Salarios minimos 2013
El Consejo de Representantes de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos acordó otorgar un aumento general a los salarios mínimos de las dos áreas geográficas para el 2013 de 3.9 por ciento.
Los nuevos salarios mínimos legales que regirán a partir del primero de enero de 2013 son los siguientes:
área geográfica “A”, 64.76 pesos diarios;
área geográfica “B”, 61.38 pesos diarios.
El Consejo de Representantes acordó mantener para el 2013, la actual integración municipal de las áreas geográficas para la aplicación de los salarios mínimos.
En cuanto a la Lista de Profesiones, oficios y trabajos especiales a los que se les fija un salario mínimo profesional, el Consejo de Representantes acordó suprimir para el año 2013 y en lo sucesivo, las ocupaciones de Oficial Mecánico(a) tornero(a), Moldero(a) en fundición de metales y Oficial de niquelado y cromado de artículos y piezas de metal. Asimismo, acordó el cambio de la denominación y definición de la ocupación de Peinador(a) y manicurista por la de Peluquero(a) y cultor(a) de belleza en general.
Las demás ocupaciones incluidas en la Lista de profesiones, oficios y trabajos especiales que estuvieron vigentes en el 2012, se mantienen con su denominación, descripción y diferencia salarial con respecto al salario mínimo general.