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Credito Construyo Infonavit

Programa ConstruYO Infonavit

Si quieres ampliar tu hogar con una obra que afecta su estructura, es decir, si se va a intervenir en los cimientos, en los muros o en las cubiertas, puedes hacerlo con el programa ConstruYO Infonavit, actualmente disponible en ocho estados del país.

El Infonavit ofrece financiamiento para construir, ampliar, reforzar o reconfigurar los espacios de la casa y así mejorar la calidad de vida a travez del programa ConstruYO Infonavit.

Si necesitas hacer cambios mayores en tu hogar, aún si no está a tu nombre, puedes utilizar el crédito ConstruYO Infonavit, el cual a diferencia del Crédito Mejoravit, te dejará hacer cambios radicales en tu inmueble o construirlo.

Características del Crédito Construyo Infonavit

  • El monto máximo del préstamo es de 528,000 pesos para las modalidades de ConstruYO con Asistencia Técnica y con Constructora y el monto máximo para la modalidad de Reparaciones Menores es de 76,284.54.
  • Puedes obtener un crédito equivalente al 85%, 150% o 200% del saldo de tu Subcuenta de Vivienda en las modalidades de ConstruYO Infonavit con Asistencia Técnica y con Constructora y hasta el 85% del Saldo de Subcuenta de Vivienda para la modalidad de Reparaciones Menores.
  • El plazo del crédito puede ir para las modalidades de ConstruYO con Asistencia Técnica y Construyo con Constructora de 24 a 120 meses, es decir de 2 a 10 años y para la modalidad de Reparaciones Menores podrás elegir un plazo de entre 24, 30, 36 o 42 meses, esto es de 2 hasta 3 años y medio.
  • La garantía del crédito es el saldo de la Subcuenta de Vivienda.
  • La tasa de interés anual es de 24% para todas las modalidades.
  • No es un crédito hipotecario, eso significa que no debes dejar en garantía tu casa.
Programa Construyo Infonavit

¿Cómo funciona ConstruYO con Asistencia Técnica y con Constructora? 

Para garantizar la seguridad estructural, las condiciones de habitabilidad y que el trabajo sea de calidad y esté bien hecho, ConstruYO se puede usar a través de dos modalidades:

  1. ConstruYo con Asistencia Técnica. –  Contarás con un asesor técnico el cual estará registrado en el Instituto que te ayudará con el proyecto de tu vivienda. Será con quien trabajes de la mano para llevar a cabo la obra. El tiempo y costo del trabajo se determinan junto con el asesor, para que luego recibas el dinero con el que puedes contratar a un albañil de tu confianza y comprar los materiales necesarios.
  2. ConstruYO con Constructora. – Si no puedes supervisar personalmente el proyecto de tu vivienda, puedes hacerlo a través de una constructora registrada en el Infonavit.  En esta opción defines con el constructor tus necesidades y presupuesto, y ellos se encargan del resto.

En esta opción, la constructora recibe el dinero, por lo que deberás firmar un contrato en el que autorices a Infonavit entregar los recursos de tu crédito ConstruYO. Para revisar que la obra cumpla al pie de la letra con lo pactado, un verificador autorizado por el Infonavit vigilará el proceso.

Con este crédito puedes desde tirar un muro, construir un nuevo baño o hasta sumar un piso a tu vivienda actual, pero te contamos algunas ventajas más:

  • Puedes usar el crédito en cualquier tipo de propiedad: comunal, ejidal, privada o derivada de un programa gubernamental de vivienda sin importar si la casa está a tu nombre.
  • Tú decides el monto y el plazo del crédito.
  • Si tu crédito no te alcanza para la obra que planeas, una segunda persona puede pedir su propio crédito ConstruYO para ampliar la misma casa. ¡Juntando esfuerzos pueden lograr el proyecto que necesitan!
  • Este crédito te da la libertad para comprar los materiales donde decidas. Sólo toma en cuenta que el Infonavit verificará que el dinero se está utilizando en el mejoramiento de la casa.
  • Puedes solicitar este crédito las veces que lo requieras, por el monto y plazo que desees, siempre y cuando demuestres que lo has usado para tu casa y pagues puntualmente.
  • Es un crédito fondeado por una institución bancaria, pero operado por Infonavit. Esto significa que no te limita a pedir otro crédito Infonavit en el futuro, por ejemplo, un Crédito Tradicional, Mejoravit o algún otro.
  • Con el simulador de presupuesto puedes calcular y determinar el costo aproximado de la obra que quieres hacer (incluso hasta determinar la lista de materiales y de mano de obra). Esto te ayudará a decidir si haces todo de una sola vez o si lo haces por etapas.

