Deducciones en la Declaracion Anual. Intereses reales


constancia infonavitUna mas de las opciones para deducir en la declaracion anual, como gasto personal , son los intereses reales efectivamente pagados en el ejercicio por creditos hipotecarios , para la adquisicion de Casa habitacion, siempre y cuando no excedan de un millon quinientas mil UDIS

Y si rebaso el millon quinientas mil?

Entonces unicamente seran deducibles la proporcion de lo intereses reales  sobre el millon quinientas mil UDIS.

Tambien se consideran creditos hipotecarios los que cumplen los siguientes requisitos:

  • Que como garantia fiduciaria del credito del que derivan los intereses se haya dejado una casa habitacion
  • Que el unico objeto del fideicomiso sea dejar dicho inmueble en garantia de prestamo.
  • Que el fideicomitente sea el contribuyente que deducira los intereses .
  • Que los fideicomisarios sean el mismo contribuyente  y cualquier integrante del sistema financiero

Cabe mencionar que los intereses reales los calcula la institucion, con la cual se tienen contratado el credito hipotecario, y esa constancia se nos debe de entregar a mas tardar el 15 de febrero de cada año.

Tambien se consideran los intereses reales de creditos hipotecarios contratados con organismos publicos federales, como el Infonavit o Fovissste

Aqui puedes ver como obtener la constancia de interes real del infonavit

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46 comments… add one
  • Linda Mar 8, 2011 @ 10:38

    Hola : soy profesionista independiento por honorarios, mi esposo y yo adquirimos un terreno por medio de una inmobiliaria y le pagamos con pagares tenemos 7 años pagandolo, esto no entra en alguna deduccion de intereses que me menciona ? o como algun gasto personal en la anual ?

  • Julio C GR Jun 24, 2011 @ 17:42

    Buenas Tardes,
    Mi esposa y yo tenemos una casa. Mi esposa es la titular y yo el copropietario pero yo termine de pagar mi crédito al infonavit y mi esposa no, puedo deducir en mi declaración los intereses reales por credito hipotecario con la constancia a nombre de mi esposa; mi esposa no está obligada a presentar su declaración y yo sí. según el Art. 230 si puedo hacerlo

    • Robert Novelo Jun 28, 2011 @ 0:45

      Julio C GR

      El arti 230 dice que si puedes hacerlo , siempre y cuando tu esposa no haya percibido ingresos en el ejercicio, en tu caso no se puede.

      • gerardo May 25, 2012 @ 21:45

        que papeles se nesesita para la declaracion de la casa si el credito de la misma esta al nombre de ella

  • Julio C GR Jun 30, 2011 @ 10:54

    Muchas Gracias, a partir del mes de junio mi esposa ya no trabaja; el próximo año tampoco voy a poder deducirlo porqué percibió ingresos de enero a mayo; sería hasta el año siguiente cuándo pudiera deducirlo según entiendo aunque la constancia este a nombre de mi esposa. Solamente se puede deducir los intereses de un sólo credito hipotecario ó pudieran deducirse 2 créditos hipotecarios. Saludos.

  • Gustavo Jul 20, 2011 @ 8:48

    Estimado Roberto:
    Ojala y me puedas ayudar:
    *Estoy bajo el regimen de sueldos y salarios
    *este año me avente a realizar mi declaracion anual para deducir mis intereses reales
    *despues de 4 vueltas al sat (logico por desconocimiento pero algo he aprendido) tuve un pequeño saldo a favor.
    *Hace 5 años me asocie para formar un empresa la cual hasta el año pasado comenzo a tener entradas y las cuales se han destinado para equipamiento por lo tanto no ha habido reparticion de dividendos lo que si es estamos al corriente con el pago de impuesto pero aclaro no se ha repartido nada de ganacias.
    *por lo anterior estoy dado de alta en hacienda como accionista
    y checando en devoluciones manuales en el sat para ver si ya me habian depositado veo que la resolucion dice lo siguiente:
    DEL ANALISIS REALIZADO A LA CUENTA UNICA NACIONAL SE CONOCIO QUE EL SOLICITANTE DE LA DEVOLUCION TRIBUTA BAJO EL REGIMEN DE INGRESOS POR DIVIDENDOS, SIN EMBARGO EL CONTRIBUYENTE OMITIO DECLARAR LOS INGRESOS OBTENIDOS EN DICHO REGIMEN,MOTIVO POR EL CUAL SE SOLICITA REALIZE LAS ACLARACIONES Y/O CORRECIONES PERTINENTES.

