Percepciones que integran el salario diario integrado para el imss
La determinación de el salario diario integrado del imss es uno de los puntos a los que debemos poner más atención en nuestro labor diaria, como contador o asesor de una empresa, ya que la incorrecta integración del salario diario del imss, puede llegar a causar el pago de diferencias de las cuotas obrera patronales, con sus respectivos recargos, actualizaciones y en su caso multas.
La base de cotización para los pagos de cuotas al IMSS es el Salario Diario Integrado (SDI), el cual incluye los pagos hechos en efectivo por cuota diaria y las gratificaciones, percepciones, alimentación, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquier otra cantidad o prestación que se entregue.
La ley Federal del trabajo en el Articulo 84 señala:
Articulo 84.- – El salario se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo.
Te dejo una tabla con los conceptos mas comunes de las percepciones que integran el salario diario integrado o en su caso que no lo integran.
Percepciones que integran el Salario Diario Integrado del imss
CONCEPTO | INTEGRACION |
Aguinaldo | Percepción que integra |
Alimentación en el comedor de la empresa | Si paga el 20% del SMDF no integra |
Ayuda para gastos funerales | No es remuneración, no integra |
Ayuda para gastos de guardería | Si se hace directamente a la guardería no integra |
Ayuda para gastos de matrimonio | No integra |
Becas educacionales al trabajador | Si es de manera general no integra |
Becas para familiares de trabajadores | Si es de manera general no integra |
Bono de productividad | Si integra al ser una percepción no exenta |
Bono de actuación | Percepción gravada,si forma parte del salario diario integrado |
Capacitación previa a la contratación en el trabajo | El costo de la capacitación no integra |
Comisiones para trabajadores | Al ser una percepción si integra |
Comisiones para vendedores | Cuando es un servicio contratado a otra empresa no integra |
Compensación de trabajo en un día de descanso | Si forma del salario diario integrado |
Compensaciones por vida cara | Si integra |
Cuotas adicionales a la Afore | Se consideraría previsión social y no integraría |
Cuota adicional por residencia | Si forma del salario diario integrado |
Cuotas al imss a cargo del trabajador | No integra |
Cuotas al infonavit | Es prestación de ley , no integra |
Cuota para centro deportivo | Podría considerarse como previsión social de manera general, no integraría |
Cuota patronal al fondo de de ahorro | Cuando no se retire más de dos veces al año, no integra |
Despensas en especie, en dinero o vales | Si no excede del 40% del SMGDF, no integra |
Destajos y pagos por números de piezas producidas | Si forma del salario diario integrado |
Doble turno eventual | Si forma del salario diario integrado |
Donativos a trabajadores | Si forma del salario diario integrado |
Emolumentos al presidente del consejo de administración | No forma parte del salario diario integrado |
Emolumentos al administrador único | No forma parte del salario diario integrado |
Financiamiento para adquisición de vivienda | Al ser un préstamo, no integra |
Gastos de representación | Si no es comprobable integra, y si dichos gastos se comprueban no integrarían |
Gratificaciones por retiro | No integra, ya que son prestaciones por retiro |
Haberes de retiro | No integra, ya que son por retiro del trabajador |
Honorarios preponderantes | Si no hay subordinación laboral, no integra |
Horas extras de carácter fijo | Si forma del salario diario integrado |
Horas extras eventuales | Integran los excedentes de los límites permitidos en la LFT |
Indemnización por despido | No es parte del sueldo por lo que no integra |
Intereses de la caja de ahorro | No es parte del trabajo, es por ahorro del trabajador |
Jubilación | Se paga cuando el trabajador deja de laborar, no integra |
Otorgamiento de automóvil en propiedad a precio bajo | Oportunidad de adquirir bien , no es remuneración no integra |
Otorgamiento de vivienda en propiedad a precio bajo | Oportunidad de adquirir bien , no es remuneración no integra |
Pago de cuotas sindicales | A cargo del trabajador no integra |
Pagos a accionistas empleados | Se puede ser accionista y empleado se integraría por el importe de su salario |
