Despues de la publicacion de las reformas a la Ley del IMSS, el instituto publica en un documento, las preguntas mas frecuentes acerca de dichas reformas
PREGUNTAS FRECUENTES OUTSOURCING
1. ¿Las nuevas disposiciones aplican para las empresas de “outsourcing “ ya registradas en el Instituto con anterioridad a la modificación?
Sí. Las nuevas disposiciones son aplicables para todos los contratos de outsourcing que se celebren a partir del 10 de julio de 2009, con independencia de la fecha en la que se haya constituido o haya iniciado actividades la empresa de outsourcing.
Los contratos celebrados a partir del 10 de julio y hasta el 30 de septiembre de 2009, deben de ser informados dentro de los primeros quince días del mes de octubre del mismo año.
La asignación de un registro patronal de alcance nacional por cada una de las clases que prevé el texto reformado del artículo 75 de la Ley del Seguro Social, es optativa para todas las empresas dedicadas al outsourcing, pero entra en vigor después de 250 días hábiles, contados a partir del 10 de julio del año 2009.
2. ¿Qué información deben de proporcionar trimestralmente la empresa de outsourcing y quien contrate sus servicios?
Ambos:
De las partes en el contrato: Nombre, denominación o razón social; clase de persona moral de que se trate, en su caso; objeto social; domicilio social, fiscal y, en su caso, convencional para efectos del contrato; número del Registro Federal de Contribuyentes y de Registro Patronal ante el IMSS; datos de su acta constitutiva, tales como número de escritura pública, fecha, nombre del notario público que da fe de la misma, número de la notaría y ciudad a la que corresponde, sección, partida, volumen, foja o folio mercantil, en su caso, y fecha de inscripción en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio; nombre de los representantes legales de las partes que suscribieron el contrato.
Del contrato: Objeto; periodo de vigencia; perfiles, puestos o categorías indicando en este caso si se trata de personal operativo, administrativo o profesional y el número estimado mensual de trabajadores u otros sujetos de aseguramiento que se pondrán a disposición del beneficiario de los servicios o trabajos contratados.
Adicionalmente, la empresa de outsourcing deberá proporcionar lo siguiente:
El monto estimado mensual de la nómina de los trabajadores puestos a disposición del beneficiario de los servicios o trabajos contratados y los domicilios de los lugares dónde se prestarán los servicios o se ejecutarán los trabajos contratados; asimismo, deberá señalar si el beneficiario de los servicios es responsable en cuanto a la dirección, supervisión y capacitación de los trabajadores.
3. ¿En qué formato debo presentarse el informe trimestral?
El formato lo diseñará el IMSS y lo dará a conocer en la página de Internet www.imss.gob.mx
4. ¿Cuándo debe presentarse el primer informe trimestral?
Dentro de los primeros 15 días del mes de octubre de 2009.
5. ¿Cuáles son los meses de presentación del informe trimestral?
Los primeros 15 días de los meses de enero, abril, julio y octubre de cada año.
6. ¿Dónde se debe de presentar el informe trimestral?
Ante la Subdelegación del IMSS correspondiente al domicilio del patrón o sujeto
obligado, y del beneficiario, respectivamente. O bien, cuando el patrón se obligue a poner a disposición del beneficiario, trabajadores para prestar los servicios o ejecutar los trabajos en varios centros de trabajo ubicados en la circunscripción territorial de más de una subdelegación del Instituto, el patrón y el beneficiario deberán comunicar dicha información, únicamente ante la Subdelegación dentro de cuya circunscripción se ubique su respectivo domicilio fiscal.
7. ¿En el caso particular de un patrón que contrata a diario un camión para transportar medicamentos, este servicio también se tiene que declarar?
No, si el conductor del vehículo está bajo el mando de la empresa transportista en todo lo que concierne a la prestación del servicio de transporte.
8. ¿Quién está obligado a presentar el informe trimestral? El patrón de los trabajadores y la persona física o moral que sea beneficiaria de los trabajos ejecutados o de los servicios prestados.