    COMO PUEDO ACLARAR DICHA SITUACION DE QUE SI NO LO DECLARE FUE PORQUE NO HE TENIDO INGRESOS. Y SABE CUANTO TIEMPO TENGO PARA ACLARAR YA QUE LA RESOLUCION FUE DEL 21/6/11 .

    SALUDOS Y ESPERO NO HABERLO CONFUNDIDO

    • Robert Novelo Jul 20, 2011 @ 10:39

      Gustavo,

      Me da la impresion que al presentar la declacion anual 2010 no marcaste el apartado de dividendos, lo unico que tienes que marcar es esa clave, ponerle ceros en el anexo y reenviar la declaracion.
      Al parecer solo marcaste salarios y por eso te detuvieron la devolucion.

      • Gustavo Jul 20, 2011 @ 12:17

        antes que nada gracias por su atencion.

        Tengo que ir al sat o se puede hacer por internet y en donde puedo ver el procedimiento para realizar esta correccion.

        la clave que tengo que marcar viene en el formato??

        y los felicito por esta pagina que nos puede orientar en estas situaciones

        • Robert Novelo Jul 20, 2011 @ 12:33

          Gustavo,

          Te recomiendo que vayas al sat, con tu declaracion anterior, y señales, que quieres meter una complementaria, ya que omitiste marcar la clave de dividendos, que aunque no percibiste, si debiste marcar la obligacion.

  • claudia Oct 4, 2011 @ 20:41

    hola
    en la constancia de infonavit, me refiero a los intereses, menciona
    intereses nominales devengados $ 15,708.00 ejemplo
    intereses pagados en ele jercicio 16,762.00
    intereses reales pagados en el ejercicio 0.00

    cual es ladiferencia de los conceptos??
    cual se aplica en la declaracion anual para la deduccion personal???

    • Robert Novelo Oct 7, 2011 @ 1:31

      Claudia,

      Para la deduccion personal , se aplican los intereses reales, en tu caso cero.

  • Mayte Nov 12, 2011 @ 14:22

    Hola, mi pregunta es si en la constancia de infonavit me dice que los intereses reales pagados
    son $6,000 los voy a deducir en mi declaracion anual los $6000 completos o solo un percentaje

  • Manuel R Nov 22, 2011 @ 18:10

    Estoy pagando dos casas y mis intereses reales pagados son mas de 40 mil mesos, lo puedo deducir todo o hay un limite, lei algo sobre que no exceda las millon quinientas mil UDIS pero no me queda claro
    Digamos que esas UDIS l cambiarlas a pesos son unos 6,700 pesos, lo maximo que puedo declarar son esos 6,700 pesos?

    Les agradesco mucho su respuesta, estamos a noviembre y el SAT no me puede decir que hacer, y lo he estado intentando desde abril

    Gracias

  • Daniel Mendez Nov 24, 2011 @ 18:53

    Hola soy nuevo en el foro, espero ayudar, Manuel el articulo 176 del cual citas las UDIS dice que seran deducibles los intereses reales de por creditos hipotecarios siempre que el credito no exceda de un millon quinientas UDIS entiendo que cada credito no debe exceder esta cantidad que aproximadamente son 6.5 millones para que el total de tus intereses reales sea deducible.

  • Daniel Mendez Nov 24, 2011 @ 18:55

    Fe de erratas, diculpa la redaccion

    Hola soy nuevo en el foro, espero ayudar, Manuel el articulo 176 de la LISR del cual citas las UDIS dice que seran deducibles los intereses reales por creditos hipotecarios siempre que el credito no exceda de un millon quinientas mil UDIS entiendo que cada credito no debe exceder esta cantidad que aproximadamente son 6.5 millones para que el total de tus intereses reales sea deducible, de lo contrario no estos no son deducibles

    Reply

  • carlos Feb 9, 2012 @ 14:50

    Buenas tardes, ¿me podria alguien informar con un ejemplo, como se calculan los interese reales de un deposito de inversion de 100,000 pesos a una tasa del 8.0% a un año.
    iniciando el 1 de enro de 2011 y termino el 31 dic 2011. siguiendo la formula de la ley del isr. que dice:?

    LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA TÍTULO IV – DE LAS PERSONAS FÍSICAS
    CAPÍTULO VI DE LOS INGRESOS POR INTERESES
    Artículo 159
    Se considera interés real, el monto en el que los intereses excedan al ajuste por inflación.
    Para estos efectos, el ajuste por inflación se determinará
    Multiplicando el saldo promedio diario de la inversión que genere los intereses,
    Por el factor que se obtenga de restar la unidad del cociente que resulte de dividir el índice nacional de precios al consumidor del mes más reciente del periodo de la inversión, entre el citado índice correspondiente al primer mes del periodo.
    Cuando el cálculo a que se refiere este párrafo se realice por un periodo inferior a un mes o abarque fracciones de mes,
    el incremento porcentual del citado índice para dicho periodo o fracción de mes se considerará en proporción al número de días por el que se efectúa el cálculo.

