Pensiones Exentas hasta quince salarios minimos


El 25 de mayo de 2012, se publico en el diario oficial de la federacion la exencion de quince salarios minimos a las pensiones, esto se debe a la modificacion de la fraccion III del articulo 109 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

Articulo 109 antes de la modificacion:

Artículo 109. No se pagará el impuesto sobre la renta por la obtención de los siguientes ingresos:

III. Las jubilaciones, pensiones, haberes de retiro, así como las pensiones vitalicias u otras formas de retiro, provenientes de la subcuenta del seguro de retiro o de la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, previstas en la Ley del Seguro Social y las provenientes de la cuenta individual del sistema de ahorro para el retiro prevista en la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en los casos de invalidez, incapacidad, cesantía, vejez, retiro y muerte, cuyo monto diario no exceda de nueve veces el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente. Por el excedente se pagará el impuesto en los términos de este Título.

pensiones exentas hasta quince salarios minimos

Con la reforma la fraccion III queda de la siguiente manera:

Artículo 109. No se pagará el impuesto sobre la renta por la obtención de los siguientes ingresos:
I. a II. …
III. Las jubilaciones, pensiones, haberes de retiro, así como las pensiones vitalicias u otras formas de retiro, provenientes de la subcuenta del seguro de retiro o de la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, previstas en la Ley del Seguro Social y las provenientes de la cuenta individual del sistemade ahorro para el retiro prevista en la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en los casos de invalidez, incapacidad, cesantía, vejez, retiro y muerte, cuyo monto diario no exceda de quince veces el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente. Por el excedente se pagará el impuesto en los términos de este Título.
Por lo que si eres pensionado, si tu pension no rebasa los siguientes montos , no seras sujeto a retencion de isr:
                                 Monto Exento en 2012
Pensionados de la Zona A                28,422.48
Pensionados de la Zona B                27,619.92
Pensionados de la Zona C                26,940.48

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2 comments… add one
  • CARLOS Jun 5, 2012 @ 14:28

    Hola Robert, te felicito por tu blog, excelente aportacion y ayuda. Bueno mi pregunta es si para los pensionados o jubilados, aplicaria la devolucion del ISR tambien en su declaracion de 2010? y de ser asi, en que articulo o resolucion podria soportar esa informacion.
    Gracias de antemano.

  • jose roberto santos marroquin Jun 26, 2012 @ 20:33

    no carlos este decreto es para el año de 2012 lo que hay que esperar si para este año nos pueden devolver los impuesto que noos retuvieron desdeel mes de enero o en su defecto al hacer la declaradioon de este año 2012 se puede recuperarlo, es probable que un fiscalista nos pueda decir su opinion.-

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