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Como muchos se habran dado cuenta, el declarasat vino con sus errores en especial en el calculo del IETU, pues la secretaria de hacienda publico el 21 de abril a las 12:15 una nueva version del declarasat, pero no avisaron ni hubo ningun comunicado de que ya habia una nueva version, pero lo que si publicaron es que se extendia el plazo para presentar la declaracion anual de personas fisicas por el virus de la influenza, hagame usted el favor, este es el comunicado oficial:

»

Comunicado de prensa núm. 33/2009

México D. F., 24 de abril de 2009

SE AMPLÍA AL 1 DE JUNIO EL PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN

DE LA DECLARACIÓN ANUAL

El Servicio de Administración Tributaria informa que las personas físicas tienen hasta el 1 de junio para presentar la declaración anual del ejercicio 2008.

A los contribuyentes que aún no la hayan presentado, se les invita a cumplir esta obligación através de Internet, utilizando la declaración pre llenada disponible en el Portal del SAT.

Si requieren asesoría para elaborar su declaración, en el Portal de Internet del SAT (www.sat.gob.mx) los contribuyentes pueden consultar toda la información necesaria, ingresar al servicio de chat o al servicio de orientación. También pueden llamar INFOSAT (01 800 46 36728) gratuito desde todo el país o ver los tutoriales en www.youtube.com/satmx.

Lo anterior como una medida preventiva, en concordancia con las acciones que está adoptando el Gobierno Federal en materia de salud, y a fin de evitar altas concentraciones de contribuyentes en los Módulos de Servicios Tributarios durante los últimos días de abril.»

Esta es la regla de la resolucion miscelanea que le da validez a la modificacion del plazo:

Sexta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2008.

«Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Sexta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2008 Con fundamento en los artículos 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 33, fracción I, inciso g) del Código Fiscal de la Federación, 14, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria y 3, fracción XX del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, se resuelve:

Unico. Respecto del Libro Primero, se adiciona la regla I.3.11.11. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2008, para quedar de la siguiente manera:

Ampliación de plazo para la presentación de declaración del ISR y IETU de personas físicas

I.3.11.11. Para efectos de los artículos 175, primer párrafo de la Ley del ISR y 7, primer párrafo de la Ley del IETU, se amplía el plazo hasta el 1 de junio de 2009, para que las personas físicas presenten su declaración del ejercicio fiscal de 2008.

LISR 175, LIETU 7

Transitorios

Unico. La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Atentamente

México, D.F., a 24 de abril de 2009.- El Jefe del Servicio de Administración Tributaria, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena.- Rúbrica.

Y si, todo parece indicar que los buena gentes del SAT nos dan mas plazo para las declaraciones por la contingencia de la influenza, pero que creen? no es asi , porque? se preguntaran la respuesta esta en el articulo 31 sexto parrafo del CFF que textualmente señala:

«Artículo 31. Quinto párrafo (Se deroga)

En los casos en que las formas para la presentación de las declaraciones y expedición de constancias, que prevengan las disposiciones fiscales, no hubieran sido aprobadas y publicadas en el Diario Oficial de la Federación por las autoridades fiscales a más tardar un mes antes de la fecha en que el contribuyente esté obligado a utilizarlas, los obligados a presentarlas deberán utilizar las últimas formas publicadas por la citada dependencia y, si no existiera forma publicada, las formularán en escrito que contenga su nombre, denominación o razón social, domicilio y clave del Registro Federal de Contribuyentes, así como el ejercicio y los datos relativos a la obligación que pretendan cumplir; en el caso de que se trate de la obligación de pago, se deberá señalar además el monto del mismo.»

Como ven no es que el SAT sea muy comprensivo, sino que unicamente cometieron un error lo modificaron y ampliaron el plazo para cumplir de acuerdo a la ley, y no olviden descargar la nueva version del Declarasat.