9. ¿A qué sanción me hago acreedor si no presento el informe trimestral?
Una multa equivalente al importe de veinte a trescientas cincuenta veces el salario mínimo diario general vigente en el Distrito Federal por cada trimestre en el que se incumpla con esa obligación informativa.
10. ¿Qué sucede si contrato los servicios de una empresa de outsourcing y ésta no inscribe en el IMSS a sus trabajadores o no paga las cuotas respectivas?
El IMSS determinará las cuotas y requerirá su pago a la empresa de outosurcing, pero si ésta no atiende el requerimiento, la persona física o moral que se haya beneficiado con los trabajos ejecutados o los servicios prestados, asumirá la obligación de pagar esas cuotas.
11. ¿Si una empresa de outosurcing que yo haya contratado se abstiene de pagar las cuotas de sus trabajadores al IMSS, estaría obligado a pagar las cuotas de todos sus trabajadores?
No, sólo las correspondientes a los trabajadores que hayan prestado servicios o ejecutado trabajos en tu beneficio y únicamente por los periodos en los que éstos se hayan realizado.
12. ¿Las reformas a la Ley del Seguro Social en materia de outsourcing son aplicables a los patrones de la industria de la construcción o a los propietarios de las obras de construcción?
No. Los propietarios de una obra de construcción, así como los contratistas o subcontratistas que la ejecuten, para efectos de la aplicación de la Ley del Seguro Social, están regulados por el Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los Trabajadores de la Construcción por Obra o Tiempo Determinado.
13. ¿El 15 de julio tendría que haber presentado la información trimestral que señalan las reformas?
No. El primer periodo de información al que resultan aplicables las reformas, inicia el 10 de julio y concluye el 30 de septiembre de 2009, respecto del cual el informe trimestral correspondiente deberá ser presentado entre el 1º y el 15 de octubre de 2009.
14. ¿Si contrato los servicios de una empresa de outsourcing, cómo puedo protegerme de una eventual responsabilidad solidaria ante el IMSS, si dicha empresa se abstiene de inscribir a sus trabajadores o de pagar las cuotas respectivas?
Por regla general, cuando se contratan los servicios de una empresa de outsourcing, ésta y la empresa que contrata sus servicios, realizan una conciliación mensual del número de trabajadores que en el mes inmediato anterior prestaron los servicios o ejecutaron los trabajos. Por tanto, al realizar dicha conciliación, asegúrate de que la empresa de
outosurcing te acredite que pagó las cuotas de los trabajadores que ejecutaron trabajos o prestaron servicios en tu beneficio y que dicho pago se haya efectuado a más tardar el día 17 del mes siguiente al en que se realizaron los trabajos o servicios.
15. ¿Cómo se debe de proporcionar la información trimestral?
En documento impreso, es decir, en el formato que para tal efecto dé a conocer el IMSS. Sin embargo, en lo que concierne a la relación de trabajadores que deben de presentar de manera adicional las empresas de outosurcing, se ha previsto en el propio Decreto ya publicado en el Diario Oficial de la Federación, que el Instituto autorizará el sistema de cómputo que deberá utilizar el patrón para cumplir con esa obligación, dentro de un plazo de 250 días hábiles.
16. ¿La empresa que contrate los servcios de una empresa de outsourcing también debe de presentar trimestralmente la relación de los trabajadores ?
No. Sólo debe de presentar la información relativa a los contratos de outosurcing que haya celebrado en el trimestre inmediato anterior a los días 15 de los meses de enero, abril, julio y octubre de cada año.
la empresa a la cual le trabajo contrato servicio de tranportadora de leche mismo que transporta de un centro de acopio de leche a una planta industrial, tanto el centro de acopio como la planta corresponden a la misma empresa. el personal que ocupa esta empresa es variado, estamos obligados a presentar el informe trimestral?.
Hola!
Si checas la pregunta 7 de este post:
«7. ¿En el caso particular de un patrón que contrata a diario un camión para transportar medicamentos, este servicio también se tiene que declarar?
