Calculo isr 2013 de Salarios y/o Asalariados
Uno de los cálculos básicos que se realizan en materia fiscal, es el calculo del isr de salarios, asi que en esta ocasion, realizaremos un caso practico de calculo del isr de salarios o como aun muchos lo conocen calculo de ispt para 2013.
Los patrones, ya sean personas físicas o morales, tienen la obligación de realizar el calculo del isr de salarios, este es el que se le retiene a cada trabajador, esta obligación esta plasmada en el articulo 113 de la ley el impuesto sobre la renta .
Artículo 113. Quienes hagan pagos por los conceptos a que se refiere este Capítulo están obligados a efectuar retenciones y enteros mensuales que tendrán el carácter de pagos provisionales a cuenta del impuesto anual. No se efectuará retención a las personas que en el mes únicamente perciban un salario mínimo general correspondiente al área geográfica del contribuyente.
La retención se calculará aplicando a la totalidad de los ingresos obtenidos en un mes de calendario, la siguiente tabla :
Tabla isr 2013 mensual
LIMITE INFERIOR | LIMITE SUPERIOR | CUOTA | EXCEDENTE |
---|---|---|---|
0.01 | 496.07 | 0 | 1.92 |
496.08 | 4,210.41 | 9.52 | 6.4 |
4210.42 | 7,399.42 | 247.23 | 10.88 |
7399.43 | 8,601.50 | 594.24 | 16 |
8601.51 | 10,298.35 | 786.55 | 17.92 |
10298.36 | 20,770.29 | 1,090.62 | 21.36 |
20770.3 | 32,736.83 | 3,327.42 | 23.52 |
32736.84 | 99,999,999.00 | 6,141.95 | 30 |
Adicionalmente requerimos la tabla de Subsidio al empleo 2013 cuyo fundamento lo podemos encontrar en el articulo octavo transitorio:
ARTÍCULO OCTAVO. Se otorga el subsidio para el empleo en los términos siguientes:
I. Los contribuyentes que perciban ingresos a que se refieren el primer párrafo o la fracción I del artículo 110 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, excepto los percibidos por concepto de primas de antigüedad, retiro e indemnizaciones u otros pagos por separación, gozarán del subsidio para el empleo que se aplicará contra el impuesto que resulte a su cargo en los términos del artículo 113 de la misma Ley. El subsidio para el empleo se calculará aplicando a los ingresos que sirvan de base para calcular el impuesto sobre la renta que correspondan al mes de calendario de que se trate, la siguiente:Tabla subsidio al empleo 2013
Limite Inferior | Limite superior | Subsidio al empleo |
---|---|---|
0.01 | 1,768.96 | 407.02 |
1,768.97 | 2,653.38 | 406.83 |
2,653.39 | 3,472.84 | 406.62 |
3,472.85 | 3,537.87 | 392.77 |
3,537.88 | 4,446.15 | 382.46 |
4,446.16 | 4,717.18 | 354.23 |
4,717.19 | 5,335.42 | 324.87 |
5,335.43 | 6,224.67 | 294.63 |
6,224.68 | 7,113.90 | 253.54 |
7,113.91 | 7,382.33 | 217.61 |
7,382.34 | En adelante | 0 |
Para realizar el calculo isr 2013 para salarios o asalariados, requerimos saber las prestaciones gravadas para el isr para obtener la base gravable, una vez ya que tengamos la base gravable, aplicamos el procedimiento que se describe a continuacion:
Trabajador A | Trabajador B | Trabajador C | ||
---|---|---|---|---|
Salario diario | 65.00 | 150.00 | 200.00 | |
X | Dias Promedio | 30.4 | 30.4 | 30.4 |
Igual | Base | 1,976.00 | 4,560.00 | 6,080.00 |
- | Limite Inferior | 496.08 | 4,210.42 | 4,210.42 |
Igual | Excedente | 1,479.92 | 349.58 | 1,869.58 |
X | Porcentaje | 6.4 | 10.88 | 10.88 |
Igual | Impuesto Marginal | 94.71 | 38.03 | 203.41 |
+ | Cuota Fija | 9.52 | 247.23 | 247.23 |
Igual | Impuesto | 104.23 | 285.26 | 450.64 |
- | Subsidio para el empleo | 406.83 | 354.23 | 294.63 |
Igual | Impuesto subsidiado | -302.6 | -68.97 | 156.01 |
Subsidio al | Subsidio al | Isr a pagar | ||
Empleo | Empleo |
Para este caso practico hemos utilizado 3 salarios:
Trabajador A 65.00
Trabajador B 150.00
Trabajador C 200.00
Los salarios se elevaron al mes, para poder aplicar la tabla mensual del isr 2013, sin embargo se pueden elevar a la semana o a la quincena, para hacer los calculos de esos periodos.
Si requieres las tablas del isr 2013 mensuales, quincenales, decenales, semanales, o diarias, puedes consultarlo en tablas isr 2013
Fuente Sat
Contador mis dudas son las siguientes: En el caso de ocupar las tarifas semanales, estoy obligado de todas formas a ajustarme a la tarifa mensual del art 113 al finalizar el mes? Y por otra parte, en el caso de nóminas catorcenales, es correcto si empleo las tablas semanales y las elevó por dos para calcular el impuesto?
Buenas noches
Contador tengo una duda en mi trabajo tenemos prestaciones de prevision social antes del mes de diciembre del 2012 no nos cobraban impuesto por este concepto .
según me explicaron se estan basando en el art.109 penultima fracción ,pero yo creo me estan calculando mal el impuesto ,ya que el importe de mis prest. de prev. social en Abril fueron de 2,517.50 a esta cantidad le deducen 1 sal. min. elev. al mes 1,942.80 y sobre $ 574.70 me calculan el impuesto adicional a los ingresos gravables normales ,pienso que para comparar si excedí los 7 salarios minimos estos los tienen que elevar al mes y entonces comparar . o sea 13,599.60 Vs 2517.50 x lo tanto no excedo ¿Estoy en lo correcto o me podria explicar como se hace la comparacion para saber si excedo o no ?
De antemano le agradezco la atención a la presente grtacias.
me podria contestar el mensaje de la pregunta de previsión social se lo agradecere infinitamente gracias
buenas tardes me pueden orientar como se calcula la retención de impuesto por pago por separación.
gracias
a mi se me hace una pendejada este impuesto sufiente tienen con lo que ganan y siguen robando para que todavia nos quiten dinero que la verdad cuesta mucho trabajo ganarlo