del accidente o enfermedad de trabajo,
  • tipo de riesgo,
  • días subsidiados por incapacidad temporal,
  • porcentaje de valuación por incapacidad permanente parcial o total,
  • defunción y
  •   fecha del alta médica.
  • Se deberá entender que un riesgo de trabajo ha terminado, cuando el trabajador siniestrado sea dado de alta y haya concluido el período de incapacidad temporal; sedetermine el inicio de una incapacidad permanente; o sobrevenga la muerte durante el período de revisión
  • Para efectos de determinar la prima no se tomarán en cuenta para la siniestralidad de las empresas, los accidentes que ocurran a los trabajadores al trasladarse de su domicilio al centro de labores o viceversa.
  • Cuando el trabajador que sufriere un riesgo de trabajo haya sido dado de alta y posteriormente sufra una recaída con motivo del mismo accidente, para efecto de determinar la prima, la recaída no se considerará como caso de riesgo de trabajo, pero sí se considerarán sus consecuencias, incidiendo únicamente para precisar el valor de la variable “S” (total de días subsidiados a causa de incapacidad temporal), que se identifica con el número 4 en el formato CLEM-22.
  • Cuando por la evolución del padecimiento se incremente el porcentaje de valuación de una incapacidad permanente parcial del trabajador (revaluación), para efecto de determinar la prima, tal incremento no se tomará como caso de riesgo de trabajo, incidiendo únicamente para precisar el valor de la variable “I” (suma de porcentajes de las incapacidades permanentes parciales y totales), que se menciona en el punto número 4 del formato CLEM-22.
  • Cuando la empresa tenga asignados diversos números de registro patronal en un mismo municipio o en el Distrito Federal, para el cálculo de la prima se tomarán los riesgos de trabajo sufridos por todo el personal de la empresa en un mismo municipio o en el Distrito Federal. Tratándose de patrones personas físicas la información se presentará por cada registro patronal asignado

Si durante el período de revisión la empresa reanuda labores en la misma actividad, dentro del lapso de seis meses o menos, respecto a la fecha de la baja, deberá presentar la determinación correspondiente; si el tiempo transcurrido entre la baja y la reanudación de actividades es mayor a seis meses, se eximirá a la empresa de presentar la determinación.

  • Cuando un patrón deje de tener trabajadores a su servicio durante más de seis meses y no haya comunicado baja patronal, al reanudar la relación obrero-patronal, será colocado en la prima media de la clase que corresponda a su actividad.  Si el período fuera de seis meses o menos será colocado en la prima en que venía cubriendo sus cuotas, siempre y cuando conserve la misma actividad.

Aspectos relevantes a considerar para la presentación del formato “Determinación de la Prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo 2012 Derivada de la Revisión Anual de la Siniestralidad”

Se eximirá a la empresa de la obligación de presentar ante el IMSS la “Determinación de la Prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo 2012 Derivada de la Revisión Anual de la Siniestralidad”, cuando:

• La nueva prima determinada resulte igual a la del período anterior.

• Se haya dado de alta ante el IMSS o modificado su actividad durante el período comprendido entre el 2 de enero y el 31 de diciembre del año que corresponda al período de revisión.

• Exista una reanudación y conserve la misma actividad durante el período que se revisa y haya transcurrido un tiempo mayor a seis meses entre ésta y la fecha de la baja.

- A la empresa que estando obligada a presentar ante el IMSS la determinación respectiva durante el período establecido y no lo hiciere, le será notificada de oficio una Resolución de Determinación de la Prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo.

Conforme al artículo 72 de la Ley del Seguro Social, último párrafo “Las empresas de menos de 10 trabajadores, podrán optar por presentar la declaración anual correspondiente o cubrir la prima media que les corresponda conforme al reglamento, de acuerdo al artículo 73 de esta Ley”.

El Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización, en su Artículo 33, fracciones I, II y III, dispone los supuestos en los que el Instituto podrá rectificar o determinar la prima de un patrón, mediante resolución, que se notificará a éste o su representante legal.

