Pago referenciado para personas fisicas con ingresos superiores a 250 mil pesos
El servicio de administración tributaria, informa en su portal que a partir de la declaración del mes de octubre las personas fisicas con ingresos superiores a 250 mil pesos, estaran obligadas a declarar en el sistema de declaraciones y pagos y/o pago referenciado, esta noticia sorprende ya que se esperaba que se tardara un poco mas en pasar a este universo de personas, pero al parecer, ya falta menos para que todos los contribuyentes declaren mediante el sistema de pago referenciado.
El siguiente es el comunicado:
A partir de noviembre, las personas físicas que en el último ejercicio fiscal declarado manifestaron ingresos totales superiores a 250,000 pesos deben utilizar el Servicio de Declaraciones y Pagos para presentar los pagos provisionales y definitivos correspondientes a octubre de 2012 y subsecuentes.
Se le invita a verificar con su Clave de Identificación Electrónica Confidencial (CIEC) su acceso al servicio en Mi portal: Pago referenciado.
Si aún no cuenta con su CIEC obténgala lo más pronto posible.
Las personas físicas que no se encuentren obligadas pueden optar por presentar sus declaraciones de octubre y subsecuentes con este servicio; sin embargo, una vez que elijan esta la opción para declarar no pueden cambiar a otra durante el mismo ejercicio fiscal.
El pago referenciado, es una mejor manera de declarar y pagar impuestos, con el cual los contribuyentes primero envían la declaración al SAT a través de internet y en caso de resultar impuesto a pagar se genera la línea de captura para pagar en una institución bancaria
El pago referenciado sustituye al Esquema de Pagos Electrónicos y tiene las siguientes ventajas para los contribuyentes:
- Facilita el pago de impuestos en bancos al utilizar el servicio de depósito referenciado.
- Facilita la presentación de las declaraciones al utilizar una aplicación que calcula el impuesto y contiene ayuda en línea.
- Disminuye el tiempo de elaboración de las declaraciones complementarias debido a que presenta datos pre-llenados en la declaración.
- Elimina la presentación de la declaración informativa de razones por las cuales no se realiza el pago (aviso en cero) y la declaración de corrección de datos.
creo que hay un error en el comentario inicial, dice: El servicio de administracion tributaria, informa en su portal que a partir de septiembre…» pero creo que debe ser a partir de octubre porque el comunicado del SAT dice: «A partir de noviembre…,» que seria el pago de octubre que se presenta en noviembre.
muy buena esta pagina, me mantien informado… gracias al autor…