    Ajuste por inflación.-
    Saldo promedio diario de la inversión que genere los intereses.
    X FactorActualización = 1 – INPC mes más reciente de la inversión
    _____________________ ________________________________
    Ajuste por inflación INPC primer mes del periodo

    entiendo, que el interes nominal seria de 8,000 pesos.pero para lo demas no se como calcular el interes real y la perdida si es que la hay.

    MUCHAS GRACIAS POR SU ATENCION
    ATTE.
    CARLOS ROMERO.

  • BrenCo Feb 28, 2012 @ 15:08

    Hola! Robert

    Sabes que tengo 3 años de presentar declaración como PF, y solo deducía los intereses reales de mi crédito hipotecario con el banco, nunca tuve constancia de la proporción del Infonavit, Este año, me llego a mi mail así que… quiero saber si puedo aplicar este año los 2 anteriores que no sabía? No han transcurrido 5 años

    GRACIAS!

  • alberto Mar 11, 2012 @ 23:16

    saludos, soy asalariado y es la primera vez que voy a hacer mi declaracion por mi parte, mi empresa ya esta enterada y ya me van a dar la carta, y quiero deducir el pago de colegiaturas pero tambien me entere que puedo deducir el pago de interes de un credito hipotecario que adquiri, ya tengo ya 5 años con el credito hipotecario mi pregunta es si puedo meter en la declaracion los años anteriores al 2011 o solo la del 2011?

  • Jorge Mar 26, 2012 @ 12:30

    Hola a todos,

    Yo soy un derechohabiente que compré una casa en el Fraccionamiento Buena Vista (el carmen, Nuevo León)

    Lo que les quiero compartir es que usé la herramienta del ISA (Índice de satisfacción del Acreditado) que tiene el Infonavit en su página web. Esta herramienta te permite ver las evaluaciones que le hacen los derechohabientes a las constructoras y a los desarrollos habitacionales. Guíandome con estas evaluaciones, decidí comprar en el Fraccionamiento Buena Vista, que es su momento estaba en 2o lugar nacional, y estoy sumamente contento con mi nueva casas de buena calidad. Conozco a mucha gente que está arrepentida de haber comprado en otros fraccionamientos con otras constructoras .. y me dicen que de haber sabido que existía el ISA, y ver la paupérrima calificación que tenían esas constructoras, hubieran comprado con alguien más.
    saludos!

  • Rodrigo Mar 29, 2012 @ 19:54

    hola buenas noches mi pregunta es la siguiente soy persona asalariada tengo 4 años que adquiri una vivienda con credito infonavit y es la primera vez que voy a declarar por mi cuenta
    mi duda es si puedo deducir los intereses reales de años anteriores o solo la del año anterior 2011?? y si la cantidad a devolver es por la totalidad de los intereses reales pagados o solo una parte proporcional? alguien me podria ayudar?

  • martin rene Abr 19, 2012 @ 2:00

    me podría informar en que articulo de la ley dice que solo puede deducirse 1 crédito hipotecario y no 2

  • Daniel Cruz May 9, 2012 @ 20:18

    Tengo la misma duda, en base a que articulo de la ley aseguran que solo se pueden deducir los intereses de un credito hipotecario.

  • Alejandro Villa May 10, 2012 @ 11:46

    Hola a todos, me llego por parte del IMSS una correccion de la declaracion de riesgo de trabajo cambiando mi prima; lo malo es que me estan metiendo una incapacidad de 80 dias del año 2011esta comenzo el 22 Octubre del 2010 y finalizo el 10 de enero del 2011; por lo cual yo creo solamente deberian considerar solo 10 dias de incapacidad por el periodo del 2011, me podrian aclarar mi duda si solamente se deben incluir los 10 dias de incapacidad o estan en lo correcto en el IMSS, y si yo tengo la razon en que sentido debe ir mi escrito dirigido al IMSS

  • Irma May 22, 2012 @ 10:17

    He estado pagando mi credito infonavit desde hace tres años y persivo ingresos por sueldo, no he realizado declaraciones por mi cuenta, ¿ Puedo realizarlas aún? o definitivamente perdi la opción? Gracias por su ayuda.