La Ley del Seguro Social, en sus artículos 304 A, fracción XV y 304 B, fracción III, dispone las infracciones y los importes de las sanciones, respectivamente, para patrones que estando obligados no presenten su determinación, lo hagan extemporáneamente o con datos falsos o incompletos.

Prorroga oficial de la declaracion de Riesgo de trabajo 2011

determinacion de riesgo de trabajoAyer comentabamos  que mediante twitter el director General del imss Daniel Karam Toumeh, nos informa que debido a las fallas del sistema de recepcion de la declaracion de  2011, y dicha declaracion se podria presentar hasta el viernes 4 de marzo de 2011.

Hoy en el diario oficial de la federacion, mediante acuerdo del imss, se publica de manera oficial la prorroga, cuya plazo sera el 7 de marzo de 2011 para presentarla.

ACUERDO por el que se amplía el plazo que tienen los patrones para presentar la información con base a la cual determinarán la prima correspondiente para efectos del pago de sus cuotas en el Seguro de Riesgos de Trabajo.

Al margen un logotipo, que dice: Instituto Mexicano del Seguro Social.- Dirección General.

ACUERDO POR EL QUE SE AMPLIA EL PLAZO QUE TIENEN LOS PATRONES PARA PRESENTAR LA INFORMACION CON BASE A LA CUAL DETERMINARAN LA PRIMA CORRESPONDIENTE PARA EFECTOS DEL PAGO DE SUS CUOTAS EN EL SEGURO DE RIESGOS DE TRABAJO.
DANIEL KARAM TOUMEH, Director General del Instituto Mexicano del Seguro Social, con fundamento en los artículos 3, fracción I y 45, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 59, fracciones V y XIV, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 5, 251, fracciones I, IV, VIII y XXXVII, 268, fracciones IX y XII, 270 y 271, de la Ley del Seguro Social; así como 66, fracción XVI, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, y
CONSIDERANDO
Que conforme a lo dispuesto en los artículos 74, de la Ley del Seguro Social, y 32, fracción V, del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización, los patrones están obligados a revisar anualmente su siniestralidad relativa al año inmediato anterior, para determinar si permanecen en la misma prima del Seguro de Riesgos de Trabajo, o si ésta se disminuye o aumenta;
Que para cumplir con esta obligación, durante el mes de febrero de cada año los patrones deben presentar los formatos impresos o el dispositivo magnético generado por el programa informático que el Instituto autorice, en donde se harán constar los casos de riesgos de trabajo terminados durante el año, precisando la identificación de los trabajadores y las consecuencias de cada riesgo, así como el número de trabajadores promedio expuestos al riesgo dados en razón de la mecánica bajo la cual efectúen los pagos de cuotas. Además, de que los patrones determinarán, con base en los datos proporcionados al Instituto, la prima correspondiente y, conforme a la misma, cubrirán sus cuotas del Seguro de Riesgos de Trabajo;
Que la herramienta informática desarrollada por el Instituto para estos efectos, consiste en un módulo que forma parte del Sistema de Autodeterminación de Cuotas (SUA), mediante el cual los patrones registran las secuelas derivadas de riesgos de trabajo, para que previo al periodo de presentación, se genere un archivo con los resultados de la revisión de la siniestralidad patronal, el cual es enviado cada año al Instituto a través del Sistema ”IMSS Desde Su Empresa” (IDSE);
Que el día 25 de febrero de 2011, se presentó una afectación operativa en la recepción de la información a través del IDSE, con base en la cual los patrones determinarán la prima correspondiente para efecto del pago de sus cuotas en el Seguro de Riesgos de Trabajo, debido a que la capacidad instalada del Instituto fue superada, obstaculizando de esta manera la recepción de dicha información. Los días 26 y 27 de febrero de 2011, el Instituto trabajó en la solución de esta problemática, y fue hasta el día 28 del mismo mes y año, cuando se logró recuperar toda la información correspondiente a 11,283 movimientos registrados el día de la falla en el sistema y, una vez restablecida la base de datos con la información generada, se reiniciaron los servicios en su totalidad;
Que debido a esta circunstancia, se estima que aproximadamente 53,600 patrones pudieron verse imposibilitados para cumplir con su obligación, en razón de que los días en que se dio la problemática eran inhábiles y no podían hacerlo en forma presencial en las subdelegaciones del Instituto;
Que de conformidad con la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, la Administración Pública Federal tiene facultades para, de oficio o a petición de parte interesada, ampliar los términos y plazos establecidos, sin que dicha ampliación exceda en ningún caso de la mitad del plazo previsto originalmente,cuando así lo exija el asunto y no se perjudiquen los derechos de los interesados o de terceros, he tenido a bien expedir el siguiente.
ACUERDO
ARTICULO UNICO.- Se amplía el plazo al día 7 de marzo de 2011, que tienen los patrones para presentar los formatos impresos o el dispositivo magnético generado por el programa informático ”IMSS Desde Su Empresa” (IDSE), y determinar, con base en los datos proporcionados al Instituto, la prima correspondiente conforme a la cual cubrirán sus cuotas del Seguro de Riesgos de Trabajo.
TRANSITORIOS
Unico- El presente Acuerdo surtirá sus efectos el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, el primer día del mes de marzo de dos mil once.- El Director General del Instituto Mexicano del Seguro Social,Daniel Karam Toumeh.- Rúbrica.

