Regimen intermedio para entidades federativas en pago referenciado
Seguramente si eres un contribuyente del regimen intermedio de las personas fisicas o contador de una de ellas, habras notado que al entrar en el servicio de declaraciones y pagos, al seleccionar la presentacion de la declaracionpara el regimen intermedio de las personas fisicas, se activa la obligacion:
“ISR Personas Físicas. Actividad Empresarial. Régimen Intermedio para Entidades Federativas”
Ahora bien como esta obligacion se entera por medio de las oficinas estatales de hacienda de los estados, esta obligacion no debe de ser seleccionada, el mismo Sat, mediante el apartado de preguntas frecuentes de su portal, señala lo siguiente:
Las personas físicas del régimen Intermedio de las Actividades Empresariales, al presentar su pago provisional en el Servicio de Declaraciones y Pagos se habilita la obligación “ISR Personas Físicas. Actividad Empresarial. Régimen Intermedio para Entidades Federativas”. ¿Deben seleccionar esta obligación?
No, deberá seleccionar esta obligación, solo deberán seleccionar las obligaciones que se presentan a la Federación.
Fundamento legal: Artículo 136-BIS de la LISR, y servicio de Declaraciones y Pagos.
Buen aporte y observacion para aquellos que realizan pagos y que por defaul le dan clip a todo lo que dice la plataforma.