  • robert May 28, 2012 @ 17:49

    Hola amigo… Que pasa si por desconocimiento no apliqué deduccion de mis intereses reales en mis ultimos 10 años, puedo reclamar dicha deduccion en complementarias?, Que tan viable es esto?…

    Saludos…

  • Sandra Jul 3, 2012 @ 14:39

    al igual que varios en este foro, quisiera confirmar si unicamente es UN solo credito hipotecario el que se puede deducir y no DOS, y sobre todo en que parte de la ley se indica y a partir de cuando? ya que yo habia deducido siempre dos creditos sin problema desde el 2008 y en mi declaracion de 2010, me llego una carta del SAT diciendo que ahora les tengo que regresar el saldo a favor ya que fue improcedente……… lamentablemente no he podido conseguir informacion actualizada y hablé al SAT y despues de horas de espera me dijeron que mejor fuera en persona.

  • Perla Jul 28, 2012 @ 3:10

    Hola, buenos días, acabo de leer en un comentario que si se pueden deducir los intereses del infonavit aunque la constancia esté a nombre del cónyuge siempre y cuando éste no obtenga ingresos y decían que se encuentra en el art. 230… Me podría decir en qué ley? Es que busque ese artículo en la LISR pero habla sobre otra cosa entonces supongo que es en otra ley, de antemano agradezco su atención. Saludos!

  • Maria Ago 30, 2012 @ 11:20

    Buenos dias, mi pregunta es: adquiri una vivienda por fovissste era a pagar en 30 años los intereses se calcularon a esos treinta años se los liquide en 9 años pero les pague la casa como con los intereses a esos 30 años, puedo hacer reclamación para que me devuelvelvan los intereses que me aplicarn de los restantes 21 años? y si es asi como puedo hacerle

  • MARTHA RAMIREZ Oct 25, 2012 @ 9:00

    BUEN DIA. TRABAJO PARA EL D.F. TENGO INTERESES DE VIVIENDA QUE DECUCIR PERO NO LO HICE EN LA DECLARACION ANUAL, PORQUE YA LA HABIA MANDADO MI PATRON EXISTE OTRO PROCEDIMIENTO PARA PODER SOLICITAR LA DEVOLUCION DE ESTOS INTERESES, ME DICEN QUE SI LO HAY PERO NO LES ENTIENDO MUCHO,ME HARIA EL FAVOR DE SACARME DE DUDAS GRACIAS

  • JOSUE Oct 30, 2012 @ 19:07

    hola

    Soy asalariado y quiero deducir los intereses de un credito hipotecario q tengo desde hace 5 años, lo puedo hacer en una complementaria de este 2011 o como lo puedo realizar?

    Debo meter complementarias de cada año? o todas las puedo deducir en una complementaria en este 2011?

  • Mario Nov 23, 2012 @ 20:11

    Hola

    tengo dudas sobre la devolución de los intereses pagados al fovissste por crédito hipotecario, quien obtuvo el credito es una maestra que no tiene ingresos por mas de 400 mil pesos al año.
    estos son los datos de las contancias de retenciones por sueldos, salarios y conceptos asimiulados y de pagos de intereses al fovissste

    2007 2008 2009 2010 2011
    Total de ingresos por sueldos y salarios 135712 143498 153547 166474 176663
    Ingresos Exentos 2233 2292 2397 2513 31739
    Ingresos Acumulables 133479 141206 151150 163961 144924
    ISR conforme a la tarifa Anual 21713 17646
    Impuesto retenido 12212 16602 18585 21713 17646

    Constancia de Interes Pag a FOVISSTE 18646,23 11436,63 19820,08 19717,03 19238,48
    Diferencia 6434,23 -5165,37 1235,08 -1995,97 1592,48

    La verdad no se si debo presentar declaración complementaria por los intereses que no se deducieron en la declaracion de cada año, ya que dicha declaracion la presento el patron, y tambien no se si nada mas deba presentar la devolución pero no se en que porcentaje deba aplicar para cada uno de ellos, ne puede ayudar por favor

  • Brenda Jul 12, 2013 @ 11:52

    Hola tengo 5 años con mi credito Infonavit hasta el dia de hoy me voy dando cuenta que puedo deducir impuestos mi pregunta es cual es el procedimiento y si puedo hacer valido por los 5 años que han transcurrido o solo seria de éste años

    Gracias

    • Robert Novelo Jul 15, 2013 @ 12:30

      Brenda,

      todo depende del monto de ingresos que percibas, si venias percibiendo ingresos arriba de 400 mil, pues tenias la obligacion de presentar la declaracion anual cada año, y solo es meter declaraciones complementarias.
      Si el monto es inferior a esa cifra, pues ya no podras, existe una posibilidad de hacerlo, pero el costo-beneficio de realizarlo podria salirte contraproducente.
      Ahora para este año en curso si tus ingresos son inferiores a 400 mil, debes de enviar a una carta a tu empleador donde le hagas constar que optaras por presentar tu declaracion anual, para que el no la realice.

