Las personas que retienen impuestos a terceros, además de enterar el impuesto, deben cumplir oportunamente con otras obligaciones fiscales, con lo cual además de evitarse requerimientos y sanciones, contribuyen a que las personas a las cuales le retuvieron impuestos cuenten con la información que requieren para presentar su Declaración Anual y en su caso, para que se les devuelvan oportunamente sus saldos a favor.A les informamos las principales obligaciones y la forma de cumplirlas.
- Entregar constancias de remuneraciones cubiertas
- Calcular el ISR anual de los trabajadores
- Presentar declaración informativa (DIM)
- Inscribir a los trabajadores
- Solicitar, a más tardar dentro del mes siguiente a aquél en que se inicie la prestación del servicio, en su caso, constancia de remuneraciones cubiertas y de retenciones efectuadas en el año por otros patrones a los trabajadores que contraten.
- Solicitar al trabajador, antes de que se efectúe el primer pago, escrito en el que notifique si presta servicios a otro empleador y éste le aplica el subsidio para el empleo, a fin de que ya no se le aplique nuevamente
- Expedir constancias de remuneraciones cubiertas y de retenciones efectuadas, en los casos de retiro del trabajador dentro del mes siguiente a aquél en que ocurra la separación.
- Entregar, cuando corresponda, el subsidio para el empleo a los trabajadores conjuntamente con el pago de su salario.
- Proporcionar a los trabajadores, en su caso, a más tardar el 15 de febrero del año siguiente, constancia del total de viáticos pagados en el año, cuando se eroguen en servicio del patrón y se compruebe con documentación que reúna requisitos fiscales.