El dia de hoy 20 de enero de 2010, el servicio de administracion tributaria, publica el software para la presentacion de la declaracion informativa con terceros DIOT version 2010, asimismo se publica tambien la declaracion informativa en medios magneticos DIMM version 2010, los links abajo:
Actualizacion al 1 de marzo de 2010
Para todos aquellos que estaban teniendo problemas tanto con el Diot como con el listado del ietu, el sat ha corregido el problema, por lo que hay que descargar nuevamente el programa e instalarlo.
Respecto a la Declaración de Clientes y Proveedores, mi pregunta es la siguiente: en reglas de Resolución Miscelanea, nos dicen que si presentamos las DIOT por todo el ejercicio fiscal, estamos exceptuados de presentar la Informativa de Clientes y Proveedores, pero qué pasa si dichas declaraciones no están presentadas en tiempo, es decir en los plazos requeridos, se tendrá que presentar la informativa aún cuando en algún mes nos hayamos pasado de la fecha ?. Es decir, hay que cumplir al pie de la letra con las disposiciones de » en tiempo y forma «.
Beatriz,
Checate el post que publique ayer, cuarta modificacion de la resolucion, ahi señala claramente que tienes plazo hasta el 15 de marzo de 2010, para presentar las diot de 2009 y con eso cumples con la obligacion de clientes y proveedores.
En los renglones q señalan los actos o actividades pagadas;
estoy bien si solo pongo en donde dice al 15 o 16 %, es q no enteindo para q hay dos reglones ( en el segundo, actos al 15%) si con el primero creo yo, se cumple lo requerido
Josue,
Se debe a que hubo pagos en este 2010 que eran a la tasa del 15%, y era para que te diera el iva acreditable exacto ( Que no daba por un error en el sistema, que ya ha sido corregido)
Hola, es nesesario realizar la carga batch para mandar el listado de la Diot, por que antes solo validava la informacion, generava el archivo y la mandava, pero es nesesario realizar todolo del manual?
Clau,
La carga batch, es un archivo de excel que sirve de ayuda para cargar la informacion al programa del sat ( diot) sin estar capturando uno por uno los proveedores en dicho programa.
No es obligatorio usarlo.
Hola, espero puedan ayudarme, lo de la carga batch es nesesario?
OK gracias, entonces si no realizo la carga batch y lo sigo mandando como antes no habria ningun problema verdad?
gracias
Clau,
no pasa nada
Saludos!
Muy buen día quisiera hacer una pregunta. La cuarta modificación a la resolución miscelanea, sigue siendo un anteproyecto y no ha sido publicada en el Diario Oficial y a decir del mismo texto, la vigencia comenzará el día siguiente a su publicación. ¿Puedo dar por hecho este escrito como reglamentación legal o debo esperar a que sea publicado para entonces dar por terminada la obligación de presentar la declaración de clientes proveedores? Esto lo pregunto por que soy una persona moral que declaro todas las DIOT de 2009 el 16 de febrero de 2010 y si este articulo procede entonces doy por cumplida mi declaracion de clientes y proveedores. Espero me puedan ayudar. Saludos y muchas gracias.
Carlos valenzuela,
Realmente entra en vigencia al dia siguiente de su publicacion , pero el SAT ha estado aguantando mucho sus publicaciones dando tiempo para hacer correcciones, al final sera publicado , y habras cumplido correctamente, practicamente lo puedes dar por hecho.
Alguien sabe si se captura el diferencial del iva del 1% en la DIOT y en que rubro de la Diot?
ramiro pineda,
no se captura el diferencial de iva, se captura el importe al 15% o al 16% segun corresponda
hola como puedo presentar la informativa de clientes y proveedores es decir si hay alguna opcion de presentarla por internet. gracias
Serch,
Por internet no hay opcion , hay que ir a presentarla a una oficina del SAT
Buena tarde, hoy encontre este foro… Yo ya envie todas las Diot correspondientes al 2009, hasta antes de la publicacion de la version corregida 2010 del programa de la diot..