Pagos a consejeros de sociedades | No son parte de los empleados , no integra |
Pagos de eventos culturales | Si se da de manera general y el pago es directamente al prestador seria previsión social y no integraría |
Pensiones | No se trata de salario, no integra |
Premios quinquenios y otros pagos en especie al cumplir periodos de trabajo | Al ser en especie, no integran ya que se trata de reconocimientos, relojes o medallas. |
Prestamos a trabajadores | No integran, ya que el dinero es reintegrado al patrón |
Prestamos a fondos de ahorro y cajas de ahorro de trabajadores | No integran al ser prestamos de carácter devolutivo |
Prima de antigüedad pagada periódicamente | Si se continua laborando si integra el salario |
Prima de antigüedad al terminar la relación laboral | No integra |
Prima dominical eventual | Si forma del salario diario integrado |
Prima dominical permanente | Si forma del salario diario integrado |
Premios de puntualidad | No integra cuando no rebase el 10% del SBC |
Premios de asistencia | No integra cuando no rebase el 10% del SBC |
Prima vacacional adicional a la mínima legal | Es remuneración, si integra |
Prima vacacional conforme a la LFT | Si forma del salario diario integrado |
Póliza de atención medica | Si es de manera general no debe integrar |
Propinas | Forman parte del salario, si integra |
Reembolso de gastos de automóvil propiedad de la empresa | No integra |
Reembolso de gastos de automóvil propio | Si no se comprueban los reembolsos, si integra, pero si se comprueban no integraría |
Renta de casa habitación barata | No integra |
Reembolso de gastos médicos | No integra |
Reembolso de gastos personales diversos | Sin justificación es parte de la remuneración y por lo tanto integra |
Remuneración por metro cuadrado | Es una modalidad de remuneración, por lo tanto integra |
Salarios caídos al concluir la huelga | No es salario por trabajo desarrollado , es una indemnización , por lo que no integra |
Salarios pagados a residentes en el extranjero | Sujetos a normas de seguridad social del extranjero |
Seguro de gastos médicos y seguros de vida a favor de los trabajadores | Si es de manera general y pagada directamente al prestador del servicio, no integra. |
Servicio de transporte gratuito | No es una remuneración por su trabajo, no integra |
Servicios vacacionales pagados por el patrón | Integra al ser una prestación adicional. |
Útiles Escolares y colegiaturas para estudios del trabajador | Prestación de previsión social , no integra |
Sustituciones temporales | Es remuneración, Si forma del salario diario integrado |
Tareas y premios por alcance en producción | Modalidad de remuneración, integra |
Útiles escolares y colegiaturas para los familiares dependientes del trabajador | Prestación de previsión social, no integra. |
Uniformes y ropa de trabajo | Obligación del patrón según la LFT, no integra |
Uso gratuito de casa habitación | No integra el salario cuando el trabajador paga al menos el 20% del SMGDF |
Vacaciones pagadas no disfrutadas | Prohibido por la LFT, al ser remuneración integraría |
Vales de restaurante | No integra cuando el trabajador paga por lo menos el 20% del SMGDF |
Viáticos | Cuando sean reembolsados y comprobados no integran |
Como podras notar hay diferentes conceptos, el conocimiento de ellos, podra hacer que puedas determinar si las percepciones que integran el salario diario integrado
Excelente informacion robert nomas me queda una duda en cuanto a las prestaciones las que usa uno de cajon pues son los premios por puntualidad y asistencia en cuanto a eso yo tenia entendido y asi lo habia usado que era el 10% pero sobre el salario diario integrado del trabajador y aqui veo que es sobre al SMGDF cual seria lo correcto?
Roman,
Tienes Razon, se me barrio totalmente es el 10% sobre el salario base de cotizacion, corregido.
Gracias!!!!!!!!
Buenas Tardes Roberto.
Estoy por reingresar la informacion en IDSE para dar de alta a un trabajor ante el IMSS, pero me solicita que ingrese el Salario Diario Integrado, por lo cual que solicito tu apoyo de la maneras mas atenta.
¿¿En base a mi sueldo que es de $ 270.00 diarios, como calculo la cuota que me corresponde pagar al IMSS???
En espera de tu respuesta.
Saludos.