No, si el conductor del vehículo está bajo el mando de la empresa transportista en todo lo que concierne a la prestación del servicio de transporte. «
En tu es de suponer que la empresa que contrato tu empresa unicamente trasporta la leche, sin que tu intervengas en ese proceso por lo que no tendrias que presentar dicha informacion trimestral.
Saludos!
se incluye para la obligacion de los informaes trimestrales los contratos por obra publica?
Hola nuevamente!
No se incluye, ya que de acuerdo al comunicado del imss, señala que:
«Los propietarios de una obra de construcción, así como los contratistas o subcontratistas que la ejecuten, para efectos de la aplicación de la Ley del Seguro Social están regulados por el Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los Trabajadores de la Construcción por Obra o Tiempo Determinado.»
Saludos!
quisiera saber si una empresa dedicada al servicio de recoleccion, compra-venta de productos reciclables tiene la obligacion de presentar el formato PS-1, ya que tiene empleados en diferentes empresas haciendo recoleccion?
Hola mayela !
Podrias abundar un poco mas al respecto, referente a lo que realizan los empleados en las empresas, si solo entran a buscar los deshechos o si siguen procedimientos especiales dirigidos por la empresa en al que esten.
Saludos!
si claro, los trabajadores entran a las empresas que nosotros les brindamos el servicio de recolectar los deshechos (como lo es la rebaba, recorte de laminas, aluminio, etc.). Los trabajadores ya llevan un rol de la o las actividades que deben de realizar en el interior de la empresa
Mayela , pues en este caso no caes en el supuesto para presentar dicha informacion ya que uno de los requisitos basicos es que tu como empresa proveedora pongas trabajadores bajo la direccion de otra empresa.
Sin embargo te sugiero que hagas un contrato es el que se especifique claramente que los trabajadores siempre estaran bajo tu direccion , eso es caso de no tener contrato o de que en el contrato no estuviese especificado.
Saludos!
Si no presente el informe trimestral en este año, lo puedo presentar en este año 2010 extemporaneo y de ser asi en que fechas lo presentaria.
Gracias!!
Hola Karla!
Por supuesto Karla. lo tienes que presentar aunque sea extemporaneo , ya que la ausencia de la presentacion de la declaracion es causal de multa, si la presentas ahora y te quieren multar, te amparas en el CFF, como presentacion de la declaracion en forma extemporanea pero espontanea.
Saludos!
Puedo presentar la informacion de contratos a parttir de este dia 04 de enero o me espero a la fecha del trimeste del 15 de enero?
Gracias!
Saludos!
Hola Karla!
Claro que si lo puedes presentar desde ahora, sin embargo el plazo son quince dias habiles , no naturales, asi que durante el plazo lo puedes presentar cualquier dia.
Saludos!
Buenas tardes!!
La empresa para la cual trabajo es un grupo con diferentes empresas, yo contrato personal para cada una de estas, mi duda es si caigo en 15A, ya que solo contrato personal para las empresas del mismo grupo pero cada una condistinta razon social,cabe mencionar que todos los empleados cuentan con contrato y estan registrados en el seguro social si es asi por favor me puede orientar sobre el proceso de informacion de contratos ya que no conozco mucho del tema.
Gracias!!
Saludos
Hola Karla!
Efectivamente tienes que presentar la informacion , ya que si bien las empresas pueden ser de la misma persona o grupo de personas, son como tu comentas , diferentes razones sociales, por lo que te sugiero la elaboracion de contratos de outsourcing mediante un abogado, que te sira de modelo para todas las demas empresas del grupo, y en cuanto a la presentacion de la informacion , te dejo estos enlaces, para que leas mas acerca del tema.
https://www.robnovelo.com/tercera-actualizacion-de-las-preguntas-frecuentes-sobre-el-outsourcing/
https://www.robnovelo.com/acuerdo-del-imss-relativo-al-articulo-15-a-outsourcing/
https://www.robnovelo.com/formatos-del-imss-para-el-outsourcing/
https://www.robnovelo.com/reforma-a-la-ley-del-seguro-social-en-materia-de-outsourcing/
Saludos!