ConstruYo Infonavit Requisitos

  • Ser derechohabiente del Infonavit y tener un empleo formal vigente.
  • Tener 1,080 puntos.
  • Contar con al menos 8 meses de cotización continua con el mismo patrón.
  • Contar con un documento que acredite la posesión segura.
  • Autorizar la consulta del Buró de Crédito.
  • Estar registrado en una AFORE.
  • No tener un crédito Infonavit vigente.

El programa ConstruYO Infonavit, bajo todas sus modalidades, actualmente opera solo en ocho estados, pero recuerda estar pendiente para cuando esta modalidad llegue a tu ciudad.

  • Baja California
  • Chiapas
  • Jalisco
  • Nayarit
  • Oaxaca
  • Tabasco
  • Yucatán
  • Zona Metropolitana del Valle de México

Para revisar si ya cumples los requisitos o qué créditos están listos para ti, entra a Mi Cuenta Infonavit y también podrás ver tu precalificación y el monto de financiamiento al que puedes acceder, así como para usar el simulador de presupuesto. Esto te ayudará a tener una idea más clara de cuánto cuesta la construcción, reparación, ampliación o mejora que tienes en mente.

ACUERDO ACDO.SA3.HCT.270213/52.P.DIR y anexo relativo a la aprobación del Aviso mediante el cual se dan a conocer los costos de mano de obra por metro cuadrado para la obra privada, así como los factores (porcentajes) de mano de obra de los contratos regidos por la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, para 2013.

