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El 25 de mayo de 2012, se publico en el diario oficial de la federacion la exencion de quince salarios minimos a las pensiones, esto se debe a la modificacion de la fraccion III del articulo 109 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

Articulo 109 antes de la modificacion:

Artículo 109. No se pagará el impuesto sobre la renta por la obtención de los siguientes ingresos:

III. Las jubilaciones, pensiones, haberes de retiro, así como las pensiones vitalicias u otras formas de retiro, provenientes de la subcuenta del seguro de retiro o de la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, previstas en la Ley del Seguro Social y las provenientes de la cuenta individual del sistema de ahorro para el retiro prevista en la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en los casos de invalidez, incapacidad, cesantía, vejez, retiro y muerte, cuyo monto diario no exceda de nueve veces el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente. Por el excedente se pagará el impuesto en los términos de este Título.

pensiones exentas hasta quince salarios minimos

Con la reforma la fraccion III queda de la siguiente manera:

Artículo 109. No se pagará el impuesto sobre la renta por la obtención de los siguientes ingresos:
I. a II. …
III. Las jubilaciones, pensiones, haberes de retiro, así como las pensiones vitalicias u otras formas de retiro, provenientes de la subcuenta del seguro de retiro o de la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, previstas en la Ley del Seguro Social y las provenientes de la cuenta individual del sistemade ahorro para el retiro prevista en la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en los casos de invalidez, incapacidad, cesantía, vejez, retiro y muerte, cuyo monto diario no exceda de quince veces el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente. Por el excedente se pagará el impuesto en los términos de este Título.
Por lo que si eres pensionado, si tu pension no rebasa los siguientes montos , no seras sujeto a retencion de isr:
                                 Monto Exento en 2012
Pensionados de la Zona A                28,422.48
Pensionados de la Zona B                27,619.92
Pensionados de la Zona C                26,940.48

Descargar Sua 3.3.4

DESCARGAR SUA 3.3.4

1. Antes de instalar la versión 3.3.4, favor de atender las acciones descritas en las Instrucciones de instalación detalladas a continuacion:

INSTRUCCIONES DE INSTALACIÓN VERSION SUA 3.3.4

Antes de instalar la versión del SUA es indispensable atender las siguientes instrucciones:

Previo a la Instalación del sua 3.3.4 :
1. Se recomienda tener instaladas las últimas actualizaciones disponibles del sistema operativo Microsoft Windows que tiene su equipo (updates y servicepacks).
2. El usuario que de inicio a esta sesión en Windows debe contar con privilegios de Administrador.
3. Siempre se recomienda, antes de actualizar una versión del SUA, respaldar su base de datos con la herramienta que encuentra en la opción de Utilerías de la barra de herramientas del SUA y renombrar el archivo correspondiente con la versión que está haciendo este respaldo.
4. Si fuera necesario trabajar con un respaldo anterior a la versión del SUA, debe primero respaldar su sistema actual y posteriormente restaurar el archivo requerido.

Instalación del sua 3.3.4:
5. Descargar la versión SUA 3.3.4 de la página http://www.imss.gob.mx/patrones/sua/Pages/complementos.aspx
6. En la ventana inicial de la descarga, dé clic en el botón Guardar.

descargar sua 3.3.4

7. Guarde el archivo en la carpeta “Mis documentos”

sua 3.3.4

  • Si ya existe una descarga anterior de la versión 3.3.4 en la misma carpeta, aparecerá una pantalla indicando que a existe un archivo con el mismo nombre, dé clic en “Sí” para reemplazar el archivo. 

8. Al terminar la descarga, dé clic en el botón Ejecutar

actualizacion sua 3.3.4

  •  Opcionalmente puede dar clic en el botón Abrir carpeta para mostrar la carpeta en la que descargó el archivo, y una vez estando en ella dé doble clic en el programa VersionSUA334.exe.

9. El programa debe mostrar la pantalla de inicio de instalación.

sua 3.3.4

Dar clic en el botón Siguiente >
Nota: Si el sistema muestra una pantalla con opciones de Modificar, Reparar o Eliminar, vaya al Anexo A al final de este documento, en caso contrario, continúe en el punto siguiente.