Estoy a punto de enviar las DIOT de enero y febrero de 2010 y mi pregunta es la siguiente: voy a descargar la nueva version de la DIOT, para que aparezca el renglon del 16%, pero…
mi historico de DIOT’s del 2009?? los que presente en la version DIOT 2010 anterior?? que pasara con esa informacion?, se va a alterar de alguna manera? la voy a perder? o que puedo hacer??
De antemano, muchas gracias
Consuelo veronica,
si esta bien la informacion que presentaste, imprime la informacion y olvidate que alguna vez la tuviste, ese es el mejor consejo.
Pero si lo que quieres es tenerla ahi por años, cuando bajes la nueva version instala en un directorio diferente, y siempre tendras la informacion de los 2 programas.
Hola buenas tardes,
Una duda ojalá me puedan ayudar, voy a presentar la diot de febrero 2010 pero tengo un problema, durante este mes hicimos todavia pagos gravados con el iva 15%, pero al momento de querer hacer la captura en el programa ya no me deja usar el renglon en el q podiamos poner estos importes gravados a esta tasa, solo me da la opcion del 16%, que puedo hacer, cabe hacer notar que en el mes de enero no tuve ni un solo problema.
Pero entonces q puedo hacer para presentar mi declaracion.
Les doy las gracias de antemano.
Salu2
Mariel,
De acuerdo a la legislacion vigente para febrero no hay pagos del iva a la tasa del 15%, luego entonces el renglon esta bloqueado.
con respecto al diferencial del iva pregunto, ya que yo pague las facturas en enero al 15% todas y en febrero de 2010 pague el diferencial del iva del 1% ya que no pague las facturas dentro de los 10 primeros dias como me marcan los transitorios de la ley del iva, y por lo tanto el iva no me cuadra ya que yo solo me acredute el iva que yo pague es decir el 15%, no me acredite el 16% porque es un iva que yo pague pero hasta febrero y no se como presentar ese diferencial en la diot
Ramiro pineda,
Lo que pasa es que no debes considerar que pagaste solo iva, sino que terminaste de pagar el saldo de una factura, ejemplo tu supones que debias 115,000 mas el 1% de iva , y pagaste 115,000 en enero y 1000 en febrero y dices que solo pagaste iva del 1% en febrero, lo que realmente paso es que en febrero pagaste 862.07 de tu deuda mas 137.93 de iva al 16%.
gracias por las respuestas!! pero mi duda mas que nada va encaminada a que en ejemplo que me pones yo en enero 2010 me acredite el iva del 15% y no del 16 ejemplo del 115000 que pague 100,000 los puse como valor de actos y ps el iva lo tome del 15% asi que solo me acredite 15,000 y en febrero me dieron una nota de cargo por 1,000 no tiene valor de actos, y en el ejemplo que tu me pones tendria que haberme considerado un iva que no pague?? porque en el caso qeu me pones el iva en enero es de 15,862.07 y en febrero 137.93 lo cual me da un iva acreditable de 16,000 en total es correcto asi y no como yo le hice??
porque asi como me cometas que hubiera pasado si no me hubieran generado la nota de cargo y mi proveedor absorbe el costo de ese 1%, y yo solo le pago los 115,000 a poco me puedo acreditar el iva de15,862.07 en lugar de los 15,000 sabiendo que en el comprobante solo esta el iva de 15,000 y no de 15,862.07 me ayudan porfa
Ramiro
Lo que te señale en el comentario anterior es lo correcto, al final pagas el 16% de iva, y es lo qeu debiste hacer, mete complementaria de tu diot, ahora bien si tu proveedor hubiese asimilado el iva tuviste que haber pedido la nota de credito porque ahi disminuye el importe y aumenta el iva al 16%.
Checa el post de comprobantes fiscales
lo que sucede es q como en el caso de Ramiro algunos clientes no emitieron notas de cargo entonces como se manejaria eso?
Mariel,
Hay que solicitarlas no queda de otra.
Comentan lo siguiente:
«De acuerdo a la legislacion vigente para febrero no hay pagos del iva a la tasa del 15%, luego entonces el renglon esta bloqueado.»