El H. Consejo Técnico, en la sesión ordinaria celebrada el 27 de febrero del presente año, dictó el AcuerdoACDO.SA3.HCT.270213/52.P.DIR, en los siguientes términos:
«Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracciones II, IV y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; 18, cuarto párrafo, del Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los Trabajadores de la Construcción por Obra o Tiempo Determinado; conforme a lo establecido en el Acuerdo número 58/92 aprobado por este Organo de Gobierno en sesión del 26 de febrero de 1992; y en términos del oficio 85 del 14 de febrero de 2013, signado por el Titular de la Dirección deIncorporación y Recaudación; así como de la resolución dictada por el Comité del mismo nombre del propio Organo de Gobierno, en reunión celebrada el día 13 del mes y año citados, Acuerda: Primero.- Aprobar el Aviso mediante el cual se dan a conocer los costos de mano de obra por metro cuadrado para la obra privada, así como los factores (porcentajes) de mano de obra de los contratos regidos por la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, vigentes a partir del 1 de enero de 2013′, propuesto por la Dirección enunciada, el cual se agrega como Anexo Unico del presente Acuerdo. Segundo.- Instruir a la Dirección de Incorporación y Recaudación para que, porconducto de la Unidad de Fiscalización y Cobranza, resuelva las dudas o aclaraciones que con motivo de la aplicación de este Acuerdo, presenten las unidades administrativas del Instituto. Tercero.- Instruir a la Dirección Jurídica, para que realice los trámites necesarios ante las instancias competentes, a efecto de que este Acuerdo y su Anexo, se publiquen en el Diario Oficial de la Federación».
Atentamente
México, D.F., a 28 de febrero de 2013.- El Secretario General, Juan Moisés Calleja García.- Rúbrica.
Costos de mano de obra por metro cuadrado 2013 imss
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
Dirección de Incorporación y Recaudación
ANEXO UNICO
A efecto de cumplir con lo ordenado por el artículo 18, cuarto párrafo, del Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los Trabajadores de la Construcción por Obra o Tiempo Determinado, y con fundamento en los artículos 39 C, 251, fracción XV, 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracciones II y IV, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, se expide el siguiente:
AVISO MEDIANTE EL CUAL SE DAN A CONOCER LOS COSTOS DE MANO DE OBRA POR METRO CUADRADO PARA LA OBRA PRIVADA, ASI COMO LOS FACTORES (PORCENTAJES) DE MANO DE OBRA DE LOS CONTRATOS REGIDOS POR LA LEY DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, PARA 2013.
Primero.- Costos de mano de obra por metro cuadrado 2013 para obra privada:
TIPO DE OBRA
AREA GEOGRAFICA SALARIAL
«A»
«B»
Bardas
$318.00
$300.00
Bodegas
421.00
404.00
Canchas de tenis
175.00
168.00
Casa habitación de interés social
707.00
671.00
Casa habitación tipo medio
841.00
798.00
Casa habitación residencial de lujo
1,097.00
1,041.00
Cines
821.00
776.00
Edificios habitacionales de interés social
683.00
650.00
Edificios habitacionales tipo medio
797.00
754.00
Edificios habitacionales de lujo
1,171.00
1,107.00
Edificios de oficinas
683.00
650.00
Edificios de oficinas y locales comerciales
903.00
856.00
Escuelas de estructura de concreto
634.00
599.00
Escuelas de estructura metálica
741.00
701.00
Estacionamientos
402.00
379.00
Gasolineras
472.00
447.00
Gimnasios
707.00
671.00
Hospitales
1,217.00
1,153.00
Hoteles
1,226.00
1,161.00
Hoteles de lujo
1,649.00
1,564.00
Locales comerciales
736.00
697.00
Naves industriales
627.00
595.00
Naves para fábricas, bodegas y/o talleres
441.00
416.00
Piscinas
561.00
531.00
Remodelaciones
721.00
685.00
Templos
676.00
640.00
Urbanizaciones
243.00
230.00
Vías de comunicación subterráneas y conexas
1,249.00
1,182.00
Segundo.- Factores (porcentajes) de mano de obra de los contratos regidos por la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas para 2013:
TIPO DE OBRA
AREA GEOGRAFICA
SALARIAL
«A»
«B»
Aeropistas
14.50
13.75
Agua potable (material contratista) urbanización
17.00
16.00
Agua potable (material propietario) urbanización
33.00
31.00
Alumbrado público y canalizaciones telefónicas
40.50
38.00
Canales de riego