10.El instalador solicita seleccionar el directorio donde se instalará el SUA 3.3.4:

descargar sua 3.3.4

Dar clic en el botón Cambiar… para seleccionar el directorio de instalación.
 Para la versión instalada en Windows XP, la ruta es “C:\Archivos de Programa\SUA” o “C:\Program Files\SUA” (para sistema operativo en inglés)

actualizacion sua 3.3.4

 Para la versión instalada en Windows Vista o 7, la ruta es “C:\Cobranza\SUA”

descarga sua 3.3.4

Dar clic en el botón Aceptar para continuar con la instalación.
11.Dar clic en el botón Siguiente en todas las pantallas que se nos presentan para instalar la nueva versión.
12.Al concluir la instalación, el sistema muestra la siguiente pantalla:

sua 3.3.4

Lo cual significa que ha instalado correctamente la nueva versión del SUA en su computadora.
13.Dé clic en el botón Finalizar para cerrar la ventana de instalación.
Si después de instalar la nueva versión e ingresar al SUA no se muestra la actualización a la versión 3.3.4

descarga sua 3.3.4

Deberá seguir los siguientes pasos:

  • Desinstalar la Versión SUA 3.3.4 desde el panel de control.
  • Proceder con las instrucciones de instalación, tomando en cuenta lo siguiente:
  • Deberá verificar la ruta donde se encuentra instalado el SUA, por default el sistema se encuentra en:

 “C:\Archivos de Programa\SUA” para versiones Windows XP
 “C:\Cobranza\SUA” para versiones Windows Vista y 7

ANEXO A
Si al instalar la nueva versión, el sistema muestra la siguiente pantalla:

descargar sua 3.3.4

Deberá seguir los siguientes pasos:

  • Cancelar la instalación dando clic en el botón Cancelar.
  • Desinstalar la Versión SUA 3.3.4 desde el panel de control, una vez realizada esta acción proceder nuevamente con estas instrucciones de instalación.

2. La versión SUA 3.3.4 considera lo siguiente:

  • Ajuste a los cálculos realizados a partir del tercer bimestre del 2012 en el concepto de Amortización de Crédito INFONAVIT, para los tipos de descuento Cuota Fija y Veces Salario Mínimo.
  • Validación al realizar el cálculo oportuno o extemporáneo de la correcta captura del Salario Mínimo vigente a partir del 01 de enero de 2012.
  • Actualización de los datos históricos vigentes del Índice Nacional de Precios al Consumidor y Porcentaje de Recargos, para el periodo de julio-1997 a marzo-2012, lo cual permitirá que:
    • Los cálculos de Empresas Bipartitas así como los pagos extemporáneos se generen con los datos históricos correctos de los factores de índices y recargos referidos, teniendo el Patrón que registrar sólo los factores posteriores al periodo mencionado (abril-2012 en adelante).

Descargar sua 3.3.4

Nueva Norma de Información Financiera NIF B4 “Estado de cambios en el capital contable”
Por el L.C.P. Gerardo Quezada
gerardoquezada@bdomexico.com

Con el propósito de promover la comparabilidad de la información financiera entre distintas entidades, se emitió la nueva NIF B4, aprobada por unanimidad para su emisión por el Consejo Emisor del Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera (CINIF) para su publicación en diciembre de 2011, estableciendo su entrada en vigor para entidades cuyos ejercicios se inicien a partir del 1º de enero de 2013.

Esta NIF se emitió para dar soporte técnico a la presentación de dicho estado ya que anteriormente no existía un documento similar y, para tener convergencia con las Normas Internacionales de Información Financiera, en especial con la Norma Internacional de Contabilidad (NIC) 1.

Hay que recordar que el Estado de cambios en el capital contable es un estado financiero básico y debería ser el más importante para el accionista dado que en él, se muestra el comportamiento de su inversión en los últimos años.

Desde el punto de vista contable, representa para los propietarios de la compañía su derecho sobre los activos netosde ésta, mismo que pueden ejercer mediante un rembolso o el decreto de dividendos.

Las principales características de la norma nif B4 son las siguientes:

a) Hay que hacer una conciliación entre los saldos iniciales y finales de todos los rubros que conforman el capital contable
b) En su caso los ajustes retrospectivos

c) Presentar en forma segregada los movimientos de propietarios relacionados con su inversión en la entidad

d) Los movimientos en la reservas y,

e) el resultado integral en un sólo renglón, pero desglosado en todos los conceptos que lo integran:
utilidad o pérdida neta, otros resultados integrales, y la participación en los otros resultados integrales de otras entidades.

norma de informacion financiera NIF B4

NORMAS DE PRESENTACIÓN DE NIF B4

Existen dos tipos de capital:
a) De capital contribuido, que se conforma por las aportaciones de los propietarios de la entidad: capital social, aportaciones para futuros aumentos de capital, prima pagada en colocación de acciones; y

b) de capital ganado, que se conforma por las utilidades y pérdidas generadas por la operación de la entidad: resultados integrales acumulados y reservas.

Los elementos básicos del estado de cambios son los siguientes:
a) Movimientos de propietarios
b) Movimientos de reservas
c) Resultado integral
Todos los anteriores están definidos en la NIF A-5 “Elementos básicos de los estados financieros”, por lo que esta NIF sirve de base conceptual para el desarrollo de la misma.

Cuando se trate de estados financieros consolidados, todos los movimientos deben presentarse segregados de acuerdo a lo siguiente:

a) Participación controladora, es la porción del capital contable de una subsidiaria que pertenece a la controladora
b) Participación no controladora, es la porción del capital contable de una subsidiaria que pertenece a otros dueños distintos a la controladora

Estructura del estado de cambios en el capital contable
El estado de cambios en el capital contable debe presentar en forma segregada y por cada periodo que se presente, los importes relativos, en su caso, a:
a) Saldos iniciales del capital contable:

En esta parte se deben de mostrar los saldos iniciales a valor en libros de cada uno de los rubros de capital que se presenta, como pueden ser los siguientes:
1. Capital social
2. Resultados acumulados (incluyendo la reserva legal la cual es explicada en la nota a los estados financieros del capital contable)
3. Valuación de coberturas, entre otros

La segregación debe hacerse en función a la naturaleza e importancia relativa de cada uno de ellos.
b) Ajustes por aplicación retrospectiva por cambios contables y correcciones de errores;

De acuerdo con la NIF B-1 “Cambios contables y correcciones de errores”, esto significa que cuando se haya detectado algún cambio contable o bien un error en los fundamentos cometido desde hace años y que se desea presentar comparativamente o corregir, se debe hacer en forma retrospectiva, un ejemplo de estos ajustes pudieran ser los siguientes:

1. Cambio de fórmula de valuación de los inventarios, por ejemplo de primeras entradas, primeras salidas a costos promedios esto implica que se tienen que restructurar los resultados de los ejercicios que se presentan los estados financieros con la finalidad de hacerlos comparables
2. Cancelación de ciertos gastos por amortizar contra gastos, cuando dichos gastos por amortizar no se justifique conceptualmente su procedencia
3. Etc.

La NIF B-1 nos indica que este tipo de reestructuras no se deben quedar sus efectos en el año sino que se tiene que hacer una restructuración con la finalidad de que los estados financieros sean comparativos.
c) Saldos iniciales ajustados;

Corresponde a la suma resta de los puntos a) y b) d) Movimientos de propietarios;

Normalmente los movimientos de los propietarios son capitalizaciones, rembolsos de capital y dividendos pagados.

Todos estos movimientos no deben de mostrarse en forma neta, sino separados.
e) Movimientos de reservas;
Las reservas de capital son importes de resultados acumulados segregados por disposiciones legales o por los propietarios para cumplir con fines específicos.
Un ejemplo muy común de estas reservas es la reserva legal.

f) Resultado integral;
La entidad debe de presentar el resultado integral desglosado en los siguientes conceptos:
1. Utilidad o pérdida neta
2. Otros resultados integrales (ORI), agrupados o segregados según se opte, Ver NIF B-3 “Estado de resultados integral el cual inicia su vigencia a partir de enero de 2013)