Me podrian decir donde encuento ese fundamento legal, ya que yo tengo el mismo problema
Adrian martinez,
El fundamento es la ley del iva en su articulo 2, el cual establece las tasas de IVA a partir de 2010
Hola buen dia!!
respecto a los 3 comentarios anteriores, (mismo caso mio)
creo q si se puede hacer ese desgloce como
el ejemplo que pone Robert, el problema
está en que el comprobante anterior tiene impreso el iva al 15%
no habra problema con que se contabilice y acredite otra cantidad que no es la de la factura??
Gracias y saludos
Lupita,
Pues como es un pago en parcialidad , se deberia pedir el comprobante, para tener el respaldo de la deduccion
Gracias por el comentario!! solo una duda mas por ejemplo si pago el diferencial del iva meses despues tendre problemas? es decir por ejemplo yo tenia una factura de 1,500 que del mes de noviembre pero la pague en enero por 1,500 y el diferencial del iva lo pague en febrero por 13.04 la diot la tengo que presentar en enero con 208.70 aunque el 1% lo haya pagado hasta febrero o 206.90 en enero y en febrero 1.80 pa completar mi total de iva?? que seria de 208.70
Ramiro pineda,
Disculpa, no entendi tus cantidades
Hola Roberto
buenas tardes
molestandote oye conrespecto a los comentarios que aqui se vierten acerca de ese diferencial de IVA 1% sacame de una duda
con bolitas y palitos aver si me doy a entener
Yo pague una nota de 115.00
en enero acredite solo los 15.00
y el 1% lo pague en febrero 1.00 intente enviar la DIOT FEBRERO y no me dejó (BLOQUEADA)
AHora tu comentas que debi haber acreditado 15.87 (al 16% )
y .13 ahorita en febrero y asi ya pago todo al 16 ok?
Y por lo tanto presento complementaria de la DIOT Enero para correjir hasta ahi, oye pero que crees para IETU siempre tomo como base mi cedula de IVA y para DIOT considere una base de 100.00 si presento complementaria de IVA tambien tengo que mover el calculo de IETU verdad?
o entendí mal?
me ayudas?
y gracias de antemano he
Martha,
Totalmente de acuerdo con todo tu comentario, si tienes que presentar tus complementarias de otra manera no te cuadraria ni tu Listado ni tu diot.
yo tengo la duda de todos lo que pasa que tengo una factura con el iva al 10% que pague hasta en febrero pero el programa del diot no me deja me bloquea el renglon que hago para solucionar esto ya que mañana es el ultimo dia de las declaraciones
ayuda porfavor….
gracias
Angela,
Tu apreciacion es incorrecta, checa el comentario de martha y ahi esta explicado.
perdon Roberto tambien tengo que correjir el calculo de IETU por que tome las mismas bases para IVA ENERO por lo tanto tome 100 para IVA Y 100 para EITU si ahora cambio tengo que cambiar todo no? 99.14 tanto para IVA como para IETU por lo tanto van complementarias para ambos impuestos verdad?
Que tal Roberto, tengo la misma duda que Maribel.. yo tuve que pagar facturas del 2009 apenas en este mes de febrero, obviamente tenian el 15% de iva, y mis proveedores nunca me enviaron notas de cargo por el diferencial del 1%, y al momento de capturar la informacion en la DIOT, la casilla del 15% esta bloqueada.
El dia de ayer (16 de marzo) consulte a unos de los especialista del SAT por medio del chat, y me comentaba que capturara todo (actos al 15% y al 16%) en la casilla habilitada para los actos gravados al 15% o 16% y que no pasaba nada… obviamente le conteste que si pasaba, ya que hiba a informar unos montos que no serian reales y que no checarian con lo que yo presento en mis pagos provisionales, ya que esa casilla hace el calculo en base al 16%.
Ya utilice una carga batch y al momento de ver los datos aparecen las cantidades dentro de la casilla bloqueada, pero no se reflejan en el resumen final.
Roberto.. que se puede hacer en este caso?
Roberto Carlos,
Ajustar tus importes, y solicitar la documentacion complementaria.