Hola, gracias por responder nuestras dudas…
1) Tanto el patrón (outsourcing) como el beneficiario deben presentar los formatos o con alguno que los presente basta??
2) Si no utilizo el IDSE, si no el servicio de Levicom, como hago para mandar vía internet dichos formatos??
Mil gracias por su tiempo!!
Hola Miguel!
Ambos dos (jojojo) deben presentar la informacion, y tienes que utilizar el Idse, mira nunca he utilizado un servicio particular de envio de informacion al IMSS, sin embargo si tienes tu firma electronica, que considero que si la tienes, porque cheque la pagina de levicom, y ahi decia que tenian que tramitarla sus clientes, pues con esa clave te puedes conectar al imss, y presentar la informacion , a manera personal, si tienes tu firma electronicano es necesario el servicio de levicom.
Saludos!
el siguiente contexto puede caer en el supuesto de que la empresa de limpieza que nos brinda servicio solamente puede mandar las ordenes que se ejecuta en nuestras oficinas.
«el prestador» (empresa de serv de limpieza) como empresario y patron del personal que ocupase con el motivo de los trabajos en materia de este contrato serà el unico responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demas ordenamientos en materia de trabajo y de seguridad social. «El prestador» conviene por lo mismo en responder de todas las reclamaciones que sus trabajadores presentasen en su contra o en contra de «El cliente» en realcion con los trabajos de materia de este contrato.
se encontraria fuera del supuesto para la presentacion del informe trimestral ante el imss
Noe,
Puedes poner como quieras tu contrato, no importa, la ley especifica claramente en que casos lo considerara como outsourcing sin importar lo que señales en tu contrato.
Hola, buenas tardes. gracias por la orientacion. mi pregunta es: donde encuentro el texto donde la ley (supongo que el IMSS) especifica en que casos se considera outsourcing, tambien me gustaria que me hiciera favor de especificarme cuales son los impuestos que se deben incluir en la facturacion de dicho servicio, gracias nuevamente.
saludos a todos robert una pregunta q es sobre el ietu q no lo declare desde julio 2010 pero tampoco en ene 2011 xq no sabia q tenia hasta este 2011 y ahora con el nuevo programa 1.2.2 de ietu no me deja declarar ietu en estas fechas q es 20/feb 2011 y ahora no se q aser para declarar el ietu ya q el programa me pone error de prog (2010) y no puedo validarla . . saludos
Wily ,
no puede ser, ya verifique y si se puede ahcer
ok robert gracias y saludos
robert pero la vdd no he podido y lo he dejado x el momento lo del ietu pero voy a intentarlo otra ves ya q la ultima ves q mande el ietu fue en jul 10 y asi le pongo en el ejercicio 2010 pero me marca error de 2010 no se a q se deva el ietu q descarge es el 1.2.2 no se si despues me puedas ayudar . saludos y gracias
solo presente la informacion por internet y ahora me estan multando.
que puedo hacer.
gracias
Marce,
cual es la razon de la multa?
Buenas tardes, yo tuve una novación de contrato en febrero de este año, pero por una razón u otra no envié la información al IMSS en abrul, como corresponde, la envié hasta este 15 de octubre. ¿Crées que pueda ser acreedora a una multa por no haber enviado la información en tiempo?, además nosotros somos los beneficiarios del contrato y el patrón no ha enviado esta información, esto nos puede afectar de alguna manera, ya que yo si he enviado la información y ellos no??.
Saludos
Haydee
Hola Haydee,
En cuanto a la multa no debe proceder ya que si bien fue de manera extemporanea, a su vez es de manera espontanea sin que medie requerimiento alguno.
Tu responsabilidad es presentar la informacion como beneficiario, ahora si el que esta como patron no la presento esa ya no es responsabilidad tuya y a el si pudieran multarlo.
Saludos!!!