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decreto de beneficios a huerfanos y discapacitados

Artículo Segundo.- Se reforman los artículos 64, fracción VI y 84 fracción VI de la Ley del Seguro Social, para quedar como sigue:

Artículo 64. …

a) 

b) 

I. a V. 

VI. A cada uno de los huérfanos, cuando lo sean de padre y madre, menores de dieciséis años o hasta veinticinco años si se encuentran estudiando en los planteles del sistema educativo nacional, o en tanto se encuentren totalmente incapacitados debido a una enfermedad crónica o discapacidad por deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales, que les impida mantenerse por su propio trabajo se les otorgará una pensión equivalente al treinta por ciento de la que hubiera correspondido al asegurado tratándose de incapacidad permanente total.

Artículo 84. …

I. a V. 

VI. Los hijos del asegurado cuando no puedan mantenerse por su propio trabajo debido a una enfermedad crónica o discapacidad por deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales, hasta en tanto no desaparezca la incapacidad que padecen o hasta la edad de veinticinco años cuando realicen estudios en planteles del sistema educativo nacional;

VII. a IX. 

Transitorio

Único.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

México, D.F., a 15 de febrero de 2011.- Sen. Manlio Fabio Beltrones Rivera, Presidente.- Dip. Jorge Carlos Ramírez Marín, Presidente.- Sen. Martha Leticia Sosa Govea, Secretaria.- Dip. Balfre Vargas Cortez, Secretario.- Rúbricas.«

En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a 23 de mayo de 2011.- Felipe de Jesús Calderón Hinojosa.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, José Francisco Blake Mora.- Rúbrica.

Carga batch Diot 2012 v.1.1.4

Despues de la reciente publicacion del Servicio de Administracion Tributaria ( SAT ) de la diot 2012, nos dimos a la tarea de verificar la Carga Batch Diot 2012 para la version 1.1.4, y despues de hacer las pruebas respectivas, este archivo es perfectamente validado.

No olvides que este archivo en excel nos ahorra, bastante trabajo de captura en el programa DEM.

El fundamento para la presentacion de la declaracion de operaciones con terceros (DIOT) es la fraccion VIII del articulo 32 de la ley del Impuesto al Valor agregado:

VIII.       Proporcionar mensualmente a las autoridades fiscales, a través de los medios y formatos electrónicos que señale el Servicio de Administración Tributaria, la información correspondiente sobre el pago, retención, acreditamiento y traslado del impuesto al valor agregado en las operaciones con sus proveedores, desglosando el valor de los actos o actividades por tasa a la cual trasladó o le fue trasladado el impuesto al valor agregado, incluyendo actividades por las que el contribuyente no está obligado al pago, dicha información se presentará, a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior al que corresponda dicha información

Ahora si bien se señala que la fecha es el 17 del mes inmediato posterior, de acuerdo a la regla I.5.5.2 de la resolucion miscelanea fiscal para 2012 el plazo sera durante todo el mes inmediato posterior.

Declaración informativa de operaciones con terceros a cargo de personas físicas y morales, formato, periodo y medio de presentación

I.5.5.2.          Para los efectos del artículo 32, fracciones V y VIII de la Ley del IVA, los contribuyentes personas morales proporcionarán la información a que se refieren las citadas disposiciones, durante el mes inmediato posterior al que corresponda dicha información de conformidad con lo previsto en la regla II.5.5.2.

Tratándose de contribuyentes personas físicas, proporcionarán la información a que se refiere el párrafo anterior, durante el mes inmediato posterior al que corresponda dicha información de conformidad con lo previsto en la regla II.5.5.2.

Asi que aqui se las dejamos

carga batch diot 2012

Carga Batch Diot 2012 v.1.14.

diotEl Servicio de Administracion Tributaria ( SAT) dio a conocer en su portal una nueva version  de la declaracion informativa con terceros mejor conocida como DIOT 2011

La version disponible es DIOT  2011 V.1.1.4

La cual puedes descargar de este link DIOT 2011

Manuales de la declaracion de operaciones con terceros

Manual de instalación:

Manual del usuario:

¿Qué es el SIPIAD?

Es un programa diseñado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para la presentación de la información alternativa al dictamen a través de Internet.

¿Para qué sirve?

Para apoyar al contribuyente en la presentación de la información alternativa a través de Internet facilitando el cumplimiento oportuno de sus obligaciones fiscales.

¿Cuáles son sus beneficios?

· Facilidad en el llenado de la información alternativa al dictamen a través del programa SIPIAD.
· Seguridad, rapidez y oportunidad en la presentación de la información alternativa al dictamen.
· Cómodo y confiable para la presentación de la información alternativa al dictamen.
sipiad 2010
Requisitos para presentar la información alternativa al dictamen por Internet

  • Tener una cuenta de acceso a este servicio a través de un Proveedor de Servicios de Internet (PSI), contar con correo electrónico (e-mail) y una PC compatible con Windows 7,  XP o Windows Vista, (con últimas versiones de service pack instaladas) en idioma inglés o español.
  • Contar con su certificado de firma electrónica avanzada (Fiel)..

Quiénes presentan la información alternativa al dictamen 2010?

  • Para efectos  de los artículos Tercero y Sexto del Decreto Presidencial publicado en el diario Oficial de la Federación del 30 de junio de 2010, los contribuyentes que se encuentren obligados a dictaminar sus estados financieros por contador público autorizado, de conformidad con lo establecido en el artículo 32-A, fracción I del CFF, y opten por no presentar  el dictamen fiscal, presentarán la información alternativa al dictamen.

Cuándo se presenta la informacion alternativa al dictamen ejercicio 2010?

  • La información alternativa al dictamen, correspondiente al ejercicio fiscal 2010, se presenta a más tardar el 30 de Junio de 2011. Sin embargo, lo puede presentar en forma previa a la fecha indicada en el siguiente calendario:

Calendario para el envío de la información alternativa al dictamen de acuerdo a la primera letra del RFC.

Letras A a la F  del 15 al 20 de Junio de 2011

Letras G a la O  del 21 al 26 de Junio de 2011

Letras P a la Z y el & del 27 al 30 de Junio de 2011

Fundamento legal: Decreto Presidencial del 30 de junio de 2010

Sistema de presentación de la información alternativa al dictamen  (sipiad)

informativa isr consolidacion

Se publica  la Versión del programa V.1.0.1, para elaborar y presentar la declaración informativa sobre el ISR diferido en consolidación fiscal (19-A).

El instalador carga automáticamente la máquina virtual 1.3.1 de Java que requiere, así como el cliente y los accesos necesarios para capturar esta declaración informativa.

Importante: Cabe mencionar que aunque se cuente con otra versión de la máquina virtual de Java, ya sea anterior o más actual, no interfiere en el funcionamiento ya que opera de forma independiente.

Software

Descargue e instale en su computadora el siguiente archivo y siga las indicaciones del asistente de instalación:  ( 8,500 kB) ISRConsol

El proceso de instalación se realiza automáticamente en la siguiente ruta de su disco duro: C:dem_10ISR_CON

Manual de instalación

( 1,788 kB) Versión,  ( 1,597 kB) Versión

Manual de usuario

( 6,609 kB) Versión,  ( 621 kB) Versión