Hola Roberto vas a decir que como doy lata pero eso del IVA me traer de cabeza, que pasaría si mis proveedores (no uno he si no varios ) ya no me cobran la diferencia del 1% , me tendrian que dar mi nota de credito no? y si no me la dan
como soporte para mi deduccion me serviría mi poliza cheque?
ya que si bien mi factura es de noviembre o diciembre y esta al 15% con mi cheque donde conste que les pague el 02 de febrero podría servir? o que pasaría en este supuesto
MArtha,
Es pedir la documentacion, en dado caso podria ser la deduccion con el estado de cuenta.
de acuerdo a los comentarios sobre el 1% no estoy de acuerdo con martha ni robert debido a que no te puedes acreditar un iva si aun no lo pagas en este caso el 1%
diganme si estamos en lo mismo les dejo este ejemplo
facturado des de 10 dias anticipo resto
1,994.80 1,994.80 1,870.13 124.68
15% 16% 16% 16%
299.22 319.17 299.22 19.95
2,294.02 2,313.97 2,169.35 144.62
Alejandro,
Tanto martha como tu servidor, en ningun momento dijimos acreditar el iva de algo que no esta pagado, lo que si mencionamos es acreditar el 16% del pago parcial.
ALEJANDRO
Buenos días:
Disculpa no entendi tu ejemplo mencionas una operacion facturada al 15% y pagada en su totalidad al 16%
en ningun momento aparece la figura del 1% si podrías ser mas explicito por favor
Gracias
y que bueno que no estes de acuerdo ese hace que compartamos opiniones y todos aprender de todos no crees?
hola buenos dias bueno ya tardes.. es un relajo todo esto que ocacionaron nuestros gobernantes vdd robert lo que pasa que enun comentario marta se iba a creditar 15.87 en ves 15 que pago de iva pero eso pues ya quedo.
martha
respecto a tu pregunta que donde quedo el 1%..
si checas bien el 1 % es el importe de 19.95 del total de la factura en este caso 1,994.8
primero pagamos un total de 2,294.02 pero como ya el neto se convierte a $ 2,313.97 entonces lo anterior es un anticipo
y como ya me acredite un iva de 299.22 entonces este corrresponde a un importe de 1,870.13 y el resto a pagar seria de 124.68 x 16% 19.95 que corresponde al 1 %
espero haberme explicado y si estoy mal por favor confirmenme es como lo voy a hacer en la diot. y llevarlo a la practica
Alejandro,
es correcta tu apreciacion, es el importe pagado como anticipo ,entre 16%, y luego el saldo (1%) nuevamente entre 16%
Hola Alejandro
«(primero pagamos un total de 2,294.02)»
Partiendo de esto que pones
me salen algunas dudas:
como cuadras tu poliza ?
si pones que pagas 2,2294.02 y luego dices que acreditas 299.22 de iva cuya base es 1870.13 la suma de ambos dan 2,169.35 te queda un saldo de 124.67 esa cantidad a donde la cargas?
y como la saldas al momento del pago del complemento si la nota de cargo solo viene por 19.95?
yo haría este asiento tomando en cuenta que pagaste despues del 10 de enero (ojo a mi tambien me esta dando mucha lata ese tema)
proveedores 2,294.02
iva acreditable 16% 316.42
iva por acreditar 15% 299.22
(iva por acreditar 16%) 2.75
PROVEEDORES 19.95
BANCOS 2,294.02
Y en el momento que te pagues la nota de cargo, cancelas las provisiones aque aqui se dejaron.
y no estamos acreditando demás estamos acreditando lo que ya pagamos recuerda a estas fechas ya no existe el iva al 15%
HOLA:
NO HE PRESENTADO LA DIOT DE ENERO 2010?
HAY ALGUNA PROLOGA PARA PRSENTARLA EN TIEMPO
HOLA mi pregunta es en el diot te pide que pongas la base sobre la cual calculas el iva y en cuestion del 15% no ay problema
pero en cuestion del 16% la base que pongo para que me de el iba es mmmm ficticia?
me refiero en los casos en que solo pague el 1% por que corresponden a ctas del 2009
no se si me explique pero en ese iva excedente la base que yo pongo en el diot es incorrecta esta bien asi o ay otra forma de reflejar en la diot el 1% excedente.
