Tablas isr 2013
Lo que debemos de saber este año para las tablas isr 2013:
Despues de que en la ley se establecia que para 2013 se bajaba la tasa de isr para 2013, las modificaciones propuestas en el paquete economico establecen mantener un año mas la tasa al 30%.
El fundamento de dichas tablas y tarifas de isr para 2013 es la ley de ingresos para 2013, en el articulo 21 fraccion 7 tal como se señala en el siguiente apartado:
7. Se deroga el Artículo Segundo, fracción II de las Disposiciones de Vigencia Temporal de la Ley del Impuesto sobre la Renta, contenidas en el “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de las Leyes del Impuesto sobre la Renta, del Impuesto a los Depósitos en Efectivo y del Impuesto al Valor Agregado, del Código Fiscal de la Federación y del Decreto por el que se establecen las obligaciones que podrán denominarse en Unidades de Inversión; y reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación y de la Ley del Impuesto sobre la Renta, publicado el 1 de abril de 1995”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de diciembre de 2009. Durante el ejercicio fiscal de 2013, en sustitución de las tasas y tarifas previstas en la Ley del Impuesto sobre la Renta, se deberá estar a lo siguiente:
a) Para los efectos del primer párrafo del artículo 10 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, se aplicará la tasa del 30 por ciento.
b) Cuando conforme a la Ley del Impuesto sobre la Renta se deba aplicar el factor de 1.3889 se aplicará el factor de 1.4286.
c) Cuando conforme a la Ley del Impuesto sobre la Renta se deba aplicar el factor de 0.3889 se aplicará el factor de 0.4286.
d) Cuando conforme a la Ley del Impuesto sobre la Renta se deba aplicar la reducción del 25 por ciento se aplicará la reducción del 30por ciento.
e) Para los efectos del artículo 113 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, se calculará el impuesto correspondiente conforme a las disposiciones contenidas en dicho precepto, aplicando la tarifa vigente al 31 de diciembre de 2012.
f) Para los efectos del artículo 177 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, se calculará el impuesto correspondiente conforme a las disposiciones contenidas en dicho precepto, aplicando la tarifa vigente al 31 de diciembre de 2012.
g) Para los efectos del artículo 224, fracciones IV, IX, X, XIII, segundo párrafo, y XIV, de la Ley del Impuesto sobre la Renta se aplicará la tasa del 30 por ciento.
Pero como cada año tenemos que estar pendientes de las tablas isr 2013 para hacer los calculo de los impuestos, que nos sirven para hacer la alimentacion de los programas de nominas, o en su caso de las hojas de excel, aqui les dejo las tablas isr 2013 mensuales, tablas isr 2013 quincenal , tablas isr 2013 decenal , tablas isr 2013 semanal y tablas isr 2013 diario ,para dichos calculos.
Tablas isr 2013 mensual, para el cálculo del isr.
Tarifa del isr aplicable cuando hagan pagos que correspondan a un periodo mensual, correspondiente a 2013
Límite inferior | Límite superior | Cuota fija | Por ciento para aplicarse sobre |
el excedente del límite inferior | |||
$ | $ | $ | % |
0.01 | 496.07 | 0.00 | 1.92 |
496.08 | 4,210.41 | 9.52 | 6.40 |
4,210.42 | 7,399.42 | 247.23 | 10.88 |
7,399.43 | 8,601.50 | 594.24 | 16.00 |
8,601.51 | 10,298.35 | 786.55 | 17.92 |
10,298.36 | 20,770.29 | 1,090.62 | 21.36 |
20,770.30 | 32,736.83 | 3,327.42 | 23.52 |
32,736.84 | En adelante | 6,141.95 | 30.00 |
Tabla del subsidio para el empleo mensual 2013 para el calculo isr
Tarifa del subsidio al empleo aplicable cuando hagan pagos que correspondan a un periodo de mensual, correspondiente a 2013
Monto de ingresos que sirven de base para calcular el impuesto | |||||
Para Ingresos de | Hasta Ingresos de | Cantidad de subsidio para el empleo mensual | |||
$ | $ | $ | |||
0.01 | 1,768.96 | 407.02 | |||
1,768.97 | 2,653.38 | 406.83 | |||
2,653.39 | 3,472.84 | 406.62 | |||
3,472.85 | 3,537.87 | 392.77 | |||
3,537.88 | 4,446.15 | 382.46 | |||
4,446.16 | 4,717.18 | 354.23 | |||
4,717.19 | 5,335.42 | 324.87 | |||
5,335.43 | 6,224.67 | 294.63 | |||
6,224.68 | 7,113.90 | 253.54 | |||
7,113.91 | 7,382.33 | 217.61 | |||
7,382.34 | En adelante | 0 |
Tablas isr 2013 diario para el calculo del isr
Tarifa del isr aplicable en función de la cantidad de trabajo realizado y no de días laborados, correspondiente a 2013, calculado diario.