11.50
10.75
Cimentaciones profundas
5.50
5.25
Cisternas
15.50
14.50
Construcciones no residenciales
29.50
27.75
Contratos de mano de obra
76.00
76.00
Drenaje (vías terrestres)
27.00
25.50
Drenajes (material contratista) urbanización
21.00
19.75
Drenajes (material propietario) urbanización
35.00
33.00
Drenes de riego
11.50
10.75
Ductos para transporte de fluidos fuera de la planta petroquímica
10.50
10.00
Escolleras obras marítimas
9.00
8.50
Escuelas de estructura de concreto
12.50
11.75
Escuela de estructura metálica
12.00
11.25
Espigones obras marítimas
12.00
11.25
Líneas de transmisiones eléctricas
24.00
22.50
Metro (obra civil)
30.50
28.75
Metro (obra electromecánica)
9.00
8.50
Muelles (obra marítima)
15.00
14.00
Nivelaciones de riego
7.00
6.50
Pavimentación (vías terrestres)
10.00
9.50
Pavimentación urbanización
17.50
16.50
Plantas hidroeléctricas
16.00
15.00
Plantas para tratamiento de agua
14.50
13.75
Plantas petroquímicas
17.50
16.50
Plantas siderúrgicas
40.50
38.00
Plantas termoeléctricas
18.50
17.50
Plataformas marinas
9.50
9.00
Pozos de riego
7.50
7.00
Presas (cortinas, diques y vertederos)
11.50
10.75
Puentes (incluye terraplenes)
21.00
19.75
Puentes (no incluye terraplenes)
20.00
18.75
Remodelaciones en general
18.00
17.00
Remodelaciones de escuelas
8.00
7.50
Subestaciones
22.00
20.75
Terracerías
11.50
10.75
Túneles (suelos blandos)
24.50
23.00
Túneles (suelos duros)
14.00
13.25
Viaductos elevados
25.00
23.50
Vías férreas
15.00
14.00
Viviendas de interés social
29.50
27.75
Viviendas residenciales
28.00
26.25
Tercero.- Los costos previamente relacionados, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 18, cuarto párrafo, del Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los Trabajadores de la Construcción por Obra o Tiempo Determinado, han sido actualizados tomando como base para el cálculo, los porcentajes de 3.90, para el Area Geográfica A; 3.89, para el Area Geográfica B, correspondiente al incremento de los salarios mínimos generales vigentes a partir del 1 de enero de 2013, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 2012, como se indica a continuación:
AREA GEOGRAFICA SALARIAL
Fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación
«A»
«B»
26 de noviembre de 2012
$62.33
$59.08
21 de diciembre de 2012
$64.76
$61.38
TIPO DE OBRA
AREA GEOGRAFICA SALARIAL
«A»
%
«A»
«B»
%
«B»
AÑO
2012
Act.
2013
2012
Act.
2013
Bardas
306.00
3.90
318.00
289.00
3.89
300.00
Bodegas
405.00
3.90
421.00
389.00
3.89
404.00
Canchas de tenis
168.00
3.90
175.00
162.00
3.89
168.00
Casa habitación de interés social
680.00
3.90
707.00
646.00
3.89
671.00
Casa habitación tipo medio
809.00
3.90
841.00
768.00
3.89
798.00
Casa habitación residencial de lujo
1,056.00
3.90
1,097.00
1,002.00
3.89
1,041.00
Cines
790.00
3.90
821.00
747.00
3.89
776.00
Edificios habitacionales de interés social
657.00
3.90
683.00
626.00
3.89
650.00
Edificios habitacionales tipo medio
767.00
3.90
797.00
726.00
3.89
754.00
Edificios habitacionales de lujo
1,127.00
3.90
1,171.00
1,066.00
3.89
1,107.00
Edificios de oficinas
657.00
3.90
683.00
626.00
3.89
650.00
Edificios de oficinas y locales comerciales
869.00
3.90
903.00
824.00
3.89
856.00
Escuelas de estructura de concreto
610.00
3.90
634.00
577.00
3.89
599.00
Escuelas de estructura metálica
713.00
3.90
741.00
675.00
3.89
701.00
Estacionamientos
387.00
3.90
402.00
365.00
3.89
379.00
Gasolineras
454.00
3.90
472.00
430.00
3.89
447.00
Gimnasios
680.00
3.90
707.00
646.00
3.89
671.00
Hospitales
1,171.00
3.90
1,217.00
1,110.00
3.89
1,153.00
Hoteles
1,180.00
3.90
1,226.00
1,118.00
3.89
1,161.00
Hoteles de lujo
1,587.00
3.90
1,649.00
1,505.00
3.89
1,564.00
Locales comerciales
708.00
3.90
736.00
671.00
3.89
697.00
Naves industriales
603.00
3.90
627.00
573.00
3.89
595.00
Naves para fábricas, bodegas y/o talleres
424.00
3.90
441.00
400.00
3.89
416.00
Piscinas
540.00
3.90
561.00
511.00
3.89
531.00
Remodelaciones
694.00
3.90
721.00
659.00
3.89
685.00
Templos
651.00
3.90
676.00
616.00
3.89
640.00
Urbanizaciones
234.00
3.90
243.00
221.00
3.89
230.00
Vías de comunicación subterráneas y conexas
1,202.00
3.90
1,249.00
1,138.00
3.89
1,182.00
México, D.F., a 27 de febrero de 2013.- El Director de Incorporación y Recaudación, Tuffic Miguel Ortega.- Rúbrica.