Prima de riesgo podra ser presentada hasta el 4 de marzo de 2011

Mediante un tweet el director General del imss Daniel Karam Toumeh, nos informa que debido a las fallas del sistema de recepcion de la declaracion de 2011, dicha declaracion se podra presentar hasta el viernes 4 de marzo de 2011.

He aqui la captura.

 

determinacion de prima de riesgo

 

 

 

 

 

 

Determinacion de la prima de riesgo de trabajo de 2011

determinacion de prima de riesgo 2011Cada año las empresas tienen la obligacion de revisar su siniestralidad , para determinar la prima de en este caso , del ejercicio 2010 para ver si continuan con la misma prima o para  aplicar la nueva partir de marzo 2011, el plazo para presentarlo es a mas tardar el 28 de febrero de 2011

Aqui tienes la informacion proporcionada por el imss, para cumplir con dicha obligacion:

  • Instructivo para la elaboración y presentación de la Determinación de la Prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo
  • Guía para la generación de la Determinación de la Prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo por medio del SUA
  • Archivo en Excel para la elaboración de la Determinación de la Prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo
  • Aspectos Relevantes

    Se eximirá a la empresa de la obligación de presentar ante el IMSS la “Determinación de la Prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo Derivada de la Revisión Anual de la Siniestralidad”, cuando:

    • La nueva prima determinada resulte igual a la del período anterior.
    • Se haya dado de alta ante el IMSS o modificado su actividad durante el período comprendido entre el 2 de enero y el 31 de diciembre del año que corresponda al período de revisión.
    • Exista una reanudación y conserve la misma actividad durante el período que se revisa y haya transcurrido un tiempo mayor a seis meses entre ésta y la fecha de la baja.
    • A la empresa que estando obligada a presentar ante el IMSS la determinación respectiva durante el período establecido y no lo hiciere, le será notificada de oficio una Resolución de Determinación de la Prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo.
    • Conforme a lo dispuesto en el último párrafo del artículo 72 de la Ley del Seguro Social, “Las empresas de menos de 10 trabajadores, podrán optar por presentar la declaración anual correspondiente o cubrir la prima media que les corresponda conforme al reglamento, de acuerdo al artículo 73 de esta Ley”.

    Declaracion y determinacion de la prima de Riesgos de Trabajo imss 2010 ( Quinta y Ultima Parte)

    Ya para terminar esta serie dedicada a la Declaracion de Riesgos de Trabajo, el Imss pone a nuestra disposicion cada año unas ayudas para simplificar dicha tarea, para lo cual tenemos dos opciones:

    Generar a travez del sua la determinacion de la prima de riesgo, y posteriormente enviarla a travez del IDSE,para lo cual nos proporcionan una guia

    Los links de abajo han sido desactivados!

    Generarla a travez de un archivo de excel e imprimirlo posteriormente

    De la misma manera nos proporciona un instructivo para la elaboracion

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