De antemano gracias
yarely,
Checa en los comentarios, y hay uno de martha, que lo explica mejor que nadie( solo ten en cuenta que no pagas el 1%, estas pagando un abono a tu deuda)
hola buenas tardes
aqui con otra duda..
A dic 2009 me quedo un cheque sin cobrar (iva al 15%)
Lo cobraron hasta ahora en febrero 2010..
debo acreeditar mi iva hasta feb y tambien en la DIOT declararla hasta feb, pero como si la casilla del 15% esta bloqueada ???
Debo hacer de cuenta que no se pago hasta feb y no en la fecha del cheque ???? y por ende pagar el 1% de diferencia a ese proveedor, entendi bien en los comentarios de arriba?
Porque no fue mi problema, yo si los pague, ellos son los que no lo cobraron..
Ahi va subtotal 1,200
iva al 15% 180
total pag 1,380
Gracias de antemano
Alicia,
debes considerar el importe de la siguiente manera 1380/1,16 , y el resutlado por 16% y solicitar el documento complementario
Hola Buen dia, le escribo porque tengo una duda, lo que pasa es que estoy elaborando la DIOT y por un error olvide poner una retencion, todo estaba bien solo me falto el monto de esa retencion, asi que me dijeron que hiciera una complementaria, todo iba bien hasta ahi, solo que pues nunca habia hecho una asi que yo solo puse el el RFC y los valores de donde me habia equivocado, asi que solo tiene un registro esa complementaria. Entonces mi duda es correcto enviarla asii o debi de haber elaborado denuevo ese mes osea poner tooodos las operaciones que tenia y ahimismo corregir lo que tenia mal. Bueno es caso que este mal haber enviado asi hay posibilidad de corregirlo? Cuantas complementarias tengo derecho a enviar?
Muchas Gracias de antemano, me ayudaria bastante ya que estoy preocupada q por este error se haga un problema enorme.
SAray Cardenas,
no es correcto manda la complementaria con un solo registro, tienes que incluir todos los registros, por lo que deberas hacer una nueva complementaria , y ya no pasa nada.
Ah Ok, muchas gracias, entonces si es posible corregir, bueno ahora ya por ultimo si no es mucha molestia.. si elaboro la complementaria de ese mes, tengo que poner que es complementaria del folio que genero la ultima que se envio, osea la complementaria que hice de un solo registro? En pocas palabras no hay problema con que sea complementaria de una que ya era complementaria? O tengo que poner el folio de operacion de la primera declaracion que envie, osea la Normal,y que estaba incorrecta ?
Muchas Gracias en Verdad.
Buen dia.
Saray cardenas
Exacto tienes que poner el folio de la ultima que enviaste, la de un solo registro.
Una pregunta Roberto porque en la diot10 completa no me deja validar, me manda el siguiente mensaje «No fue posible GUARDAR, favor de intentar nueva mente» y de ahí no paso, a claro que voy a presentar desde noviembre a la fecha y ya descargue el archivo de excel y también capture los datos manualmente y aún manda ese mensaje.
Muchas por tu ayuda.
Placido gomez,
Descarga la ultima version de la DIOT, tambien checa que la configuracion de tu computadora sea español mexico.
Buen dia:
Estoy poniendo al corriente una contabilidad. Al momento de presentar las diot desde enero de 2009 en el diot 2010 primero solo me aparecen los renglones que debemos de llenar en 2010, y cuando quiero validar el archivo me salen varios errores. Ya lo cheque y recheque y no encuentro que es lo que puede pasar, se supone que con esta nueva version puedo enviar diots de ejercicios anteriores o debo bajar otra version? si es asi… donde puedo encontrarlas?
Mil gracias por su respuesta y felicidades por este sitio.