ACUERDO ACDO.SA3.HCT.270213/51.P.DIR y anexo relativo a la aprobación del Aviso mediante el cual se dan a conocer los costos de mano de obra por metro cuadrado para la obra privada, así como los factores (porcentajes) de mano de obra de los contratos regidospor la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, vigentes a partir del 27 de noviembre de 2012 por virtud de la Resolución del H. Consejo de Representantes de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos, mediante la cual se revisaron los salarios mínimos generales y profesionales vigentes desde el 1 de enero de 2012 y se establecieron los que rigieron a partir del 27 de noviembre de 2012.

costos de mano de obra por metro cuadrado imss

El H. Consejo Técnico, en la sesión ordinaria celebrada el 27 de febrero del presente año, dictó el AcuerdoACDO.SA3.HCT.270213/51.P.DIR, en los siguientes términos:
«Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracciones II, IV y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; 18, cuarto párrafo, del Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los Trabajadores de la Construcción por Obra o Tiempo Determinado; conforme a lo establecido en el Acuerdo número 58/92 aprobado por este Organo de Gobierno en sesión del 26 de febrero de 1992; y en términos del oficio 85 del 14 de febrero de 2013, signado por el Titular de la Dirección deIncorporación y Recaudación; así como de la resolución dictada por el Comité del mismo nombre del propio Organo de Gobierno, en reunión celebrada el día 13 del mes y año citados, Acuerda:
Primero.- Aprobar el Aviso mediante el cual se dan a conocer los costos de mano de obra por metro cuadrado para la obra privada, así como los factores (porcentajes) de mano de obra de los contratos regidos por la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, vigentes a partir del 27 de noviembre de 2012′, propuesto por la Dirección enunciada, el cual se agrega como Anexo Unico del presente Acuerdo.
Segundo.- Instruir a la Dirección de Incorporación y Recaudación para que, por conducto de la Unidad de Fiscalización y Cobranza, resuelva las dudas o aclaraciones que con motivo de la aplicación de este Acuerdo, presenten las unidades administrativas del Instituto.
Tercero.- Instruir a la Dirección Jurídica, para que realice los trámites necesarios ante las instancias competentes, a efecto de que este Acuerdo y su Anexo, se publiquen en el Diario Oficial de la Federación».
Atentamente
México, D.F., a 28 de febrero de 2013.- El Secretario General, Juan Moisés Calleja García.- Rúbrica.
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL(imss)
Dirección de Incorporación y Recaudación
ANEXO UNICO
A efecto de cumplir con lo ordenado por el artículo 18, cuarto párrafo, del Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los Trabajadores de la Construcción por Obra o Tiempo Determinado, y con fundamento en los artículos 39 C, 251, fracción XV, 263 y 264, fracción XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracciones II y IV, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, se expide el siguiente:
AVISO MEDIANTE EL CUAL SE DAN A CONOCER LOS COSTOS DE MANO DE OBRA POR METRO CUADRADO PARA LA OBRA PRIVADA, ASI COMO LOS FACTORES (PORCENTAJES) DE MANO DE OBRA DE LOS CONTRATOS REGIDOS POR LA LEY DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, VIGENTES A PARTIR DEL 27 DE NOVIEMBRE DE 2012 POR VIRTUD DE POR VIRTUD DE LA RESOLUCION DEL H. CONSEJO DE REPRESENTANTES DE LA COMISION NACIONAL DE LOS SALARIOS MINIMOS MEDIANTE LA CUAL SE REVISARON LOS SALARIOS MINIMOS GENERALES Y PROFESIONALES VIGENTES DESDE EL 1 DE ENERO DE 2012 Y SE ESTABLECIERON LOS QUE RIGIERON A PARTIR DEL 27 DE NOVIEMBRE DE 2012.
Primero.- Costos de mano de obra por metro cuadrado para obra privada vigentes a partir del 27 de noviembre de 2012:
TIPO DE OBRA
AREA GEOGRAFICA
SALARIAL
«A»
«B»

 

