Requisitos para la devolución del saldo de la Subcuenta de Vivienda 97 Infonavit

recuperar saldo infonavitRequisitos generales régimen de la Ley del Seguro Social 1973

La reforma a la Ley del Infonavit (Artículo 8° transitorio), en vigor desde el 13 enero del 2012, hace posible que los trabajadores pensionados, en los términos de la Ley del Seguro Social de 1973, reciban en una sola exhibición el saldo de su Subcuenta de Vivienda 1997.

Si estás en este caso, recibirás los recursos acumulados en tu Subcuenta de Vivienda del cuarto bimestre de 1997 en adelante, incluyendo los rendimientos generados hasta el momento de la transferencia al gobierno federal. Sigue los pasos que describimos a continuación.

1. Cumple con los requisitos generales:

  • Debes estar pensionado y contar con el dictamen de pensión en los términos de la Ley del Seguro Social de 1973, expedido por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
  • Debes ser el titular de la pensión. En el caso de que el titular haya fallecido, los beneficiarios deben acudir a la Junta de Conciliación y Arbitraje para hacer el trámite de designación de beneficiario.
  • Debes contar con saldo en tu Subcuenta de Vivienda1997.
  • No debes tener un crédito del Infonavit vigente.
  • No debes estar en proceso de aclaración de homonimia. Estás en caso de homonimia si tu nombre es exactamente igual al de otra persona y es necesario aclarar a quién de los dos pertenecen los fondos.
  • El saldo de tu Subcuenta no debe haber sido traspasado a tu Afore. Si este es tu caso, debes hacer el trámite en tu Afore.

2. Ubica en qué grupo estás y haz lo que corresponda:

Grupo 1
Personas que se pensionen después de la entrada en vigor de la reforma a la Ley

Podrás solicitar los recursos a partir del 13 de febrero del 2012.
A partir de esa fecha, llena la solicitud de devolución de recursos. También podrás llamar a Infonatel al 9171 5050 en la Ciudad de México, o bien al 01 800 008 3900 sin costo desde cualquier parte del país, para que un asesor te asista en el llenado.
Es muy importante que al llenar la solicitud registres tu cuenta de correo y tu teléfono celular.
Después de que llenes tu solicitud, un asesor del Infonavit te llamará para darte tu número de solicitud y programar tu cita en el Centro de Servicio del Infonavit (Cesi) más cercano, en caso de que tu solicitud proceda. Si tu solicitud no procede, al llamar te informará la causa.
Se te confirmara la cita mediante un correo electrónico o un mensaje de texto (SMS) a tu celular.
Lleva a tu cita lo siguiente:
Información
Número de solicitud y número de cita.
Número de Seguridad Social (NSS); es el número de afiliación al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y tiene 11 dígitos.
Registro Federal de Contribuyentes (RFC) con homoclave, es decir, con los tres últimos números y letras de tu RFC que le asignó el Sistema de Administración Tributaria (SAT). Ejemplo: NUCN471107FG1 (sólo se necesita el dato, no es necesario que lleves el documento).
Documentos
Original y copia de tu credencial para votar con fotografía expedida por el IFE y vigente.
Original y copia de tu estado de cuenta bancario con la clave interbancaria para hacer la transferencia electrónica de tu dinero. Se conoce también como CLABE.
Si no tienes una cuenta bancaria, abre una a tu nombre para continuar con el trámite. Puede ser la misma donde el IMSS te paga tu pensión.
El estado de cuenta no debe tener una antigüedad mayor a dos meses.
Por políticas de Banamex, las cuentas tipo Pagomático no reciben la transferencia de estos recursos. Si tu cuenta es de ese tipo, abre otra.
Asegúrate de que la CLABE y el número de cuenta sean correctos; si hay algún error, la transferencia no podrá llevarse a cabo y deberás iniciar el trámite de nuevo.
Cuando entregues estos documentos, te informaremos el monto que se depositará en tu cuenta y firmarás una carta de conformidad en la que manifiestes estar de acuerdo con la cantidad que te depositaremos.
El Infonavit depositará en tu cuenta bancaria la cantidad indicada.

Grupo 2
Pensionados que solicitaron la devolución a través de una demanda laboral o un amparo indirecto y cuentan con un laudo o una resolución a su favor