Leticia,
tendrias que poner que errores, te salen, ya que con la diot 2010, puedes hacer correctamente la captura de los ejercicios anteriores
hola que tal?
tengo una duda?
no puedo imprimir mis acuses de recepcion de listado de operaciones con terceros
entro a la pagina del sat me voy a reimpresion de acuses elijo declaracion informativa de operaciones con terceros
anoto el folio de recepcion y cuando le doy aceptar me marca error no se si sea problema de mi equipo de computo o del sat
me podrian ayudar porfavor¡
gracias¡¡
Andy,
te marca error , diciendote que todavia no esta disponible o no presentada?
intenta con otro explorador mozilla o chrome
tambien recuerda que en tu correo pueden llegar los acuses ( aveces)
hola robert.
tengo una duda por q al llenar la diot de enero 2010 me marcar errores, si ya la cheque con otra persona y es la misma versión y a la otra persona no le manda errores, que podra estar pasando??
bueno es q tengo proveedor global y este tiene 2 tasas en enero la del 16 y la del 15 en la del 16 anotao la base y en la del 15 0
pero al querer validarla me aparece error tú me podras ayudar?
Elyza,
no debiera marcarte errores, no te limites a checar la version hubo modificaciones al software sin cambio de numero de version, asi que descarga la ultima version del portal y ademas checa tu configuracion regional.
que alguien me diga como se rellena el diot!!!!!
Una duda los medicos presentan Diot?? ya que me es un poco confuso el art.32 fraccion VIII
Ramiro pineda,
No, no presentan la diot, ya que no son sujetos del IVA
favor de decirme que tengo que poner en la declaracion si tengo un proveedor con un subtotal de 60,000.00 y un i.v.a. del 16% del 9,600.00 que cantidad tengo que poner en la declaracion del diot.
Juan manuel lopez
Los 60,000.00 el iva lo calcula automaticamente el programa
Hola Roberto, una pregunta, me equivoque en el Diot de Mayo por error capturé mis honorarios, en lugar de las facturas de mis proveedores, como puedo corregir eso ?
hola. soy inexperta en esto. y quisiera saber que datos debo poner en la declaracion informativa de operaciones con terceros acaso son los datos de mis proveedores de todo tipo como gasolinerias refaccionarias y tamb ien mis clientes para quien trabajo. alquien me puede ayudar al respecto.
Irma orozco,
Pues tienes que poner los datos de todos tus proveedores, de todo tipo, y solo es de proveedores, nada de clientes.
*****Hola,, de nuevo Yo les paso un link el archivo es para generar el Batch de la Diot 2010,, SIN RESTRICCIONES TOTALMENTE MODIFICABLE SIN LA MOLESTA PUBLICIDAD DE LAS DEMAS VERSIONES…..**** º-* Ok espero les sirva y les agrade con el nuevo estilo y la lista autodesplegable… bueno los dejo y cualquier sugerencia es bien recibida…
http : // www . mediafire . com / ?lkhhiw9thecfets
copiar y pegar en el explorador… y quitar los espacios…
*****************************************************
Este Segundo aporte es personal, creé el libro conforme a los meses, pero sin embargo el original lo Tengo conformado por 72 empresas mas 2 hojas para los proveedores y formulas… y anexos… ai que por el momento les dejo este archivo.. a fin de aportar algo…
http:// www .mediafire .com/?nn5h16t8mngvr44
copiar y pegar en el explorador… y quitar los espacios…
hola, tengo una duda, o mejor dicho problema…
al momento de realizar la declaracion del diot, ingreso las cantidades de cada uno de los proveedores, y al momento de ver los totales, me aparece mas cantidad de lo que he registrado, y por mas que sumo y sumo las cantidades, no me da la correcta, me da como el 50% mas de lo que registro.
cabe mencionar que todas las declaraciones anteriores (de enero a julio) si me daban correctamente, y que tengo la ultima version del diot.
espero y puedan ayudarme con mi duda.
Atte.
Luis Angel.
