Condusef orienta 
a trabajadores sobre reparto de utilidades


La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) dio una guía para que los trabajadores puedan recibir el pago de utilidades en tiempo y forma.

La institución informa que, para ser candidato a recibir reparto de utilidades, debe haber laborado en una empresa privada durante al menos dos meses en el 2011. Sin embargo, algunos puestos administrativos, gerentes, directores y socios pueden estar exentos de recibir este pago.

El pago de utilidades se debe realizar en un periodo no mayor a 60 días, a partir de que la empresa o patrón haya presentado la declaración de impuestos ante el Servicio de Administración Tributaria.

Con esto, los plazos para el pago de reparto de utilidades (cuando sea el caso) son entre el 1 y 30 de mayo para personas morales y del 1 de mayo al 29 de junio cuando el patrón sea una persona física, incluyendo a aquellas pequeñas y medianas empresas que operen bajo esta figura.

reparto de utilidades

FORMAS DE APROVECHARLO

El reparto de utilidades es un ingreso excepcional, dado que no necesariamente se recibe cada año. Es independiente de su sueldo (ordinario) quincenal, mensual o incluso anual. Si es candidato a recibir esta prestación, la Condusef le recomienda que analice opciones para que obtenga el mayor beneficio:

1. Si con el importe a recibir logra liquidar o avanzar significativamente con el pago de alguna o algunas deudas, liquide ese pasivo y libérese.

2. Una de las mejores opciones para obtener elevados rendimientos en su favor en el largo plazo es realizar aportaciones voluntarias a su cuenta de retiro.

Recientes estudios del Instituto Mexicano de Ejecutivos de Finanzas destacan que, si no se ahorra lo suficiente, 20% de los adultos mayores enfrentará una situación precaria en su vejez.

La Condusef enfatiza que el reparto de utilidades y todo aquel ingreso excepcional que llegue a tener pueden resultar de gran utilidad para prever o mejorar su plan de retiro.

Dependiendo de la administradora de fondo de ahorro para el retiro (afore) en que se encuentre registrado y de la sociedad de inversión especializada en fondos para el retiro (siefore) que le corresponda, puede obtener rendimientos de entre 5 y 16 por ciento.

Por ello, la Condusef sugiere verificar en qué afore se encuentra registrado, comparar rendimientos y cambiar a aquella que, en su opinión, le otorgue los mayores beneficios.

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