Pago referenciado para personas fisicas a partir de septiembre 2012


Pago referenciado para personas fisicas a partir de septiembre 2012

El Servicio de Administracion Tributaria informa mediante su pagina de internet, que a partir del mes de septiembre de 2012, las personas fisicas que hayan obtenido ingresos superiores a 1´000,000  en 2011, realizaran su declaracion correspondiente al mes de agosto de 2011, mediante el servicio de declaraciones y pagos comunmente conocido como pago referenciado.

servicio de declaraciones y pagos pago referenciado personas fisicas

Este es el comunicado del SAT

Contribuyentes que se incorporan en 2012

Están obligados a utilizar el Servicio de Declaraciones y Pagos (Pago Referenciado) los siguientes contribuyentes:

  • A partir de septiembre del 2012 se incorporan las personas físicas que en el último ejercicio fiscal declarado, hayan manifestado ingresos superiores a 1’000,000 de pesos para los pagos provisionales y definitivos correspondientes a agosto del 2012 y subsecuentes.
  • A partir de septiembre todas las personas físicas, que no se encuentren en el supuesto anterior, pueden optar por utilizar el Servicio de Declaraciones y Pagos, correspondientes a agosto del 2012 y subsecuentes. Se entenderá que se ejerce la opción señalada, a partir del primer pago que se efectúe a través del Servicio de Declaraciones y Pagos. Quienes ejerzan la opción indicada, no podrán variar la misma durante el ejercicio fiscal.

Como podemos observar en el comunicado del Sat, señala que las personas fisicas que no hayan obtenido ingresos superiores a 1´000,000 durante el ejercicio anterior, podran optar por presentar sus declaraciones mediante el servicio de declaraciones y pagos( pago referenciado)

Suscribete y mantente Actualizado

Prueba el software de Descarga masiva de xmls











1 comment… add one
  • JULIO SALAZAR Jul 4, 2012 @ 15:22

    Buenas tardes, al paso de los días con la obligatoriedad de los datos en los CFDI de acuerdo al art. 29 y 29A, me han enviado comunicados clientes y proveedores en los cuales señalan estos artículos, pero su solicitud es disimbola tratándose de indicar el régimen fiscal en el que tributa el contribuyente, algunos me estan indicando el régien en el que ellos tributan, otros me solicitan en el cual tributa la empresa, asimismo referente a la cuenta bancaria de pago, algunos me indican su número de cuenta con la que me van a pagar no así a la cuenta que voy a depositar.
    En conclusión la empresa debe solicitar a sus clientes, la forma en que realizará el pago, el banco y cuando menos los últimos cuatro digitos de su cuenta. La empresa enviará a sus proveedores estos datos.
    ¿Es correcta mi apreciación o tengo que modificar mi solicitud?

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *