Salarios mínimos generales 2012 y Salarios mínimos profesionales 2012


salarios mínimos 2012 salarios mínimos profesionales 2012Salarios mínimos 2012

El día de hoy se publica en el diario oficial de la federación los salarios mínimos 2012, así mismo dicha publicación incluye los salarios mínimos profesionales para 2012 .

El consejo de representantes de la comisión nacional de salarios mínimos , determino que:

  • Los sectores obrero y patronal que integran el Consejo de Representantes de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos, con el Gobierno Federal, hacen un público manifiesto y acuerdan promover que se realicen estudios que analicen la viabilidad de desvincular la figura del salario mínimo utilizada en las diversas disposiciones legales como unidad de cuenta, base o medida de referencia
  • Los salarios mínimos 2012 que tendrán vigencia a partir del 1 de enero de 2012 en las áreas geográficas a que se refiere el punto resolutorio anterior, como cantidad mínima que deben recibir en efectivo los trabajadores por jornada ordinaria diaria de trabajo, serán los que se señalan a continuación:

Salarios mínimos 2012

Pesos

área geográfica «A»área geográfica «B»área geográfica «C»

$ 62.33

$ 60.57

$ 59.08

De la Lista de profesiones, oficios y trabajos especiales a los que se les fija un salario mínimo profesional, se suprime para el año 2012 y en lo sucesivo, las ocupaciones de:

  • Oficial hornero(a) fundidor(a) de metales y Oficial talabartero(a) en la manufactura y reparación de artículos de piel.

Asimismo, se acordó mantener los correspondientes al:

  • Costurero(a) en confección de ropa en talleres o fábricas,
  • Dependiente(a) de mostrador en refaccionarías de automóviles y camiones,
  • Oficial de sastrería en trabajo a domicilio,
  • Tablajero(a) y/o carnicero(a) en mostrador,
  • Velador(a)
  • Oficial zapatero(a) en talleres de reparación de calzado,
  • así como las demás ocupaciones incluidas en la Lista de profesiones, oficios y trabajos especiales que estuvieron vigentes en el 2011.

 

Salarios Mínimos Profesionales 2012

Que estarán vigentes a partir del 1 de enero del año 2012

Pesos diarios

áreas Geográficas

OFICIO
No.

PROFESIONES, OFICIOS Y TRABAJOS ESPECIALES

A

B

C

1

Albañilería, oficial de

90.83

88.49

86.10

2

Boticas, farmacias y droguerías, dependiente(a) de mostrador en

79.05

76.94

74.99

3

bulldozer y/o trascavo, operador(a) de

95.69

92.96

90.54

4

Cajero(a) de máquina registradora

80.58

78.60

76.61

5

Cajista de imprenta, oficial

85.77

83.62

81.22

6

Cantinero(a) preparador(a) de bebidas

82.45

80.21

78.13

7

Carpintero(a) en fabricación y reparación de muebles, oficial

89.16

86.70

84.38

8

Cocinero(a), mayor(a) en restaurantes, fondas y demás establecimientos de preparación y venta de alimentos

92.16

89.77

87.26

9

Colchones, oficial en fabricación y reparación de

83.37

81.21

79.19

10

Colocador (a) de mosaicos y azulejos, oficial

88.78

86.55

84.17

11

Construcción de edificios y casas habitación, yesero(a) en

84.04

82.02

79.68

12

Cortador(a) en talleres y fábricas de manufactura de calzado, oficial

81.57

79.55

77.46

13

Costurero(a) en confección de ropa en talleres o fábricas

80.44

78.13

76.40

14

Costurero(a) en confección de ropa en trabajo a domicilio

82.84

80.73

78.47

15

chófer acomodador(a) de automóviles en estacionamientos

84.69

82.42

80.14

16

chófer de camión de carga en general

92.95

90.56

88.19

17

chófer de camioneta de carga en general

90.02

87.62

85.17

18

chófer operador(a) de vehículos con grúa

86.16

84.09

81.76

19

Draga, operador(a) de

96.68

94.24

91.55

20

Ebanista en fabricación y reparación de muebles, oficial

90.62

88.22

85.78

21

Electricista instalador(a) y reparador(a) de instalaciones eléctricas, oficial

88.78

86.55

84.17

22

Electricista en la reparación de automóviles y camiones, oficial

89.76

87.36

84.91

23

Electricista reparador(a) de motores y/o generadores en talleres de servicio, oficial

86.16

84.09

81.76

24

Empleado(a) de góndola, anaquel o sección en tiendas de autoservicio

78.79

76.73

74.32

25

Encargado(a) de bodega y/o almacén

81.98

79.81

77.72

26

Enfermería, auxiliar práctico(a) de

84.69

82.42

80.14

27

Ferreterías y tlapalerías, dependiente(a) de mostrador en

83.83

81.41

79.35

28

Fogonero(a) de calderas de vapor

86.83

84.49

82.16

29

Gasolinero(a), oficial

80.44

78.13

76.40

30

Herrería, oficial de

87.50

85.21

82.82

 

31

Hojalatero(a) en la reparación de automóviles y camiones, oficial

89.16

86.70

84.38

32

Joyero(a)-platero(a), oficial

84.69

82.42

80.14

33

Joyero(a)-platero(a) en trabajo a domicilio, oficial

88.23

86.09

83.70

34

Linotipista, oficial

94.18

91.89

89.48

35

Lubricador(a) de automóviles, camiones y otros vehículos de motor

81.17

79.03

76.77

36

Maestro(a) en escuelas primarias particulares

96.01

93.57

90.89

37

Manejador(a) en granja avícola

77.79

75.86

73.84

38

Maquinaria agrícola, operador(a) de

91.35

89.10

86.73

39

Máquinas para madera en general, oficial operador(a) de

86.83

84.49

82.16

40

Mecánico(a) en reparación de automóviles y camiones, oficial

94.18

91.89

89.48

 

41

Mecánico(a) tornero(a), oficial

42

Moldero(a) en fundición de metales

88.23

86.09

83.70

43

Montador(a) en talleres y fábricas de calzado, oficial

86.16

84.09

81.76

44

Niquelado y cromado de artículos y piezas de metal, oficial de

81.57

79.55

77.46

45

Peinador(a) y manicurista

85.77

83.62

81.22

46

Perforista con pistola de aire

84.69

82.42

80.14

47

Pintor(a) de automóviles y camiones, oficial

89.76

87.36

84.91

48

Pintor(a) de casas, edificios y construcciones en general, oficial

87.50

85.21

82.82

49

Planchador(a) a máquina en tintorerías, lavanderías y establecimientos similares

86.83

84.49

82.16

50

Plomero(a) en instalaciones sanitarias, oficial

80.58

78.60

76.61

 

51

Prensa offset multicolor, operador(a) de

90.83

88.49

86.10

52

Prensista, oficial

84.69

82.42

80.14

53

Radiotécnico(a) reparador(a) de aparatos eléctricos y electrónicos, oficial

90.62

88.22

85.78

54

Recamarero(a) en hoteles, moteles y otros establecimientos de hospedaje

78.79

76.73

74.32

55

reaccionarias de automóviles y camiones, dependiente(a) de mostrador en

81.98

79.81

77.72

56

Reparador(a) de aparatos eléctricos para el hogar, oficial

85.77

83.62

81.22

57

Reportero(a) en prensa diaria impresa

186.73

182.01

176.72

58

Reportero(a) gráfico(a) en prensa diaria impresa

186.73

182.01

176.72

59

Repostero(a) o pastelero(a)

90.83

88.49

86.10

60

Sastrería en trabajo a domicilio, oficial de

91.35

89.10

86.73

 

61

Secretario(a) auxiliar

93.99

91.35

89.10

62

Soldador(a) con soplete o con arco eléctrico

89.76

87.36

84.91

63

Tablajero(a) y/o carnicero(a) en mostrador

84.69

82.42

80.14

64

Tapicero(a) de vestiduras de automóviles, oficial

86.16

84.09

81.76

65

Tapicero(a) en reparación de muebles, oficial

86.16

84.09

81.76

66

Trabajo social, técnico(a) en

102.74

99.91

97.31

67

Vaquero(a) ordeñador(a) a máquina

78.79

76.73

74.32

68

Velador(a)

80.44

78.13

76.40

69

Vendedor(a) de piso de aparatos de uso doméstico

82.84

80.73

78.47

70

Zapatero(a) en talleres de reparación de calzado, oficial

81.57

79.55

77.46

 

No existe una ley específica sobre salarios mínimos en México. Sin embargo, en la Constitución Política de México, Artículo 123, sección VI, se encuentra el sustento legal para los salarios mínimos 2012. Es principalmente  la Ley Federal del Trabajo la que contiene la regulación de los salarios mínimos 2012. Los artículos 90 a 97 de dicha ley contienen las caracterísiticas principales de los salarios mínimos 2012.

 

Publicación oficial Salarios mínimos profesionales 2012 y salarios mínimos 2012

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3 comments… add one
  • Crispo Ene 29, 2012 @ 22:07

    NO sea ingenuos ni injustos…..con ese salario no come ni un BEBE….y todo lo demás donde queda…pongan los salarios minimos de un trabajador de PEMEX o de un servidor publico…..

  • salvador Nov 27, 2012 @ 9:17

    Ha pero que tal el aguinado de los rateros diputados, 112 millones de pesos y otros cuantos 222 millones, mientras ello se encuentran sentados robando al pueblo nosotro los obrero estamos pensando que hacer para comer mañana.

  • Sebastián Dic 5, 2012 @ 14:43

    Esto señoras y señores es una ofenza a nuestro pueblo, como lo dijo el personaje del primer comentario , «quien come con esos salarios» y eso hablando de una persona, ahora bien, si esa persona es el sosten de la familia, ¿comeran bien?, ¿comeran 3 veces al dia?, obvio que no!
    aunque suene trillado es verdad el cambio verdadero esta en nuestras manos, y no es que polle al «partido amarillo» pero lo que mencioné es verdad, y no hay peor ciego que el que no quiere ver, solo mieren a su alrededor.
    en mi municipio vive un diputado federal, y su familia de un tiempo para acá se visten mejor, andan en mejores carros, incluso cada quien posee un carro propio; mamá, papá, hijos. mientras que quienes en verdad se rompen el lomo andan en bicicletas o a pie, ¿es justo que quien paga impuestos y mas que nada, le paga a estas sabandijas estén en peores condiciones?, en verdad ¿es eso justo?.
    pero quien tiene la culpa de todo esto, nadie mas culpable de todo estos, nosotros «se supone» que elejimos a nuestros gobernantes, y estos gobernantes resultan ser siempre un par de criminales, nada mas que ratas con traje y un copetazo

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