Llena la solicitud de devolución de recursos. También podrás llamar a Infonatel al 9171 5050 en la Ciudad de México, o bien al 01 800 008 3900 sin costo desde cualquier parte del país, para que un asesor te asista en el llenado.
Es muy importante que al llenar la solicitud registres tu cuenta de correo y tu teléfono celular.
Después de que llenes tu solicitud, un asesor del Infonavit te llamará para darte tu número de solicitud y programar tu cita en el Centro de Servicio del Infonavit (Cesi) más cercano, en caso de que tu solicitud proceda. Si tu solicitud no procede, al llamar te informará la causa.
Te confirmaran la cita mediante un correo electrónico o un mensaje de texto (SMS) a tu celular.
Lleva a tu cita lo siguiente:
Información
Número de solicitud y número de cita.
Número de Seguridad Social (NSS); es el número de afiliación al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y tiene 11 dígitos.
Registro Federal de Contribuyentes (RFC) con homoclave, es decir, con los tres últimos números y letras de tu RFC que le asignó el Sistema de Administración Tributaria (SAT). Ejemplo: NUCN471107FG1 (sólo necesitamos el dato, no es necesario que lleves el documento).
Documentos
Original y copia de tu credencial para votar con fotografía expedida por el IFE y vigente.
Original y copia del laudo del juicio (carátula, resolución y firmas).
Original y copia del estado de cuenta bancario con la clave interbancaria para hacer la transferencia electrónica de tu dinero. Se conoce también como CLABE.
Si no tienes una cuenta bancaria, abre una a tu nombre para continuar con el trámite. Puede ser la misma donde el IMSS te paga tu pensión.
El estado de cuenta no debe tener una antigüedad mayor a dos meses.
Por políticas de Banamex, las cuentas tipo Pagomático no reciben la transferencia de estos recursos. Si tu cuenta es de ese tipo, abre otra.
Asegúrate de que la CLABE y el número de cuenta sean correctos; si hay algún error, la transferencia no podrá llevarse a cabo y deberás iniciar el trámite de nuevo.
Cuando entregues estos documentos, te informaran el monto que se depositará en tu cuenta y firmarás una carta de conformidad en la que manifiestes estar de acuerdo con la cantidad que te depositaremos.
El Infonavit depositará en tu cuenta bancaria la cantidad indicada.

Grupo 3
Personas que tienen una demanda laboral o un juicio de amparo indirecto en trámite, y aún no cuentan con un laudo o resolución del juez. Estas personas deberán desistirse de su demanda laboral o juicio.

Tramita el desistimiento de tu demanda o amparo, ante la Junta Federal de Conciliación y Arbirtraje o Juzgado.
Llena la solicitud de devolución de recursos. También puedes llamar a Infonatel al 9171 5050 en la Ciudad de México, o bien al 01 800 008 3900 sin costo desde cualquier parte del país, para que un asesor te asista en el llenado.
No llenes la solicitud ni programes una cita si no cuentas con el desistimiento, pues al llegar al Cesi te informarán que tu trámite no procede.
Es muy importante que al llenar la solicitud registres tu cuenta de correo y tu teléfono celular.
Después de que llenes tu solicitud, un asesor del Infonavit te llamará para darte tu número de solicitud y programar tu cita en el Centro de Servicio del Infonavit (Cesi) más cercano, en caso de que tu solicitud proceda. Si tu solicitud no procede, al llamar te informará la causa.
Te confirmaran la cita mediante un correo electrónico o un mensaje de texto (SMS) a tu celular.
Lleva a tu cita lo siguiente:
Información
Número de solicitud y número de cita.
Número de Seguridad Social (NSS); es el número de afiliación al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y tiene 11 dígitos.
Registro Federal de Contribuyentes (RFC) con homoclave, es decir, con los tres últimos números y letras de tu RFC que le asignó el Sistema de Administración Tributaria (SAT). Ejemplo: NUCN471107FG1 (sólo se necesita el dato, no es necesario que lleves el documento).
Documentos
Original y copia del desistimiento de tu demanda o amparo, ante la Junta Federal de Conciliación y Arbirtraje o Juzgado.
Original y copia de la credencial para votar con fotografía expedida por el IFE y vigente.
Original y copia del estado de cuenta bancario con la clave interbancaria para hacer la transferencia electrónica de tu dinero. Se conoce también como CLABE.
Si no tienes una cuenta bancaria, abre una a tu nombre para continuar con el trámite. Puede ser la misma donde el IMSS te paga tu pensión.
El estado de cuenta no debe tener una antigüedad mayor a dos meses.
Por políticas de Banamex, las cuentas tipo Pagomático no reciben la transferencia de estos recursos. Si tu cuenta es de ese tipo, abre otra.
Asegúrate de que la CLABE y el número de cuenta sean correctos; si hay algún error, la transferencia no podrá llevarse a cabo y deberás iniciar el trámite de nuevo.
Cuando entregues estos documentos, te informaran el monto que se depositará en tu cuenta y firmarás una carta de conformidad en la que manifiestes estar de acuerdo con la cantidad que te depositaremos.
El Infonavit depositará en tu cuenta bancaria la cantidad indicada.

Grupo 4
Personas que no han solicitado la devolución de la Subcuenta de Vivienda o demandaron y tienen resolución en contra.

Debes esperar seis meses (180 días naturales), contados a partir de la entrada en vigor de la reforma a la Ley del Infonavit, plazo en el que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público establecerá la manera en que te devolveremos los recursos.