Límite inferior |
Límite superior |
Cuota fija |
Por ciento para aplicarse sobre |
el excedente del límite inferior |
|||
$ |
$ |
$ |
% |
0.01 |
16.32 |
0.00 |
1.92 |
16.33 |
138.50 |
0.31 |
6.40 |
138.51 |
243.40 |
8.13 |
10.88 |
243.41 |
282.94 |
19.55 |
16.00 |
282.95 |
338.76 |
25.87 |
17.92 |
338.77 |
683.23 |
35.88 |
21.36 |
683.24 |
1,076.87 |
109.45 |
23.52 |
1,076.88 |
En adelante |
202.04 |
30.00 |
Tabla del subsidio para el empleo 2013 diario para el calculo del isr
Tarifa del subsidio al empleo aplicable en función de la cantidad de trabajo realizado y no de días laborados, correspondiente a 2013, calculada diario.
Monto de ingresos que sirven de base para calcular el impuesto | |||||
Para Ingresos de |
Hasta Ingresos de |
Cantidad de subsidio para el empleo diario |
|||
$ |
$ |
$ |
|||
0.01 |
58.19 |
13.39 |
|||
58.2 |
87.28 |
13.38 |
|||
87.29 |
114.24 |
13.38 |
|||
114.25 |
116.38 |
12.92 |
|||
116.39 |
146.25 |
12.58 |
|||
146.26 |
155.17 |
11.65 |
|||
155.18 |
175.51 |
10.69 |
|||
175.52 |
204.76 |
9.69 |
|||
204.77 |
234.01 |
8.34 |
|||
234.02 |
242.84 |
7.16 |
|||
242.85 |
En adelante |
0 |
Tablas isr 2013 semanal para el calculo del isr
Tarifa del isr aplicable cuando hagan pagos que correspondan a un periodo semanal, correspondiente a 2013
Límite inferior |
Límite superior |
Cuota fija |
Por ciento para aplicarse sobre |
el excedente del límite inferior |
|||
$ |
$ |
$ |
% |
0.01 |
114.24 |
0.00 |
1.92 |
114.25 |
969.50 |
2.17 |
6.40 |
969.51 |
1,703.80 |
56.91 |
10.88 |
1,703.81 |
1,980.58 |
136.85 |
16.00 |
1,980.59 |
2,371.32 |
181.09 |
17.92 |
2,371.33 |
4,782.61 |
251.16 |
21.36 |
4,782.62 |
7,538.09 |
766.15 |
23.52 |
7,538.10 |
En adelante |
1,414.28 |
30.00 |
Tabla del subsidio para el empleo 2013 semanal para el calculo del isr
Tarifa del subsidio a el empleo aplicable cuando hagan pagos que correspondan a un periodo semanal, correspondiente a 2013
Monto de ingresos que sirven de base para calcular el impuesto | |||||
Para Ingresos de |
Hasta Ingresos de |
Cantidad de subsidio para el empleo semanal |
|||
$ |
$ |
$ |
|||
0.01 |
407.33 |
93.73 |
|||
407.34 |
610.96 |
93.66 |
|||
610.97 |
799.68 |
93.66 |
|||
799.69 |
814.66 |
90.44 |
|||
814.67 |
1,023.75 |
88.06 |
|||
1,023.76 |
1,086.19 |
81.55 |
|||
1,086.20 |
1,228.57 |
74.83 |
|||
1,228.58 |
1,433.32 |
67.83 |
|||
1,433.33 |
1,638.07 |
58.38 |
|||
1,638.08 |
1,699.88 |
50.12 |
|||
1,699.89 |
En adelante |
0 |
Tablas Isr 2013 decenal para el calculo del isr
Tarifa del isr aplicable cuando hagan pagos que correspondan a un periodo decenal, correspondiente a 2013
Límite inferior |
Límite superior |
Cuota fija |
Por ciento para aplicarse sobre |
el excedente del límite inferior |
|||
$ |
$ |
$ |
% |
0.01 |
163.20 |
0.00 |
1.92 |
163.21 |
1,385.00 |
3.10 |
6.40 |
1,385.01 |
2,434.00 |
81.30 |
10.88 |
2,434.01 |
2,829.40 |
195.50 |
16.00 |
2,829.41 |
3,387.60 |
258.70 |
17.92 |
3,387.61 |
6,832.30 |
358.80 |
21.36 |
6,832.31 |
10,768.70 |
1,094.50 |
23.52 |
10,768.71 |
En adelante |