  • Yane Sep 3, 2013 @ 12:06

    Buen dia!
    Tengo una duda, bueno creo que todos mis compañeros y yo, ignorabamos que podiamos deducir intereses anualmente, por lo que no declaramos por nuestra cuenta y el patrón hizo el ajuste anual de impuestos, existe la posibilidad de que pueda recuperar 3 años de intereses (2008,2009 y 2010, cada año en promedio sería como de $5000.00-$6000.00 ), considerando el costo-beneficio? y cual sería el procedimiento para hacerlo? Una persona nos comenta que con los talones de pago donde esta dicho ajuste, la carta de interes de cada año de la hipoteca, y de cada constancia de sueldos y salarios, así como clave FIEL y una clave interbancaria, es posible recuperarla, sine mbargo, otra me comenta que de entrada, se rechaza por el SAT, pero que por medio de abogados se puede. En sí queremos saber si se puede recuperar o no, creo que no es justo que durante esos años, además de que no pudimos recuperar saldo a favor, todavía en el ajuste tuvieramos saldo en contra, y todo por ignorancia. Agradezo su respuesta.

  • Edy Abr 22, 2014 @ 15:37

    Soy persona física, asalariada sin ningún otro ingreso, del año 2012 mi patrón compenso contra otros empleado, ya que no estoy obligado porque no gano mas de 400,000. Pero ahora quisiera rescatar el saldo a favor por los intereses reales y meterlo como deducción personal, pero como puedo especificar que el patrón ya compenso lo de sueldos (donde pondría esa cantidad) y que solo me devuelvan el saldo a favor de los intereses reales, gracias.

    • Robert Novelo Abr 25, 2014 @ 16:50

      Edy,
      Aca hay un problema, ya que tu patron presento la declaracion por ti, lo ideal es que en diciembre le hubieses dicho que optabas por presentar la declaracion anual, y asi podrias deducir los intereses reales de tu credito hipotecario. No hay renglon para lo que pides. Adicionalmente hay otras deducciones que puedes meter por lo que seria importante que comiences a reunirlas para la declaracion de año proximo.

      • Edy Abr 26, 2014 @ 12:12

        Pero entonces de nada sirve que sean 5 años el tiempo que vence, si no puedo meterlos, porque de hecho no solo es 2012, si no 11, 10 y 09, hasta ahora supe de esta opción para las personas físicas, si lo metiera así, cree que hacienda me devuelva la diferencia y me diga que lo demás ya lo compenso el patrón?

  • isabel May 25, 2014 @ 20:25

    buena tarde. mi pregunta es ¿cuanto me regresara el SAT si mis interes reales pagados en el 2013 fueron de $ 28000?
    esperando su respuesta. gracias.

  • luz Oct 2, 2014 @ 16:22

    Buenas tardes

    Tengo una duda si yo tengo un credito hipotecario a mi nombre cofinavit. Pero actualmente ya no trabajo. Mi duda es si mi esposo puede deducir los intereses aunque las constancias esten a mi nombre??

    Gracias

  • GABRIEL CUELLAR LUNA Mar 26, 2015 @ 11:45

    buen dia. si el RFC. de la carta de intrs. reales d einfonavit es diferente al RFC. de la empresa y sat, que estos 2 son iguales, aun asi puedo considerar los intrs. ó debo acudir primero al INFONAVIT para que realicen la correcccion ??? saludos GCL.

    • Robert Novelo Mar 27, 2015 @ 7:24

      Ve primero al Infonavit, para que te hagan la correccion del RFC con tu cedula del SAT.
      Saludos!

  • salvador ortiz reyes Abr 15, 2016 @ 15:19

    Hola se puede presentar declaracion anual por intereses de prestamos bancarios y que requisitos se necesitan

    • Robert Novelo Abr 15, 2016 @ 17:23

      Se requiere la constancia de intereses con el desglose de intereses nominales, intereses reales y la retencion.

  • Lizeth May 26, 2016 @ 12:03

    Compre un terreno este año, quisiera saber si eso se puede deducir el proximo año en la declaracion anual, o si se debe de mencionar en la misma la compra del terreno, si ese es el caso, en que afectaria a la declarion anual, saldria saldo a pagar? O que es lo que debo hacer? Gracias

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