Se da a conocer la siguiente tesis aislada pendiente de publicarse en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta:
RENTA Y EMPRESARIAL A TASA ÚNICA. CRITERIOS QUE PERMITEN IDENTIFICAR MECANISMOS DE
COMPLEMENTARIEDAD ENTRE AMBOS IMPUESTOS. Cuando la SCJN conoce de un caso en el cual es posible acreditar la
complementariedad entre el ISR y el IETU, es necesario determinar que los mecanismos inherentes a dichos gravámenes deben atender a los siguientes criterios:
a) el de hacer tributar, a través del sistema complementario establecido entre ambos gravámenes, a quienes no estaban pagando impuesto sobre la renta;
b) el de permitir que quien efectivamente esté pagando impuesto sobre la renta no tenga que verse necesariamente obligado a pagar el impuesto empresarial a tasa única, justamente en la medida en la que ya cubre el primero de dichos gravámenes;
c) el de conservar una relación proporcionada y razonable entre el impuesto empresarial a tasa única causado y el impuesto sobre la renta acreditable, a la luz de la intención de constituir al primero de ellos como un mecanismo de control del segundo, en los casos en los que los mismos conceptos generen ambas contribuciones; y,
d) el de provocar la menor afectación económica posible con el establecimiento del impuesto empresarial a tasa única.
Fuente IMCP