Bardas
$306.00
$289.00
Bodegas
405.00
389.00
Canchas de tenis
168.00
162.00
Casa habitación de interés social
680.00
646.00
Casa habitación tipo medio
809.00
768.00
Casa habitación residencial de lujo
1,056.00
1,002.00
Cines
790.00
747.00
Edificios habitacionales de interés social
657.00
626.00
Edificios habitacionales tipo medio
767.00
726.00
Edificios habitacionales de lujo
1,127.00
1,066.00
Edificios de oficinas
657.00
626.00
Edificios de oficinas y locales comerciales
869.00
824.00
Escuelas de estructura de concreto
610.00
577.00
Escuelas de estructura metálica
713.00
675.00
Estacionamientos
387.00
365.00
Gasolineras
454.00
430.00
Gimnasios
680.00
646.00
Hospitales
1,171.00
1,110.00
Hoteles
1,180.00
1,118.00
Hoteles de lujo
1,587.00
1,505.00
Locales comerciales
708.00
671.00
Naves industriales
603.00
573.00
Naves para fábricas, bodegas y/o talleres
424.00
400.00
Piscinas
540.00
511.00
Remodelaciones
694.00
659.00
Templos
651.00
616.00
Urbanizaciones
234.00
221.00
Vías de comunicación subterráneas y conexas
1,202.00
1,138.00
Segundo.- Factores (porcentajes) de mano de obra de los contratos regidos por la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, vigentes a partir del 27 de noviembre de 2012:

Costos de mano de obra por metro cuadrado

TIPO DE OBRA
AREA GEOGRAFICA
SALARIAL
«A»
«B»
Aeropistas
14.50
13.75
Agua potable (material contratista) urbanización
17.00
16.00
Agua potable (material propietario) urbanización
33.00
31.00
Alumbrado público y canalizaciones telefónicas
40.50
38.00
Canales de riego
11.50
10.75
Cimentaciones profundas
5.50
5.25
Cisternas
15.50
14.50
Construcciones no residenciales
29.50
27.75
Contratos de mano de obra
76.00
76.00
Drenaje (vías terrestres)
27.00
25.50
Drenajes (material contratista) urbanización
21.00
19.75
Drenajes (material propietario) urbanización
35.00
33.00
Drenes de riego
11.50
10.75
Ductos para transporte de fluidos fuera de la planta petroquímica
10.50
10.00
Escolleras obras marítimas
9.00
8.50
Escuelas de estructura de concreto
12.50
11.75
Escuela de estructura metálica
                                            12.00
11.25
Espigones obras marítimas
                                            12.00
11.25
Líneas de transmisiones eléctricas
                                             24.00
22.50
Metro (obra civil)
30.50
28.75
Metro (obra electromecánica)
9.00
8.50
Muelles (obra marítima)
15.00
14.00
Nivelaciones de riego
7.00
6.50
Pavimentación (vías terrestres)
10.00
9.50
Pavimentación urbanización
17.50
16.50
Plantas hidroeléctricas
16.00
15.00
Plantas para tratamiento de agua
14.50
13.75
Plantas petroquímicas
17.50
16.50
Plantas siderúrgicas
40.50
38.00
Plantas termoeléctricas
18.50
17.50
Plataformas marinas
9.50
9.00
Pozos de riego
7.50
7.00
Presas (cortinas, diques y vertederos)
11.50
10.75
Puentes (incluye terraplenes)
21.00
19.75
Puentes (no incluye terraplenes)
20.00
18.75
Remodelaciones en general
18.00
17.00
Remodelaciones de escuelas
8.00
7.50
Subestaciones
22.00
20.75
Terracerías
11.50
10.75
Túneles (suelos blandos)
24.50
23.00
Túneles (suelos duros)
14.00
13.25
Viaductos elevados
25.00
23.50
Vías férreas
15.00
14.00
Viviendas de interés social
29.50
27.75
Viviendas residenciales
28.00
26.25
Tercero.- Los costos y factores previamente relacionados, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones VIII, XIII y XV de la Ley del Seguro Social y el artículo 18, cuarto párrafo del Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los Trabajadores de la Construcción por Obra o Tiempo Determinado, se aplicarán conforme a la «Resolución del H. Consejo de Representantes de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos que revisa los salarios mínimos generales y profesionales vigentes desde el 1o. de enero de 2012 y establece los que habrán de regir a partir del 27 de noviembre de 2012», publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de noviembre de 2012, conforme a la cual se incrementaron lossalarios mínimos del área geográfica B para igualarlos con los del área geográfica A y renombra el área geográfica C, como área geográfica B. En virtud de lo anterior y con base en el «CONSIDERANDO SEXTO Y UNDECIMO y en los RESOLUTIVOS PRIMERO y SEGUNDO»; de la citada Resolución del H. Consejo de Representantes de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos, los salarios mínimos generales que tuvieron vigencia a partir del 27 de noviembre de 2012 en las áreas geográficas para fines salariales, fueron los que se señalan a continuación:
Fecha de publicación en el
AREA GEOGRAFICA SALARIAL
Diario Oficial de la Federación
«A»
«B»
26 de noviembre de 2012
$62.33
$59.08
México, D.F., a 27 de febrero de 2013.- El Director de Incorporación y Recaudación, Tuffic Miguel Ortega.- Rúbrica.