Un ejemplo de esto puede ser el registro de la valuación de los instrumentos financieros derivados, neto de impuestos diferidos.
3. Participación de los ORI de otras entidades (ya sean asociadas o inversiones conjuntas)
g) Saldos finales del capital contable
Corresponde a la suma algebraica de todos los puntos anteriores

NORMAS DE REVELACIÓN NIF B4

Independientemente de lo requerido en otras NIF particulares en relación con el capital contable, la entidad debe de revelar en las notas a los estados financieros lo siguiente:

El importe de las capitalizaciones, reembolsos, dividendos distribuidos y la forma en que fueron pagados, dividendos preferentes acumulativos por pagar y el propósito de las reservas creadas en el periodo.

Si dentro del estado de cambios en el capital contable, la entidad presentó en forma agrupada los ORI, deben revelarse los movimientos y saldos finales de cada uno de los componentes de los ORI;

por ejemplo, si una entidad generó resultados por conversión de operaciones extranjeras y además, resultados por valuación de instrumentos financieros utilizados como coberturas de flujos de efectivo, y en el cuerpo del estado presentó la suma de ambos como un movimiento neto de ORI en el periodo, en las notas debe segregar los saldos iniciales y finales, así como los movimientos correspondientes; en los casos en que los propietarios se hayan distribuido parte o la totalidad de los ORI, éste hecho debe revelarse, indicando el importe correspondiente.

VIGENCIA NIF B4

Las disposiciones contenidas en esta NIF entran en vigor para los ejercicios que se inicien a partir del 1º de enero de 2013.

TRANSITORIO NIF B4

Los estados financieros que se presenten en forma comparativa con los del periodo actual y que correspondan a periodos anteriores a la fecha de vigencia de esta NIF deben reformularse con la aplicación retrospectiva establecida en la NIF B-1.
Cambios a otras NIF particulares
En consecuencia, el CINIF hará todos los cambios necesarios al resto de las NIF particulares para hacerlas consistentes con la NIF B4 a la fecha de su entrada en vigor.
F. D. NIF B4
* * *
El L.C.P. Gerardo Quezada, Gerente de Auditoría de BDO Castillo Miranda, Oficina de Guadalajara.

Sara Cantera, Reforma, www.reforma.com

Por disposición de Hacienda, a partir de 2013, todos los distribuidores automotrices del País deberán entregar una factura electrónica contenida en una memoria USB que compruebe la compra de un vehículo.

Aunque algunas agencias ya lo hacen, la mayoría continúan entregando facturas en papel.

En 2010, Hacienda le permitió a los distribuidores imprimir facturas en papel con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2012, mientras realizaban la migración a la factura digital.

Por ello, explicó Guillermo Rosales, director de Relaciones Institucionales de la Asociación Mexicana de Distribuidores de Automotores (AMDA), esas facturas en papel son vigentes aunque tengan fecha de vencimiento a finales de 2012.

La vigencia es sólo para el emisor de la factura, por lo que para el consumidor seguirá siendo válida en los años posteriores, precisaron distribuidores.

En 2013, los mil 400 distribuidores de autos e incluso los loteros dedicados a la venta de autos usados están obligados que entregar sólo la factura digital.

Pero, dado que la factura en papel sirve no sólo como comprobante de la compra-venta del vehículo, sino como título de propiedad, algunos distribuidores acordaron que lo que resta de 2012 estarán dando una factura en papel seguridad con varios candados para evitar falsificaciones.

factura digital auto

Al momento de realizar una compra-venta entre particulares, la operación seguirá siendo igual, detalló Rosales.

«La factura electrónica se la queda el primer propietario del vehículo y cuando éste desee vender el auto a otro particular únicamente imprimirá la factura en papel y se la endosará, ya que esa operación no está sujeta a pago de impuestos, es una operación entre particulares», explicó Rosales.

Sin embargo, Mario Duque, distribuidor de GM, dijo que para evitar que exista el riesgo de que alguna persona obrando de mala fe imprima una copia para vender el vehículo y después otra, el particular puede acudir con un corredor público que funcione como intermediario para emitir una nueva factura electrónica.