2,020.40 |
30.00 |
Tabla del subsidio para el empleo 2013 Decenal
Tarifa del subsidio al empleo aplicable cuando hagan pagos que correspondan a un periodo decenal, correspondiente a 2013
Monto de ingresos que sirven de base para calcular el impuesto | |||||
Para Ingresos de |
Hasta Ingresos de |
Cantidad de subsidio para el empleo decenal |
|||
$ |
$ |
$ |
|||
0.01 |
581.9 |
133.9 |
|||
581.91 |
872.8 |
133.8 |
|||
872.81 |
1,142.40 |
133.8 |
|||
1,142.41 |
1,163.80 |
129.2 |
|||
1,163.81 |
1,462.50 |
125.8 |
|||
1,462.51 |
1,551.70 |
116.5 |
|||
1,551.71 |
1,755.10 |
106.9 |
|||
1,755.11 |
2,047.60 |
96.9 |
|||
2,047.61 |
2,340.10 |
83.4 |
|||
2,340.11 |
2,428.40 |
71.6 |
|||
2,428.41 |
En adelante |
0 |
Tablas isr 2013 quincenal para el calculo del isr
Tarifa del isr aplicable cuando hagan pagos que correspondan a un periodo quincenal, correspondiente a 2013
Límite inferior |
Límite superior |
Cuota fija |
Por ciento para aplicarse sobre |
el excedente del límite inferior |
|||
$ |
$ |
$ |
% |
0.01 |
244.80 |
0.00 |
1.92 |
244.81 |
2,077.50 |
4.65 |
6.40 |
2,077.51 |
3,651.00 |
121.95 |
10.88 |
3,651.01 |
4,244.10 |
293.25 |
16.00 |
4,244.11 |
5,081.40 |
388.05 |
17.92 |
5,081.41 |
10,248.45 |
538.20 |
21.36 |
10,248.46 |
16,153.05 |
1,641.75 |
23.52 |
16,153.06 |
En adelante |
3,030.60 |
30.00 |
Tabla del subsidio para el empleo 2013 quincenal para el calculo del isr
Tarifa del subsidio al empleo aplicable cuando hagan pagos que correspondan a un periodo quincenal, correspondiente a 2013
Monto de ingresos que sirven de base para calcular el impuesto | |||||
Para Ingresos de |
Hasta Ingresos de |
Cantidad de subsidio para el empleo quincenal |
|||
$ |
$ |
$ |
|||
0.01 |
872.85 |
200.85 |
|||
872.86 |
1,309.20 |
200.7 |
|||
1,309.21 |
1,713.60 |
200.7 |
|||
1,713.61 |
1,745.70 |
193.8 |
|||
1,745.71 |
2,193.75 |
188.7 |
|||
2,193.76 |
2,327.55 |
174.75 |
|||
2,327.56 |
2,632.65 |
160.35 |
|||
2,632.66 |
3,071.40 |
145.35 |
|||
3,071.41 |
3,510.15 |
125.1 |
|||
3,510.16 |
3,642.60 |
107.4 |
|||
3,642.61 |
En adelante |
0 |
Ahora bien si tienes dudas de como hacer el calculo te recomiendo que visites nuestra articulo de como calcular el isr 2013 y consultar las tablas isr 2013 diario de igual manera las tablas isr 2013 semanal si haces tus calculos de isr de manera decenal estan las tablas isr 2013 decenal y por supuesto las tablas isr 2013 quincenal.
es interesante tu informacion que proporcionas. me gustaria que es tubieramos en contacto gracias, para mis dudas por ejemplo las tarifas para calculo anual 2012 tanto de ISR como Subsidio al Empleo.
Roberto,
Claro que si , en lo que pueda ayudarte.
Saludos!!!
ola sr roberto tengo una duda soy jubilado y recibo 590000 anuales y tengo una execcion de 15 salario minimos diarios y multiplicado x 365 dias me da una cantidad aproximadamente de 300000 y entonces mi exedente a daclarar impuestos seria de 290 000 mi duda es si tengo q acer declaracion anual ya q el tope es de 400 000 ojala me resuelva mi duda
Estimado Lic.