Facturacion Chilis

Obtenga rápidamente la factura de su ticket de chilis, mediante el sistema de facturación chilis.

Siga las instrucciones que a continuación se señalan para poder realizar la facturación de chilis

Requisitos de Facturación Chilis

  • Rfc
  • Ticket
  • Correo electrónico
  • Uso del CFDI
  • Correo Electrónico

Instrucciones de facturación Chilis

Para realizar la factura de chilis, sigue los siguientes pasos

Paso 1 Ingresar a la página de Facturación de Chilis

Ingresa a la página para generar tu factura de Chilis

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Paso 2 Ingresar RFC y Datos de Ticket De Chilis

Ingresa tu registro federal de contribuyente, así como el número de ticket y el total de ese ticket y haz click en “enviar”

Vips Facturacion

 

Paso 3 Capturar datos Fiscales

En la siguiente pantalla deberás capturar los datos de:

  • Tipo de Persona
  • Rfc
  • Nombre
  • Uso de Cfdi
  • Correo Electrónico

Por ultimo Haz Click en “Enviar”

Paso 4 Descargar Factura de Chilis

Después de que el sistema procese los datos, aparecerá la pantalla donde podrás descargar tu factura de Chilis, es decir los archivos XML y Pdf, adicionalmente esos archivos son enviados al correo electrónico que proporcionaste al momento de la captura.

Factura Vips

Link para Facturación Chilis

Facturar Ticket

 

Contacto de Chilis Facturación

Si por alguna razón requieres contactar al departamento de facturación Chilis,  estos son los datos de contacto, en horario de oficina:

De Lunes a Viernes de 8 a 19 horas

Teléfono 52 55 7583 2000

Correo electrónico facturación.electronica@alsea.com.mx

Calculo de Regimen Intermedio-Honorarios Y Arrendamiento 2013 en excel

La pagina JEBR Apps  nos brinda este genial archivo en excel puede ser utilizado para calcular los impuestos de todo el año 2013 de los siguientes regímenes:

  • Régimen Intermedio
  • Régimen de Honorarios
  • Régimen de Arrendamiento

 

Este archivo nos sirve para calcular:

  • Impuesto sobre la renta (ISR)
  • Impuesto al valor Agregado
  • Impuesto Empresarial a Tasa Unica
calculo de regimen intermedio honorarios y arrendamiento 2013 en excel

Con este archivo podras llevar el control de tus ingresos y deducciones fiscales, asi como tambien de las inversiones en activo fijo, despues de captura esos datos, el sistema automaticamente calcula los impuestos, del IVA, ISR y el IETU, con lo cual te ahorras bastante trabajo.

Asi mismo este archivo genera el acumulado para la carga batch de la declaración informativa de operaciones con terceros, (DIOT).

 

Calculo ISR, IVA, IETU en excel