Gerardo,
para determinar el salario diario integrado checa el link Calculo del salario diario integrado
Hola
una duda como se calculan las horas extras variables yo tengo entendido que es el SD entre la jornada por las horas que exedieron entre el mes en que ocurrio Ej. un lunes de sep se hisieron 4 horas extras y un sD de 250 diurno por lo que seria 250/8*3/30?? es correcto ?=
Ale,
no entendi tu formula, pero en estricto apego a la ley federal del trabajo, las horas extras se pagan al doble .
En tu caso 250/8=31.25 costo de hora extra 31.25*2*4=250
Hola Robert,
una pregunta, me llego una notificacion del imss, donde dice que debo de poner a los trabajadores con un minimo de cuota diaria de $180.00 pesos. El problema es que los trabajadores ganan 800 a 900 semanales. como me puedo defenderme o cual es el
fundamento que debo de pagar una cuota diaria la cual el obrero no gana?
quedo en espera de tu valiosa respuesta.
Gracias!
Ceci,
Ninguna, no existe tal cosa, es una de las estrategias del imss, para que los patrones incrementen los salarios base de cotizacion y paguen mas de cuotas del imss, lo unico que debes cuidar es actualizar los salarios bases de cotizacion por el incremento de la prima vacacional
ok Robert, existe algún porcentaje o cantidad el cual nos sirve para actualizar los salarios bases de cotizacion?
Ceci,
checa el siguiente link Determinacion del factor de integracion ahi veras el procedimiento de como se integra el salario abse de cotizacion
MR. ROBERT
SI SE PAGA ESPORADICAMENTE A ALGUN TRABAJADOR UNA COMPENSACION, POR AYUDA DE ENFERMEDAD O SOLO POR QUE SE QUEDA TARDE A TRABAJAR O AYUDA COMO PASAJES, PERO LA MANEJO SOLO COMO OTRAS PERCEPCIONES DEBO INTEGRARLAS AL SUELDO?
Romeo,
Si claro, no estan exentos esos concepto.
buenas noches contador, podria decirme si el premio de puntualidad y asistencia se calcula con el salario base de cotizacion o con el salario base.
Si un trabajador gana 396 diarios, su salario integrado es = 413.89. El 10% a cual salario se aplica? De antemano gracias.
hola robert tengo una pequeña duda si la empresa pacta con el sindicato dar un bono sindical por x cantidad pero para esto el trabajador debe cumplir con minimo 21 dias de trabajo sin faltas y esta estipulado en el contrato colectivo, la pregunta es si integra salario y como se debe de tomar en cuenta ya que esta cantidad se entrega en efectivo al trabajador
Hola buenas tardes, señor contador si en la empresa donde trabajo en el contrato colectivo menciona que se deben de pagar a trabajadores sindicalizados becas educacionales para los hijos ¿ estas deben integrar al imss o a isr si se le pagan directamente a los trabajadores? no son a todos los sindicalizados solo algunos. gracias
Hola contador Roberto, tengo duda si una beca que se otorga a un dr. que está haciendo una especialidad, la cual creo que hará en dos años, y la misma se la otorga el sector salud, esta forma parte del salario, te informo que el no recibe ninguna otra remuneración, sólo la beca.
Hola Robert
Una pregunta, estoy próximo a jubilarme, fui contratado por una empresa que me paga un sueldo base por 12,000 y me paga comisiones +- 10,000, se que para calcular mi jubilación debo considerar el sueldo de los últimos 5 años, mi pregunta es, entendiendo que la jubilación es con sueldo integrado, mi sueldo integrado sería los 12,000 + 10,000= 22,000, ¿este sería el sueldo sobre el que se calcularía o promediaría con los otros años.?
C.P. Novelo.
Buenas tardes.
Necesito de su ayuda y experiencia, de acuerdo con los conceptos que integran o no para salario se menciona que el reembolso de gastos médicos no integra, se tiene fundamento legal para no integrarlo
Buenos dias, tengo duda en el concepto de «bono escolar», no se si es exento para imss; por cierto, es dependencia de goberno, y sindicalizado.
Ojala me pueda orientar.
Saludos.
Hola Robert, muchas gracias por tu página.