Las facturas en papel seguridad que están dando algunos distribuidores tienen el objetivo de evitar fraudes con la impresión del archivo electrónico, pero no todas las agencias están dando esa factura en papel seguridad debido a que no es obligatorio. Según la AMDA, sólo 12 por ciento de los mil 400 distribuidores en México dan factura en papel seguridad, ya que sólo las agencias que ya emitien Comprobantes Fiscales Digitales o Comprobantes Fiscales Digitales a través de Internet pueden hacerlo.

Documento seguro

Este año, algunos distribuidores seguirán entregando facturas impresas en papel seguridad con las siguientes características:

  • Documento impreso en papel seguridad 90 gr.
  • Marca de agua.
  • Medidas 8.5 x 11 pulgadas (Tamaño carta).
  • Dos Tintas fugitivas al borrado.
  • Un Folio variable.
  • Impresión Intaglio.
  • Holograma (Wall paper).
  • Código Datamatrix.

Adiós papel

Desde 2004 existía la opción de entregar una factura electrónica o en papel, pero la regla entre las agencias era dar una factura impresa.

  • A partir de 2011, se volvió obligatorio entregar una factura electrónica, pero se dejó abierta la posibilidad hasta que concluyera 2012 entregar una factura en papel, siempre y cuando ésta tuviera vigencia hasta el 31 de diciembre de 2012.
  • Este año, algunos distribuidores acordaron entregar una factura impresa en papel seguridad.
  • A partir de 2013, todos los distribuidores deberán entregar únicamente una factura digital.

Fuente: AMDA

La labor del ajustador

Abundan las historias sobre los ajustadores de seguros: que tardan mucho en llegar al lugar del siniestro, que cometen errores al llenar el reporte de daños, que sólo velan por el interés de la compañía aseguradora para la que trabajan, que dan mal servicio, pero ¿sabes cuál es la labor del ajustador de seguros cuando tienes un accidente?
El ajustador de seguros es un profesional imparcial, que ha sido contratado por la aseguradora para evaluar siniestros, precisar su causa, determinar si los reclamos están amparados por la póliza y calcular la indemnización que corresponda en cada caso.

¿En cuánto tiempo debe llegar?

Bien dicen que la espera desespera, por ello es importante que cuando tengas un accidente guardes la calma y esperes a tu ajustador. Él por su parte, arribará cuando le sea posible (la espera puede ser de unos minutos a un par de horas, dependiendo de factores que tu ajustador no puede controlar, como la distancia, la carga de trabajo, la accesibilidad de tu ubicación y el tráfico que exista).
Algunas compañías aseguradoras cuentan con ciertas garantías que se adquieren al comprar el seguro, entre ellas están la Garantía de llegada del ajustador, en la que se promete que un ajustador tiene que llegar al lugar del siniestro a más tardar en 30 minutos, contados a partir de que el hecho haya sido reportado a la aseguradora. De no llegar en ese lapso, se aplica una penalización y la aseguradora debe pagar cierta cantidad al asegurado. Verifica si cuentas con esta garantía o si puedes contratarla.
Sin importar cuánto le tome a tu ajustador llegar, es importante que te mantengas en el lugar del siniestro. Recuerda no realizar ningún acuerdo, arreglo personal, firmar actas de convenio, aceptar responsabilidad ante terceros o realizar gastos sin la intervención de tu ajustador.

 ajustador

  ¿Debo mover mi auto?

El trabajo del ajustador es deslindar las responsabilidades en un siniestro de tránsito terrestre, es decir, en un accidente automovilístico. Esto lo realiza basándose en el reglamento de tránsito local y en las Condiciones Generales de la Póliza, que especifica los riesgos amparados.
Para determinar la causa real del siniestro, debe inspeccionar los daños. Si no obstruyes la circulación de las vías donde sucedió el accidente, es recomendable que no muevas tu vehículo hasta que el ajustador llegue o haya tomado conocimiento del hecho una autoridad competente. Si te ves obligado a mover tu auto y el ajustador aún no ha llegado, te sugerimos que tomes fotos a detalle del siniestro: cómo quedaron los autos, los golpes en las carrocerías y las huellas del accidente (pedazos de vidrios en el pavimento, marca de llantas, etc.)
No abandones tu vehículo, pues en la distracción alguien podría sustraer algo de él.

