Declaraciones complementarias en el servicio de declaraciones y pagos (pago referenciado) esquema anterior
Todas las personas morales para efectos de presentar las declaraciones complementarias del esquema anterior, deberán considerar que para los ejercicios 2008 y anteriores solo se habilitará la sección de pago y para las declaraciones de ejercicios 2009 a 2011 se tomará en cuenta lo siguiente:
DECLARACIONES COMPLEMENTARIAS ESQUEMA ANTERIOR
Sólo aplica cuando la declaración normal o complementaria se haya presentado en el esquema anterior (NEPE) y no se haya presentado en el servicio de Declaraciones y Pagos el periodo a declarar.
Paso 1. Se deberá ingresar al portal de internet del SAT , en el apartado “Mi portal” seleccionando la opción “Pago referenciado” autenticándose con el RFC del contribuyente y la CIECF o FIEL vigentes según corresponda.
Paso 2. Los contribuyentes personas morales que requieran presentar una declaración “Complementaria Esquema Anterior”, en la sección de “Datos Generales” deberán seleccionar el tipo de declaración como se muestra a ontinuación:
a) En el campo “Tipo de Declaración” debe seleccionar la opción “Complementaria Esquema Anterior”.
b) Una vez seleccionada la opción antes señalada, se visualiza la siguiente pantalla:
Paso 3. Posteriormente se deberán seleccionar las obligaciones a declarar y se procederá al llenado del formulario, de acuerdo a lo siguiente:
Ejemplo: ISR A CARGO de noviembre de 2011, para el llenado del formulario en la sección “Determinación del Impuesto” se capturará cero en los campos obligatorios y únicamente se utilizará el campo de “Otras Cantidades a Cargo del Contribuyente” capturando el impuesto que corresponda, el cual automáticamente se reflejará en la sección “Determinación de Pago”, además, en su caso, deberá capturar la actualización y recargos correspondientes, también se
habilitan los campos “Multa por corrección”, “Fecha del pago realizado con anterioridad” y “Monto pagado con anterioridad” como se observa en las siguientes pantallas:
Paso 4. Posteriormente se procederá al envío de la declaración a efecto de obtener el acuse de recibo, en su caso, con la línea de captura correspondiente, para realizar el pago en el portal bancario de su preferencia.