Regularizacion isr 2010-Personas fisicas- Preguntas frecuentes


Regularizacion isr 2010-Personas fisicas- Preguntas frecuentes

¿Quiénes son sujetos a la Regularización del ISR 2010?

Contribuyentes no inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes y que por ende no han presentado la Declaración Anual del ISR del ejercicio 2010.

Contribuyentes inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes, que no han presentado la Declaración Anual del ISR del ejercicio 2010.

¿Qué debo hacer si no recibo la carta invitación pero quiero regularizarme?

Si usted sabe que debe regularizarse y no ha recibido carta invitación, acuda al módulo más cercano a su domicilio en donde le orientarán y ayudarán a regularizar su situación fiscal, o bien hágalo desde la comodidad de su casa u oficina.
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Consulte aquí la guía de apoyo para inscribirse en el RFC
DeclaraSAT, para presentar ejercicio 2010

¿Cómo puedo regularizar mi situación fiscal en materia de ISR 2010?

Si no está inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes, deberá llenar el formulario de pago y pagarlo en la sucursal bancaria de su preferencia o inscribirse en el Registro Federal de Contribuyentes y presentar su declaración a través de la herramienta DeclaraSAT, para presentar ejercicio 2010.

Si está inscrito en el citado registro, deberá llenar el formulario de pago y pagarlo en la sucursal bancaria de su preferencia, también podrá obtener una hoja de ayuda que le permitirá pagar vía portal bancario o ventanilla bancaria con su tarjeta de crédito o bien presentando su declaración a través de DeclaraSAT, para presentar ejercicio 2010.

El pago de impuestos con tarjeta de crédito solo aplica a los pagos electrónicos que se presentan con la Hoja de Ayuda.

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¿Qué es el Método Tradicional de inscripción en el RFC?

Es inscribirse por si mismo en el Registro Federal de Contribuyentes y presentar su Declaración Anual del ISR 2010 a través de la herramienta DeclaraSAT, para presentar ejercicio 2010.

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DeclaraSAT, para presentar ejercicio 2010

¿Cómo puedo validar la autenticidad de la carta invitación recibida?

Deberá ingresar al apartado de “Validador de carta invitación y formulario de pago”, y capturar los siguientes datos: número de folio de la carta invitación, teclear los cinco caracteres de seguridad y dar clic en validar.

¿Qué datos debo llenar en el Formulario de Pago?

Los datos que deberá llenar en el formulario de pago se señalan en los ejemplos de los formularios de pago para el llenado que le corresponda.

Inscritos en el RFC:

Formulario para contribuyentes omisos en la declaración 2010.
Formulario para contribuyentes que por el régimen en que tributan no están obligados a presentar Declaración Anual.
Formulario para contribuyentes en suspensión de actividades, con fecha anterior a 2010.
No Inscritos en el RFC:

Formulario para contribuyentes con CURP conocida por el SAT.
Formulario para contribuyentes sin CURP conocida por el SAT.

¿Qué facilidades obtengo si me apego a este esquema de regularización?

Para quienes no están inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), quedar inscritos en el citado registro y realizar la Declaración Anual del ISR 2010, con la presentación del formulario de pago en la sucursal bancaria de su preferencia y efectuando el pago de acuerdo al número de mensualidades elegidas.

Para quienes se encuentran inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes, ponerse al corriente en la presentación de la Declaración Anual del ISR 2010 de manera sencilla y realizar el pago hasta en 6 mensualidades.

¿Dónde puedo conseguir los formularios de pago si elegí pagar en mensualidades?

En la Administración Local de Servicios al Contribuyente que le corresponda.

¿Si extravié o maltraté la carta invitación y/o el formulario de pago, qué debo hacer para reponerlos?

Ingrese al apartado de “Solicitud de reimpresión de carta invitación” llene los datos solicitados de: número de folio de la carta invitación ó nombre completo y el código postal de su domicilio señalado en la carta invitación.

Después de haber solicitado la reimpresión, acuda por éste a la Administración Local de Servicios al Contribuyente que le corresponda.

Le informamos que si usted se encuentra inscrito al RFC, puede realizar su pago obteniendo la hoja de ayuda en la Opción de pago por ventanilla o portal bancario.

¿Cómo debo aclarar el ingreso de depósito(s) en efectivo que realizaron los miembros de una asociación de padres de familia?

Tratándose de Asociaciones de Padres de Familia, el representante legal deberá presentar ante la Administración Local de Servicios al Contribuyente de su adscripción, escrito libre acompañado de la siguiente documentación probatoria en:

Acta de constitución y estatutos de la asociación;

Acta en que conste la elección de las mesas directivas, miembros de los consejos y representantes según proceda, así como los nombres y cargos de quienes resulten electos, su aceptación y Protesta, y los cambios posteriores que por cualquier causa tengan lugar.

Registro otorgado en los términos del Reglamento de Asociaciones de Padres de Familia de la Ley General de Educación.

Documento que acredite que la cuenta bancaria en la que recibió los depósitos en efectivo, fue aperturada para los fines que persigue la asociación.
Lo anterior no releva a una Asociación de Padres de Familia de la obligación que tiene para solicitar su inscripción al Registro Federal de Contribuyentes, con fundamento en el artículo 27 del Código Fiscal de la Federación, 95, fracción XIV, 101 de la Ley del Impuesto sobre la Renta y 20 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación.

¿Cómo puedo obtener la hoja de ayuda para realizar el pago vía portal bancario o ventanilla bancaria?

Ingresando al apartado de servicios de este minisitio.

En caso de que haya optado por el servicio de pago por ventanilla o portal bancario mediante la generación del Formato hoja de ayuda ¿Puedo pagar la 2ª parcialidad con dicho Formato?

• No,

Si usted elije la opción de pago en parcialidades, el pago de la (s) parcialidad(es) subsecuente(s), será a través de la forma FMP-1 que deberá solicitar en la Administración Local de Servicios al Contribuyente que le corresponda de acuerdo a su domicilio fiscal.

¿A qué fecha están actualizados los montos de la carta invitación, FMPZ y hoja de ayuda?

Las cantidades a pagar que aparecen en la carta invitación, FMPZ y hoja de ayuda, están actualizadas al 3 de septiembre de 2012.

¿Cuántas veces puedo generar la hoja de ayuda?

El sistema únicamente le permitirá generar el Formato de hoja de ayuda en dos ocasiones.

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