Hasta la proxima

Declaracion 2008 Prellenada

Pues de las cosas que hace bien el sat hay una serie de videos y este es interesante ya que como estamos en temporada de declaraciones anuales, la declaracion prellenada es una ayuda invaluable sobre todo para los Asalariados obligados a presentar declaracion anual, y este video se refiere precisamente a eso.

Este es el video promocional del SAT para la presentacin de la declaracion anual de personas fisicas

[youtube=http://www.youtube.com/watch?v=G2Cwqd4OELA&hl=es&fs=1]

Facturacion capufe

Existen 2 sistemas para realizar la facturacion capufe (caminos y puentes federales), esto dependera de del codigo impreso que tengas en tu ticket.

Para realizar la facturacion capufe, tienes que seguir los siguienes pasos, que te damos en esta guia para elaborar la factura electronica capufe en el sistema de facturacion capufe.

Requisitos para la facturacion capufe

  • Ticket capufe
  • Rfc
  • Nombres
  • uso de cfdi
  • correo electronico

Facturacion Capufe sin Registro

Paso 1 Seleccionar Facturacion rapida Capufe

Selecciona en «quiero facturar sin registrarme»

facturacion capufe

Al momento de entrar te aparecera un aviso, que indica que se debe terminar el proceso de facturacion capufe, para evitar la perdida de informacion, cierra esa ventana.

facturacion ticket capufe

Esta opcion tiene 3 pestañas, en la pestaña de tickets, es donde realizaremos la facturacion capufe.

facturacion electronica capufe

Paso 2 Captura de ticket

Captura con Codigo QR

Haz click en el boton escanear tickets, para esto debes contar con un equipo que tenga camara web, te aparecera la siguiente ventana, deberas acercar tu codigo QR impreso en tu ticket de capufe.

facturacion electronica ticket capufe

Captura con Codigo

Ubica el codigo de facturacion en el ticket de capufe, este debe de estar arriba del codigo QR y es un codigo de 18 digitos.

En esta opcion capturas el codigo del ticket capufe y le das click en validar para que valide el ticket.

factura capufe

Despues de haber ingresado correctamente el codigo y haberlo validado podras visualizar en la pantalla los siguientes datos:

  • Codigo de ticket
  • Plaza de cobro
  • Fecha
  • Total
factura ticket capufe

Puedes ir capturando mas tickets de capufe facturación rapida y se iran acumulando en la pantalla, cuando termines de capturar todos los tickets de capufe facturación rapida, haz click en siguiente

factura electrnica capufe

Paso 3 Captura de datos fiscales en capufe facturacion rapida

Aca capturaras los datos fiscales de rfc, nombre o razon social, uso del cfdi y correo electronico.

factura electronica ticket capufe

Paso 4 Confirmacion de datos de facturacion capufe

En esta pantalla te aparecen los datos capturados, si estan correctos haz click en generar factura.

facturacion ticket capufe

Te aparecera la ventana de confirmacion de informacion de los datos, si todos los datos son correctos haz click en aceptar para generar la factura de caminos y puentes federales.

facturacion electronica capufe

Te aparecera la siguiente ventana, donde te indica que la factura de capufe fue generada con exito, ademas nos muestra el folio fiscal del comprobante y nos da la opcion de imprimir la factura o de descargar el archivo pdf y xml.

facturacion caminos y puentes federales capufe iave

Link a capufe Facturacion rapida

Facturar

 

Facturacion Caminos y puentes federales capufe con registro

Para facturar con registro en CAPUFE debes seguir las siguientes instrucciones:

 