 ¿Qué papeles le debo presentar?

Cuando tu ajustador arribe te pedirá tu licencia original o permiso de conducir, la póliza de tu seguro o el recibo de pago y tu tarjeta de circulación. Tenlos a la mano para agilizar el papeleo.

¿Qué debe hacer?

Una vez que le has presentado la documentación requerida, será necesario que hagas una declaración basada en los hechos. No mientas sobre lo ocurrido. Recuerda que si brindas una declaración falsa puedes perder la validez de tu seguro y no tendrá mucho caso pues las condiciones de los vehículos tras el accidente revelan cómo sucedieron las cosas. Con esta declaración, tu ajustador debe llenar el Reporte de Accidente.
Con la inspección de tu auto llenará otra forma en la que indicará los daños que ha sufrido tu vehículo. Antes de firmar de conformidad, cerciórate que en el área donde se señalan los daños a consecuencia del siniestro (generalmente indicadas por un dibujo de carros) estén marcados todos los golpes y averías a tu coche, ya que éste es el pase de admisión para que lleves tu auto al taller.
El ajustador también te debe proporcionar una lista de varios talleres que tengan convenio con la aseguradora, donde se realizará la valuación de los daños del auto y la reparación del mismo. Por lo general, los autos de modelos recientes (dos años o menos) son llevados a un taller de agencia, mientras que los más antiguos son canalizados a talleres externos.
No olvides pedir una copia del Reporte del Accidente, verificar que el número de póliza que éste contenga corresponda con el tuyo, que el número de siniestro concuerde con el que te dieron al reportar el hecho y que tus datos personales sean los correctos. Si el auto no puede ser conducido, tu ajustador deberá solicitar una grúa para transportarlo.

¿Qué sucede cuando no llego a un arreglo?

En caso de que no llegues a un arreglo favorable con la otra persona involucrada en el siniestro, se debe recurrir a las autoridades competentes para hacer un peritaje con el fin de determinar la responsabilidad de las partes.
Tu ajustador te deberá acompañar ante la autoridad correspondiente y permanecer contigo hasta que se llegue a un acuerdo o bien se levante el acta.
Si tienes contratada la cobertura de Asistencia Jurídica y es necesaria la intervención de un abogado, el ajustador tiene que contactarlo para que te brinde la asesoría y te acompañe durante todo el trámite.
Otro punto que debes tomar en cuenta es que cuando exista alguna persona herida o lesionada, deberás notificarlo al reportar el siniestro, tu aseguradora te dirá qué hacer. Si no se trata de lesiones graves, el ajustador te proporcionará un pase de atención médica para acudir a algún hospital o médico con el que la aseguradora tenga convenio.

¿Y si no cumple?

Si te encuentras insatisfecho con el servicio proporcionado por tu ajustador puedes comunicarte con un supervisor de tu compañía aseguradora y manifestar tu queja. Si no estás conforme con la resolución que te den, llama a la Condusef al 01 800 999 80 80 para pedir una asesoría. Recuerda, la labor del ajustador es asesorarte ante una eventualidad, dar las evaluaciones técnicas para deslindar la responsabilidad y orquestar todos los servicios que has contratado con tu póliza en caso de requerirlos: asistencia legal, servicio de grúa para el traslado de tu vehículo, asignación de un hospital o médico en caso de lesiones, la negociación de pago de daños por parte del tercero y la asignación del taller mecánico para las reparaciones correspondientes.

¿Cómo reportar un siniestro?

1. Comunícate con tu compañía aseguradora. Ten a la mano el número de tu póliza, la marca y tipo de vehículo, color y placas del auto y el nombre del conductor.
2. En caso de haber lesionados, infórmaselo a la operadora que te está atendiendo. Menciona sus nombres y el lugar donde se encuentran.
3. Indica el lugar exacto del accidente y alguna referencia para que te brinden atención de forma más oportuna.
4. Proporciona un número telefónico en dónde se te pueda contactar para tu atención.