Estoy laborando en el estado de Hidalgo donde se nos paga de manera semanal, el salario des de $138 pesos diarios, en la empresa donde se labora por temporadas se hace en forma de 12 horas los 7 dias de la semana y con un bono de 200 semanal. La duda esta sobre el descuento del ISR ya que se nos esta haciendo un descuento de $ 450 pesos. Supuestamente se nos comento que el descuento se iba a aplicar sobre el salario base y no sobre el tiempo extra ni el bono..
Saludos en espera de su respuesta.
Paola,
En realidad la retencion de isr se realiza sobre todo el importe gravable, si deseas un calculo especifico pon el total de los importes que te pagan, para hacer el calculo del isr
emplee las tablas del isr y me dio una cantidad aproximada. una pregunta no los apoyos a empleados (bonos) son deducibles de impuestos?????
Los bonos a empleados, si son deducibles, pero tambien hay que calcularles el ISR
Los bonos no graban para impuestos, están excentos pero tienen tope pero para nada pagas impuestos por recibir bonos.
Hola Contador buenas noches escribo a esta pagina para ver si estan amable de ayudarme a calcular el ISR. mi sueldo es de 6775.20 mensuales con un «premio de asistencia por 677.52
y fondo de ahorro cia 677.52 .
mi duda es porque en el mes de enero 2013 me descontaron 662.19 de i.s.r. le comento del de enero porque no me han entregado mi recibo de febrero.
en el 2012 tenia un sueldo mensual de 6,520.50
premio de asistencia 652.05
fondo de ahorro cia. 652.05
y mi descuento del isr. 381.57
no entiendo porque es tanta la diferencia y aunque pedi explicacion solo se limitaron a decirme que eso era lo que aplicaba.
espero usted me pueda ayudar a salir de mis dudas, de antemano le agradezco su ayuda.
LIC..TRABAJO EN GUADALAJARA Y EN MI EMPRESA ME PAGAN 1435 X SEM MAS 75 DE TRANSPORTE ..SON COMO 6000 mensual sin de ducciones PERO DESDE FEBRERO ME ESTAN DESCONTANDO APROX DE ISR 143 Ó 123 POR SEMANA Y ANTES ERAN COMO 29 Ó 45 PESOS, SE ME HACE MUCHO Y SOLO ME DICEN QUE YA SE MODIFICO Y QUE ASI ES
, ELLOS ME MUESTRAN LA MISMA TABLA PERO EN EL 10.88 % APLICABLE AL EXCEDENTE DEL LIMITE INFERIOR ME DICEN QUE NO ES ASI QUE SE APLICA AL SUELDO TOTAL MENSUAL+ EL ISR FIJO Y SEGUN NO HAY SUBSIDIO AL EMPLEO POR MI SUELDO NO LO CREO ESPERO Y ME PUEDA ASESOSAR GRACIAS
Hola buen día ,tengo poco tiempo que entre a trabajar a una empresa y detecte que no hicieron las declaraciones del 2011 y 2012 solamente hicieron las del imss y es lo unico que pagaron ¡como puedo pagar el impuesto del 2011 y 2012 y cuanto tiempo tendria para pagar ya que no pueden hacer un desembolso en una sola exhibición ?
Saludos Msartha…
Es oportuno que hayas detectado esta anomalía, el SAT aún puede requerirte esas declaraciones, pues como sabrás la acción de cobro que el estado puede ejercer para cobrar las obligaciones relacionadas con impuestos, sanciones e intereses, prescriben a los 5 años a partir de la fecha en que se hace legalmente exigible, por lo que a la fecha pueden requerirte de 2008 a 2012.
Una vez que realices los cálculos de las declaraciones, con sus correspondientes actualizaciones y recargos, tienes la opción de hacer el pago en parcialidades…¿Qué es el Pago en Parcialidades?
Es la opción que tienen los contribuyentes de pagar el impuesto sobre la renta que resulte a cargo en la Declaración Anual, en forma diferida o parcialmente, hasta en seis mensualidades consecutivas e iguales, sin autorización previa y sin tener que garantizar el interés fiscal. Para ello, debe hacer lo siguiente…te dejo el link para que cheques con calma: http://www.sat.gob.mx/fiscal/decanu/150_24533.html
Cabe mencionar que el hecho de regular la situación fiscal de la empresa, de forma independiente, es decir, sin que te lo exija el Sat a través de requerimientos, tiene sus beneficios, como es el evitar ser multado.