Luis angel,
Si lo estas realizando con una carga batch, borra la informacion del mes ve que este en ceros y vuelve a cargar la informacion.
buenas tardes roberto tengo unas dudas
voy a presentar unas declaracion de la diot que estan pendientes pero me tope que se hizo una trasferencia donde se pagaba la factura que corresponden de 2009 pero se pagaron hasta junio 2010 en la transferencia se paga la factura y la nota de cargo del 1% como lo debo presentar en la diot.
la otra pregunta es puedo presentar la diot completa o en la forma simplificada.
Karlajaneth,
La diot completa, y en lo de las facturas, pues no tienes problema si el importe era 100 mas iva de 15% mas la nota del 1% de iva, solo pones en la diot de de junio de 2010 el importe de 100 y el programa te calcula el iva al 16% automaticamente
hola gracias por tu ayuda.
tengo una duda, cuando tengo el iva a favor y lo declaro en el banco¿tambien debo de enviar la DIOT? o ya no es necesario .
Isa,
Si, la obligacion es de reportar las operaciones con terceros, dicha obligacion es independiente de que tengas saldo a cargo o a favor de iva
tengo una duda, para poder enviar via internet la informativa de la diot antes tengo que presentarlo ante el banco cuando es un saldo a favor o puedo enviarla aunque todavia no la haya presentado al banco, tengo un problema para presentarlo y aun no lo he hecho pero la fecha limite ya paso. gracias
Faby,
no, tecnicamente son independientes las dos declaraciones, asi que puedes presentar la diot , aunque no hayas presentado la declaracion del diot
Buen día a tod@s:
Soy contadora de una P.M., la cual generó en Noviembre 2010 un I.V.A. trasladado de $13,299 y un I.V.A. acreditable de $4,331, esto me permite ubicarme dentro del supuesto que explica el art.86, fracc.VIII vigente a partir del 01/Julio/2010, es decir, las operaciones con mis proveedores fue inferior a $50,000?
¿Lo que el art.86, fracc.VIII es aplicable solo información anual y no mensual?
Muchas gracias por su colaboración, Excelente inicio de año 2011 !!!!
yo he visto que les bloquearon el campo del 15% de la diot pero si se puede habilitar
solo cuando elijan el periodo a declarar ya sea febrero o marzo elijan enero y cargan su informacion la validad y se regresan y le cambian el periodo que declaran (febrero, marzo) ya sea el caso y listo la vulven a validar y ya la pueden enviar.
RESPECTO A RALIZAR LA DECLARACION DE CLIENTES Y PROVEEDORES PARA UN AGRICULTOR SOLO SE LLENA EL FORMULARIO 42 O ALGUN OTRO TENGO Q REALIZAR
Cristy,
Si se trata de la declaracion de clientes y proveedores, si solo es llenar el formulario 42
hola tengo una duda no he presentado diot desde ejercicio 2008 todavia puedo presentarlas o ya no
Klau,
por supuesto, puedes presentarla aun
hola robert, tengo una duda que tipo de declaraciones realizan las personas que estan por honorarios de servicios profesionales y en que tiempo se presentan. SALUDOS Y GRACIAS..
Ezequias
presenta declaraciones mensuales de:
isr,iva,ietu,diot, a mas tardar el 17 de cada mes
y anuales de :
isr, iva , ietu
a mas tardar el 30 de abril
Hola robert, me hablo una PM es una AC se dio de alta en nov 2008, dentro sus obligaciones tiene la de presentar la dec. de clientes y proveedores, pero desde que se dio de alta no ha tenido actividades es decir no ha tenido ingresos ni gastos, hasta en este año al parecer va a empesar a tener ingresos, mi duda es si se tiene que presentar la dec. de clientes y proveedores desde 2008 hasta 2011 o no se tiene que presenter ningun año. y si hay algun fundamento. gracias…
Miguel angel,
El fundamento es el mismo articulo que crea la obligacion, aRticulo 86 fraccion VIII, en el señala que no hay obligacion por montos inferiore a 50,000
Hola tengo un problema, al enviar mi diot no me di cuenta que tengo error en el RFC, asi van varios meses ya que hago la carga utomaticamente, que puedo hacer, o de cuanto me llegara la multa