Me quedó una duda, los salarios caídos, no por huelga, sino por imposición judicial integran o no para el IMSS?
De antemano muchas gracias y saludos!
Necesito de su apoyo por favor, si en la empresa otorgamos vales de despensa en electrónico, me integra el excedente del 40% del SMG aunque sea en electrónico?
Claro el limite de acuerdo a la ley del imss es el 40% no importa el medio.
Como debo integrar el SDI si tengo trabajadores que laboran todos los domingos del año?
Hola buenas tardes, una pregunta, si a los empleados a parte de su nomina se les paga en una nomina extraordinaria el concepto de gratificacion cada mes, esta integra para el salario?
Hola Tamara,
Es correcto , si integraria en el salario, ya que no existe ese concepto como exento de integrar el salario.
Saludos!
Buenas tardes, es la primera vez que haré una nómina leí esto y me pareció interesante pero tengo algunas dudas, si pudiera ayudarme por favor.
1. Respecto al concepto «Cuotas para centro deportivo» como se tiene que manejar en nómina? Tiene algún tope o le pago lo que yo quiera?
2. Uniformes tiene que ser en especie o un bono vía nómina?
3. Utiles escolares igual en especie o bonos vía nómina?
4. Como implemento ayuda de renta de casa habitación
5. Me podría proporcionar el fundamento legal para hacer la implementación de su información por favor
Gracias por su atención y ayuda.
Yo también quiero saber el fundamento legal, ya que sólo conocía 10 conceptos y aquí hay más.
HOLA
LOS DIAS DE DESCANSO SON CONSIDERADOS EN LAS VACACIONES
ES DECIR SI ME TOCAN 8 DIAS, Y DENTRO DE ESOS DIAS, HAY UN DESCANSO, QUE SUCEDE??
ese no cuenta en los dias de vacaciones.
Hola, buenos dias. Tengo una duda respecto al bono de productividad y el bono e antiguedad, estos dos cuando integra el SBC y cuando no. Se que el bono de productividad es como una remuneracion por su trabajo, pero el segundo no se aun cuando lo debo integrar, gracias!
Hola Joana,
Al no estar comprendido entre las prestaciones que no integran, tanto el bono de productividad como el de antiguedad integran el SBC
Saludos!
Hola buenas tardes Sr. Robert estas son las perceciones que integran el salario, no tendrá un link, de las percepciones que son exentas ante el IMSS?
Muy buen aporte solo que seria bueno mencionar, que cuando se habla de salario diario integrado nos estamos refiriendo al salario que nos dice la ley federal del trabajo, si hablamos de salario base de cotización es para efectos de la ley del IMS, y también existe un salario diario integrado para LISR, ya que existen conceptos que no integran para IMSS pero si para ISR. Muchas veces confundimos a los clientes por dejarles creer que es lo mismo el Salario Diario Integrado que el Salario Base de Cotización, cuando la verdad es que no es así.
Espero no tomen a mal el comentario. Muchas Felicidades por tu pagina contador.
Buenas tardes, me puede orientar si el bono por aniversario de la EMPRESA que otorga cada 5 años a sus trabajadores de forma general y que no tiene que ver con su salario, debi de integrarlo al salario
Hola Laura,
Si integra para el SBC del imss, al no estar contemplado en las excepciones, previstas.
Buen día Robert este año la empresa pretende dar a sus trabajadores un regalo de fin de año por medio de una tarjeta departamental, teniendo en consideración que este regalo no es por su trabajo.
¿Debe integrarse a su salario base de cotización?
Buen día Robert este año la empresa pretende dar a sus trabajadores un regalo de fin de año por medio de una tarjeta departamental, teniendo en consideración que este regalo no es por su trabajo.
¿Debe integrarse a su salario base de cotización?
Buenas Tardes, un pago atrasado aun trabajador se considera para el calculo del sbc… por ejemplo si entro un 15 y en esa nomina quincenal no se le pago y a la siguiente va como compensacion?
Gracias
Hola
No debiera, si le diste de alta en la fecha que realmente entro, es decir el dia 15.
De lo contrario debieras integralos como variable.
Saludos!