Pensionados bajo el régimen de 1997

En el caso de los pensionados bajo el régimen de la Ley del IMSS 1997, este saldo se destinará:

A la aseguradora que hayas elegido para el pago de tu pensión, si decidiste contratar una renta vitalicia bajo el régimen de la ley del IMSS 1997. En este caso, deberás contratar un seguro de sobrevivencia. Los recursos de retiro y vivienda 92, si así lo decides, se podrán sumar al saldo total de tu cuenta para que tu pensión sea más alta,
A la Afore que hayas elegido para el pago de tu pensión, si decidiste pensionarte bajo el esquema de retiros programados,
Al pensionado, si obtuviste una negativa de pensión del IMSS, o si la pensión se deriva de un plan privado registrado en la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar).
En el caso de los pensionados bajo la Ley del IMSS 97, si la persona fallece, sus beneficiarios deberá acudir a la Afore en la que está registrado el titular, y presentar:

Credencial de elector expedida por el Instituto Federal Electoral (IFE), pasaporte vigente, cédula profesional o cartilla del Servicio Militar Nacional; si eres extranjero, deberás presentar el documento migratorio correspondiente.
En su caso, resolución de pensión del IMSS,
En el caso de pensión por plan privado, constancia suscrita por un actuario autorizado ante la Consar.
Los administradores que validarán la información correspondiente, le entregarán al beneficiario una copia de la solicitud y le devolverán tu identificación original. La solicitud deberá estar firmada y sellada por el funcionario de la Afore.




Suscribete y mantente Actualizado

Prueba el software de Descarga masiva de xmls








6 comments… add one
  • Alejandro Ene 17, 2012 @ 8:41

    Muchas gracias, un excelente comentario de
    l retiro del fondo de la vivienda

  • JOSE PALMIERI Feb 15, 2012 @ 21:32

    Lo único cierto hasta el día de hoy, es que el Infonavit está pagando a todo aquel que tiene un Amparo ganado; ya que la presión de los tribunales puede hacerlos merecedores de un Juicio por Desacato, tanto para el Gerente de Servicios Legales del Instituto, como a sus superiores jerárquicos; obligándolos al menos a unas cuantas visitas al Ministerio Público, previa separación de su cargo.
    Los que hemos ganado juicios en la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, aparte de la espera tortuosa que vivimos en aquella institución, deberemos esperar aún más en el Infonavit; ya que ésta última no está recibiendo a los Actuarios de la Junta para notificar nada relacionado con éste tipo de juicios.
    Le sugiero que no haga caso de los lineamientos que a diestra y siniestra publica y modifica el Infonavit, ya que ninguno de ellos tiene carácter legal. No hay reglas expedidas por la autoridad competente que según la modificación de ley la responsable es la SHCP; y ésta no ha publicado nada al respecto en el Diario Oficial.
    Licenciado, no ayudemos a desinformar a los ciudadanos. Yo estoy viviendo día a día con los jubilados recuperando por todo lo que de acuerdo a la Ley es su derecho; hemos ganado los juicios y amparos correspondientes y también he estado horas presionando a las autoridades del Infonavit para tramitar los pagos… y lo hemos logrado… con un Amparo en la mano y la presión de demandar el DESACATO. Sólo así hemos logrado el pago justo a los jubilados que representamos…
    Atentamente. José Palmieri
    No es de mi interés publicitarme; por lo que, si Usted desea publicar mi comentario, autorizo si lo cree conveniente eliminando mis datos personales y número telefónico.

  • Natalia Amelia González Hernández Jun 1, 2012 @ 23:58

    Desde el 2002 tramite mi demanda para el Infonavit, y no he podido recuperar nada, me dicen que de mi datos en la categoria 2. Comprédame soy una perosna de la tercera edad y no le entiendo en donde me doy de alta ayudanme.

  • Andres Jun 28, 2012 @ 8:59

    Entiendo lo de la devolucion a los pensionados bajo la ley de 1997, que tenemos contratada una Renta Vitalicia, que ese dinero sera depositado en esa cuenta, la pregunta es Podre disponer del dinero ?? o solo tendre que conformarme con lo que recibo mensualmente, independientemente de la cantidad que se deposite?
    Le agradeceria su respuesta, y una pregunta mas, a partir de cuando debo de hacer el tramite para recuperar esos recursos? agrdeciendo de antemano su atencion

  • JOSE Feb 25, 2013 @ 18:54

    HOLA!. SOY JOSÉ, GUSTO EN SALUDARLES. TENGO CUMPLIDOS LOS 59 AÑOS, NUNCA SOLICITÉ EL SALDO DE LA SUBCUENTA DE VIVIENDA, NUNCA SOLICITÉ CRÉDITO AL INFONAVIT. YA TENGO AÑOS QUE NO COTIZO AL SEGURO SOCIAL. PUEDO SOLICITAR ANTES DE MI PENSIÓN, LA SUBCUENTA?

    SI GUSTAN ENVIAR MSJ, GRACIAS.
    TTEAMO_BB_77@HOTMAIL.COM

    GRACIAS!!!

  • JOSE Feb 25, 2013 @ 18:56

    TENGO 59 AÑOS. NUNCA HE SOLICITADO EL SALDO DE LA SUBCUENTA DE VIVIENDA. NI HE SOLICITADO CRÉDITO ALGUNO A INFONAVIT. TENGO AÑOS SIN COTIZAR AL SEGURO SOCIAL, PUEDO SOLICITAR MI SALDO?

    TEJO MI CORREO:

    TTEAMO_BB_77@HOTMAIL.COM

    MIL GRACIAS

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *