Conforme a lo estipulado en el RISAT vigente Artículo 20, Apartado B fracción IV, el cual establece:
IV.- Los contribuyentes personas morales a que se refiere el Título II de la Ley del Impuesto Sobre la Renta que en el último ejercicio fiscal declarado hayan consignado en sus declaraciones normales ingresos acumulables para efectos del impuesto sobre la renta iguales o superiores a un monto equivalente a $500,000,000.00.
El monto de la cantidad establecida en esta fracción se actualizará en el mes de enero de cada año, con el factor de actualización correspondiente al periodo comprendido desde el mes de diciembre del penúltimo año al mes de diciembre del último año inmediato anterior a aquél por el cual se efectúe el cálculo, de conformidad con el procedimiento a que se refiere el artículo 17-A del Código Fiscal de la Federación.
Por lo anterior se da a conocer el monto actualizado para los contribuyentes que se ubican en la fracción IV del Apartado B del Artículo 20, denominados Contribuyentes Diversos para este ejercicio 2012, siendo la cantidad actualizada de: $ 618,795,301.00
Lo anterior a efecto de que sirva como base a las unidades Administrativas para identificar a este tipo Contribuyentes, competencia de la Administración General de Grandes Contribuyentes.