  1. Ingresa tu usuario es decir tu correo electrónico y la contraseña que te asignó CAPUFE y haz click en “Acceso”
  2. Una vez dentro el sistema de facturación caminos y puentes federales capufe te pedirá que cambies tu contraseña, ésta debe estar formada por un minimo de 8 caracteres y un máximo de 15 caracteres, debe contener al menos una mayúscula, un número del 0 al 9 y caracteres especiales.
  3. Llena los datos con la nueva contraseña y confirmala; selecciona del 1 al 7 el número de veces de la operación, acepta el “Acuerdo de Nivel de Servicios” y las condiciones del servicio, por último, haz click en “Aceptar”
  4. Selecciona la opción de “Facturación de Tickets de peaje
  5. Captura todos los datos fiscales que incluyen RFC, nombre o razón social, uso CFDI; en caso de necesitar el complemento INE en la factura haz click en “Pertenezco a algún partido político”, y luego haz click en “Siguiente”
  6. Captura los comprobantes; para ello puedes hacer click en “escanear código QR” y escanear el que se encuentra impreso en el ticket o puedes capturar los 18 dígitos que están impresos también en el ticket, dentro de la casilla correspondiente
  7. Valida el código, si no es correcto el sistema de capufe facturacion rapida te enviara un mensaje, si es correcto podrás observar el código, la plaza de cobro, fecha, hora y el costo de la cuota; luego has click en “Siguiente”
  8. Debes Confirmar la información, te aparecerá en la pantalla un resumen de los datos fiscales y del código, si capturaste varios tickets y deseas una factura diferente de capufe por cada uno, debes hacer click en “Quiero un CFDI por código capturado”
  9. Si ya todo está correcto selecciona “Facturar” 
  10. Se abrirá una ventana de notificación y el sistema te preguntará si estás seguro que los datos son correctos, haz click en “Aceptar”
  11. Se abrirá otra ventana en donde se te notificará que una vez emitida la factura no se podrán hacer modificaciones, haz click en “Aceptar”
  12. La factura de capufe te llegará a tu correo, de igual forma quedará registrada en el sistema y si lo deseas podrás descargarla de manera posterior.

Datos de contacto de Facturacion Capufe

  • Telefono 01 442 161 2565
  • Telefono 01 800 990 3900

Que es capufe?

CAPUFE son las siglas de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos, es un organismo publico descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propio, que opera y da mantenimiento mayor y menor a los caminos y puentes federales.

Año con año, desde 2006, la Secretaria de Hacienda del Estado de Quintana Roo, habia puesto a la disposicion de los contribuyentes la generacion de la carta responsiva y posteriormente despues de recepcionar la carta responsiva y si a «criterio» de ellos lo consideraba correcto activaba al contribuyente para que generara sus declaraciones en el portal del internet, para este año 2009  la Secretaria de Hacienda del estado de Quintana Roo pues simple y sencillamente aumento las tarifas aproximadamente en un 14%, sin considerar que existe la posibilidad de que los ingresos del contribuyente hayan disminuido, sobre todo en estas epocas de crisis mundial.

La opcion de la carta responsiva este 2009 unicamente es para los nuevos contribuyentes que se den de alta, los cuales se tienen que presentar personalmente en la secretaria de hacienda para que les generen su carta responsiva.

El mensaje es el siguiente

La Secretaría de Hacienda del Estado
INFORMA

A Todas las personas físicas que tributan en el Régimen de Pequeños Contribuyentes inscritos hasta el 31 de diciembre de 2008, que ya pueden generar sus declaraciones de pago de la cuota fija integrada para el 2009, desde el portal de la Secretaría de Hacienda del Estado: www.sh.qroo.gob.mx

A los contribuyentes que se inscriban al Registro Federal de Contribuyentes durante el 2009, se les informa que deberán acudir a la Oficina Recaudadora de Rentas que les corresponda de acuerdo a su domicilio fiscal, a efecto de que se les genere su carta responsiva y la cuota fija correspondiente.

¡Gracias por cumplir!

Mientras estos son los links directos para ver:

la tarifa integrada de ISR, IVA y IETU  con IVA al 10%

https://shacienda.qroo.gob.mx/tributanet/impuestos5/Tabla_10_2009.pdf

la tarifa integrada de ISR, IVA y IETU  con IVA al 10%, 0% y exento

https://shacienda.qroo.gob.mx/tributanet/impuestos5/Tabla_10_0_Ex_2009.pdf

Acceso directo para generar las declaracioens bimestrales de 2009

https://shacienda.qroo.gob.mx/tributanet/

Hasta la Proxima