Como presentar una declaración Complementaria


Declaracion Complementaria guia para presentarla.

En ocasiones al momento de presentar una declaración ante el SAT, puede que cometamos ciertas equivocaciones ya sea por errores de captura o por datos que se desconocían al momento de la presentación de la declaración, que hacen que nuestra declaración presentada sea errónea.

En estos casos se pueden presentar declaraciones complementarias previstas en la legislación, estas declaraciones al presentarlas sustituyen los datos de las originales.

Que tipos de declaraciones complementarias hay?

  • Complementaria
  • Complementaria por corrección fiscal
  • Complementaria por dictamen
  • Complementaria esquema anterior

Complementaria Común

Esta declaración se presenta para corregir una declaración presentada de manera incorrecta que no está comprendida en alguno de los 3 siguientes casos de declaraciones complementarias.

Complementaria por corrección fiscal.

Cuando la autoridad fiscal inicie sus facultades de comprobación y el contribuyente tenga que corregir alguna de las declaraciones presentadas correspondiente al periodo de revisión.

Complementaria por dictamen

Cuando derivado del dictamen fiscal se deba corregir alguna declaración ya presentada correspondiente al ejercicio dictaminado.

Esquema anterior

Se podrán presentar declaraciones complementarias para corregir la declaración normal o complementarias anteriores que se presentaron mediante el esquema anterior de declaraciones y que correspondan a periodos por los cuales ya hayan presentado alguna declaración en el servicio de Declaraciones y Pagos.

 

Al presentar cada una de estas declaraciones complementarias se debe de seleccionar el tipo de acción que realiza la declaración complementaria:

  • Dejar sin efecto una obligación
  • Modificación de obligaciones
  • Obligación no presentada
  • Esquema anterior

La declaración complementaria de “Modificación de Declaración” deberá presentarse para modificar la información de una declaración previamente presentada o cuando el contribuyente no efectué el pago por la línea de captura dentro del plazo de vigencia.

En el caso de la declaración complementaria “Dejar sin efecto Declaración” se utilizará para eliminar en su totalidad una declaración o declaraciones previamente presentadas, por errores relativos al periodo de pago o concepto de impuesto declarado.

Respecto a la declaración complementaria de “Declaración no presentada“, se presentara cuando el contribuyente haya dejado de presentar, una o más obligaciones.

Declaracion complementaria

¿Cómo se presenta una declaración complementaria?

Hay que destacar que hay varios tipos de declaraciones complementarias que varía el proceso según la que se está complementando o corrigiendo.

Como podemos ver, existen 4 tipos de declaraciones complementarias:

  • Para corregir declaraciones por errores
  • Cuando se omitió declarar
  • Cuando no se realice el pago dentro del plazo señalado en la línea de captura
  • Cuando se modifiquen datos relacionados con la determinación de impuestos o pago

Los pasos para emitir una declaración complementaria son:

  1. Ingresa al sitio del SAT.
  2. Elige la opción “Declaraciones”
  3. Selecciona “Presenta tus pagos provisionales o definitivos”
  4. Escribe tu contraseña y RFC.
  5. Elige “Presentación de la declaración”.
  6. Selecciona el tipo de periodicidad de la declaración a corregir
  7. Selecciona el ejercicio y periodo
  8. Selecciona “Complementaria” en tipo de declaración.
  9. Elige el tipo de complementaria que quieres presentar. Haz Click en siguiente.
  10. Selecciona la obligación a corregir y haz click en siguiente
  11. Llena la declaración con los datos correctos y haz click en enviar declaración.

A continuación veremos cada una en detalle.

¿Cuántas declaraciones complementarias se pueden realizar?

De acuerdo al artículo 32 del CFF se pueden realizar hasta tres modificaciones a las declaraciones presentadas, sin embargo se podrán modificar en más de 3 ocasiones cuando:

  • Sólo se incrementen sus ingresos o el valor de sus actos o actividades.
  • Sólo disminuyan sus deducciones o pérdidas o reduzcan las cantidades acreditables o compensadas o los pagos provisionales o de contribuciones a cuenta.
  • Si la presentación de la declaración que modifica a la original se establezca como obligación por disposición expresa de Ley.
  • Cuando se trate de modificación de obligaciones y únicamente se modifiquen las cantidades de actualizaciones y recargos.
  • Cuando se trate de complementaria por dejar sin efecto obligación.
  • Cuando se trate de complementaria por obligación no presentada.

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