Espero te sirva esta breve información…saludos
Atte. Alberto Lara Canto.
Me dío mucho gusto haber recibido su respuesta, me ha aclarado mis dudas,le agradezco la información. Voy a checar el link y muchas gracias
como puedo saber si la empresa presento declaraciones unuales pasadas si solo cuento con ciec y no con la fiel. para acceder al expediente del contribuyente.
Hola Lorena,
Puedes irte a mi portal y en mi portal en orientacion fiscal, pedir que te den tu listado de declaraciones pendientes y asi sabras que tienes pendiente.
Saludos!
Hola Contador, soy estudiante de contabilidad y me surgio una duda al calcular una nomina, si se paga un dia festivo y la nomina se paga de manera semanal que tabla debo usar? porque en este caso se le pagarian sus 7 dias y aparte otro doble de los cuales solo la mitad seria gravado porque no rebasa los 5 SMG , pero mi duda es si se usaria la tabla semanal o si saco una tabla proporcional a 8 dias que seria lo realmente gravado. Es decir lo referente al dia festivo para calculo de isr se toma normal los 7 dias de la semana que son los que realmente trabajo el empleado o los dias que se le pagaron y que son gravados? Espero me pueda resolver mi duda porque ya me confundi.
Saludos y felicidades por su pagina, me ha sido de mas ayuda que mis maestros a veces 🙂
Hola Yuritzi,
Debes usar la tabla del periodo que corresponda en este caso la tabla semanal, si haces calculos de manera semanal, hay semanas en que un trabajador va a tener mas ingresos que otras, pero tu debes seguir usando la misma tabla.
Saludos!
Contador, con dos preguntas. En los casos donde usamos las tarifas opcionales (semanales por ejemplo) es necesario de todos modos ajustarnos a final de mes a la tarifa mensual del artículo 113? Por otra parte, sí tengo una nómina catorcenal, es correcto que utilice la tarifa semanal multiplicándola por dos? Saludos, y agradezco de antemano.
mi comentario es : me rebajan el isr por semanas pero hay semanas que se incrementa hasta el doble en que consiste eso
contador buenas noches una pregunta me pudiera explicar como le hago para saber cual seria mi retencion de imss e infonavit y isr al mes si yo tengo $ 80.00 pesos de salario diario en el imss, necesito saber si mi patron me esta reteniendo lo que debe de ser, Saludos gracias
Contador Novelo, muchas felicidades por su pagina.
Buenos Días Contador.
Recibí en una quincena:
sueldo : 2,500.00
zona cara: 500.01
Comisiones: 10,000.00
y me descontaron
I.S.R. : 2,234.84
Es correcto?
Hola Efren!
La retencion de isr es muy cercana a la que calcule, 2,288.91 igual puedes utilizar la calculadora de esta pagina.
Calculadora isr salarios
Buenos días! Tengo una duda… Si mi sueldo actual es de 14,000 ¿Cual realmente deberían ser mi salario neto)?. Únicamente cuento con prestaciones de Ley.
Intente calcular en base a las tablas proporcionadas, pero creo que estoy haciendo algo mal. Gracias por el apoyo.
Carmen,
buena noche, le su pagina esta muy interesante…
me puede decir si las percepciones que se originan de un porcentaje del salario base tabular son las grrabables de impuesto y que su suma resulta la llamada base gravable, para de ahi partir hacia el calculo de impuesto…? o bien, en donde puedo consultar cuales son esas percepciones gravables… saludos, felicidades por su pagina y buena noche…
Reciba un cordial. Saludo
Al andar buscando algunas contestaciones para la clase de fiscal e encontardo respuestas de su parte que interesantes es y lo felicito por las prontas respuestas.
Gracias por las felicitaciones y por la visita!
Buenas noches, Lic. Robert Novelo
Me podría ayudar a calcular mi salario neto para este 2014, mi salario es de 724.29 diarios mi pago es quincenal.
Saludos Cordiales.
Perdón me fato comentar,tengo un descuento de infonavit mensual de 1,978
Gracias.
Hola Roberto,
Me podría ayudar con una duda, como puedo utilizar las tablas de ISR Mensual para una nómina quincenal?
El sueldo del trabajador lo multiplico por 2 y el resultado de la tabla de ISR lo divido entre 2?
Gracias por la ayuda!