Cuotas de Imss del trabajador pagadas por los patrones.
La Ley del ISR vigente NO permite la deducción de las cuotas obreras pagadas por los patrones al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
Sin embargo, para efectos del trabajador, se establece que dicho beneficio es un ingreso exento. Este tratamiento al no estar gravado como ingreso y no es deducible, por lo que no rompe el principio de simetría fiscal, y no erosiona la base del ISR.
Sin embargo existe la posibilidad de deducir la cuota obrera pagada por el trabajador, si se maneja como prevision social, obviamente cumpliendo con los requisitos.